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miércoles, 25 de diciembre de 2013
JOSÉ LUÍS MÉNDEZ LA FUENTE, EL CASO PETRO EN COLOMBIA
domingo, 24 de octubre de 2010
DEUDA EXTERNA ILEGÍTIMA. OSWALDO ÁLVAREZ PAZ. DESDE EL PUENTE

Propone, en consecuencia, una seria declaración declarando ilegítima “la nueva deuda externa que emita el gobierno venezolano para, de esta manera, alertar a los potenciales prestamistas internacionales de que el país no tiene la obligación de pagarla luego de la salida de Chávez”. Extraordinaria propuesta. Quizás podría agregarse que de la deuda existente, sólo será reconocida la que se ajuste plenamente a Derecho, adquirida conforme a las normas nacionales e internacionales para lo cual debe adelantarse, desde ahora, la revisión integral de las obligaciones pendientes y de las “donaciones” a granel hechas o por hacer, del actual régimen con dudosos soportes institucionales.
El tema adquiere mayor trascendencia cuando el país se destruye gracias a la ineficacia y a la corrupción reinante. Nada funciona bien en Venezuela. Retrocedemos en todos los campos. Todo indica que mientras este régimen exista caminaremos para peor. La libertad está restringida para hablar y para actuar. La propiedad desaparece entre coartadas y mentiras. El aparato productivo privado está en el suelo. La seguridad de las personas y de los bienes es inexistente gracias a la impunidad de las estructuras reinantes del crimen organizado. Matan al constitucionalismo y el ciudadano común, las personas naturales y jurídicas están desamparadas sin ley ni orden, ni instancias para hacer valer sus derechos progresivamente vulnerados. Con un cuadro así es una criminal traición el masivo endeudamiento externo del régimen para fines distintos al bienestar colectivo. También la descapitalización de activos de la República. Si a todo ello agregamos el irresponsable gasto militar y el delirio jaquetón de convertirnos en potencia nuclear y atómica, es fácil concluir que la patria está en serio peligro. La amenaza un problema de alta psiquiatría.
No sabemos que puede pasar desde ahora hasta las elecciones. Pero debemos ubicarnos en los peores escenarios, porque el tipo es capaz de cualquier locura para mantenerse en el poder. Si no se dan, bendito sea el Señor, pero si llegan a darse, que el sorprendido sea él y no nosotros.
oalvarezpaz@gmail.com
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domingo, 10 de octubre de 2010
DECRETOS DE EXPROPIACIÓN INCUMPLEN GARANTÍAS CONSTITUCIONALES. ALEJANDRO HINDS / KATIUSKA HERNÁNDEZ FUENTE CEDICE
El decreto de expropiación de Agroisleña, al igual que los de otras empresas tomadas por el Gobierno en los últimos años, incumple con las garantías que la Constitución de 1999 establece para los casos en que es necesario expropiar, aseguró el abogado Tomás Arias, director del Observatorio de la Propiedad Privada de la organización no gubernamental Liderazgo y Visión.
"Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes", indica el artículo 115 de la carta magna, que garantiza el derecho de toda persona al uso, goce, disfrute y disposición de sus propiedades.
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Arias dijo que ninguno de los requisitos señalados en la Constitución han sido cumplidos por el Gobierno en el caso de Agroisleña, principal proveedora de insumos agrícolas del país. En primer lugar, la expropiación se ordenó sin una declaración previa de utilidad pública, que la Asamblea Nacional debió hacer por tratarse de una empresa con presencia en todo el territorio.
La declaración genérica hecha por el Gobierno en la Ley de Seguridad y Soberanía Alimentaria -que es la utilizada en el decreto de expropiación de Agroisleña- es insuficiente, según Arias.
"La declaración de utilidad pública tiene que ser específica sobre una actividad, un rubro o una instalación; porque debe estar bien justificada".
La ocupación de las instalaciones de Agroisleña en varias ciudades del país por funcionarios de la Guardia Nacional, además, se produjo sin que hubiera un dictamen judicial que la ordenara. El Gobierno tampoco ha hecho el avalúo para determinar el valor de los bienes expropiados. "Es una medida inconstitucional, es una vía de hecho", afirmó Arias.
Sentencia sin juicio
El abogado Luis Alfonso Herrera, integrante del Observatorio Económico Legislativo de Cedice Libertad, agregó que el decreto de expropiación de Agroisleña no ofrece razones adecuadas para justificar la adquisición forzosa.
"El decreto afirma que la empresa incurrió en especulación y prácticas contrarias a la libre competencia. Mi pregunta es ¿dónde están los actos firmes, del Indepabis y de Procompetencia, en los que se declare que Agroisleña cometió esos ilícitos?", dijo.
Herrera indicó que el Presidente no tiene competencia para determinar si la empresa cometió esas irregularidades, de acuerdo con las leyes para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios y para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia.
Otra irregularidad que contiene el decreto, según Herrera, es que afirma que la expropiación es necesaria para la ejecución de un proyecto socialista, pero no muestra algún estudio para determinar eso.
"El decretó de expropiación se dictó con total arbitrariedad y sin motivos verificables. Estamos ante una nueva expoliación violatoria de la Constitución de 1999", aseguró Herrera.
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lunes, 9 de noviembre de 2009
POSICIÓN PÚBLICA DEL MOVIMIENTO REPUBLICANO MR SOBRE LA POSTERGACIÓN INJUSTIFICADA DE LAS ELECCIONES PARA CONCEJALES Y JUNTAS PARROQUIALES,

