El
Jueves 4 de Junio de 2014, el ministro Rafael Ramírez, en representación de la
República de Venezuela, firmó tres “acuerdos
estratégicos” con la empresa italiana,
Ente Nazionale Idrocarburi (Eni),
y la empresa española Repsol, para la explotación de gas natural no asociado (a
la producción de petróleo), conocido como campo Perla 3X, correspondiente al
Bloque Cardón IV, del Golfo de Venezuela, situado a 50 kilómetros de la playa y
a una profundidad del lecho marino de 60 metros.
ANTECEDENTES
Desde
hace tiempo, el ministerio para el petróleo y la Minería, conoce de la
existencia de gas no asociado en el área norte de la península de Paraguaná, en
área de la plataforma continental, en la cual ejerce Venezuela soberanía sobre
los recursos de hidrocarburos que son considerados bienes del dominio público y
por tanto inalienables e imprescriptibles.
El
hecho de ser su actividad “costa afuera”, requiere de conocimiento, tecnología
y recursos financieros, que no posee PDVSA actualmente, por lo que el Estado
venezolano, por intermedio del ministerio para el Petróleo y la Minería,
haciendo uso de lo contemplado en la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos[1],
otorgó licencia a la empresa privada "Cardón IV S.A."[2], constituida
por Eni (50%) and Repsol (50%), para la exploración, sin la participación del
Estado venezolano. De esta manera no corre PDVSA con los riesgos que conlleva
la exploración. No obstante, dejó abierta su participación para el ulterior
desarrollo y operación del proyecto, en caso de que la exploración resultase
exitosa.
Eni
y Repsol corrieron juntos un riesgo calculado y dieron con un filón,
considerado como uno de los descubrimientos más grande del mundo[3] de las
últimas décadas, que debe ser blindado a toda costa, ante la creciente
inestabilidad del régimen y sus riesgos políticos. Por lo que no dudan en
acudir en auxilio de PDVSA a cualquier precio. Es por ello que asumen, de manera
igualitaria, el préstamo a PDVSA para que pueda hacer uso de su Derecho de
Participación (back-in right)[4], por intermedio de su filial, CVP, S.A., en la
proporción de 35% en la empresa Cardón IV, e incorporarse como propietaria
conjunta en la Empresa Mixta que desarrollará y operará conjuntamente con Eni y
Repsol el proyecto; y firmar el acuerdo de Compra Venta de gas no asociado.
El
campo descubierto en el 2009, por Eni y Repsol se le considera tiene un volumen
de gas en sitio se estima en 17 trillones (1012) de pies cúbicos normales, o
3,1 billones (109) de barriles de petróleo equivalente.
¿CUÁLES
ACUERDOS SE FIRMARON?
Como
ya es costumbre, y aun cuando la noticia debería ser de gran trascendencia, la
información emanada del ministro del Petróleo y Minería es muy escueta. Los
socios extranjeros han sido más prolijos en sus informaciones, por lo que se
puede inferir que los acuerdos, en orden lógico, a que se refiere el ministro,
son:
· el primero, es el “Pliego de Condiciones”
(Term Sheet), que puntualiza los términos claves para el financiamiento por
$1.000 millones que otorgan las empresas Eni y Repsol, a PDVSA (CVP, S.A.),
para que ésta cubra su cuota participación inicial (inserción), en la empresa
mixta (Cardón IV, S.A.), correspondiéndole además a los socios extranjeros
cubrir sus participaciones de $500 millones cada uno[5]. De acuerdo con a
información del presidente de Repsol, Antonio Brafau[6], esta empresa se
encargará de la explotación de gas en el yacimiento Perla 3X, y la participación
accionaria es CVP 35%%, Eni 32,5% y Repsol 32,5%. Es oportuno significar, y
leer con mucha atención, lo señalado por el presidente de Eni, Claudio
Descalzi[7], “sé que no fue fácil llegar a este acuerdo, fue un trabajo arduo,
pero es un gran logro y quiero agradecerle a todos ustedes por ello”….. “pero
queremos ser capaces de lograr estas metas ambiciosas, yo me comprometí con el
ministro Rafael Ramírez para venir cada
dos meses a Venezuela y hacer con él un seguimiento de las actividades, ver las
decisiones que se están tomando para ver que se cumplan. Quiero asegurarle al
país, al Ministro, a mi socio REPSOL que en verdad cumpliremos nuestra palabra,
haremos nuestros esfuerzos, estaremos físicamente acá en el país para lograr
nuestro objetivo ambicioso”. Lo que refleja el lograr un acuerdo con esa
participación accionaria, y que no se revela, pero se infiere, las garantías
que debe otorgar el Estado para garantizar, entre otros, el pago del préstamo
recibido, el retorno del capital y dividendos de los socios extranjeros, y la
continuidad del proyecto para llevarlo a feliz término.
