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lunes, 10 de marzo de 2014

DANIEL CHALBAUD LANGE, DOBLE NACIONALIDAD, TEMA PARA REFLEXIÓN

En 1991, la República de Colombia promulgó una nueva Constitución para adaptar su Ley Fundamental a las modernas exigencias y aspiraciones de su población. Entre las modificaciones es conveniente resaltar, por la incidencia que tiene en nuestra seguridad y defensa nacionales, los artículos 96 y 97, en los cuales textualmente se expresa:

                      Artículo 96:   “La calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad”

                      Artículo 97:   “El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, que actúe contra los intereses del país en guerra exterior contra Colombia, será juzgado y penado como traidor”

En concordancia con esos mandatos constitucionales colombianos, no puede escapar a nuestra consideración el hecho de que en Venezuela habita, legal o ilegalmente, una población de origen colombiano la cual, según variadas fuentes, oscila entre dos a cuatro millones.

Esos millones de colombianos, cualquiera sea la condición jurídica en cuanto a su residencia en Venezuela, son legalmente colombianos y de ellos, los que han adquirido la nacionalidad venezolana son, por supuesto,  legalmente venezolanos, pero continúan siendo, de acuerdo al artículo 96 citado, legalmente colombianos; o sea, que legalmente tiene doble nacionalidad.

No está planteado, pero tampoco se puede descartar, -ya lo vimos y sentimos recientemente con la orden del presidente de Venezuela de movilizar tropas y equipos militares a la frontera con Colombia-  un posible conflicto bélico  entre Colombia y Venezuela. Dios no lo quiera.

En el supuesto negado de un conflicto armado, y aceptando que el amor a la patria no se pierde al cruzar la frontera y  que la patria se lleva en el alma y que nos acompaña en cualquier lugar del mundo en que nos encontremos,  sería lógico preguntarnos:

 ¿Cuál será la actitud de esos millones de colombianos cuando sientan el llamado del clarín de su patria?

 ¿Cuál será la actitud de los colombianos quienes por propia  y manifiesta voluntad aceptaron y adoptaron la nacionalidad venezolana y sobre quienes pende como espada de Damocles, los artículos 96 y 97 citados, que por un lado los obligan a continuar siendo colombianos y por otro los califica de traidores a la patria en casos de conflictos bélicos si su sentimiento está con Venezuela?

   La nacionalidad va más allá de una partida de nacimiento, de una cédula de identidad y de un pasaporte. La nacionalidad es la legalización del sentimiento de identidad nacional que nos obliga a conocer,  querer y defender, en cualquier parte del mundo en que nos encontremos, ese espacio geográfico que llamamos patria. La nacionalidad, la voluntad de ser parte de una patria, no se puede dividir, por lo tanto no se puede compartir. Allí el craso error de la constitución colombiana, lamentablemente copiado en el artículo 34 de la vigente constitución venezolana: “la nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad”. 

   Cuando algún ciudadano opta o adquiere la nacionalidad de otra nación está, implícitamente entregándose, supuestamente, con el mismo o más amor a otra patria  a la que debe conocer, querer y defender en cualquier parte del mundo en que se encuentre; por lo tanto, podríamos inferir que existe y es aceptada nacional e internacionalmente  la bigamia en la nacionalidad.

   Aceptando estos razonamientos cabría finalmente, sin agotar el tema, recordando al “canciller” Granda y a los venezolanos que lo defienden, preguntarse si ese señor y todos aquellos colombianos que luchan desde territorio venezolano, algunos con Cédulas y Pasaportes venezolanos  en flagrante guerra exterior contra Colombia, si son  colombianos o son venezolanos. 

   En todo caso, el cambio de nacionalidad no es acto que conlleve la prescripción de las penas por los daños que se le hubieren causado a su anterior patria.

Lo más lamentable es que, en caso de un conflicto de guerra entre Venezuela y Colombia, serán perjudicados aquellos miles de  buenos colombianos quienes, por razones políticas, económicas o sociales, se vieron obligados a emigrar a Venezuela, o que por propia voluntad decidieron residenciarse en nuestro país, casándose con venezolanas o venezolanos, procreando hijos venezolanos, adquiriendo voluntariamente la nacionalidad venezolana y trabajando por años en esta tierra, su nueva y querida patria.