El CNE ha decidido postergar las elecciones de gobernador y alcaldes pendientes para la primera semana de diciembre del año que viene y mantiene retardadas "eternamente" las de concejales y juntas parroquiales se vencidas en julio de este año. Con ello pretenden evitar una negativa evaluación mediante el sufragio de la nefasta gestión del gobierno comunista cubano-venezolano

El anunciarse el 26 de septiembre como fecha para realizar los comicios legislativos para la Asamblea Nacional le dará tiempo a los factores democráticos para alcanzar las convergencias necesarias y realizar una vigorosa precampaña par un exitoso triunfo en esos comicios.
Las declaraciones fueron formuladas por Carlos Padilla del Movimiento Republicano MR uno de los quince partidos que conforman la Mesa Unitaria Democrática.
MOVIMIENTO REPUBLICANO MR
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miércoles, 28 de mayo de 2008
*VENECONOMIA OPINA: “INAGOTABLE ILEGALIDAD”

La capacidad del Gobierno de Hugo Chávez para cometer ilegalidades parece ser inagotable. Con cinismo y desfachatez pretende hacer creer que lo ilegal está dentro de la Constitución y las leyes.
Una evidente ilegalidad es la interpretación que le está dando el presidente Chávez a los poderes especiales que le otorgó la Asamblea Nacional en febrero de 2007, mediante la Ley Habilitante.
Tal como lo alertaron en su momento los abogados constitucionalistas que podría suceder, la diversidad de ámbitos que abarca esa Ley Habilitante y la forma tan general como son tratados en el texto legal se han prestado a cometer "fraudes a la Constitución".
Para empezar, el mandatario ha especificado que varias de las leyes decretadas con sus poderes habilitados son orgánicas, en contraposición con lo contemplado en la Constitución vigente de 1999. Entre ellas, la Ley Orgánica de Turismo y la Ley Orgánica de Policía Nacional, decretadas recientemente. Lo peor es que el Tribunal Supremo de Justicia lo ha avalado sumisamente.
Otra de estas leyes viciadas de inconstitucionalidad es la Ley Orgánica de Ordenación de las Empresas que Desarrollan Actividades en el Sector Siderúrgico, promulgada en el contexto de la desprivatización de la Siderúrgica del Orinoco (SIDOR).
Esta Ley crea un procedimiento expropiatorio ad hoc que viola las garantías al ciudadano que le ofrece la Ley de Expropiaciones. El Escritorio Bolinaga, Levy, Márquez y Canova informa que con esta nueva Ley se estaría dando entrada a la figura de la expropiación administrativa que permitiría al Gobierno ocupar los bienes en litigio sin la formalidad y garantía jurídica.
Por ejemplo, el Gobierno tomó las instalaciones de SIDOR de inmediato, a pesar de que el decreto de nacionalización le había otorgado al accionista mayoritario, Ternium-Techint, un plazo de 60 días para acordar un justiprecio por sus acciones y activos.
Éste es sólo un ejemplo más de que Venezuela hoy es una jungla donde la Constitución vigente no vale ni el papel donde esta impresa; donde las leyes se acomodan o interpretan a voluntad del Presidente con el aval del TSJ, la Asamblea Nacional y el resto de sus amañados poderes públicos.
Recuerda Martín Krause, en entrevista para El Nacional de este miércoles 28 de mayo, que existen tres leyes básicas para que una sociedad logre la prosperidad: El respeto a la propiedad, la libertad de contratos, y valores morales que honren palabra y compromiso. En la Venezuela actual no se respetan ni la propiedad ni los contratos, y el gobernante de turno parece no tener valores para honrar su palabra y sus compromisos.
http://www.veneconomia.com/site/modulos/m_visor.asp?pub=2338