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jueves, 3 de enero de 2013

JOSÉ FÉLIX DÍAZ BERMÚDEZ, JULIÁN DE ARRIAGA Y EL ESEQUIBO

El 10 de septiembre de 1769, don Julián de Arriaga -secretario de Marina e Indias, gobernador y capitán general de Venezuela a raíz de la rebelión contra la Compañía Guipuzcoana y quien estuvo en Caracas resolviendo el conflicto (1749-1750)-, informó al marqués de Grimaldi sobre las quejas del ministro de Holanda acerca: "del proceder de los españoles establecidos en el Orinoco contra la colonia holandesa del Esquibo". El asunto fue comunicado al rey y al Consejo de Indias y se ordenó precisar: "la extensión de aquellos límites".

En la tarea indagatoria se elaboró una memoria titulada: "Sobre los límites de Cumaná y Guayana y el derecho que pretenden tener los holandeses a la pesca en la embocadura del Orinoco", texto significativo que recoge noticias sobre la posesión y los derechos hispánicos en el territorio.
Inicia la memoria refiriendo que el 27 de marzo de 1705, don Joseph Ramírez de Arellano, había denunciado la actividad de los franceses de Martinica en las aguas del río Guarapichi y en las costas de tierra firme: "pretendiendo tomar estos insultos con el pretexto de que por no estar pobladas de españoles aquellas riberas, se deberían considerar sus habitantes por salvajes y de tierra no conquistada".
Ante el caso, el Consejo de Indias evaluó los perjuicios que supuso tal infracción al Derecho de Gentes y manifestó que: "aun que las riveras del Guarapichi no estuviesen pobladas de españoles, hallándose muy inmediatas de la Isla de Trinidad y Provincia de Cumaná, persistía el dominio y posesión de aquellos terrenos tan legítimamente adquiridos por SM...". Igualmente, además de referir los actos posesorios ejercidos por autoridades, religiosos y pobladores españoles en distintas épocas, alegó: "... aquellas Bulas Pontificias que concedieron a SM el dominio de la América...", instrumento de particular relevancia política, histórica, religiosa y jurídica.
Las bulas papales alejandrinas otorgaron a los reyes de Castilla las tierras descubiertas y por descubrir hacia la India (03-05-1493), constituyendo: "el primer documento constitucional del Derecho Público Americano" (Weckmann), título esencial de la cultura iberoamericana.
Los actos hostiles de los indios caribes, habitantes de las islas del Orinoco, para someter a otras tribus y ofrecerlas como esclavos a los franceses, ingleses y holandeses, determinaron la propuesta en 1694 de la construcción de un fuerte tanto para contenerlos: "...como para impedir el acceso de las naciones extranjeras".
Los límites de la Provincia de Cumaná fueron señalados en aquella memoria, y fueron descritos, entre otros, por el gobernador don Gregorio de Espinoza, en fecha 01-02-1742, así: "por la costa del mar el cabo de Guadera, y desde él, corriendo al este, atravesando las montañas de Sta. Lucía, hasta las cabeceras del río Orituco, y aguas de esta vertiente a los llanos hasta donde entra en el río Guárico, y de allí abajo hasta incorporarse con el Orinoco, siguiendo sus corrientes hasta el mar...".
Por su parte, don Joseph Diguja, en 1761 indicaba también: "Por el Este con las vocas de Orinoco, Rio Guarapichi , y Punta de Paria, por el Norte en la misma punta, cabos de tres puntas, siguiendo la costa de Araya y Golfo de Cariaco, hasta llegar al pueblo de Pozuelos, que es ya de la Provincia de Barcelona: por el Oeste desde dicho Pueblo a la mesa de Guanipa, de donde vuelve a tirar al Este, hasta tocar con el Orinoco frente de Guayana...".
Otro testimonio de la memoria precisaba: "Que esta Provincia de Guayana tiene por límites, por el Este toda la costa, en que se hallan situadas las Colonias Olandesas del Esquibo; Berbís, Demerari, Corentin y Surinama, y más a barlovento la Cayana perteneciente a los franceses...".
Finalmente, el entonces comandante de Guayana, don Juan de Dios Valdés, afirmaba que: "...la de Esquibo consistía en haciendas de caña, que en la distancia de 30 leguas tenían los olandeses plantaciones en las márgenes del Rio Esequibo...".
Todo demostraba el inequívoco e inveterado dominio de España en aquel territorio, la abundancia de títulos y sucesivos actos en distintas épocas a su favor, y que los holandeses, ansiosos por penetrar la zona y mantener sus intereses comerciales en el Caribe: "hubiesen estado jamás en posesión de los ríos, ni riachuelos que desaguan en el mar desde el Esquibo al Orinoco", como lo afirmó con fundamento don Manuel Centurión, comandante de Guayana, el 07-05-1770.
La memoria promovida por Arriaga confirmó los derechos de España en la región, que Venezuela ha heredado como parte de su patrimonio permanente, inalienable, imprescriptible, reconocido por la historia, reclamado por la moral, exigido por la Constitución, como mandato que no se puede renunciar sin comprometer el patriotismo, la responsabilidad pública y el honor nacional.
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