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LA LIBERTAD, SANCHO, ES UNO DE LOS MÁS PRECIOSOS DONES QUE A LOS HOMBRES DIERON LOS CIELOS; CON ELLA NO PUEDEN IGUALARSE LOS TESOROS QUE ENCIERRAN LA TIERRA Y EL MAR: POR LA LIBERTAD, ASÍ COMO POR LA HONRA, SE PUEDE Y DEBE AVENTURAR LA VIDA. (MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA) ¡VENEZUELA SOMOS TODOS! NO DEFENDEMOS POSICIONES PARTIDISTAS. ESTAMOS CON LA AUTENTICA UNIDAD DE LA ALTERNATIVA DEMOCRATICA

sábado, 6 de diciembre de 2014

ISAAC VILLAMIZAR, LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y NETIQUETAS

ISAAC VILLAMIZAR
Desde el vientre materno estamos comunicándonos. Respondemos a estímulos como lo demuestra el llamado “Efecto Mozart”. De bebés, lloramos por el frío, calor, hambre, sueño, dolor o fastidio. La vida es una permanente comunicación escrita, oral, gestual, gráfica. El silencio también envía un mensaje. Cualquier medio permite exteriorizar nuestros pensamientos, ideas, informaciones, criterios, juicios y opiniones. Al compartir esas ideas entramos en procesos dialógicos y de intercambio de mensajes, con retroalimentación.

Ese proceso comunicacional e informativo aspiramos a realizarlo en un ambiente armonioso, receptivo que, sin desconocer el debate constructivo, ayude a los interlocutores a exponer sus razones y a encontrar posibles puntos comunes. Es el entorno de un trato considerado, en el que se aplica la regla de oro: trata a los demás como quieres que te traten a ti. La palabra, con un poder increíble, desde un pensamiento positivo, puede beneficiar, dejar una huella, influir acertadamente en la convicción de las personas. Una palabra discordante, cruel, resentida, altisonante puede encender discordias, arruinar una vida, causar odio y herir sentimientos. Pero una palabra amable, alegre, oportuna y amorosa puede suavizar las cosas, iluminar el día, aliviar la carga y curar el alma. Por todo ello, la expresión del pensamiento y el buen trato, en las relaciones de la vida cotidiana, poseen normas. El derecho natural de expresar nuestros pensamientos, ideas y opiniones, a través de cualquier medio, el derecho a la comunicación libre y plural y el derecho de buscar, recibir y difundir información, sin censura, tienen protección constitucional. Igual resguardo tiene el derecho a la protección del honor, vida privada, intimidad y confidencialidad. No son derechos absolutos, porque si bien tenemos la libertad de ejercerlos, hay que hacerlo respetando el derecho de los demás. Como nuestra palabra o nuestra actitud pudieran lesionar el buen nombre, el patrimonio moral, la reputación que otras personas se han ganado con su proceder, somos responsables cuando afectamos los derechos ajenos con esa comunicación e interferencia en la vida ajena. Por eso debemos saber comportarnos en nuestras relaciones del mundo real.

Lo mismo  ocurre en el  mundo  virtual.  En  este  escenario,  sea de  manera bilateral o  en  comunidades  de intereses   compartidos, hay  trato,  transmisión de  mensajes,  divulgación  de  contenidos,  visualización  de gráficos,  de imágenes,  de videos.  La  hipermedia  lleva  consigo la  difusión de  ideas,  de pensamientos, de criterios, de pareceres, de opiniones en el mundo digital. Debemos preparar nuestros pensamientos antes de hacer comunicación interactiva en Internet o en las redes sociales, para no afectar los derechos y la vida de los usuarios telemáticos. De allí que existe toda una urbanidad digital que nos orienta cómo conducirnos en el trato electrónico. Son las denominadas “netiquetas”, conjunto convenciones que regulan, que ordenan el comportamiento en los espacios virtuales. El término nace en 1995. La “etiquette” (buena educación) en la net (red), denota que los internautas cumplimos estrictamente las reglas de comunicación en cualquier herramienta virtual, sea un foro, un chat, un correo electrónico, un grupo de noticias, una red social, un blog.  Pero como han surgido de manera espontánea desde que se ha dado esta comunicación online, no tienen un expreso soporte legal.  Además, van evolucionando a medida que la red, sus aplicaciones y protocolos cambian. Entones, nace la inquietud si el derecho constitucional a la libertad de comunicación y de expresión por cualquier medio, y el derecho a la protección de la vida privada, intimidad y confidencialidad, tal como están regulados ahora, pudieran extenderse a la netiquetas y darle el soporte jurídico necesario para proteger los intereses y derechos de los internautas que se sientan afectados por un mal trato en el entorno virtual. ¿Seremos responsables en la vida real de la infracción en la vida virtual del cumplimiento de las netiquetas?

Isaac Villamizar
isaacvil@yahoo.com
@isaacabogado

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