BIENVENIDOS AMIGOS PUES OTRA VENEZUELA ES POSIBLE. LUCHEMOS POR LA DEMOCRACIA LIBERAL

LA LIBERTAD, SANCHO, ES UNO DE LOS MÁS PRECIOSOS DONES QUE A LOS HOMBRES DIERON LOS CIELOS; CON ELLA NO PUEDEN IGUALARSE LOS TESOROS QUE ENCIERRAN LA TIERRA Y EL MAR: POR LA LIBERTAD, ASÍ COMO POR LA HONRA, SE PUEDE Y DEBE AVENTURAR LA VIDA. (MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA) ¡VENEZUELA SOMOS TODOS! NO DEFENDEMOS POSICIONES PARTIDISTAS. ESTAMOS CON LA AUTENTICA UNIDAD DE LA ALTERNATIVA DEMOCRATICA

martes, 8 de mayo de 2012

NARCISO GUARAMATO PARRA, MUCHO RUIDO Y POCAS NUECES - LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO

Después de que se despertó una gran expectativa por la aprobación de la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, el presidente de la República, la firmó el pasado lunes 30 de abril y, aunque no se conocía el texto de la Ley, la pudimos leer al día siguiente gracias al ministro Izarra, quien, publicó a través de una de las redes sociales, un enlace donde se podía bajar e imprimir (Decreto 8.938 del 30 de  abril de 2012).

Una gran decepción nos causo la lectura, sinceramente no estuvo a la altura de las expectativas, por lo tanto decidimos, titular este articulo con el nombre de la famosa comedia de William Shakespeare: “Mucho ruido y pocas nueces” ¿Por qué?

En primer lugar no se ve por ningún lado la revolución socialista que tanto se pregona, en la cual se transformaría la relación entre los medios de producción, lo cual es un hecho económico y social, y no solamente social como se establece en el Art. 1º. Sin llegar a los comentarios de algunos expertos que dicen que es la misma Ley anterior con algunas modificaciones, si podemos afirmar que la Ley sigue siendo capitalista. De tal forma, que nos imaginamos que debe haber sido muy grande la decepción entre los seguidores del partido de Gobierno y que son snceros socialistas.

La jornada laboral se estableció con un máximo de 40 horas semanales, la reducción es solamente de cuatro horas, es decir hasta un máximo de 8 horas diarias, con dos días de descanso, por lo tanto, un trabajador puede laborar 8 horas diarias de lunes a viernes y descansar sábado y domingo. Si hay algo parecido a la realidad, es pura coincidencia.

Las mujeres y la familia, salieron bien parados, al aumentarse el período de permiso post natal a 26 semanas.

Ahora comentemos el asunto de la retroactividad de las prestaciones y su pago. En el artículo 142 se estableció una dualidad en que convivirán, la promesa  cumplida con la antigua forma de cálculo. Por lo tanto el Patrono debe depositar trimestralmente 15 días con “base al último salario devengado”. En la actualidad de depositan 5 días mensuales en base al último salario devengado. En ambos casos se depositan  gradualmente un adicional de 30 días. Por lo tanto el trabajador puede acumular un equivalente a 60 días de prestaciones por año. El artículo antes señalado, en el literal c, establece: “se calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario” y, finalmente en el literal d, se puede leer: El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de la relación laboral de acuerdo al literal c.

Los expertos en materia laboral que han estudiado el problema manifiestan que la retroactividad es ventajosa a partir del año 13. Sin embargo lo que es seguro es que si algún día elimina la inflación, lo que significa una estabilidad en los precios, lo cual haría innecesario los grandes aumentos de salario, el régimen anterior es muy superior al nuevo (60 días es superior a 30).

Nos pareció muy enredado y exagerado el tratamiento dada a la tercerización, pensamos que se  hubiese definido en forma claro el fenómeno y se hubiese prohibido su práctica. La definición que se lee en el Art 42, es muy ambiguo y oscuro: “A los efectos de esta Ley se entiende por tercerización la simulación o fraude cometido por patronos o patronas en general, con el propósito de desvirtuar, desconocer obstaculizar la aplicación de la legislación laboral”. Digan lo que digan, no se entiende esta definición.

Se puede decir que esta ley es buena, porque aumenta los beneficios y protecciones al trabajador y la familia, pero no es lo que se esperaba el segundo instrumento jurídico del país. Se perdió una gran oportunidad para trazar un camino que nos permita la modernidad y la entrada a una economía mundial globalizada y muy competitiva. “La revolución de la productividad  ya se agotó. La nueva era del trabajo implica la aplicación del conocimiento  como la nueva fuente de creación de valor y riqueza La sustitución de tierra trabajo y capital por el conocimiento traducido como valor, tecnología y oportunidad, cambiara completamente la dinámica de las empresas. El costo de la mano de obra, la materia prima, los insumos y otros costos asociados al proceso productivos serán cada día menos importantes”. (Valdes, Luigi.2002:18) 

Guaramatoparra@gmail.com
@guaramatoparra

EL ENVÍO A NUESTROS CORREOS AUTORIZA PUBLICACIÓN, ACTUALIDAD, VENEZUELA, OPINIÓN, NOTICIA, REPUBLICANO LIBERAL, DEMOCRACIA, LIBERAL, LIBERALISMO, LIBERTARIO, POLÍTICA, INTERNACIONAL, ELECCIONES,UNIDAD, ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA

No hay comentarios :

Publicar un comentario

Comentario: Firmar con su correo electrónico debajo del texto de su comentario para mantener contacto con usted. Los anónimos no serán aceptados. Serán borrados los comentarios que escondan publicidad spam. Los comentarios que no firmen autoría serán borrados.