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LA LIBERTAD, SANCHO, ES UNO DE LOS MÁS PRECIOSOS DONES QUE A LOS HOMBRES DIERON LOS CIELOS; CON ELLA NO PUEDEN IGUALARSE LOS TESOROS QUE ENCIERRAN LA TIERRA Y EL MAR: POR LA LIBERTAD, ASÍ COMO POR LA HONRA, SE PUEDE Y DEBE AVENTURAR LA VIDA. (MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA) ¡VENEZUELA SOMOS TODOS! NO DEFENDEMOS POSICIONES PARTIDISTAS. ESTAMOS CON LA AUTENTICA UNIDAD DE LA ALTERNATIVA DEMOCRATICA
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sábado, 14 de marzo de 2015

CARLOS ALBERTO MONTANER, DECÁLOGO DE LOS PAÍSES DESDICHADOS

Bloomberg Business reveló recientemente que Venezuela es el país más “miserable” del mundo. La traducción es demasiado literal. En español sería más apropiado decir que es el más “desdichado”.

La aseveración de Bloomberg surge de la aplicación de una simple fórmula acuñada hace más de medio siglo por el economista norteamericano Arthur Okun: se suman el nivel de desempleo y el índice de precios. Con esos elementos se compila el “Misery Index”.

Venezuela, en efecto, tiene la inflación más alta del planeta, lo que se refleja en el índice de precios, pero su nivel de desempleo es bajo: menos de un 7%, aunque la mayor parte de los puestos de trabajo han surgido en el sector público, dado que miles de empresas han debido cerrar sus puertas por las desquiciadas medidas antieconómicas del gobierno chavista.

El segundo país en ese “Índice de Desdicha” es Argentina. A una escala menor, el gran país sudamericano también es víctima de una altísima inflación. Nada nuevo bajo el sol. Lleva décadas de intermitentes malos gobiernos. Como el bandoneón que tanto gusta en aquellos parajes, se expande o contrae frecuentemente. Ahora está en una fase aguda de contracción.

La inflación y el desempleo son dos flagelos que explican la desgracia de una sociedad, pero no son suficientes. Yo agregaría otros ocho factores para construir el decálogo de las desdichas capitales.

El desabastecimiento sería el tercero. Pasarse la vida en una fila esperando para poder comprar algo es una maldición que suele materializarse en los países socialistas de economía centralizada y controles de precios. Los venezolanos ya han descubierto el horror de pelearse a puñetazos por comprar unos pollos o tres rollos de papel higiénico.

El cuarto sería el porcentaje de delitos. Es espantoso vivir con la guardia en alto, encerrado en la propia casa, sometido a un virtual toque de queda porque tan pronto se pone el sol los ladrones, asesinos y violadores salen a hacer sus fechorías. Según el International Crime Index, que computa una docena de graves violaciones de la ley, Venezuela es el segundo país del planeta en número de delitos (84.07). El peor es Sudán del Sur (85.32), un país recién estrenado en medio de una guerra civil. Más de 50 se considera una sociedad peligrosa. Singapur, la menos peligrosa: 17.59.

El quinto es el nivel de corrupción de la administración pública. Como se trata de delitos ocultos, hay que confiar en la opinión general de la gente. Quien se dedica a medir estas percepciones es Transparencia Internacional. De acuerdo con ella, Venezuela es una pocilga. Era el 160 de 175 países escrutados. El peor, con mucho, de Hispanoamérica.

El sexto es la protección y la calidad de la justicia. Si cuando usted tiembla, llama a la policía para que lo proteja, es una buena señal. Si cuando la policía se acerca, usted tiembla, la situación es muy grave. A la labor de los agentes del orden se agrega la existencia de leyes razonables, jueces justos, procesos rápidos y cero impunidad.

El séptimo es la movilidad social. La posibilidad real de mejorar la calidad de vida por medio del esfuerzo propio. No hay situación más triste que saber que, hagas lo que hagas, tu vida seguirá siendo pobre, y lo más probable es que mañana será peor que hoy.

El octavo es el PIB per cápita. Es decir, la suma del valor de los bienes y servicios producidos por una sociedad durante un año. Se podrá alegar que la repartición es desigual, pero hay una evidente correlación entre el PIB per cápita y la calidad de vida. Como regla general, los 20 países con mayor PIB per cápita del mundo son los que encabezan el Índice de Desarrollo Humano que publica la ONU.

El noveno elemento es la libertad. Aunque no se menciona, los países menos libres, aquellos en los que la camarilla del poder toma todas las decisiones, aporta todas las ideas e impone sus dogmas por la fuerza, son los más pobres y los menos dichosos.

El décimo, por último, es la cantidad de emigrantes. No hay síntoma más elocuente del fracaso de una sociedad que el porcentaje de gente que tiene que escapar de ella para sobrevivir. Mientras más educada es la emigración –como sucede con la venezolana—más evidente es el desastre. Cuando emigran los emprendedores, los ingenieros, los médicos, las personas que teóricamente pudieran labrarse un buen porvenir en la patria en que nacieron, es la señal de que estamos ante sociedades fallidas.

Hay que compilar ese índice. Sería muy útil.

Carlos Alberto Montaner
montaner.ca@gmail.com
@CarlosAMontaner
Vicepresidente de la Internacional Liberal

