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domingo, 30 de octubre de 2011

ABC DIGITAL: CALIFICAN DE XENÓFOBA LA LEY REGLAMENTADA POR EL EJECUTIVO (NOTA DE PRENSA) DESDE PARAGUAY

Por decreto, Lugo pretende violar la propiedad privada

El decreto firmado por el presidente Fernando Lugo, que reglamenta la ley que crea una zona de seguridad fronteriza, violenta varios artículos de la Constitución Nacional. La norma crea un nuevo mecanismo de confiscación de las tierras a aquellos propietarios que no presenten sus títulos en 72 horas, sin importar que sean paraguayos o extranjeros. Además, se pretende aplicar la ley de manera retroactiva, pese a que ello está prohibido.

SEGURIDAD FRONTERA PARAGUAY
Se trata del Decreto 7525, que reglamenta la Ley 2532 de 2005, que crea una franja de seguridad fronteriza hasta 50 kilómetros de las líneas. Ningún extranjero de países limítrofes pueden ser allí propietarios, condóminos o usufructuarios de tierras rurales.

Por decreto, el Ejecutivo asigna a los militares la realización de un inventario de las tierras. Podrán exigir  títulos a los que se encuentran en esos lugares y tendrán la obligación de realizar un control periódico en tal sentido. Pueden pedir asistencia a otras instituciones para hacer este trabajo. Si los detentadores de las tierras no presentan sus papeles en ese momento, tienen 72 horas para hacerlo, caso contrario se pedirá a la Procuraduría que inicie acciones para sacarles esos inmuebles.

Varios analistas jurídicos consultados por ABC coinciden en que este decreto  otorga a los militares potestades no establecidas en el artículo 173 de la Constitución Nacional, que determina claramente cuál es la misión de las Fuerzas Armadas. En ningún lugar se les asigna la tarea de controlar títulos de propiedad.

Asimismo, advierten que de manera aviesa se viola el artículo 109 de la Carta Magna, que garantiza la propiedad privada. Se preguntan cómo la Procuraduría pretende quedarse con tierras que tienen propietarios legítimos por el solo hecho de no presentar sus papeles en el exiguo plazo de 72 horas. Se considera que este nuevo sistema en realidad representa un nuevo mecanismo de confiscación de tierras, lo cual está prohibido por la misma Carta Magna.

El control se hará sobre paraguayos o extranjeros de zonas no limítrofes, con lo cual por decreto se pretende dar retroactividad a la ley, lo cual está expresamente prohibido en nuestro ordenamiento legal.

La asesoría jurídica de la bancada de diputados de Patria Querida también anticipó un análisis, advirtiendo que la ley y el decreto son xenófobos, teniendo en cuenta que violentan el artículo 46 de la Constitución, que dispone que todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos y no admite discriminaciones.

El decreto resta atribuciones al Servicio Nacional de Catastro (que tiene potestades según el artículo 30 de la Ley 109) y permite la participación de otra entidad como el Indert, que nada tiene que ver con la zona de seguridad, salvo que se trate de tierras públicas.


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