«Sin previa consulta,
nos engendran: empero, nacemos para ser irrestrictamente libres y debemos vivir
o morir conforme a ese precepto»
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Perceptibles las
múltiples e inagotables abominaciones urdidas, ejecutadas e internacionalizadas
por los forajidos del Mundo. Hechos que, en «concierto y alevosamente»,
configuran crímenes lesivos contra quienes, desprovistos de armas, somos
ciudadanos.
[…] Visto que los malvivientes no cesan en sus
propósitos de mantener una ilícita preponderancia mediante «Internacionales y
Delictivos Actos Gobierno», en perjuicio de la Institucionalidad de la Moral
Inmutable y Universal que nos sostiene a los descendientes y testigos […]
[…] Visto que, con «fútiles pretextos
religiosos» o «ideológicos», tras blandir sin blindar los «Mandamientos
dictados a Moisés» por Entidad Oculta y en la «Torá» explícitos; y en el
«Corán», que procedió a la recitación («Mishná») del profeta Mahoma para
finalmente dar forma al «Islamismo»; y en la provecta «Theravada» de Siddhartha
Gautama o Buda, que edificó al «Hinduismo»; y, también sin menoscabo, igual
cito al venerable Confuccio (autor intelectual del «Confucionismo», fundamentado
en los Cuatro Libros: «I Ching o «Yijing», «Shih Ching» o «de la Poesía», «Li
Chi o Liji» y «Ch’un Ch’iu» o «Chunqiu»). E, inclusive, al «Auténtico que la
Lux Porta», que ilumina en Las Tinieblas y cuyo más difundido y apócrifo nombre
no puede ser mencionado en las leyes de las y los mortales […]
[…] Visto que los «nada hombres ni corajudos»
han elegido, con la ventaja que les confieren instrumentos letales (de libre
adquisición en la Mercadería del Crimen Organizado y la Diplomafia
Transterritorial), cometer violaciones que a la Humanidad socavan […]
Yo, mayor de edad,
hábil y domiciliado en el Planeta Tierra; en ejercicio de mis atribuciones como
«Individuo Civil y sin Fronteras», elevo (éste) mi «Proyecto de Carta Magna
para el Mundo» (PCMPM):
ARTÍCULO PRIMERO.- No
se admitirá la defensa de ninguna lucubración que propenda a persuadir que el
Mundo tiene írritos «aventajados» que se irguen en sus propietarios, por
ridícula «ascendencia», «casta» o por virtud de sus acciones violentas.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Quedan proscriptas las «ideologías» o «doctrinas de cualquier origen» que
inciten a la discordia, por motivos innobles como «raza» o «creencias
religiosas», «adhesiones políticas» o «situación económica-social» entre los
habitantes del Mundo.