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lunes, 2 de febrero de 2015

NESTOR SOLANO, JUSTICIA POLITIZADA ES INJUSTICIA

Los gobiernos de Venezuela y Colombia en lugar de atacar y condenar a los terroristas, secuestradores, asesinos y violadores de derechos humanos, arremeten contra la oposición democrática que tiene seria posibilidad de triunfo en los procesos electorales a efectuarse este año tanto en Colombia como en Venezuela, y no es por casualidad este ataque violento, es que las encuestas más serias realizadas en los dos países le dan una amplia posibilidad de triunfo al Centro Democrático en Colombia y muestran la consolidación en Venezuela de la oposición como la alternativa frente al gobierno Castro – Madurista.
Es muy extraño que en Colombia donde los últimos años se han asesinado más de 200.000 personas, se han cometido centenares de masacres, personas desaparecidas, torturas, secuestros, mutilados, violados y miles de desplazados como consecuencia del conflicto creado por los terroristas de las Farc, el Fiscal General de la Nación este ocupado solo de perseguir a dirigentes opositores, personalidades y líderes del Centro Democrático, organización política consolidada con fundamentos y principios ideológicos, liderada por el gran Colombiano Dr. Álvaro Uribe y con el respaldo según el último proceso electoral de siete millones de votantes, dispuestos a dar el todo por el todo por la restauración moral de Colombia.
En Venezuela el gobierno utiliza el poder judicial para apresar a los líderes de la oposición democrática e intimidar a sus seguidores y es allí donde surge la injusticia, a partir de la inversión de los valores, no condenan a los culpables, aplican la ley de una manera negligente que es lo mismo a no hacer justicia, algunos jueces se prestan para la ilegalidad, la mala conducta y el abuso de poder, dándoles beneficios a los amigos del gobierno en perjuicio de los líderes opositores.
En Colombia el Fiscal General de la Nación con vídeos y declaraciones forjadas, con pruebas falsas y sin mérito alguno, persigue a la dirigencia opositora y con estas pruebas amañadas pretende liquidar el liderazgo decente y emergente aplicando una justicia servil, manchada y con herramientas propias para una maniobra al servicio de la clase política gobernante, sin respeto a la verdad, al amor al prójimo y a la ética, lo que reclama de los Colombianos un cambio de actitud ante las injusticias y el único camino es el cambio de las estructuras de justicia y el respaldo a los candidatos del Centro Democrático en el próximo proceso electoral.
Quienes vivimos en plena frontera Colombo – Venezolana y estamos siendo víctimas de la justicia politizada en los dos países, estamos en la obligación moral de unirnos para votar por quienes eliminen de una vez por todas estas conductas aberrantes y en la frontera estamos comprometidos en este propósito, porque la injusticia existe cuando se le permite a los gobernantes desconocer los derechos de los demás, y la condena de los pueblos por estos delitos cometidos por quienes nos gobiernan es el castigo en las urnas electorales para estos violadores de los derechos de los individuos como de la sociedad en su conjunto.
Nestor Solano
solano.nestorep@gmail.com
@SolanoNestorep

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jueves, 6 de noviembre de 2014

PABLO AURE, INJUSTICIA CONTRA ENZO SCARANO

PABLO AURE
Es constante, pacífica y reiterada la jurisprudencia que establece que los civiles en ningún caso podrán ser juzgados por delitos militares ni mucho menos en jurisdicción militar.

Pretender juzgar a Enzo Scarano en jurisdicción militar y por delitos contemplados en el Código de Justicia Militar soslaya el elemental principio del debido proceso de ser juzgado por el juez natural el cual está consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la República “ Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley” Y el artículo 261 de la Constitución en su último párrafo claramente estipula que: “…La competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar” (sic)
Tanto la doctrina nacional como la de otros países (democráticos) establecen que la competencia de los tribunales militares se limita exclusivamente a delitos de naturaleza militar. La doctrina ha señalado que además de ser militar quien solo puede ser juzgado en la jurisdicción militar, también deben concurrir otras condiciones  para que se pueda poner en funcionamiento la jurisdicción militar, las cuales son: 1. Que el delito sea de naturaleza exclusiva militar (por ejemplo la deserción), 2.- que se cometa en instalaciones militares y 3.- En tiempos de guerra. Si no concurren estas condiciones, sería imposible acudir a la jurisdicción militar, ni siquiera para juzgar a los efectivos propiamente militares.
A Enzo, a sabiendas de que no es militar se le intenta procesar en jurisdicción militar por hechos, que sabemos no cometió y en el supuesto negado de haberlos cometido, no se produjeron ni en instalaciones militares, ni son exclusivos de la naturaleza militar así como tampoco estamos en guerra. Condiciones indispensables, como ya dije, para que actúe la “justicia” militar.
Insisto: en el caso de Enzo Scarano, estamos claros que no cometió delito alguno, ni civil, ni mucho menos militar. Aquí lo que estamos presenciando es un arbitrario y amañado juicio, construido en el basurero de la mentira, cuya única finalidad es pretender silenciar e inhabilitar políticamente a un ciudadano que se ha destacado por su éxito en el ejercicio de la función pública y que evidentemente es contraria a la ideología del alto gobierno. 
El expediente de Enzo Scarano, como el de muchos otros ciudadanos que han ejercido funciones públicas o simplemente han criticado al régimen y que hoy enfrentan procesos judiciales, debería ser materia de análisis obligado en las cátedras de Derecho Constitucional, Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de las Facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas de las la Universidades del país, espacios donde debemos dar las discusiones en el marco de la tolerancia y el respeto y hacer aportes doctrinarios al pueblo venezolano. Los universitarios tenemos el sagrado deber de alertar al pueblo cuando vamos por el camino equivocado, y de eso modo, activar los mecanismos necesarios para implementar los correctivos pertinentes.
Pablo Aure
pabloaure@gmail.com
@pabloaure@pabloaure

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miércoles, 6 de agosto de 2014

VÍCTOR RODRÍGUEZ CEDEÑO, INMUNIDAD E IMPUNIDAD

La liberación del exjefe de inteligencia de Hugo Chávez pone en tela de juicio los mecanismos internacionales en materia penal para combatir el narcotráfico.

La detención el pasado 23 de julio en Aruba (Antillas Neerlandesas) del exjefe de inteligencia del régimen de Hugo Chávez en Venezuela y su posterior liberación, tres días mas tarde, por disposición del Gobierno de los Países Bajos, pone en tela de juicio los mecanismos de cooperación internacional en materia penal, esenciales para combatir los crímenes de mayor trascendencia internacional, como el narcotráfico.

Independientemente de las cuestiones de fondo, es decir, si el señor Carvajal es o no responsable de los hechos que se le imputan y por los cuales Estados Unidos solicita su captura, existe una solicitud de detención por un Estado que ha iniciado una investigación, lo que genera obligaciones de otros Estados basadas en un tratado de extradición en vigor; en instrumentos internacionales que obligan al Estado territorial a cooperar, como la Convención de las Naciones Unidas de 1988 contra el tráfico ilícito de estupefacientes y en la obligación aut dedere aut judicare (se extradita o se juzga) básica en la lucha contra la impunidad, establecida y recogida en la Carta de la ONU, en la Declaración de Principios referente a las relaciones de amistad y de cooperación entre los Estados y, entre muchos otros, en el Estatuto de la Corte Penal Internacional.

