"Lámpara es a mis pies tu palabra, y lumbrera a mi camino"(Sal 119.105). "Esto sobre una nación y lo mismo sobre un hombre"(v.29, en Job 34.21-30).
A propósito de tiranía neocomunista
travestida de legalidad, revolución o
socialismo del SXXI, se está posicionando en la opinión pública la necesidad de
activar el Poder Constituyente para solucionar de raíz la crisis política.
Durante siglos nos han enseñado una media
verdad según la cual el constitucionalismo,
y el Estado moderno nacieron en
Francia durante y después de la
revolución francesa.
La verdad es que el constitucionalismo y el
Estado moderno nacieron durante y después de la revolución política del antiguo
Israel, comandada por el profeta Samuel de Ramá, quien por instrucciones de Dios fundó el
primer Estado federal monárquico constitucional de poder descentralizado (EFD) mediante
un proceso constituyente que ha variado poco hasta nuestros días, que conforma
junto con el Decálogo del Gobernante y los Siete principios políticos bíblicos,
la POLITOLOGÍA BÍBLICA o CIENCIA SOCIAL DE DIOS.
El Decálogo del Gobernante fue dictado a
Moises en el año 1452 aC cuando
profetizó que los judíos pedirían la creación de un Estado monárquico.
En el año 1112 aC, se cumple la profecía de Moises: los representantes del
pueblo le piden al Profeta Samuel, Juez Supremo de Israel, "Constitúyenos ahora
un rey" (IS8.1-5).
Dios
le revela a Samuel los delitos en que incurrirá el rey (IS8:11-18):
"Tomará tus hijos, y los pondrá en sus
carros y en sus gentes de a caballo, para que corran delante de su carro(v11) y
nombrará para si jefes de miles y jefes de cincuentenas; los pondrá asimismo a
que aren sus campos y sieguen sus mieses, y hagan sus armas de guerra y los
pertrechos de sus carros(v 12 y13). Tomará lo mejor de vuestras tierras, de
vuestras viñas y de vuestros olivares, y los dará a sus siervos(v14). Diezmará vuestro grano y vuestras viñas para
dar a sus oficiales y a sus siervos (v15).
Tomará vuestros siervos y vuestras siervas, vuestros mejores jóvenes, y
vuestros asnos y con ellos hará sus obras(v16).. Diezmará también vuestros
rebaños, y seréis sus siervos (v17)".
Los representantes del pueblo insisten(v19). Entonces Dios accede a crear
una monarquía, pero no una igual a la de
los vecinos donde el rey tenía todos los poderes, ninguna limitación en el uso
de los mismos y era adorado como si fuera un
Dios; sino una donde el rey tenía poder limitado, convenido y delegado por el pueblo mediante un pacto
que debía respetar, cuyas primeras clausulas son el siguiente Decálogo del
Gobernante ( Instrucciones acerca de un rey). Dt. 17:14–20: (I) Jehová elegirá al rey (v.15)(Se elegirá
como si fuera para Dios o alguien a quien Dios elegiría: alguien que tenga
temor de ofenderlo, posea don de servicio público). (II)No pondrá ser
extranjero(v.15). (III) No aumentará caballos para si(v.16) (El caballo era un
símbolo de poder militar. No concentrar caballos era para la época una forma de
subrayar la necesidad de limitar el poder del rey al estrictamente necesario y
suficiente para gobernar) (IV) No hará volver al pueblo a Egipto(No a la
idolatría religiosa, no a la tiranía política).(V) No tomará muchas mujeres( v.17).(VI) No amontonará en abundancia
oro y plata(No al enriquecimiento ilícito, robo y despilfarro).(VII)
Escribirá en un libro una copia del Decálogo del Gobernante y de La ley, es decir,
del Pentateuco(v.18).(VIII) Leerá todos los días en ambos libros (Pentateuco y
Decálogo del Gobernante) (v. 19). (IX) Cumplirá todas las palabras de ambos
libro.(X) No elevará su corazón sobre los gobernados(v.20) (No se convertirá en
un tirano). Estos requisitos los ratifica y amplía el Apóstol Pablo en I
Timoteo 3 y en Tito 1.7 para los aspirantes a ser autoridades dentro de la
Iglesia.