· el segundo, la firma del Acuerdo de
Compra Venta de gas no asociado con PDVSA Gas, quién estará pagando 3,69$ por
millón de BTU para el gas proveniente del campo Perla[8], toda vez que el
destino del mismo será preferentemente el mercado venezolano, y los excedentes
para exportación[9], que muy probablemente, el ingreso de divisas que obtenga
se administrarán bajo figura de fideicomiso restringido por los prestatarios,
para que sirva como colateral para garantizar el pago oportuno y suficiente del
financiamiento extranjero a la empresa mixta; y,
· el tercero, un Memorandum de
Entendimiento (Understanding Agreement), para la constitución de una nueva
Empresa Mixta (Perla 3X)[10], la cual desarrollará y explotará las reservas de
gas condensado no asociado del campo Perla[11]. De acuerdo con lo expresado por
el Chief Executive Officer (CEO) de Eni, Claudio Descalzi[12], esta empresa se
encargará de la explotación de hidrocarburos líquidos en el bloque Cardón IV, y
la participación accionaria es CVP 60%%, Eni 20% y Repsol 20%. Es oportuno
destacar las palabras de Rafael Ramírez, en el acto en el Salón Simón Bolívar
de PDVSA con motivo de la firma de los acuerdos[13]: “el documento para
constituir la empresa mixta de producción de condensados lo hemos suscrito hoy
de acuerdo a nuestra legislación, a la Ley Orgánica de Hidrocarburos; los
líquidos, la producción de hidrocarburos líquidos pasan a reserva del Estado y
en esta empresa mixta, PDVSA a través de la CVP, tendrá el 60% de su
participación y es el segundo documento que hemos firmado con los presidentes
de REPSOL y ENI”, que deja dudas sobre el tratamiento comercial que se le dará
a estos hidrocarburos y el manejo administrativo dentro de la empresa mixta,
hasta donde se especula, a falta de información oficial, veraz y oportuna, el
condensado será vendido a PDVSA, mientras que el gas producido en su fase
primaria será vendido a PDVSA Gas[14].
Todos
esos acuerdos deben ser aprobados por la Asamblea Nacional, y en especial, la
constitución de la empresa mixta para que desarrolle las actividades primarias
previstas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos dentro del área que
comprende el Campo Perla.
¿CUÁL
SERÁ EL DESTINO DE LOS HIDROCARBUROS?