El Gobierno de los Países Bajos habría incurrido lamentablemente en apreciaciones infundadas e interesadas para dar salida política a un tema jurídico y de suma relevancia internacional, dadas las características del supuesto delito por el que se imputa a Carvajal. En relación con ello, las autoridades de Aruba consideraron con razón que Carvajal no tenía ninguna inmunidad derivada de su cargo y menos por ser el titular y portador de un pasaporte diplomático, contrariamente a la posición de Venezuela que exigía su liberación por disfrutar, según el Gobierno de Caracas, de inmunidad diplomática aunque no de inmunidad consular, lo cual fue aceptado ulteriormente por La Haya, aparentemente por presiones de Caracas.

La Convención de Relaciones Diplomáticas de 1961 inaplicable en este caso, pese a la referencia hecha por Caracas, establece una serie de inmunidades a título personal al funcionario diplomático; mientras que las inmunidades contempladas en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, se otorgan en base a un criterio funcional previéndose incluso excepciones importantes cuando se trata de “delitos graves” en los que estaría incurso el funcionario de que se trate lo que no es el caso en la Convención de 1961.

La lucha contra la impunidad por crímenes internacionales debe responder a un esfuerzo colectivo de la comunidad internacional

En este asunto el señor Carvajal, tal como lo habrían afirmado la Fiscalía y el Tribunal encargado del caso en Aruba, no disfrutaba de inmunidades diplomáticas, tampoco consulares pues el procedimiento de su acreditación no habría concluido; tampoco cabía una aceptación provisional como lo establece la Convención que en cualquier caso tendría que haber sido notificada antes de la detención, lo que finalmente argumenta el Gobierno de La Haya para justificar la extensión de inmunidades a Carvajal y eludir su obligación de luchar contra la impunidad por la realización de crímenes de trascendencia internacional, como el narcotráfico.

Países Bajos habría desvirtuado el sentido y el alcance del régimen de Viena, al adoptar una decisión política que contraría las obligaciones que le imponen los distintos textos internacional y el Derecho Internacional consuetudinario derivada del principio aut dedere aut judicare.

La lucha contra la impunidad por crímenes internacionales que ofenden la dignidad y que ponen en peligro la paz y la seguridad internacionales como el narcotráfico debe responder a un esfuerzo colectivo de la comunidad internacional en el que deben prevalecer los intereses comunes. En este caso, independientemente de la presunta responsabilidad de Carvajal, Países Bajos habría asumido una posición política inconveniente que erosiona el sistema de cooperación internacional para combatir la impunidad por la realización de estos crímenes, lo que traerá, sin duda, serias consecuencias internacionales. La decisión de Países Bajos crea un precedente muy grave al otorgar por razones meramente políticas un tratamiento diplomático a un funcionario consular, incluso posterior a los hechos, lo que le agrava aún mas; y, por otra parte, por haber dado prioridad de manera interesada a normas de importancia secundaria en perjuicio de la necesaria lucha para erradicar la impunidad por la realización de crímenes de esta naturaleza todo lo cual deja un sabor amargo por ser La Haya, precisamente, la capital de la justicia internacional.

La liberación de Carvajal mediante una entrega incondicionada podría incluso constituir un hecho internacionalmente ilícito lo que generaría la responsabilidad internacional de Países Bajos, si así lo plantease Estados Unidos, por la violación del Tratado bilateral de Extradición o un Estado parte de la Convención de las Naciones Unidas de 1988.

Victor Rodriguez Cedeño
vitoco98@hotmail.com
@vitoco98

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martes, 29 de abril de 2014

CARLOS BASANTA PARO MEDICO LUNES 28 DE ABRIL EN CIUDAD GUAYANA, ANTE LA INJUSTICIA Y DISCRIMINACIÓN

Que quiere este gobierno con los médicos?.

Desde que Chávez llegó al gobierno hace 15 años, nos borró de su agenda,  debo hablar de nosotros, porque en este caso como profesional de la medicina formado en la Universidad de Oriente, una de las mejores casas de estudios del país, de lo cual me siento orgulloso soy parte de este apartheid al que nos han sometido. Desde 1999 hemos venido escuchando adjetivos y descalificaciones groseras por parte del máximo representante del gobierno 
Tanto Chávez como ahora Maduro en los cuales podemos percibir cierto grado de odio y rencor hacia nuestro gremio, nos han llamado tránsfugas, mercenarios, asesinos, e insensibles sociales entre otro señalamientos, pese a ello, son los médicos Residentes y especialistas  venezolanos quienes se enfrentan en las emergencias de los ambulatorios y hospitales con las consecuencias de la inseguridad ciudadana, muchas de las veces sin insumos y sin ningún tipo de protección lo cual los ha hecho presas de  atracos, agresiones físicas, secuestros y presiones de todo tipo, el trato que hemos recibido no se puede catalogar de una forma, sino de humillante, sin embargo allí hemos estado al frente de nuestras emergencias y al lado de nuestros pacientes, lo cual es nuestra razón de ser.

Han utilizado con nuestro gremio la estrategia de la división, realizando contrataciones individuales, negándose a discutir nuestra convención colectiva con la Federación Médica Venezolana, nuestra última convención data desde el 2001, 13 años sin ajustar beneficios, porque un contrato global implica otros beneficios; Sabían que los médico al servicio del sector público no tenemos HCM, sin embargo todos los miembros de la Reserva si lo tienen, y no es que no se lo merezcan, sino que es triste que los que prestamos salud tengamos que andar pidiendo favores a familiares y amigo para poder ser atendidos donde halla medianamente insumos como las clínicas privadas, aunque la escases está afectando también al sector privado de la salud. Todos los reclamos que hemos hechos en función de reivindicaciones, son negados, so pretexto de la no legalidad de los colegios de médicos y la Federación Médica por tener sus periodos vencidos, pero al mismo tiempo nos niegan a través de los organismos oficiales el derecho de renovar nuestras autoridades gremiales. Pretenden un gremio médico al servicio del gobierno, un gremio que se transforme en meros clubes  de reuniones sociales, sin ninguna participación en la realidad estructural del país.