Preguntémonos y preguntémosle a la gran cantidad de colombianos residenciados, legal o ilegalmente en Venezuela, muchos de ellos, como ya lo dijimos, nacionalizados como venezolanos, ¿qué actitud, qué posición tomarán, en caso de un conflicto bélico?  Si apoyan, como venezolanos naturalizados o no, a la que consideran su nueva patria, legalmente, por mandato constitucional colombiano, son considerados traidores a Colombia.

Muchos son los ejemplos a nivel mundial sobre la doble nacionalidad y sus efectos legales, morales y de identidad nacional. En un supuesto, bien negado, de un conflicto entre Colombia y Francia, cómo queda Ingrid Betancourt, quien tiene doble nacionalidad y su corazón repartido entre ambas naciones.

La Constitución d la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 34 expresa: La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad.

Hoy, son cientos de miles los venezolanos que tienen doble nacionalidad y poseen pasaportes de muchos países en todos los continentes, especialmente de Estados Unidos. Ejemplos recientes: Antonini, Oswaldo Guillén y otros peloteros.

Por ello, creo que es conveniente reglamentar, a nivel mundial, en concepto y práctica, la tenencia de doble y, hasta más, nacionalidades.

El concepto y la legalidad de una nacionalidad no puede estar sujeta a la posesión de un Pasaporte que, en muchas oportunidades, sólo sirve de conveniencia para residenciarse en uno u otro país y sacarle provecho económico, político o social.

El proceso de globalización es un mecanismo que ha servido para unir pueblos y sociedades, para compartir ventajas de variadas índoles y para ampliar y unir fronteras sin olvidar los límites de cada país.   

Los millones de latinos que hoy viven el los Estados Unidos, Canadá y en Europa, quienes, en gran proporción, se vieron obligados a dejar atrás, familias, amigos, recuerdos y hasta “las cenizas de sus muertos”, hoy viven su nostalgia con la esperanza de encontrar, para ellos y para sus familias, una tierra que le ofrezca las oportunidades negadas en su tierra natal.

El hombre, se ha dicho, es un animal de costumbre, por lo que, no es de esperar que en pocos años, a esos millones de latinos emigrantes, le comience  a nacer, por sentimiento, individual y colectivo, una nueva identidad nacional que los lleva a conocer, a querer y a defender su nueva patria.

La nacionalidad no se impone, la nacionalidad nace, crece,  y se contagia con el conocimiento profundo y amor a la patria, que nos obliga a defenderla en cualquier lugar del mundo donde nos encontremos. La patria sigue los pasos a la nacionalidad.

Ejemplo de ello lo tuvimos el siglo pasado, cuando Rusia, apoyado con su gran poderío bélico fue conquistando pueblos y naciones. Millones de kilómetros cuadrados de tierras, mares y cielos usurpados, junto a millones de seres humanos obligados se trató de formar el país más grande del mundo; la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas –URSS- , con lo cual se pretendió, también,  formar la nación, la patria, más grande del mundo. Sólo setenta años duró la ilusión. 

Con el desmembramiento de la URSS, en 1986, comenzó a aforar en sus corazones el sentimiento de identidad, de nacionalidad, y que enseñados y compartido con sus hijos y sus nietos los devolvió a su verdadera y única Patria: Polonia, Hungría, Yugoeslavia, Checoeslovaquia, etc.

Por todo lo anterior, considero que es una obligación mundial la de discutir sobre el concepto y materialización de la nacionalidad, a fin de que, al igual que la exigencia la Religión Católica con el  Sacramento de la Confirmación, se le exija, a todo ser humano, al llegar a la mayoría de edad, independientemente del lugar donde nació o se crió, adoptar  por propia voluntad y sentimiento de identidad,  la nacionalidad de la nación que desea sea su PATRIA y para la cual debe servir, vivir y, morir si fuera necesario.

Nota:    Recomendaciones para investigar sobre el tema.
PASAPORTE. Documento para pasar de un país a otro en el que consta la identidad del que lo tiene..  Larouusse Moderno. Ramón García – pelayo y Gross. 1992-1993. Ediciones Larousse.

Pacto de los Derechos Civiles. Naciones Unidas 1966

Constitución Española. 1932 

Daniel Chalbaud Lange
@danielchalbaudl

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