Normalmente se enfrenta
el concepto de bien común al de bien particular tendiéndose a identificar a
este último con sistemas como el capitalista, en tanto que al primero con el
colectivista. No obstante, es cierto que, tanto los partidarios del capitalismo
como los del colectivismo, emplean la expresión bien común como se destaca
seguidamente:
"Conceptos
indefinidos e indefinibles como el interés público o el bien común, que
esgrimen tanto los enemigos como los defensores del capitalismo, serían
resabios de una visión tribal del ser humano que sólo sirven para escapar de la
moral, mas no de guía moral".[1]
Por nuestra parte,
hemos sostenido –y lo seguimos haciendo- que la expresión bien común (sin
calificaciones) remite al bien de todos los individuos, sea tomados como conjunto
como individualmente, lo que implica que la violación de los derechos de una
sola persona importa tanto una transgresión particular hacia ella en concreto
como –simultáneamente- al bien común, por cuanto si hay por lo menos una
persona que resulta lesionada en sus derechos se quiebra el bien común para
transformarse en el bien de una mayoría contra el de una minoría.
"La
justificación "moral" del capitalismo no está en la afirmación
altruista de que representa la mejor forma de lograr "el bien común".
Es verdad que el capitalismo permite alcanzar el bien común —si es que esa
expresión efectista tiene algún significado—, pero ello constituye solamente
una consecuencia secundaria. La justificación moral del capitalismo radica en
el hecho que éste es el único sistema concordante con la naturaleza racional
del hombre, que protege la supervivencia del hombre en tanto hombre, y cuyo
principio rector es la "justicia".[2]
Resulta inaceptable
para nosotros el machacón argumento colectivista que opone el bien común al
bien particular o viceversa. Entendiendo que los derechos de unos no pueden
violar derechos de otros (lo que sería -aparte de paradójico- contradictorio),
nadie que ejerza su derecho puede ir en contra del bien común por aplicación de
esta misma regla (los derechos no pueden violar derechos). Esto tiene inmediata
aplicación práctica, por cuanto quien reclame el ejercicio legitimo de su
derecho de propiedad no puede ser acusado de ir "en contra" del bien
común. De la misma manera que, nadie en nombre del bien común puede impedir u
obstaculizar que otro ejerza su legítimo derecho de propiedad, ya sea en forma
individual o por medio de cualquier clase y especie de legislación, y ya fuere
un particular quien lo intente o sea el gobierno mismo. En este último caso,
quienes estarían violando el bien común serian ese particular o ese gobierno
que pretenda restringir derechos de otros, como -por ejemplo- el de propiedad.
"el proceso de
elaboración y decisión sobre políticas públicas necesita de sólidas instituciones
que permitan su implementación en aras del bien común, evitando las presiones
de los sectores afectados y superando los problemas de información e incentivos
que afectan al mercado"[3]
Este enfoque parece
contraponer el bien común al bien sectorial o de determinados grupos, lo que da
a entender la expresión utilizada por el autor ("sectores
afectados"). De ser esta la interpretación correcta se enmarca dentro de
lo que afirmamos en el párrafo anterior. No obstante, no podemos dejar de señalar
el peligro que representa la elaboración de políticas públicas por parte de los
miembros de las burocracias políticas y gubernamentales, justamente por el
fuerte incentivo que estas tienen a favorecer precisamente a "sectores
afectados", convirtiéndolos en sectores privilegiados, lo que, nuevamente,
a nuestro criterio, viola el bien común. De esto último da buena cuenta la
siguiente cita:
"La opinión
general -cuidadosamente cultivada, claro está, por el Estado mismo- es que los
hombres se dedican a la política o ejercen el gobierno motivados sólo por su
preocupación por el bien común y el bienestar general. ¿Qué es lo que confiere
a los gobernantes la pátina de una moral superior? Quizás el hecho de que la
gente tiene un conocimiento vago e instintivo de que el Estado está involucrado
en el robo y la depredación sistemáticos, y siente que sólo una dedicación
altruista por parte del Estado hace tolerables estas acciones".[4]
Como han demostrado
autores como James Buchanan y Gordon Tullock, las motivaciones que animan a los
políticos -ya sea en función de gobierno o como aspirantes a ocupar posiciones
de poder dentro del mismo en cualquiera de sus estructuras- es ni más ni menos
que la de cualquier otra persona común y corriente. No están inspirados en el
bien común más que en sus propios intereses personales, y con la mira puestas
en su bien privado y particular como el menor en poder de los ciudadanos. En
realidad, están menos infundidos en el bien común que en su bien personal y
privado. La visión romántica -e infantil- del político como
"defensor" y "representante" del bien común es
increíblemente mayoritaria no obstante.
"En la medida en
que se construían las fábricas y comenzaban a emitir humo, destruyendo las
huertas de los granjeros vecinos, éstos demandaban a sus propietarios por daños
y solicitaban la intervención de los tribunales para evitar una mayor invasión
a sus propiedades. La respuesta de los jueces era: "Sabemos que,
lamentablemente, el humo industrial (es decir, la contaminación del aire)
invade y lesiona sus derechos de propiedad. Pero hay algo más importante que
los meros derechos de propiedad, y es la política pública, el 'bien común'. El
bien común decreta que la industria y el progreso industrial son algo bueno, y
por lo tanto sus simples derechos de propiedad privada deben ser abrogados en
nombre del bienestar general".[5]
Aquí tenemos la
versión colectivista del bien común a la que nos hubiéramos referido al
comienzo, en la que se utiliza el bien común por parte de una autoridad (en
este caso judicial) para destruir todos los demás derechos (en el ejemplo, el
de propiedad que sirve de fundamento a todos los demás derechos).
[1] Ayn Rand. ¿Qué es el capitalismo?
Estudios públicos. Introducción. pág. 64.
[2] Rand A. idem anterior, pág. 74
[3] Martín Krause. Índice de Calidad
Institucional 2012, pág. 8
[4] Murray N. Rothbard. For a New Liberty: The Libertarian Manifesto. (ISBN 13:
9780020746904). Pág. 74
[5] Murray N. Rothbard, ídem. anterior, Pág. 298.
Gabriel Boragina
gabriel.boragina@gmail.com
@GBoragina
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