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LA LIBERTAD, SANCHO, ES UNO DE LOS MÁS PRECIOSOS DONES QUE A LOS HOMBRES DIERON LOS CIELOS; CON ELLA NO PUEDEN IGUALARSE LOS TESOROS QUE ENCIERRAN LA TIERRA Y EL MAR: POR LA LIBERTAD, ASÍ COMO POR LA HONRA, SE PUEDE Y DEBE AVENTURAR LA VIDA. (MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA) ¡VENEZUELA SOMOS TODOS! NO DEFENDEMOS POSICIONES PARTIDISTAS. ESTAMOS CON LA AUTENTICA UNIDAD DE LA ALTERNATIVA DEMOCRATICA
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jueves, 13 de febrero de 2014

ISAAC VILLAMIZAR, LA UNIVERSIDAD Y LA PROTESTA

El ser humano por esencia es inconforme. Siempre está en rebeldía con el estatus quo. El cambio, la evolución, el avance, sólo es posible cuando se confronta, cuando se debate, cuando se reclama, cuando se protesta. La universidad, representación por naturaleza de los valores trascendentales de la persona, está consubstanciada con la protesta. La crítica, la rebeldía contra la inercia, es de suyo.
Si bien en alguna época pasada la universidad se consideró como centro elitista  en la que sólo un pequeño porcentaje de la población tenía acceso a los estudios superiores, hoy es innegable que ella ha amplificado su recinto, para que buena parte de la sociedad, a través de las funciones académicas que realiza, se sienta vinculada a su accionar. Libertad y Universidad es un enlace indisoluble.  En Venezuela, constitucionalmente hablando, este matrimonio es expreso. El Artículo 3 de la Carta Magna enuncia los fines del Estado. Allí se preceptúa que entre sus fines fundamentales están la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, así como la garantía del cumplimiento de los derechos y principios reconocidos y consagrados en la Constitución. Derecho básico que se postula en ese texto es la libertad. En el mismo articulado se indica que la educación es uno de los procesos fundamentales para alcanzar los fines del Estado. Es decir, la universidad, como institución que conforma el sistema educativo, está llamada a resguardar la dignidad y la libertad de la persona.  Entonces, cuando la dignidad y la libertad son atropelladas por el Estado, quien es corresponsable en su recta observancia, la universidad no puede guardar silencio, no puede dar la espalda, no puede ser indiferente. En su comunidad académica, ante ello, aflora la reacción, la reprobación, la condena, el grito, la protesta más acérrima.
Este sentido de la universidad no puede ser comprendido por quienes no son ni han sido universitarios, por quienes no han pasado por sus aulas, por quienes sólo gobierna en su mente la imposición, el pensamiento cerrado y el aislamiento. Es que, como asienta José Vasconcelos, quien fuera Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, al interpretar el espíritu de la Universidad, “sin libertad no hay saber, no hay progreso, ni hay vida.” Si en una comunidad no se atienden las necesidades elementales de alimentación ni de salud, si peligra la vida humana a manos de la delincuencia, si la comunidad empieza a sentirse aislada, si las autoridades no atienden oportunamente a sus peticiones, la universidad está llamada a acompañar la protesta social, a darle la mano a los ciudadanos que reclaman con justicia sus derechos no satisfechos.
El derecho a la protesta no sólo existe, sino que la propia Constitución y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos alientan a su ejercicio cuando la incluyen de manera expresa e implícita en la libertad de pensamiento y de conciencia, en la libertad de expresión y opinión, en la libertad de reunión, de manifestación y de asociación pacífica. Nadie puede sostener juiciosamente que la libertad de reclamo sólo se reconoce para exteriorizar complacencia. La protesta que se mantiene dentro de los cauces institucionales no es más que el ejercicio de los derechos constitucionales y, por ende, nunca puede ser materia de persecución penal. No puede haber tipicidad delictual en su conducta. En consecuencia, el ejercicio del derecho de petición a las autoridades, la manifestación pública que la ejerza, el conglomerado que se reúna para hacerlo, por más que cause molestias al Estado, debe contar con la actitud solidaria de la universidad. Lo contrario sería negar su esencia.  

isaacvil@yahoo.com

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viernes, 5 de julio de 2013

CARLOS VILCHEZ NAVAMUEL, ¡VENEZOLANOS A LA CALLE!, MANIFESTARSE ES UN DERECHO CONSTITUCIONAL

Este es un mensaje para todos aquellos venezolanos, chavistas y de oposición que sabemos son la mayoría y que tienen las mejores intenciones para Venezuela.

Llegó la hora de  manifestarse en las calles y limpiar la patria, los líderes están haciendo su trabajo, no esperen que otros les digan lo que tienen que hacer, su turno ha llegado, así como lo están haciendo los estudiantes y los profesores, lo deben de hacer las amas de casa, los  gremios  y sindicatos,  así como todos aquellos integrantes de las fuerzas armadas que no estén de acuerdo con lo que hacen  los traidores, a todo el  pueblo en general, lo que aquí afirmamos es una realidad, el desabastecimiento, los problemas de inseguridad, la corrupción, así como los apagones y el despilfarro van a continuar.

