De aprobarse la Ley del Consejo Federal de Gobierno, actualmente en discusión en la Asamblea Nacional, se alcanzará la meta gubernamental de exterminar no sólo la descentralización sino también el Estado venezolano.
Luego de once años de revolución bonitica a paso firme de exterminadores, Venezuela es una gran negación. Los Poderes Públicos se han conjurado contra los venezolanos para negar nuestra condición de Estado de Justicia, Federal y Descentralizado, y nuestro carácter de Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia. Mucho menos podemos pensar que, al día de hoy, la República Bolivariana de Venezuela sea un Estado Federal Descentralizado.
Nuestro presente es crudo y duro, pues negar el Estado en los términos previstos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es resistirse también a los valores que, según ésta, lo guían: la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social, y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Ese proceso de destrucción de la descentralización y del Estado venezolano establecido en el texto constitucional significa también la frustración de sus fines esenciales, es decir, la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución.
Indudablemente el Consejo Federal de Gobierno está llamado a impulsar el modelo de gestión descentralizada en nuestro país pues le corresponde la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización de competencias del Poder Nacional a los estados y municipios.
Un remedo de Consejo Federal de Gobierno fue instalado por el Presidente de la República, el 18 de Abril de 2002, luego de los sucesos políticos que lo separaron brevemente del ejercicio del cargo. La duración y la actividad de ese falso Consejo Federal de Gobierno fueron efímeras; quizás por responder a la coyuntura política de aquel momento más que a una firme decisión presidencial para su verdadera creación.
En el año 2005, la Asamblea Nacional sancionó una Ley del Consejo Federal de Gobierno y, ese mismo año, el Presidente de la República vetó dicha ley y, la devolvió al poder legislativo para su modificación respectiva. Las observaciones de fondo se centraron en que la Ley otorgaba al Consejo Federal de Gobierno competencias que ni siquiera están previstas en la Constitución. Recomendó en esa oportunidad suprimir la alusión a la "comunidad organizada" como sujeto de descentralización dentro de las políticas que dicte el Consejo Federal de Gobierno, porque en el artículo 148 de la Carta Magna "la articulación de la comunidad organizada a la gestión administrativa de los servicios públicos le corresponde a los estados y municipios a partir de las orientaciones que dicte la ley especial de la material". En el 2007, el Ejecutivo Nacional, introdujo en su proyecto de reforma constitucional la sustitución del Consejo Federal de Gobierno por el Consejo Nacional de Gobierno; cuya propuesta cuadragésima cuarta modificaba el artículo 185.
El contenido de la aludida propuesta suprimía en forma directa el mandato constitucional destinado a la descentralización y transferencia de competencias hacia estados y municipios. De la misma manera, cerraba la participación directa a las autoridades municipales y a la representación popular en el planteado Consejo de Gobierno.
Hoy la Asamblea Nacional proyecta, en su discutida Ley, un Consejo Federal de Gobierno para “la planificación y coordinación en la ordenación territorial y de transferencia de las competencias y atribuciones de las entidades territoriales hacia las organizaciones de base del poder popular”, en abierta traición a la Constitución Nacional y para terminar de liquidar el proceso de descentralización y el estado venezolano todo.
Entonces, más que un consejo federal de gobierno es un verdadero consejo exterminador del gobierno.
JUAN CARLOS APITZ B.
justiciapitz@hotmail.com
twitter:@justiciapitz
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Nuestro presente es crudo y duro, pues negar el Estado en los términos previstos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es resistirse también a los valores que, según ésta, lo guían: la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social, y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Ese proceso de destrucción de la descentralización y del Estado venezolano establecido en el texto constitucional significa también la frustración de sus fines esenciales, es decir, la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución.
Indudablemente el Consejo Federal de Gobierno está llamado a impulsar el modelo de gestión descentralizada en nuestro país pues le corresponde la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización de competencias del Poder Nacional a los estados y municipios.
Un remedo de Consejo Federal de Gobierno fue instalado por el Presidente de la República, el 18 de Abril de 2002, luego de los sucesos políticos que lo separaron brevemente del ejercicio del cargo. La duración y la actividad de ese falso Consejo Federal de Gobierno fueron efímeras; quizás por responder a la coyuntura política de aquel momento más que a una firme decisión presidencial para su verdadera creación.
En el año 2005, la Asamblea Nacional sancionó una Ley del Consejo Federal de Gobierno y, ese mismo año, el Presidente de la República vetó dicha ley y, la devolvió al poder legislativo para su modificación respectiva. Las observaciones de fondo se centraron en que la Ley otorgaba al Consejo Federal de Gobierno competencias que ni siquiera están previstas en la Constitución. Recomendó en esa oportunidad suprimir la alusión a la "comunidad organizada" como sujeto de descentralización dentro de las políticas que dicte el Consejo Federal de Gobierno, porque en el artículo 148 de la Carta Magna "la articulación de la comunidad organizada a la gestión administrativa de los servicios públicos le corresponde a los estados y municipios a partir de las orientaciones que dicte la ley especial de la material". En el 2007, el Ejecutivo Nacional, introdujo en su proyecto de reforma constitucional la sustitución del Consejo Federal de Gobierno por el Consejo Nacional de Gobierno; cuya propuesta cuadragésima cuarta modificaba el artículo 185.
El contenido de la aludida propuesta suprimía en forma directa el mandato constitucional destinado a la descentralización y transferencia de competencias hacia estados y municipios. De la misma manera, cerraba la participación directa a las autoridades municipales y a la representación popular en el planteado Consejo de Gobierno.
Hoy la Asamblea Nacional proyecta, en su discutida Ley, un Consejo Federal de Gobierno para “la planificación y coordinación en la ordenación territorial y de transferencia de las competencias y atribuciones de las entidades territoriales hacia las organizaciones de base del poder popular”, en abierta traición a la Constitución Nacional y para terminar de liquidar el proceso de descentralización y el estado venezolano todo.
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JUAN CARLOS APITZ B.
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