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miércoles, 12 de noviembre de 2014

JESÚS ALEXIS GONZÁLEZ, ¿SALARIO REAL DECOROSO EN CONTEXTO INFLACIONARIO?

JESÚS ALEXIS GONZÁLEZ
El salario real (SR) refleja el poder de compra en bienes y servicios que tiene el salario nominal (SN) luego de su ajuste de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC), es decir una variación del precio nominal de los artículos que conforman la canasta básica con el consecuente efecto sobre el poder adquisitivo (aumento o disminución); es así entonces que el SR es igual al SN deflacionado por el nivel de precios interno, el cual crece (SR) en función a la productividad (relación entre lo producido y los medios empleados), a la luz del desarrollo tecnológico, de las inversiones, de una adecuada estructuración del proceso productivo que responda a un determinado modelo económico, y gracias al avance del sistema educativo que provoca un aumento del salario real ya que los ciudadanos perciben una remuneración más alta porque se capacitan, favoreciendo la condición de vida  al inducir una mejora en el acceso a bienes y servicios y por ende a una mejor calidad de vida, habida cuenta que el SN sobrepasa la carestía o costo de vida.

De igual forma, la política salarial y los incrementos nominales se relacionan con el comportamiento de la inflación, provocando que el aumento sea, al menos, igual a la variación anual del IPC experimentado por la economía en el periodo inmediato anterior, induciendo obviamente una modificación del SR, que transfiere hacia adelante la inflación pasada (inercial).

Es claro, que la remuneración debe fijarse en armonía con el salario real de equilibrio que emerge del mercado de trabajo en correspondencia con las condiciones de la oferta y demanda de mano de obra, en el entendido que si los salarios son impuestos unilateralmente por el Gobierno (por encima del nivel de equilibrio) como una complacencia populista a una supuesta mejor distribución de la riqueza, estos acabaran ajustándose por cantidades generando desempleo, operando en sentido contrario al mandato constitucional sobre el acceso a los derechos sociales y muy particularmente a la suficiencia del salario como condición del bienestar.

A tenor de lo expuesto, el salario mínimo (SM) ha de entenderse como la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en la jornada laboral, y deberá ser suficiente para satisfacer con decoro las necesidades básicas de la familia en el orden material, social y cultural; teniendo como norte no sólo la distribución de la riqueza sino la disminución de la pobreza apuntalada por una evolución favorable del poder adquisitivo de sus ingresos, al evitar que la inflación afecte el nivel de precios y en consecuencia el poder de compra.

Resulta imprescindible, acotar brevemente algunas referencias sobre los nefastos efectos de la inflación. Veamos:

(1) perdida en el poder adquisitivo del dinero, con la consecuente carga de injusticia social sobre los estratos menos favorecidos, al igual que en los trabajadores y jubilados quienes perciben ingresos fijos;

(2) incertidumbre sobre los pagos a futuro, propiciando que los agentes económicos posterguen sus aspiraciones de inversión productivas para evitar riesgos en un proceso que exige un horizonte temporal de largo plazo;

(3) desajusta el sistema de precios (vital para el funcionamiento de la economía), dando paso a una distorsión e ineficiencia en la asignación de recursos a los fines productivos; y

(4) eleva los costos de transacción, razón por la cual los empresarios tienen que asumir los “costos de cambiar el menú” ante la obligación de enfrentar la elevación de costos, desestimulando la inversión productiva que en obviedad implícita frena el crecimiento económico y genera desempleo, al tiempo de profundizar los desequilibrios sociales; mientras que los consumidores han de acoplarse al “costo en suela de zapatos”, es decir buscar alternativas inmediatas de demanda de bienes y servicios (si los consiguen) que facilite, tanto la disminución de la tenencia de dinero en efectivo que a diario pierde valor, como para evitar convertirlos en depósitos bancarios con tasas pasivas de interés por debajo del IPC con el consecuente deterioro del patrimonio familiar.

Mención especial,  merece lo referente al bienestar de las clases medias (media-media, media- baja, media-alta). En general, y como se desprende de un informe de la CEPAL, en la América Latina actual la movilidad social se produce muy escasamente de una generación a otra y se ha ido extinguiendo aquella máxima que indicaba que una generación hacia el sacrificio y la siguiente recibía los beneficios; y en mucho la causalidad está vinculada con la pérdida del decoro del salario ante la caída del poder de compra inducido Por el elevado IPC presente en algunos países (como es el caso de Venezuela); situación que no sólo está dificultando el ascenso socioeconómico camino al bienestar, sino algo mucho más grave: está induciendo un desmembramiento del nivel de vida alcanzado con honestidad, esfuerzo y sacrificio; lo cual equivale a señalar que no se está disminuyendo la pobreza y la exclusión sino que adicionalmente se está acabando con la clase media.

Jesús Alexis González
Jagp611@gmail.com       
@jesusalexis2020

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