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miércoles, 22 de octubre de 2014

EDDY BARRIOS, LAS ARMAS Y EL MILITAR

El estado se reserva el monopolio de las armas y su empleo. Este empleo está  regido por la constitución. El ejercicio de la violencia del estado está sujeto a reglas y sobre todo al respeto de la vida humana, al estado de derecho y a los derechos humanos. 

El uso de las armas comporta responsabilidades y consecuencias y, es, en última instancia, debe usarse como una medida extraordinaria, y la institución militar, como portadora de este poder del estado,  prevé que estas armas deben ser empleadas por personas debidamente formadas moral y profesionalmente, para tal empleo. El artículo 328º constitucional  establece las 4 fuerzas militares que serán empleadas para la defensa militar; o sea, para la defensa de la Soberanía e Integridad del territorio y no `para apoyar a ningún proyecto político, de ningún signo. Su empleo en apoyo al restablecimiento del orden publico está sujeto a que los órganos de seguridad ciudadana hayan sido sobrepasados y la situación de emergencia asì lo requiera, en cuyo caso el comandante de la guarnición las empela para contribuir con éstos.

Normalmente se emplea a la Guardia nacional porque esta fuerza està `preparda y equipada y adiestrada en ese delicado empleo, en el contacto con masas ofuscadas respetando los DDHH y usando equipos debidamente aceptados como especiales para estos fines. Por cierto, no se puede emplear las armas de guerra.

En el articulo 332º constitucional se norma que el Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales (en tiempo de paz agrego yo), de conformidad con la ley, organizará: Un cuerpo uniformado de policía nacional. Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas. Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter civil y una organización de protección civil y administración de desastres. De estos 4 órganos, los dos primeros usan armas, haciendo la misma constitución la salvedad de que los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna.

En el caso de los militares estos son dotados de armas, unas simbólicas, otras funcionales, tanto para su defensa individual, como aquellas que están instaladas en las unidades operacionales que comandarán, para ejercer la defensa militar de la nación, de su soberanía, integridad territorial y para la cooperación al desarrollo o la participación activa en esta tradicional función. La primera arma, de carácter simbólico, es el Couteau o daga del cadete para lo cual es aspirante a cadete pasa tres meses de duro entrenamiento, no sólo de los aspectos técnicos del empleo de las armas, sino su formación moral y militar, con observancia de aquellas previsiones que garanticen su uso racional y a consciencia,  de las consecuencias jurídicas de tal empleo. Cuando el cadete es dotado de su daga, este acto constituye un momento muy honroso; pero, para ello ya ha venido aprendiendo a emplear la pistola de reglamento, los fusiles de combate, las ametralladoras, las granadas y otras armas del combate en orden abierto. El cadete efectúa guardias con las armas del puesto que le corresponda y en su escaparate o taquilla tiene un fusil para la defensa de su escuela. Como también, existe un parque de la unidad donde están todos los armamentos de dotación de la unidad, pero éstos son celosamente custodiados por guardias de parque, y su control está debidamente registrado en libros, los cuales son revisados y supervisados con frecuencia por los recorridas, supervisores, oficiales de guardia, comandantes de pelotones, compañías, cuerpo de cadetes, etc.

De tal manera que, el cadete recibe toda una preparación académica, técnica y  de ejercicios de orden abierto y orden cerrado, de infantería de marina o terrestre y otras asignaturas de índole jurídica y moral. Cuando el cadete está en el último año, le sustituyen el couteau o daga por un sable de guardiamarina en la armada, o de alférez en las fuerzas terrestres, como símbolo del mando naval dentro de la escuela. Al cabo de su tiempo total como cadete, se gradúa y le asignan para su defensa individual una pistola gran potencia PGP 9 mm (antes le daban una segunda arma llamada "de paseo", la cual era una pistola 7,65 nmm, mas pequeña, para usar con el traje civil de manera discreta. Ya las recogieron) y le dotan de un sable, el cual sustituye al sable de alférez o guardiamarina;  como símbolo del mando de las tropas que desde ese momento comandará.

Como vemos, en estricto sentido, el oficial militar no pide permiso para portar armas, el estado se las asigna progresivamente, para su empleo, como parte esencial de la profesión militar.  A su retiro, le permiten conservar esa arma de reglamento para que la emplee en su defensa personal y la de su familia, en su casa o en cualquier ambiente.  Ahora bien, si un ciudadano cualquiera porta o pretende portar un arma de uso civil, bien sea para la defensa personal, desarrollar una actividad recreativa o sólo con el ánimo de coleccionarla, está obligado a solicitar el respectivo permiso al Ministerio de Defensa. 

El concepto de  violencia legítima del estado es la utilización de la fuerza en cualquier operación o proceder de estado, siendo éste el conjunto de órganos que conforman al gobierno de la nación.  Por lo que la violencia de estado sería la utilización de la fuerza en cualquier operación o proceder, perpetuado por cualquier miembro del estado; siendo éstos funcionarios públicos con el respaldo de las instituciones gubernamentales; pero, con base a la ley.

Es totalmente irregular dotar a civiles sin esta formación equivalente ni el control que se lleva en las unidades militares. Hacerlo no permite controlar su empleo, ni es moralmente aceptable que un partido político o grupo, por dominante que sea y tenga mayoría, pueda o deba contar con elementos armados para la defensa de su movimiento o de su ideología o proyecto político. Esto es sumamente peligroso y, como las aguas que se derraman en la arena, no se pueden recoger cuando se requiera. Ya se están viendo los resultados de tal decisión inconveniente y contraproducente para seguridad y defensa de la nación.

Eddy Barrios
eddybarrios@gmail.com
@eddybarrios2

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