En tiempos del Profeta Samuel, el PODER
político lo conquistaban y ejercían de manera absoluta y despótica los reyes
mediante pactos impuestos por la fuerza de las armas. En ese ambiente, el
Profeta Samuel funda por instrucciones de Dios
una monarquía, no por la fuerza de las armas, sino mediante un pacto
convenido por los representantes del pueblo. Esto fue una revolución política
de enormes dimensiones y consecuencias en la historia de la sociedad occidental que produjo la
primera Constitución política del primer Estado federal de poder
descentralizado(EFD) monárquico constitucional constituido por una federación
de 13 regiones integralmente autónomas,
con división de poderes (Ejecutivo: descentralizado y limitado entre el
rey y los príncipes gobernantes de las 13 regiones. Legislativo: descentralizado entre el Consejo
Nacional de ancianos o Sanedrín, de donde viene la palabra senado- y los
consejos regionales ; y Judicial:
descentralizado entre el Juez supremo y los jueces regionales y locales)
Dios dispuso que en cada país se redactara
una Ley política Magna, o Acta de
Derechos del Reino que después se llamó Constitución política, mediante un
proceso que hoy llamamos Constituyente (capítulos 8,9,10y12 de I Samuel). Los
Derechos del Acta de Derechos, Leyes del REINO o Constitución Política del primer EFD
monárquico los tomaron del Pentateuco: el Derecho a la vida (Génesis 2.7); a la
libertad (Éxodo 3:8; Levítico 25:10); a la propiedad (Nm33:53); a un
juicio justo (Levitico 19:15; Dt 1:17); a la búsqueda de la felicidad(Dt
7:13-15; 8:18); derecho de cada Región a determinar sus propios gobernantes y
jueces; derecho a elegir y ser elegido servidor gubernamental público de manera
libre y voluntaria; principal fundamento
de la democracia (Nm 11: 14, 16, 24, 25.
y Jueces 11).
Los derechos antes mencionados dieron origen
a las declaraciones de derechos inglesas: la Magna Carta de 1215; el Habeas Corpus Act,
1679; el Bill of Rights de 1689; bases
de las leyes que sirven de Constitución a Inglaterra que carece de una
Constitución formal; también fueron la base de La Declaración de Derechos o
Bill of Rights, aprobada por los representantes
de la colonia de Virginia (EE
UU), en 1776, la primera de las declaraciones formales de derechos individuales en el
constitucionalismo moderno (Fundamentos de la Constitución de 1787); de la
Declaración de los derechos del Hombre y del Ciudadano, de la Revolución
Francesa sancionada por la Asamblea Nacional del 26 de agosto de
1789,(Fundamentos de la Constitución de 1791), y de la Declaración de los Derechos Humanos de la
ONU de 1945.
De la Ley Magna, Acta de Derechos, Pacto
Social o Constitución Política del reino
se debían derivar el resto de Leyes que componen el Ordenamiento Jurídico:
Leyes Orgánicas, Leyes Ordinarias, Reglamentos, Estatutos, etc; lo que hoy llamamos la Pirámide de Kelsen.
El proceso para crear el primer Estado Federal de poder Descentralizado(EFD) fue rescatado por los calvinistas (siglos XVI y XVII) y usado para fundar en 1787 los EE UU como una República constitucional Federal, una Federación o como ellos la llaman, una Unión (en lugar de una monarquía constitucional federal descentralizada de 13 (estados) integralmente autónomos; establecieron una República federal de estados soberanos; régimen de Gobierno presidencial nacional pero de poder limitado, no con atribuciones imperiales, y una estricta división de poderes en instancias que se controlan y vigilan entre si( checks and balances system).
Herbert
W. Titus, Decano del Colegio de Leyes y Gestión Gubernamental de la
Universidad – Regent en Virginia Beach, Virginia.USA, expresa que "el
lenguaje y los principios claves de la Declaración de la Independencia - de los
EE UU- , así como el procedimiento legal seguido por sus forjadores, dan
evidencia conclusiva de que esta nación fue establecida sobre una base bíblica.
El Preámbulo de la Declaración nos dice que
la nación norteamericana se basa en “las leyes de la naturaleza y de su Dios”.
Esa frase ha sido tomada deliberadamente de los escritos de Juan Locke y de
Guillermo Blackstone, reconocidas autoridades políticas y jurídicas en
Inglaterra.
Los redactores afirmaron su dependencia de la
“Divina Providencia” como única garantía de protección, ya que estaban
arriesgando vida y fortuna en caso de perder la guerra. Al hacer esto siguieron
el ejemplo de Moisés cuando condujo al pueblo de Israel de Egipto hacia la
libertad (Exodo 4).
