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LA LIBERTAD, SANCHO, ES UNO DE LOS MÁS PRECIOSOS DONES QUE A LOS HOMBRES DIERON LOS CIELOS; CON ELLA NO PUEDEN IGUALARSE LOS TESOROS QUE ENCIERRAN LA TIERRA Y EL MAR: POR LA LIBERTAD, ASÍ COMO POR LA HONRA, SE PUEDE Y DEBE AVENTURAR LA VIDA. (MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA) ¡VENEZUELA SOMOS TODOS! NO DEFENDEMOS POSICIONES PARTIDISTAS. ESTAMOS CON LA AUTENTICA UNIDAD DE LA ALTERNATIVA DEMOCRATICA

domingo, 14 de octubre de 2007

EL PUEBLO ES EL TITULAR DEL PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO.

Una Constituyente para la reconciliación.
EL PUEBLO ES EL TITULAR DEL PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO.
PREÁMBULO.
Considerando que la paz y la convivencia tolerante con respeto a las diferencias, constituyen condiciones esenciales de la vida democrática y representan una tarea y una responsabilidad permanente de todas las fuerzas y sectores de la sociedad.
Conscientes y atentos al llamado de todos los sectores de la sociedad venezolana, que se han manifestado por el rescate de la paz, la democracia y la justicia.
Convencidos como estamos que el respeto y cumplimiento de una convocatoria al Poder Constituyente Originario será un paso fundamental en el restablecimiento de la gobernabilidad democrática y contribuirá a promover el sostenimiento de la legitimidad de las instituciones en beneficio de los derechos ciudadanos.
Afirmamos que el logro de la plena reconciliación de todos los venezolanos, la promoción de la paz, de la tolerancia, del mutuo respeto, del acato a la voluntad popular y el rechazo a la violencia, exigen la cooperación y activa participación de la sociedad como un todo a través de la puesta en marcha de las iniciativas que sea necesario instrumentar para lograr ese objetivo y hacerlo sostenible en el tiempo.
Apreciamos que lo mejor sería concretar ese punto de encuentro, que sería un poco más amplio y le permitiría a toda la sociedad en su conjunto presentar sus propuestas.

¿QUE ES EL PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO?

Con el nombre de Constituyente se designa un órgano colegiado, representativo, extraordinario y temporal, que está investido de la tarea de elaborar la Constitución del Estado, de establecer las reglas fundamentales del ordenamiento jurídico estatal. La Constituyente es una asamblea que representa el Poder Constituyente Originario, convocada con el objetivo de rediseñar el marco institucional del Estado, y por tanto para promover modificaciones radicales en sus estructuras de poder.

El pueblo soberano designa a sus representantes para la elaboración de la Constitución. Esos representantes reciben el mandato de dar forma positiva, de crear el derecho, proveniente, en mucho de los principios generales que el pueblo aporta a través de los usos y costumbres. Es decir a través de los requerimientos jurídicos.


De acuerdo a la célebre y muy citada definición de Carl Schimitt: "Poder constituyente es la voluntad política cuya fuerza o autoridad es capaz de adoptar la concreta decisión de conjunto sobre modo y forma de la propia existencia política, determinando así la existencia de la unidad política como un todo".

Si partimos de la hipótesis del origen contractual del Estado, la Asamblea Constituyente es un organismo creado por el consenso voluntario de los hombres libres e iguales por naturaleza. El pueblo debe participar en la determinación de las reglas fundamentales de la organización estatal. Tenemos la necesidad de investir con la función constituyente un órgano representativo, cuya acción se debe someter al filtro, de una consulta popular superior.

Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Constituyente.


PROPUESTA.

La convocatoria urgente del PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO, contemplada en los artículos 347 y 348 de la constitución vigente.

TÍTULO IX. Capitulo III. De la Asamblea Nacional Constituyente.

Artículo 347. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución. Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrá hacerla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildos, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; y el quince por ciento de los electores inscritos y electoras en el registro electoral.

Para convocar el Poder Constituyente Originario solo se requieren aproximadamente tres millones de ciudadanos debidamente inscritos en el CNE que manifiesten su deseo de convocarlo. Sabemos bien por recientes experiencias anteriores y por resultados de encuestas no comprometidas, que existe más del doble de esa cantidad de ciudadanos, que estarían dispuestos a apoyar esta convocatoria, siempre y cuando su identidad permaneciera razonablemente resguardada contra el mal uso que de ella se haga.

Una vez convocado el poder constituyente originario, el proceso no puede ser detenido por nadie. La fuerza que da la convocatoria de más de 3 millones de personas, obligaría al CNE a convocar una Asamblea Constituyente mediante la elección libre de sus miembros.

Esta propuesta no colide con la convocatoria a un referendo aprobatorio de las reformas planteadas por el ciudadano Presidente de la Republica. Por el contrario, contribuye a reafirmar sus acciones positivas y nos consolida alrededor de un objetivo tangible: la participación protagónica de todos los sectores de la sociedad en el rediseño de tales reformas, las planteadas y de otras que de la dinámica democrática, en su discusión, en Asamblea Constituyente germinen.


CONCLUSIONES.

Creemos firmemente que la recuperación de Venezuela necesita el compromiso de todos los sectores democráticos y representa un desafío enorme para el liderazgo del país.

Recuperar la cohesión de la Nación venezolana que nos integra como ciudadanos de una misma República y restablecer la convivencia pacífica y la tolerancia, con respeto a nuestras diferencias, y

Reinstitucionalizar el Estado Civil y Democrático de Derecho, para que nos garantice la igualdad real en el ejercicio de todas las libertades y derechos ciudadanos y en el acceso a la justicia, la legitimidad de reglas de juego para la expresión democrática del disenso o el consenso y la eficiencia y transparencia de la función pública.

Hacer de la lucha contra la pobreza y todas las formas de exclusión social, el objetivo fundamental de la Estrategia de Desarrollo Económico y Social de Venezuela, para garantizar la paz y el desarrollo sustentable, con justicia social.

Este es el momento. El mundo esta allí al encuentro de nuestro despertar. Es hora de actuar y luchar. El destino está en nuestras manos. Vamos a crear una sociedad para la prosperidad. Tenemos todo lo necesario para ser un país del Primer Mundo. A través de un esfuerzo compartido podemos desencadenar el potencial moral, social y económico, de nuestro pueblo para construir una Venezuela prospera, justa y verdaderamente democrática en paz y reconciliada.

Vamos a la convocatoria del Poder Constituyente Originario. El pueblo es el titular de ese derecho.

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