El colmo de la agresión a los médicos lo reviste el hecho de la detención de colegas por el solo hecho de cumplir con sus obligaciones morales y humanitarias atendiendo los mandamientos bíblicos, el código de Ética Medica y el juramento Hipocrático, la Dra. María Gabriela Farías fue detenida junto con la  Odontóloga Noris Gil  por darle cachitos y empanadas a un grupo de estudiantes que protestaban con razón en Puerto Ordaz, imputándosele delitos que no existen en nuestra constitución, fue presentada en tribunales quedando  con un régimen de presentación cada 20 días y la posibilidad de ser condenada a prisión sin haber cometido ningún delito, otra puñalada oficial al gremio médico lo representó la injusta detención de un galeno en Barquisimeto por atender a un estudiante de las protestas. Son muchas las razones que están obligando a los médicos a salir a la calle a exigir sus derechos, que van en beneficio de la salud del pueblo


La lucha de los médicos incluye también la mejora de los centros de salud, se han construidos CDI y CRI, pero se han descuidado los existentes, tanto en su estructura como en equipos e insumos, todos y cada uno de los venezolanos nos ha tocado ir a un Ambulatorio y/o un Hospital y hemos tenido que salir a peregrinar en post de préstamos de dinero y luego si se consigue, a las farmacias por medicinas que no se consiguen, allí están, contrastando con las nuevas estructuras de los CDI, pero es donde estamos los médicos Venezolanos donde acude la mayoría de la población, aquella que no puede ir a las clínicas, que gracias a dios que existen porque si no el desastre sería peor, y que no tiene el poder de usar los recursos de todos los venezolanos para irse a tratar a otro país. Los médicos hemos sido pacientes, al extremo pienso, pero lo que está en juego, más que nuestras reivindicaciones es la salud del pueblo, años intentando el dialogo y nos desechan,  al parecer la idea gubernamental es obligar a la crisis.                                                              

PILDORAS DE TU MEDICO

Los Médicos de Ciudad Guayana en conjunción con los representantes hemos estado en asamblea permanente desde la detención injusta de la colega María Gabriela Farías, y en la última del 23/04/ 2014  aprobó Un paro médico General tanto público como privado respetando las emergencias por 24 horas el lunes 28 de abril del 2014,  con asambleas permanentes en cada centro con el fin de solicitar LA LIBERTAD PLENA DE LA DRA. MARIA GABRIELA FARIAS. 

Sin embargo se están asegurando servicios como:
1 Emergencias Obstétricas, adultas y niñas, calificadas por el médico.
2.- Pacientes con enfermedades oncológicas.
3.- Pacientes con enfermedades renales agudas o crónicas susceptibles de diálisis.
4.- Pacientes en Unidades de Cuidados Intensivos.
5.- Atención médica de embarazadas en trabajo de parto y de alto riesgo.
6.- Atención de pacientes hospitalizados por emergencia.
7.- Atención médica en situaciones de epidemia o desastres.
8.- Estudios de emergencia de laboratorio, radiología, tomografía, ecografía y ecocardiograma.

VACUNA CONTRA EL ESTRÉS

Buen día señores pasajeros, su comandante, en este exacto momento estamos a 9000 metros de altura y sobrevolando la ciudad de... OOOHHH DIOS MIOO!!!
Los pasajeros escuchan un grito pavoroso, seguido de un ruido infernal...
- ¡¡¡NOOOOOO!
- ¡¡¡Splitctct, splocfff, k flackk, bruuuuuuuooooooommmmmmm!
Y luego un silencio que se hace eterno....
Segundos después, el comandante vuelve a tomar el micrófono y riendo se disculpa:
Disculpen, señores pasajeros, tiré mi bandeja y mi taza de café se me cayó encima. No quieran saber cómo quedó la parte de adelante de mis pantalones...
Y uno de los pasajeros grita:
- ¡¡¡Desgraciao... Tendrías que ver cómo quedó la parte de atrás de los míos!!!...

Carlos Basanta
basantac@cantv.net
@drcarlosbasanta

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martes, 7 de enero de 2014

CARLOS E. AGUILERA A., ANTE LA INJUSTICIA: DESOBEDIENCIA CIVIL

Amílcar Vasconcellos

El maestro Vasconsello para quien la mejor definición de justicia la extrae del pensamiento de Benito Juárez: “La Justicia es el respeto al derecho ajeno”, pues existirá el clima jurídico necesario para que puedan desenvolverse armónicamente los derechos sociales e individuales generando la equidad”.




Benito Juarez
En un clima de irrespeto a la ley nace la intranquilidad, y con ella el menoscabo del orden jurídico. El respeto a todos los derechos ajenos debe ser total; no nos podemos contentar con amparar algunos y despreciar a otros, quizás llevados por la irreflexiva idea que entre los derechos existen diferencias, gradaciones, causa por la cual a veces se tutelan unos y se desprotegen otros.

No hay motivo lógico para ser tal diferenciación ya que el respeto al derecho ajeno lo podemos imaginar como un muro compuesto de muchos ladrillos, ya que si de esos ladrillos cohesionados que forman el muro, sacamos algunos, el muro se desploma.

De tal manera que la necesidad de la justicia, como lo sostenía el jurista Celso, es reconocer a cada quien lo que le pertenece; lo que no es muy fácil de lograr, por las ambiciones, apetitos y ansias de dominación, que lamentablemente subyacen en el género humano.

Poco a poco lentamente, y a veces en medio de tantos sufrimientos, la humanidad ha ido reconociendo que los hombres, por el mero hecho de serlo, tienen derechos inalienables que ninguna autoridad puede desconocer

Estos derechos fueron ampliamente difundidos por el movimiento Iluminista en el siglo XVIII.