En el dinero de EE UU se lee " In god we
trust" que significa en "Dios confiamos", una frase que repite
cuatro veces en el Salmo 56 de David.
Los alegatos legales de la Declaración de la
Independencia de EE UU se basan en dos ideas fundamentales ambas de origen
bíblico. La primera, es “Que los gobiernos son instituidos entre los hombres,
derivando sus justos poderes del consentimiento de los gobernados.” Esta
fraseología viene directamente de Juan Locke, pero el principio que expresa es
de origen bíblico. Locke fundó sus ideas sobre el “compacto social” de Samuel
Rutherford, el pastor presbiteriano escocés del siglo XVII, quien se basó en el
Antiguo Testamento.
En su magna obra, Lex Rex, Rutherford rechazó
el alegato de que el Rey de Inglaterra gobernaba por derecho divino. En apoyo a
su posición, citó pasajes del Antiguo Testamento, probando así que hasta David,
ungido por Dios como Rey de Israel, no se convirtió en Rey hasta que hizo un
pacto con los ancianos representantes de aquella nación (1 Crónicas 11:3).
La afirmación de Rutherford de que el
principio de gobierno legal se aplica a todos los reyes de todas las naciones,
dio origen a la “monarquía constitucional” de Inglaterra y a la “república
constitucional” de los Estados Unidos de América.
La idea fundamental de que el gobierno civil
deriva sus justos poderes del consentimiento entre el gobernador y los
gobernados, enunciada en la Declaración de la Independencia norteamericana, es
directamente atribuible al Antiguo Testamento en el cual Dios prometió un rey
legal, sujeto al pacto, al pueblo.
Además del concepto de pacto, Samuel
Rutherford, en su Lex Rex estableció la segunda piedra fundamental de la
Revolución Norteamericana. Como lo dice la Declaración de la Independencia:
“cuando una forma de gobierno conspira contra esos fines (o sea, garantizar los
derechos que Dios ha dado al hombre), es el derecho del pueblo alterar o abolir
ese gobierno e instituir uno nuevo.”
Una vez más la terminología es de Locke, pero
el concepto es bíblico. Locke tomó la idea de Rutherford, quien a su vez la
encontró en el Antiguo Testamento.
Según Rutherford, el rey sujeto al pacto
estaba obligado a gobernar según la ley divina, no solamente ante Dios sino
también ante el pueblo. Si el gobernante viola la ley de Dios el pueblo no
necesita esperar que Dios lo remueva sino que puede movilizarse para reemplazar
al rey inicuo" (Tomado del ORIGEN BIBLICO DEL ESTADO MODERNO en
www.scribd.com/jbelisario).
Los 7 principios políticos bíblicos son el
tercer elemento de la Politología Bíblica. Se relacionan con los derechos evitan que estos sean anulados o pervertidos
por la mezquindad del hombre: (I) Principio del Servicio al prójimo (Pr.16.4;
Isaías.43.7; 1Pedro 4.10 y 11. Efesios 2.10. Romanos 10:3; 11.36; 12:6,7;
13:3-7. Mt. 20: 26,27,28). (II) De la descentralización del poder Económico (Dt.8.18; Nm. 26.55. Josué
14.1).(III) De la descentralización del
poder Político del Gobierno del Estado ( Nm.7.2; 11:11-17). (IV) De la
descentralización del poder Militar: (Nm.1:2,3; 31:6,7; Ro.13:3,4; I S 8:11-18;
1S.13:2. 1Cr. 21; 2S24; Lc 3:14).(V) De la descentralización del poder Judicial
Éx.18.15-26).(VI)De la descentralización del poder Educativo (Dt. 4:9-10;
6:4-9; 18:19; Ex 35:30-35; Pr. 9.10; 19.2,16) y (VII) De la Solidaridad,
interdependencia de la regiones e integridad Territorial Nacional (Sal.
133.1-3).
Los siete principios políticos bíblicos se
reducen a dos: el del Servicio al
prójimo y el de la Descentralización de todo tipo de poder entre el mayor
número de personas; así como los Diez mandamientos se reducen a dos: amar a Dios, y amar al
prójimo como a si mismo; son las bases de las Constituciones políticas de los
Estados federales descentralizados(EFD).