ARTÍCULO TERCERO.-
Porque a todos los seres al nacer se nos confiere tácitamente la «Dignidad de
Humanos», edad no exenta, bogaremos en todos los confines del Universo por la
abolición de cualesquiera objeto capaz de producir muerte a los que no somos
«faltos de piedad» frente a Entidad Oculta: Yahvé, Alá […]
ARTÍCULO CUARTO.-
Porque nunca algo será De La Nada Infalible Tesis para la Intencionalidad
Oculta, ninguna criatura del Mundo será: «Sometida al Hambre y la Sed»,
«Confinada en Hospicio», «Vejada por su Condición Social», «Excluida de
Sabidurías y Repartición de Riquezas», «Adoctrinada para Delinquir», «Obligada
a rendir Culto a la Personalidad o Divinidad previa Intimidación», «Exterminada
Individual ni Masivamente», «Timada por ser Ignorante». En resumen: ninguna
persona podrá ser «Despojada de sus Inalienables, Inmutables y Humanos Derechos
Fundamentales»
ARTÍCULO QUINTO.-
Unidos por «Intereses Materiales o Espirituales», «De Supervivencia Pacífica»,
por «Costumbres, Creencias Individuales o Colectivas a la Humanidad
Inofensivas», los descendientes y testigos podrán fundar repúblicas dándose
leyes que no configuren violaciones a los «Inalienables, Inmutables y Humanos
Derechos Fundamentales» de cada habitante del Mundo: «Alimentación», «Hábitat
Confortable e Higiénico», «Libertad», «Movilidad», «Trabajo», «Salud»,
«Cultura», «Educación», «Seguridad Social, Pública y Jurídica», «Propiedad»,
«Respeto» y «Afecto»
ARTÍCULO SEXTO.- Será
calificado como hostil, insociable y desquiciado cualquier sujeto o grupo de
individuos que se apertrechen con armas de guerra y arroguen la «Propiedad del
Mundo» o «atribuciones para gobernar». Quien ejerza funciones, lo hará por
virtud de los «no impíos» que sean «mandantes»: civiles que, a un eventual
«Administrador de Provincia» o «Estado», le dicte un «mandato» prorrogable o
rescindible. No será «mandatario» o «dignatario», sino «servidor público» cuya
honorabilidad la sopesarán los «mandantes» que vigilarán sus actos
administrativos.
ARTÍCULO
SÉPTIMO.- Previo examen de persuasíquicos,
se infiere que: quienes sean «desadaptados», «dementes», «pervertidos» o
aquellos «con inclinaciones licenciosas» y «asesinas» tendrán lugares para la
consagración de su «Paroxismo de Fase Terminal». Consecuentemente, en las
territoriales se crearán: «La Zona para el Hedonismo», «La Zona para la Mutua y
Fortuita Aniquilación» y «La Zona para la Espontánea Redención».
ARTÍCULO OCTAVO.- Los
seres alcanzaremos el máximo estadio del «Humanismo» tras cumplir, y hacer que
los demás igual lo hagan, las disposiciones universales que se enumeran:
1.- No matar.
2.- No torturar.
3.- No confeccionar
armas letales.
4.- No crear
ejércitos.
5.- No someter la
voluntad de ninguno para perjudicarlo.
6.- No timar.
7.- No segregar o
excluir.
8.- No denigrar.
9.- No difamar o
injuriar.
10.- No deshonrar (a
sí mismo, familiares o Humanidad)
11.- No practicar,
por ninguna causa, la «Omisión de Auxilio»
12.- No abandonar a
la pareja o vástago sin mutuo consentimiento.
13.- No utilizar
«bienes e inmuebles nacionales o privados», «tesoros públicos», la
«superioridad intelectual o física», «armas de guerra» o las «investiduras oficiales» para extorsionar o
provocar daños.
14.- No renunciar a
la «Libertad Física o de Conciencia», al «Libre Albedrío no Lesivo», al
«Librepensamiento» ni quitarle/suspenderle las mencionadas atribuciones
individuales a nadie.
15.- No cometer
perjurio.
16.- No urdir el
desacato a la «Tácita Jurisdicción de la Humanidad sobre Territorios y
Asuntos», la cual está por encima de entelequias como «El Gobierno», «El Estado» o «La Patria»
ARTÍCULO NOVENO.- Los
conceptos de: «El Bien», «El Mal», «La Justicia», «La Reparación», «La
Redención» y «La Humanidad» son inmutables y no se torcerán acomodaticiamente
sus significados.
ARTÍCULO DÉCIMO.-
Esta «Carta Magna para el Mundo» (CMPM)
no podrá ser abolida, enmendada, reinterpretada por apógrafos ni
suspendida. Todos los seres del Mundo, de obvia «aptitud intelectual» y
«habilidad psíquica», velarán por: su defensa», «aplicación» o «restitución»
si, hipotéticamente, fuere, a causa de «conspiraciones criminales»,
desaplicada.
Alberto Jimenez Ure
jimenezure@hotmail.com
@jurescritor
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