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lunes, 19 de enero de 2015

DANIEL CHALBAUD LANGE, PROPUESTA PARA UNA NUEVO BICAMERALISMO

INTRODUCCIÓN.

CONGRESO NACIONAL
Desde el 21 de diciembre de 1811, fecha de nuestra primera Constitución Nacional hasta el 15 de diciembre de 1999 cuando el pueblo venezolano refrendó la actual Constitución Bolivariana, quedó eliminado el bicameralismo en la conformación del tradicional órgano legislativo. El poder político que emergió luego del golpe de estado dirigido y comandado por Hugo Chávez Frías, aprovechó su efervescencia y el vacío de conciencia democrática, para dar inicio al unicameralismo o monocameralismo, “Modelo que adoptan los gobiernos marxistas por razones doctrinales. Marx consideraba el gobierno de asamblea como el más democrático. Y para ello se basaba en la experiencia de la Comuna de París, que representó al pueblo trabajador francés y a la unidad del poder. La existencia de una segunda cámara es incompatible con el poder limitado y único de la Asamblea. En cambio, en las democracias occidentales rige el principio de la técnica constitucional de integrar el poder legislativo con dos Cámaras porque se considera políticamente más conveniente y funcionalmente más eficaz” (1)
Dado el supuesto éxito político que para el actual equipo de gobierno ha representado la conformación de la Asamblea Nacional como órgano legislativo, es perentorio poner en la mesa de análisis, para su consideración, si para un futuro y seguro gobierno unitario democrático le conviene seguir con este modelo o regresar al bicameralismo.
“La justificación del bicameralismo, como lo menciona Andueza, “puede explicarse por razones históricas, federales o por conveniencia u oportunidad. No obstante, existen opiniones de unicameralistas que sostienen que el cuerpo legislativo debe estar compuesto por una sola cámara porque la soberanía del pueblo es una y su voluntad no puede dividirse”. (1)
 Hay además muchas otras razones de orden práctico, administrativo, eficiencia y diligencia que tiene peso para la consideración del bicameralismo.
PROPUESTA.
Si bien la experiencia unicameral de la actual Asamblea Nacional ha sido nefasta para el país en todos los órdenes, por las muchísimas razones de todos conocidos, no podemos culpar al unicameralismo como fundamento. En un estado democrático, en donde de verdad se imponga y funcione la separación de poderes y los legisladores tomen a conciencia su responsabilidad, la Cámara única podría ser ejemplo de reformas, elaboración y adaptación de las leyes, en su “sentido material y formal” que se requieren para la vía y vida democrática. Pero no sólo le corresponde legislar sino otra actividad de mucha importancia. El Control: “control político (juicio de valor, a posteriori sobre un acto de gobierno o administración”, y control financiero (a través de la aprobación de la ley de presupuesto, del control del plan económico y social y del control de los ingresos, gastos y bienes nacionales)” (1)
Todo ello nos lleva a concluir en la necesidad de regresar la denominación de CONGRESO NACIONAL al órgano legislativo, integrado por dos Cámaras: la CÁMARA DE LEGISLACIÓN Y CONTROL, conformada bajo los mismos procedimientos que establece nuestra Constitución Nacional vigente para la Asamblea Nacional y LA CÁMARA DE LOS CENSORES, a esta última es a la que me quiero referir y justificar.
CÁMARA DE LOS CENSORES.
La vida política, económica y social del país y su obligada interrelación con gobiernos y pueblos en todo el mundo, coloca al ser humano y a instituciones de índoles diversas en situaciones en las cuales su ética y su honradez se ven tentados por la corrupción material y moral. Pareciera que a mayor desarrollo y avance tecnológico el ser humano está más propenso a la tentación del aguijón de la corrupción. El venezolano no ha escapado a este flagelo el cual se ha hecho presente en los más altos niveles de organismos de la función pública con el inevitable acompañamiento de personalidades y sectores privados.
La multiplicación de estos hechos ha provocado, más por razones políticas que por verdaderas funciones de control y prevención, que la Asamblea Nacional dedique mucho tiempo, esfuerzos y gastos en investigaciones muchas de las cuales se quedan en las gavetas administrativas.
Por esto y otras tantas razones es de urgente necesidad la creación de un organismo de control superior, integrado por un reducido número de personas, totalmente desligadas de funciones partidistas, con alto perfil profesional, ético, moral y con auctoritas, para que se aboquen a la investigación exhaustiva de casos de gran relevancia que afecten el patrimonio, la ética y la moral nacional.
Esa sería la atribución y gran responsabilidad de los integrantes de la Cámara de Censores, la cual tiene su origen en la tercera Cámara propuesta por nuestro Libertador Simón Bolívar en su Proyecto para la Constitución de Bolivia. (Cámara de Tribunos, Senadores y Censores).
El Libertador en su Discurso al Congreso Constituyente de Bolivia, el 25 de mayo de 1826 sugirió la misión y razón de los Censores:
“Son los Censores los que protegen la moral, las ciencias, las artes, la instrucción y la imprenta. La más terrible como la más augusta función pertenece a los Censores. Condenan a oprobio eterno a los usurpadores de la autoridad soberana, y a los insignes criminales. Conceden honores públicos a los servicios y a las virtudes de los ciudadanos ilustres. El fiel de la gloria se ha confiado a sus manos: por lo mismo, los Censores deben gozar de una inocencia intacta, y de una vida sin mancha. Si delinquen, serán acusados hasta por faltas leves. A estos Sacerdotes de las leyes he confiado la conservación de nuestras sagradas tablas, porque son ellos los que deben clamar contra sus profanadores” (2).
BIBLIOGRAFÍA.

(1)     José Guillermo Andueza. El Congreso. Estudio Jurídico. 2ª Edición Ediciones del Congreso de la República. Caracas/ Venezuela/1973
(2)     Wikipedia. Extracto del Discurso del Libertador al Congreso Constituyente de la República de Bolivia

Daniel Chalbaud Lange
vonlange1939@gmail.com
@danielchalbaudl

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