De
acuerdo con que señala la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos, en su
Artículo 3, “Las actividades relativas a los hidrocarburos gaseosos estarán
dirigidas primordialmente al desarrollo nacional[15], mediante el aprovechamiento
intensivo y eficiente de tales sustancias, como combustibles para uso doméstico
o industrial, como materia prima a los fines de su industrialización y para su
eventual exportación en cualquiera de sus fases. Dichas actividades se
realizarán atendiendo a la defensa y uso racional del recurso y a la
conservación, protección y preservación del ambiente”. De tal manera, y muy
probablemente como contraprestaciones especiales que se estipulen a favor de la
República[16], los componentes del gas, metano en su mayor proporción se
destinará para la generación de electricidad, y liberar ingentes cantidades de
combustibles líquidos, gasoil y fueloil, de mayor valor agregado en los
mercados de exportación; y como materia prima para las plantas de amoniaco de
Morón y El Tablazo, y su conversión a urea y complejos granulares como
fertilizantes; el etano y propano es primordial para la producción de etileno y
propileno, productos fundamentales para la amplia cadena de productos
petroquímicos derivados, o como LPG el propano para su uso en hogares y en
vehículos automotores acondicionados para tal fin, y en menor proporción,
líquidos como butano y pentano, que podrían ser utilizados en los complejos
refinadores de Paraguaná, o para exportación. Consideración especial debe tener
los productos de exportación, que deben garantizar no solo el pago del
financiamiento extranjero, sino la repatriación de los beneficios de los socios
extranjeros.
¿QUÉ
LE QUEDARÁ AL ESTADO POR SER PROPIETARIO DEL RECURSO Y DE SU PARTICIPACIÓN
ACCIONARIA EN LA EMPRESA MIXTA?
En
el Capítulo VIII de la LOHG se establece el “Régimen de Regalía e Impuestos” de
la manera siguiente:
De
los volúmenes de hidrocarburos gaseosos extraídos de cualquier yacimiento, y no
reinyectado, el Estado tiene derecho a una participación del veinte por ciento
(20%) como regalía, en especie o en dinero, total o parcialmente. Cuando el
Ejecutivo Nacional decida recibir la regalía en dinero, el explotador deberá
pagarle el precio de los volúmenes de hidrocarburos gaseosos correspondientes,
calculado a valor de mercado en el campo de producción. Las empresas
explotadoras de hidrocarburos gaseosos pagarán por los hidrocarburos gaseosos
que consuman como combustible, los impuestos que se establezcan al respecto en
las leyes que les fueren aplicables.
Producto
de la operación de la empresa mixta, el Fisco Nacional recibirá lo
correspondiente al Impuesto Sobre la Renta y los Dividendos proporcional a su
participación accionaria.
Queda
por dilucidar: ¿qué se interpreta como el pago del precio de los volúmenes de
hidrocarburos gaseosos correspondientes (regalía) “calculado a valor de mercado
en el campo de producción”?. Toda vez que se corresponden con una mezcla de
gases y líquidos en la “boca del pozo”, determinables por muestras tomadas en
el sitio. Al igual que ¿cuál es el valor de mercado?. Cuando existe un mercado
local, a precios subsidiados por el Estado, y un precio internacional para los
productos exportables.
Aspectos
que deben quedar claramente establecidos, en consideración que la empresa mixta
deberá hacer uso de financiamiento externo (Project Finance), que requerirá
blindar el pago en divisas de la deuda (principal e intereses) y la
expatriación de los dividendos correspondientes a los socios extranjeros.
Hasta
el presente las empresas extranjeras, Eni y Repsol, han invertido $1.476
millones, a partes iguales, en la fase de exploración. Que muy probablemente
capitalizarán en su participación del 20% en la Empresa Mixta para el
desarrollo y explotación del campo Perla.
Queda
por aclarar el esquema que utilizará PDVSA para honrar el préstamo de $ 1.000
millones que le hiciesen Eni y Repsol.
¿QUÉ
QUEDA POR HACER?
La
inversión del proyecto se ha estimado en $ 7.000 millones, a ser aplicado a
medida que se acometa cada Fase de desarrollo y ampliación. Se ha previsto que
la Fase I, a fines de 2014, generará 150 millones (106) de pies cúbicos diarios
de gas, con la utilización de todos los pozos que han sido perforados y una
pequeña plataforma liviana que enlaza con mediante una tubería de gas con las
instalaciones de procesamiento ubicadas en tierra; para la Fase II, prevista
para 2015, la producción será de 450 millones de pies cúbicos diarios; y en la
Fase II, cuando alcance su máximo desarrollo, será capaz de entregar 1.200
millones de pies cúbicos diarios. Para las Fases II y III se requiere perforar
pozos adicionales, desde la plataforma instalada en la Fase I, y la ampliación
de la capacidad de las Instalaciones Centrales de procesamiento.