Al comienzo se refirieron a los derechos individuales, derecho a la vida, honor, libertad de pensamiento, etc., y posteriormente fueron ampliándose en el aspecto social, pues se reconoce el derecho a una existencia digna, a la salud, educación, etc. Nadie puede exigir derechos sin cumplir obligaciones, pues al igual que la moneda que tiene sello y cara, el derecho solo subsiste cuando se cumple con el deber.

Es por tanto, actuar ajustado a derecho, obrar de acuerdo con la Ley y la ética. En un régimen de derecho estos principios son insoslayables. Cuando estos principios son violados enerva el  espíritu de los ciudadanos que no tienen otra alternativa que recurrir a la llamada teoría de Rawls, que se circunscribe la aplicación de la llamada desobediencia civil, según su autor, pag. 404, “ en una sociedad casi justa, una sociedad bien ordenada en su mayor parte, pero en la que, no obstante, ocurren violaciones graves de justicia”.

No debemos olvidar que la sociedad ha sido establecida como un sistema de cooperación entre personas iguales, en la que los principios de justicia se han institucionalizado en su posición original como principios de cooperación voluntaria entre personas iguales. (Doctrina Contractual). Se ha aceptado el deber de obedecer una Constitución justa y el procedimiento básico de la regla de las mayorías.

John Rawls
Rawls sostiene que un estado próximo a la justicia requiere un régimen democrático ya que su teoría se refiere al papel que desempeña y a la justificación de la desobediencia civil ante las autoridades democráticas legítimamente establecidas. De tal manera que su autor define la desobediencia civil de la siguiente manera: “Es un acto público, no violento, consciente y político, contrario a la ley, cometido con el propósito de ocasionar un cambio en la ley o en los programas de gobierno”. Cita a título de ejemplo a Howard Zimn quien al referirse a la desobediencia civil señala: “Es la violación discriminada y deliberada de la ley con un propósito social de vital importancia”.

Para Rawls la desobediencia civil es un deber más que un derecho; se actúa porque se considera violado un principio, como es el caso de Venezuela, en el que se ha infringido gravemente el primer principio de la justicia y por tanto es un recurso estabilizador del sistema constitucional – aún cuando voceros del oficialismo lo tildan de acciones conspirativas, fascistas y golpistas – que ayudan a mantener y reforzar instituciones justas.

Concluye el autor señalando que “aunque la desobediencia civil amenaza la concordia ciudadana, la responsabilidad no recae en  aquellos que protestan, sino en aquellos cuyo abuso de poder y de autoridad justifica tal acción; porque emplear el aparato represivo del Estado para mantener instituciones manifiestamente injustas, es una forma de fuerza ilegítima a la que los hombres tienen derecho a resistirse”.

Jürgen Habermas
También Jürgen Habermas acepta la definición de desobediencia civil de John Rawls, y al respecto comenta: “Son irrebatibles las determinaciones fundamentales que se derivan del objetivo de la apelación a la capacidad de raciocinio y sentido de justicia de una mayoría de ciudadanos. La desobediencia civil es una protesta moralmente fundamentada en cuyo origen no tienen por qué encontrarse tan sólo convicciones sobre creencias privadas o intereses propios; se trata de un acto público que, por regla general, es enunciado de antemano y cuya ejecución es conocida y calculada por la policía; incluye propósito de violación de normas jurídicas concretas, sin poner en cuestión la obediencia frente al ordenamiento, jurídico en su conjunto; requiere la disposición de admitir las consecuencias que acarrea la violación de la norma jurídica, manifestación de la desobediencia civil que tiene exclusivamente un carácter simbólico: aquí es donde reside el límite de los medios no violentos de protesta.”

Habermas considera que “la desobediencia civil, por sus características esenciales, se desenvuelve dentro del marco constitucional del Estado democrático, en la medida en que busca configurar de una manera no convencional la voluntad política colectiva, para lo cual los desobedientes deben fundamentar su posición en argumentos que puedan ser objeto de un consenso y no en convicciones privadas, a pesar de que ambos aspectos pueden coincidir”.

Entonces, la desobediencia civil busca identificarse precisamente con los principios políticos comúnmente compartidos que sirven de fundamento a los Estados democráticos. Habermas manifiesta que “esta forma de conducta cívica, a diferencia de otros actos políticamente motivados, no busca la ruptura o reorganización del orden constitucional; los actos de desobediencia civil utilizan la violación de las leyes, en forma simbólica y calculada, para comprometer la conciencia moral de toda la comunidad, forzándola a revisar una cuestión a la luz de sus fundamentos de legitimidad”.

Por ello, según este autor, “la desobediencia civil desempeña un importante papel innovador y correctivo en un sistema democrático y la respuesta que el Estado le dé y su capacidad de incorporarla al proceso institucional constituye la prueba de fuego de la madurez democrática que ha alcanzado”

Miembro fundador del Colegio Nacional de Periodistas  (CNP-122)
careduagui@yahoo.com // @_toquedediana

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miércoles, 18 de septiembre de 2013

CARLOS E. AGUILERA A., ANTE LA INJUSTICIA: DESOBEDIENCIA CIVIL

José Vasconcelos Calderón, filósofo, educador, ensayista y político mexicano, quien mantenía firma su ideal “del hombre nuevo y una nueva generación”,  extrae la mejor definición de justicia del pensamiento de Benito Juárez: “La Justicia es el respeto al derecho ajeno”, pues existirá el clima jurídico necesario para que puedan desenvolverse armónicamente, los derechos sociales e individuales generando la equidad”.