Podemos decir sin temor a equivocarnos que el
principio constituyente supremo es el de la descentralización de todo tipo de poder; y que la crisis venezolana es el resultado del colonialismo
constitucional, del vasallaje politológico e ideológico, de un antiguo y
persistente error que lleva mas de 200 años y 25 Constituciones, todas
contentivas de EFC. Este error hace
tiempo fue corregido por los países de donde fue copiado, España (J. M Beneyto: “Necesitamos la
refundación de una España moderna y europeizada”), y Francia (Mitterrand:
"Francia tuvo que acudir a un poder fuerte y centralizado para hacerse.
Hoy necesita un poder descentralizado para no deshacerse").
La mayoría de nuestros líderes e
intelectuales de la delicuescente MUD avelediana, en trance de desparecer, y
los de la Salida, siguen aferrados al EFC. Solamente los separa una apreciación
de tiempo; los primeros, son partidarios de dejar que el PSUV gobierne hasta
que no quiera o no pueda mas y
simplemente deje el poder(pensamiento mágico).
Los segundos creen llegado el momento, dada la severidad de la crisis,
de desalojar al PSUV del Gobierno por elecciones, parlamentarias ganando la ANL el próximo año
2055 o las presidenciales en el 2019 con
ese mismo CNE( pensamiento fatuo). No estan pensando en resolver la crisis. No
quieren o no pueden ver su origen: la
desobediencia de la Politología Bíblica. No quieren o no pueden leer que
la crisis es el fracaso por agotamiento natural del modelo de Estado federal de
poder centralizado (EFC). Creen que Dios va a pasar por alto que ignoren de
manera tan irresponsable su Ciencia Social.
Por tanto en todas las iglesias cristianas de
Venezuela, debemos interceder por los
líderes e intelectuales con la oración de Daniel 9:5-19, la misma de Nehemías 9
aplicada a Venezuela: : “Padre todopoderoso creador del universo. Todos los
venezolanos hemos cometido iniquidad, nuestros padres fundadores, nuestros
militares, nuestros Presidentes de la
República, nuestros gobernantes, jueces y administradores, nuestros líderes
políticos e intelectuales, y todo el pueblo desconocieron el DECALOGO DEL
GOBERNANTE (Dt.17:14-20).
Despreciaron el MODELO BIBLICO DE ESTADO que
tu nos diste por medio del profeta Samuel
que en tu nombre habló a todos los
pueblos de la tierra para organizar y gobernar todos los países;
redactaron Constituciones políticas no
sustentadas en LOS SIETE PRINCIPIOS POLITICOS BIBLICOS que contienen diferentes
versiones del EFC.
Por tales desobediencias se han cumplido en
Venezuela (y todo el III Mundo) las PALABRAS PROFÉTICAS DICHAS POR MOISES: “El
fruto de la tierra y de todo tu trabajo
comerá pueblo que no conociste; y no serás sino oprimido y quebrantado todos
los días; y enloquecerás a causa de lo que veras con tus ojos” (Dt. 28:15 - 34;
Lv.26: 14 - 46 )” .Ahora imploramos tu perdón para convertirnos de nuestras
desobediencias y obtener tu bendición( Lv. 26:3-13; Dt.7:12-15; 28:1-14).
Te rogamos Señor que los perdones y nos perdones; permítenos entender y aplicar
tus verdades y principios espirituales y políticos para establecer en Venezuela
un Estado federal de poder descentralizado(EFD), una federación de 23 estados
con sus 335 municipios integralmente autónomos; una economía de libre mercado
próspera y justa, y un Régimen Gobierno
Parlamentario de poder limitado; porque tuyas Señor son la MISERICORDIA Y LA
JUSTICIA.
Te rogamos que reavives poderosamente tus
iglesias cristianas para que cumplan con el rol de enseñar al lado de los
principios espirituales, la Politología Bíblica. AMEN".
La crisis venezolana se resolverá cuando se
sustituya pacífica, democrática y constitucionalmente el EFC socialdemócrata
presidencial imperial, por un Estado federal de poder descentralizado
liberaldemócrata y parlamentario en
términos análogos a los propuestos por el MID Táchira, en estos dos
libros:
A.CRISIS VENEZOLANA. Causas y Soluciones
estructurales
B.
Proyecto País VENEZUELA RECONCILIADA…Vía Constituyente
se
pueden leer en (https://t.co/futoyfWWXt)
y (https://t.co/5R1Es9WEqH) respectivamente.
El Resumen de la Propuesta es este Powerpoint
: https://ssl.gstatic.com/docs/doclist/images/icon_10_generic_list.png
PRESENTACION DEFINITIVA AA.pptx
DELENDA EST CENTRALISMUS
Julio Belisario
jbelisar789@gmail.com
@jbelisariom
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