En
todo caso, la infraestructura de servicios submarina y de distribución de los
hidrocarburos deberá completarse lo antes posible, para el volumen máximo de
producción. Como quiera que PDVSA no dispone de capital para cubrir su cuota
(capital y financiamiento), ni posee el músculo financiero para tal fin, deberá
acordar con los socios la manera de cubrir a CVP. En todo caso, el
financiamiento será para la empresa mixta, y se deberán dar las garantías
convenientes para los colaterales. De tal manera que los ingresos por exportaciones
vayan a una cuenta de fideicomiso en un banco extranjero, cuya administración
garantice honrar oportunamente el servicio del financiamiento, y la
repatriación de dividendos de los socios extranjeros.
No
hay duda, y la experiencia lo ha demostrado en estos últimos quince años, que
los aspectos claves para las operaciones de las empresas mixtas, no deben
continuar estando en manos de PDVSA. Dado que las obligaciones ajenas a su
operación medular, impuestas por el régimen y vitales para la subsistencia del
mismo, distraen recursos gerenciales y monetarios, en detrimento de la
operación continua y eficiente de dichas empresas. Por lo que se hace necesario
dejar en manos de las empresas mixtas la operación, en la modalidad de
condominio, de todos los servicios necesarios, perforación, dilución,
almacenamiento, transporte, mejoramiento, separación, deposición de efluentes,
comercialización.
D
ser exitosa la empresa mixta se podrán liberar combustibles líquidos para la
exportación, actualmente dedicados a la generación eléctrica; bajar la
importación de gasolinas al dedicar LPG para el transporte automotriz; permitir
al Complejo El Tablazo, y muy probablemente al Complejo Morón, disponer de
metano, para su procesamiento hacia amoniaco y ulterior urea y complejos
fosfatados, y por otra parte, etano para la producción de etileno y operación
de la cadena de plásticos y otros derivados; al igual que materias primas para
el proyectado complejo petroquímico de Paraguaná; y una fuente de ingresos de
divisas por exportación. Con considerable retraso por la falta de gerencia y
visión de quienes ha venido manejando la industria de todos los venezolanos.
[1]Artículo
22. Las actividades referentes a la exploración y explotación de hidrocarburos
gaseosos no asociados, así como las de procesamiento, almacenamiento,
transporte, distribución, industrialización, comercialización y exportación,
podrán ser realizadas directamente por el Estado o por entes de su propiedad, o
por personas privadas nacionales o extranjeras, con o sin la participación del
Estado. Las actividades a ser realizadas por personas privadas nacionales o
extranjeras, con o sin la participación del Estado, requerirán licencia o
permiso, según el caso, y deberán estar vinculadas con proyectos o destinos
determinados, dirigidos al desarrollo nacional, conforme al artículo 3º de esta
Ley.
http://www.pdvsa.com/index.php?tpl=interface.sp/design/readmenu.tpl.html&newsid_obj_id=165&newsid_temas=6.
Decreto Nº 310, 12 de septiembre de 1999, Publicado en Gaceta Oficial N°
36.793 de la República Bolivariana de
Venezuela. Jueves 23 de septiembre de 1999
[2]
Con duración máxima de treinta y cinco (35) años, prorrogable por un lapso a
ser acordado entre las partes, no mayor de treinta (30) años. Esta prórroga
deberá ser solicitada después de cumplirse la mitad del período para el cual se
otorgó la licencia y antes de los cinco (5) años de su vencimiento. Plazo
máximo de cinco (5) años para la realización de la exploración y cumplimiento
de los programas respectivos, incluido dentro del plazo inicial indicado en el
numeral anterior, con sujeción a las demás condiciones que indique el
Reglamento. Las licencias otorgadas para el ejercicio de las actividades de
exploración y explotación de hidrocarburos gaseosos no asociados, confieren el
derecho para ejercer las actividades de exploración y explotación. Estos
derechos no son gravables ni ejecutables, pero pueden ser cedidos previa
autorización del Ministerio de Energía y Minas. Las licencias otorgadas serán
revocables por el Ministerio de Energía y Minas.