Y nada mas cierto, pues en en un clima de irrespeto a la ley nace la intranquilidad, y con ella el menoscabo del orden jurídico. El respeto a todos los derechos ajenos debe ser total; no nos podemos contentar con amparar algunos y despreciar a otros, quizás llevados por la irreflexiva idea que entre los derechos existen diferencias, gradaciones, causa por la cual a veces se tutelan unos y se desprotegen otros.
De tal manera que la necesidad de la justicia, como lo sostenía el jurista Celso, es reconocer a cada quien lo que le pertenece; lo que no es muy fácil de lograr, por las ambiciones, apetitos y ansias de dominación, que lamentablemente subyacen en el género humano.
Poco a poco lentamente, y a veces en medio de tantos sufrimientos, la humanidad ha ido reconociendo que los hombres, por el mero hecho de serlo, tienen derechos inalienables que ninguna autoridad puede desconocer. Estos derechos fueron ampliamente difundidos por el movimiento Iluminista en el siglo XVIII.
Al comienzo se refirieron a los derechos individuales, derecho a la vida, honor, libertad de pensamiento, etc., y posteriormente fueron ampliándose en el aspecto social, pues se reconoce el derecho a una existencia digna, a la salud, educación, etc. Nadie puede exigir derechos sin cumplir obligaciones, pues al igual que la moneda que tiene sello y cara, el derecho solo subsiste cuando se cumple con el deber.
Es por tanto, actuar ajustado a derecho, obrar de acuerdo con la Ley y la ética. En un régimen de derecho estos principios son insoslayables. Cuando estos principios son violados enerva el  espíritu de los ciudadanos que no tienen otra alternativa que recurrir a la llamada teoría de Rawls, que se circunscribe la aplicación de la llamada desobediencia civil, según su autor, pag. 404, “en una sociedad casi justa, una sociedad bien ordenada en su mayor parte, pero en la que, no obstante, ocurren violaciones graves de justicia”.
No debemos olvidar que la sociedad ha sido establecida como un sistema de cooperación entre personas iguales, en la que los principios de justicia se han institucionalizado en su posición original como principios de cooperación voluntaria entre personas iguales. Se ha aceptado el deber de obedecer una Constitución justa y el procedimiento básico de la regla de las mayorías.
Rawls sostiene que un estado próximo a la justicia requiere un régimen democrático ya que su teoría se refiere al papel que desempeña y a la justificación de la desobediencia civil ante las autoridades democráticas legítimamente establecidas. De tal manera que su autor define la desobediencia civil de la siguiente manera: “Es un acto público, no violento, consciente y político, contrario a la ley, cometido con el propósito de ocasionar un cambio en la ley o en los programas de gobierno”. Cita a título de ejemplo a Howard Zimn quien al referirse a la desobediencia civil señala: “Es la violación discriminada y deliberada de la ley con un propósito social de vital importancia”.
Para Rawls la desobediencia civil es un deber más que un derecho; se actúa porque se considera violado un principio, como es el caso de Venezuela, en el que se ha infringido gravemente el primer principio de la justicia y por tanto es un recurso estabilizador del sistema constitucional – aún cuando voceros del oficialismo lo tildan de acciones conspirativas, fascistas y golpistas – que ayudan a mantener y reforzar instituciones justas.
Concluye el autor señalando que “aunque la desobediencia civil amenaza la concordia ciudadana, la responsabilidad no recae en  aquellos que protestan, sino en aquellos cuyo abuso de poder y de autoridad justifica tal acción; porque emplear el aparato represivo del Estado para mantener instituciones manifiestamente injustas, es una forma de fuerza ilegítima a la que los hombres tienen derecho a resistirse”.

Miembro fundador del Colegio Nacional de Periodistas (CNP-122)
careduagui@yahoo.com  // @_toquedediana

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sábado, 17 de agosto de 2013

NELSON MAICA, DESOBEDIENCIA 12, POLITICA


01.  Nota 12. Seguimos. La polémica en torno a la naturaleza de los principios recogidos en la Constitución es un tema complejo y distinto del que nos ocupa.
02.  Baste señalar que, como sostiene el profesor Ollero26, un examen detenido de la jurisprudencia constitucional revela el propio juego de los principios como normas de rango constitucional y, por tanto, capaces de derogar normas inferiores27.
03.  Por otra parte, a juicio de Hervada, “el valor superior de la justicia supone que las estructuras injustas –las que lesionan derechos de la persona en los términos indicados– no gozan de ninguna protección por parte de la Constitución, ni por parte del resto del ordenamiento jurídico. Esto lleva consigo que esté en manos de los jueces declarar inconstitucional y antijurídica cualquier acción de gobierno o de los ciudadanos que pretenda establecer o consolidar estructuras injustas. Si el poder judicial permite tales estructuras, es por incompetencia (...) o por injusticia”28.
04.  Entre otros ejemplos, las manifestaciones en pro de la igualdad de derechos realizadas por los negros americanos provocó que su reivindicación fuera reconocida por los tribunales como un derecho establecido en la propia Constitución americana.
05.  Los defensores de la igualdad infringían un mandato legal que debía considerarse nulo; actuaban conforme a la Constitución.
06.  Una postura diferente a lo anterior podría provenir de otras obras del propio Habermas.
07.  Así, la crisis de legitimación del capitalismo tardío puede traducirse en otras esferas y una de ellas serían los mismos cauces que el Estado de bienestar aporta para la solución
08.  Otra cuestión, también a tener en cuenta son los efectos producidos por la injusticia antes y durante el proceso. Habría que ver si realmente se procura una verdadera reparación de la situación anterior y si la declaración de nulidad de la norma posee efectos retroactivos. Véase, aunque circunscrito a la discriminación por razón de género, OLLERO, A.; Discriminación por razón de sexo. Valores, principios y normas en la jurisprudencia constitucional española, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1999, p. 28 y 32. En el mismo sentido, véase RODRÍGUEZ MOLINERO, M.; Introducción a la Ciencia del Derecho, Salamanca, Librería Cervantes, 1998, pp. 235ss; LARENZ, K.; Metodología de la Ciencia del Derecho, Barcelona, Ariel, 1994, p. 337-341. 28 HERVADA, J.; op. cit., p. 372. 16 de los problemas.
09.  En efecto, se ha señalado que los medios para corregir las deficiencias del Estado están obstruidos, lo que haría insalvable la rectificación de las injusticias a través de los recursos ofrecidos por el sistema.
10.  Sin embargo, también la apelación a la desobediencia civil puede ser peligrosa y, en todo caso, es siempre un recurso excepcional. Por tanto, el mismo respeto merecería justificar ésta que proponer una mejora de esos cauces. El derecho exige para aparecer que se produzca una situación injusta.
11.  El recurso de inconstitucionalidad por ser jurídico actúa ex post y no es demasiado versátil. Por ello, podría exigirse una verdadera fundamentación material de las leyes, lo que serviría para vigilar ex ante la adecuación o no de éstas con los principios.
12.  Asimismo, puede ensayarse de nuevo el recurso previo de inconstitucionalidad, estableciendo limitaciones para que no fuera un instrumento en manos de intereses electorales o partidistas.
13.  Por otra parte, es interesante la propuesta de Habermas sobre la mejora del sistema de mayorías.
14.  Especial atención merecen las limitaciones a la hora de tomar decisiones de carácter irreversible, aunque en el juego de los partidos políticos es de difícil aplicación.
15.  La posible justificación política de la desobediencia civil: Si en los apartados anteriores hemos podido comprobar que no existe una justificación jurídica ni moral para la desobediencia civil, o, en caso de existir los argumentos apoyan tanto la obediencia como su contrario, resta por examinar si es posible hablar de una justificación política.
16.  El desobediente civil es, en los Estados de Derecho, un obediente a otra norma superior. Sería, como hemos visto, el caso de los negros americanos. Por tanto, las manifestaciones y protestas a las que se refiere Habermas cuando escribe el artículo, es decir, los movimientos contestatarios de carácter cívico y heterogéneo, no podrían ser considerados ejemplos de desobediencia civil.
17.  Estos movimientos se refieren más que a leyes o fenómenos jurídicos a decisiones gubernamentales, de marcado contenido político. Además, buscan más cambios en la organización político-social que la simple modificación de una concreta norma injusta. Pertenecen más al terreno del activismo político que al ámbito jurídico. Por tanto, lo que habría que dilucidar es si este tipo de movimientos encuentra alguna justificación política que los legitime.
18.  En principio, las reglas del sistema democrático, con todas sus insuficiencias, aparecen como las menos malas. Así, las decisiones políticas, siempre con exigencia de argumentación, tienen para su adopción la legitimidad que ofrecen los votos y para su control las siguientes elecciones.
19.  Con todo, la democracia, con el reconocimiento de las diversas utilizaciones de la libertad, permite que los ciudadanos influyan en el Poder, bien sea a través de la opinión pública, bien a través del ejercicio del derecho de manifestación o de huelga.
20.  Pretender que sea la fuerza de la calle y de la protesta quien decida en cada caso deja sin sentido los principios representativos de la democracia e impide también el ejercicio normal de las labores del Gobierno.
21.  Si además a ello se suma que ese tipo de manifestaciones (legítimas y deseables, eso sí, cuando no incumplen el Derecho) tienen los mismos anhelos antisistema que se advierte en los escritos del ya citado Marcuse, difícilmente pueden ser catalogadas, manteniéndonos fieles al concepto, como desobediencia civil.
22. La desobediencia marxista. A modo de resumen, hay que destacar que la justificación de la desobediencia civil en Habermas y, en general, en la tradición neo marxista, tiene que ver más con la propia crisis de las categorías empleadas por Marx.
23. La consolidación del Estado de bienestar, que surge en buena parte como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial pero también por la crítica marxista al Estado liberal, ha provocado la desaparición del proletariado como clase revolucionaria.
24. El sistema productivo dependía de la aportación de una clase obrera descontenta, la cual podía provocar y acelerar los cambios sociales amenazando con la retirada de su contribución. Sin embargo, con el reconocimiento de los derechos sociales y la mejora del nivel de vida, los únicos que pueden actuar como revolucionarios son aquellos que no realizan ninguna aportación al sistema (Habermas alude a las minorías marginadas, a los parados) y por tanto no pueden violentarlo desde dentro.
25. Se necesitan otros medios para corregir las injusticias que afectan a estos grupos. Y uno muy adecuado es la desobediencia civil.
Tips:
·        Población: es víctima de las acciones del régimen autoritario… El pueblo comenta en voz baja (casi que alza la voz): militares a sus cuarteles no sigan matando al pueblo… ¿Por qué los bancos no tienen todas las taquillas operativas para el pueblo en el horario de trabajo? ¿Por qué no colocan suplentes? ¿Por qué permiten a los privilegiados que entreguen montón de operaciones baipaseado a quienes están en cola?... Persiste la escasez de todo en todo el país… El mito, la sombra: quedan las mentiras rojas: “El metro de Valencia y el metro de Maracaibo estarán listos este año”, 2008... “Jamás ordenare a la Fuerza Armada a que repriman y le disparen al pueblo”, 2004... “No importaremos alimentos. Venezuela será una potencia agroalimentaria”, 2010... “Si yo fuera alcalde andaría en bicicleta o en burro”, 2008... “La percepción de la inseguridad, la violencia y la delincuencia no se ajusta a la realidad. Es una percepción trasmitida por los medios de comunicación de la burguesía”, 2011... Todos los pobladores de este país por “quítame esta paja” tienen que presentar la “partida de nacimiento” y cantidad de “originales” y “fotocopias” y algo más en cualquier “taquilla” menos el “ilegitimo” ¿Por qué? Muestra evidente de la violación de la CN, leyes, normas y procedimientos. Claro, por eso es Régimen Autoritario… Los disparos de los armados rojos no dan en criminales sino en ciudadanos, en gente del pueblo, en gente de paz… ¿Ahora, también, nos envían su epidemia cólera?... Caracas: inseguridad, insalud, desabastecimiento, colas en todo y para todo… ¡Por fin! ¿Algunos rojos protestando malos servicios públicos y designación de candidatos a dedo?    ¡Bienvenidos a la defensa de los derechos humanos! ¡Qué bueno!... ¡La emergencia nacional consiste en cambiar este régimen autoritario!.. ¿Emergencia contra la corrupción, ahora, después de 14 años, es contra ellos mismos y/o disfraz contra la oposición y rapidez para colocar incondicionales?...
·        Territorio: por donde usted lo mire: destrucción… ¿Cuántos Ingenieros y constructores se han marchado del país?... ¿Y los embalses de agua, represas, cual es su estado actual?... ¿Cuántos animales, rayos y centellas son causantes de desastres en las instalaciones publicas; pero no la improvisación y falta de previsión? ¿Cuántos son y cuales los “moisés” de este invierno? ¿Quiénes serán los nuevos ricos que dejara este invierno por las zonas declaradas en emergencia?... ¡Cada lluvia, imprevisión, un desastre!... Estos, jamás resolverán nada… ¿El espejo son los castros?…
  • Régimen Autoritario: La curia, conformada por rojos confesos públicamente, bajo las ordenes castros, ofició lo que todos presentíamos: negar, todas de una vez, sin investigar ni comprobar. Ahora: las consecuencias. Toda decisión, acción, genera consecuencias… Leamos “la bicha”: Artículo 254:.. “El Poder Judicial no está facultado para establecer tasas, aranceles, ni exigir pago alguno por sus servicios”…  Artículo 255:..”Los jueces o juezas son personalmente responsables, en los términos que determine la ley, por error, retardo u omisiones injustificados, por la inobservancia sustancial de las normas procesales, por denegación, parcialidad y por los delitos de cohecho y prevaricación en que incurran en el desempeño de sus funciones”…Articulo 256: por favor léaselo… Igual: ilegitimo, ilegal, extranjero hasta demostrar lo contrario, usurpador, autoritario… y pa´la bailante, con resultados previos conocidos por los rojos,  el 8D… El Banco, aparentemente, lo convirtieron en un casino tipo Las Vegas, para jugadores rojos, camaradas, pues. ¿Quedara algo?... Economía: el “submarino aquel” no subió a la superficie en 14 años; ahora, a lo mejor, está perdido en las profundidades y los operadores no dan señales de vida… ¿Qué pasaría con la función contralora sobre el gobierno y la administración pública nacional atribuida a la AN? ¿Papel tóale? ¿Cleptómanos controlando ladrones, ¡habrase visto!?... ¿Cuáles son las labores cotidianas de un policía? ¿Para qué sirve un policía ahora aquí?... Mentira roja: 2010: “Acabaremos con los apagones en Venezuela” ¿Cuándo cambiemos de régimen y/o de gobierno?... Recordemos que este comunismo castrista se comporta como una secta, religión, tiene sus mitos, santos, apósteles, mártires, templos, padres de su secta, su biblia, su misión; tiene dogmas, inquisición, una ortodoxia, una escolástica, y sobre todo carece de moral. Su doctrina es enteramente materialista. Eso es lo que hay, por ahora… ¿A los colectivos armados les ordenaron convenientemente colocarse un uniforme verde, ser milicianos? ¿Y, a los otros?... ¿Cuántos inmigrantes hemos recibido en 14 años y de dónde? ¿Con cuál nivel de educación y capacitación para el trabajo, la creatividad, la innovación, etc.? ¿Algunos han traído sus capitales para invertirlos y quedarse aquí?... ¿Y, ningún rojo o azul responde por el agrodesastre? ¿Cuánto se ha “evaporado” en el sector primario de la economía en 14 años? ¿Cuánto se han llevado los “cañeros” castristas? ¿Allí no han llegado los “caza corruptos” recién “creados”? ¿Zamuros cuidando carne?...
  • Internacionales: Mentira roja: 2010: “Tendremos cabillas y cemento que sea necesario para todo el consumo interno y para exportar a Sur América” ¿Quién se lo fanatizó?... ¿A cuántos colectivos internacionales estamos adscritos y cuanto “erogamos” por eso? ¿Cuántos y cuáles de esos colectivos están en manos del comunismo internacional?... ¿Cómo van las relaciones con Canadá, México, Panamá, Brasil?... ¿Y qué será de la vida del Esequibo venezolano?... ¿Cuánto dinero le hemos transferido y/o regalado a los Castros, China, Irán, Bielorrusia, Rusia, Nicaragua, Bolivia, Ecuador, Argentina, Uruguay, etc.?... Quien regala lo que tiene a pedir se queda… Nuestros hospitales carecen de insumos, equipos y personal… La calidad de nuestra salud va en declive… Declaración Universal de los Derechos Humanos: Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 2: Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía. Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Artículo 4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Artículo 5: Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Artículo 6: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Artículo 7: Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. Artículo 9: Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. Artículo 10: Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. Seguiremos… ¿En dónde podemos observar la inversión de los 90 + 40 millones de dólares que la CAF presto a Venezuela en 2008? ¿Quién puede dar testimonio veraz? ¿Qué dicen los órganos contralores de la CAF y del país? ¿Y la oposición?...
  •  Oposición: no es democrático y plural atornillar personas en cargos de elección popular alternativos ¿Cuándo, entonces, hay renovación, innovación, sangre nueva, ideas nuevas? No a la reelección y, mucho menos, indefinida… En la unión libre esta la fuerza, no en la unión impuesta, manipulada, porque es chantaje y carece de fuerza, de contundencia… La cooperación impuesta conduce a la muerte, es diferente y contraria a la cooperación voluntaria que lleva a la vida, a la libertad, desde siempre¿Resistencia?: posibles etapas: 1. Reivindicaciones; 2. Acciones permanentes; 3. Educación de/en la calle; 4. Desobediencia civil, en forma de disidencia política desarrollada por las personas, los ciudadanos, la gente, el pueblo, y, especialmente por los partidos y movimientos en defensa de los derechos civiles y políticos. Consiste en una quiebra de la ilegalidad castro comunista, robolucionaria, autoritaria actuante; suplantar las normas violadas, transgredidas, por las constitucionales vigentes, acordes con el interés general venezolano. Se ejecuta de forma consciente, publica, pacifica, no violenta, con actitud de protesta. Se recurre a los mismos principios democráticos y constitucionales a los que la mayoría recurre para legitimarse. En todo caso, ante un régimen autoritario usurpador se actúa al amparo del derecho de resistencia; 5. Revolución Social, ¿Llegaríamos a eso?...
  • Es notable la autocensura, la automutilación… y la propaganda a la “sombra” y a los “cobijados”… ¿El supuesto Fouché criollo y su gabinete negro en la sombra andan explorando nuevo “cuadre”? ¿Corre hacia donde? ¿Descubrió algo que no le favorece?…
“El que no quiere razonar es un fanático; el que no sabe razonar es un necio; el que no se atreve a razonar es un esclavo”, William Drummond, 1585-1649, historiador escocés.

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