[3]
http://www.repsol.com/es_es/corporacion/conocer-repsol/repsol-en-el-mundo/venezuela.aspx
[4]
De acuerdo con los términos establecidos para la licencia de gas, Petróleos de
Venezuela (PDVSA), el socio principal, tiene derecho a participar con un 35% en
el desarrollo del proyecto, tras lo que Repsol y ENI quedarían con el 65%
restante, a partes iguales.
[5]
Este acuerdo de carácter provisional, a solo efecto de permitirle a CVP, S.A.
integrase a la empresa Cardón IV S.A., para la firma del Acuerdo de Compra
Venta de gas condensado. Posteriormente debe crearse la Empresa Mixta que
desarrollará y explotará el campo Perla.
[6]
http://www.lavanguardia.com/economia/20140605/54408697455/repsol-firma-en-venezuela-ambiciosos-acuerdos-gasiferos-con-pdvsa-y-eni.html
[7]Palabras
de Antonio Brufau, Claudio Descalzi y el ministro Rafael Ramírez. Blog de
PDVSA. https://mail.google.com/mail/u/0/#inbox/1467609ca02c677e
[8]
http://www.thefreelibrary.com/Venezuela+-+ENI-Repsol+La+Perla+Operations.-a0349079318
[9]
Declaración de Rafael Ramírez: “Esta operación va a permitirnos tener abundante
gas para seguir sustituyendo nuestro consumo de combustibles líquidos (…) y
convertir a nuestro país en un exportador neto de gas”, http://www.minci.gob.ve/2014/06/pdvsa-firma-acuerdo-de-explotacion-gasifera-con-las-empresas-eni-y-repsol/
[10]
http://www.thefreelibrary.com/Venezuela+-+ENI-Repsol+La+Perla+Operations.-a0349079318
[11]
http://www.eni.com/en_IT/media/press-releases/2014/06/2014-06-04-Perla.shtml?home_2010_en_tab=editorial
[12]
http://www.eni.com/en_IT/media/press-releases/2014/06/2014-06-04-Perla.shtml?home_2010_en_tab=editorial
[13]
Palabras de Antonio Brufau, Claudio Descalzi y el ministro Rafael Ramírez, blog
de PDVSA,
[14]
http://www.thefreelibrary.com/Venezuela+-+ENI-Repsol+La+Perla+Operations.-a0349079318
[15]
Artículo 32 LOHG. El Ejecutivo Nacional dará prioridad a los proyectos de
industrialización de los hidrocarburos gaseosos que propendan a la formación de
capital nacional, a una mayor agregación de valor a los insumos procesados y
cuyos productos sean competitivos en el mercado exterior.
[16]
Artículo 26 LOHG. Las licencias para la exploración y explotación de
hidrocarburos gaseosos no asociados, comprenderán también las actividades
inherentes al proyecto al cual dichos hidrocarburos sean destinados, sin
perjuicio del registro del proyecto. Por su parte Rafael Ramírez expresó “nos
permitirá tener abundante gas para seguir sustituyendo nuestro consumo de
combustibles líquidos y otros combustibles para la generación eléctrica,
permitirá alimentar nuestras plantas petroquímicas para todo el desarrollo e
industrialización aguas abajo y permitirá convertir a nuestro país en un
exportador neto de gas a través de nuestro gaseoducto hacia la hermana
Colombia, esto a través del tramo Antonio Ricaurte”.
Sergio
Sáez
sergiosaez@gmail.com
@sergiosaez
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