A manifestarse en las calles y limpiar la patria de usurpadores, de cubanos enviados por el gobierno cubano, de los traidores que se vendieron a los hermanos Castro, y a limpiar la patria de los corruptos que hoy tienen el poder.  No se dejen engañar, este gobierno impugnado e ilegitimo caerá por la entereza de todos aquellos venezolanos que están hartos de tanto atropello, que están hartos de la mala administración y que están hartos de tanta mentira y demagogia.

A manifestarse en las calles y limpiar la patria de todos esos  “enchufados”,  a manifestarse en las calles y limpiar la patria de la desidia, del odio, de la confrontación, de los insultos, de las continuas cadenas de radio y televisión, de los engaños, del abuso del poder, de la intolerancia de parte del ejecutivo con sus adversarios políticos y de quienes opinan diferente a ellos.  A manifestarse en las calles y limpiar la patria de todos aquellos militares y policías que se vendieron por dinero, de todos aquellos diputados intransigentes y violentos y de todos aquellos que dividieron con odio el país.

A manifestarse en las calles y limpiar la patria,  porque como lo aseguró recientemente la misión de acompañamiento del Instituto de Altos Estudios Europeos (IAEE) y la Red Internacional de Universidades para la Paz (Rediunipaz), en la presentación de su informe “Misión de apoyo Internacional a la Observación de las Elecciones en Venezuela”. El pasado proceso electoral del 14 de abril en Venezuela "está viciado de nulidad"
http://www.elmundo.es/america/2013/06/18/venezuela/1371566537.html

Según  la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, manifestarse es un derecho constitucional, y lo indica  el Artículo 68 que dice así: “Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley”

El mismo Chávez lo dijo hace algunos años, no se necesita tener permiso para hacer una marcha porque la misma constitución venezolana lo señala así, ver este link.  http://www.youtube.com/watch?v=-Mh7EtOCMwU

Aparte de manifestarse ¿Qué más se puede hacer? Aquí algunas ideas: colaboren con sus líderes, demanden a los corruptos en las instancias judiciales, denuncien los atropellos, los engaños, el abuso de poder, no importa si no se hace justicia de inmediato, salgan a la calle a manifestarse, denuncien el desabastecimiento, los apagones, organícense en sus barrios y municipios, no teman, si lo hacen miles de ciudadanos los enchufados no podrán contra esta estrategia, es hora de limpiar la Patria.  El desmoronamiento de este gobierno está por suceder.

carlosvilcheznavamuel@gmail.com

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lunes, 24 de octubre de 2011

TEÓDULO LÓPEZ MELÉNDEZ: LA TIERRA ES PLANA

La generalidad de los que se han dedicado a estudiar el aspecto jurídico del proceso de reorganización política del mundo coincide en que se está a mitad de camino entre el Derecho Internacional y el Derecho Constitucional.  Esto porque la organización supranacional, que como ya hemos dicho no es un Estado, ejerce poderes soberanos sobre los miembros que la integran. Esto, se puede encontrar una aproximación a la organización federal.
En cualquier caso se aborda el tema desde diferentes ángulos y si algunos insisten en “federalismo funcional” otros hablan de construcción federal sobre un plano particular, mientras otros niegan al Derecho la posibilidad de construir fórmulas políticas refiriéndose al proceso que describimos como una simple forma de cooperación administrativa.
La bibliografía sobre el tema es muy amplia. Lo que queremos brevemente destacar es que al mundo jurídico no se le ha escapado lo que sucede y que las palabras “supranacional”, “metanacional”, “construcción federal sobre un plano particular”  y muchísimas más van construyendo todo el entramado jurídico que habrá de presidir el mundo nuevo que crece ante nuestros ojos. La separación purista entre política y Derecho que algunos autores establecen carece de sentido. Para ello basta referirse a los padres fundadores de los primeros intentos de unidad europea, específicamente a Konrad Adenauer, que siempre fijaron en lo supranacional un antídoto contra los nacionalismos, contra el concepto de soberanía  y contra el egotismo, entendiendo esta última palabra “como un sentimiento exagerado de la propia personalidad”. Esto es, en la concepción original de avance hacia lo supranacional había un elemento y un propósito político claro derivado de las causas que llevaron al segundo gran conflicto mundial. Si ese propósito político no hubiese existido obviamente no existiría la discusión jurídica sobre el marco legal para envolver lo que estamos viendo.
Admitamos que la discusión bien puede continuar en el campo de la epistemología jurídica, pero siempre toda forma naciente debe partir del territorio de la ontología, esto es, del campo de la filosofía del Derecho. Las nuevas formas de organización política requieren, ciertamente, de un marco jurídico y ese marco se ha ido construyendo paralelamente a la materialización de las formas políticas. Las formas políticas nacientes han impuesto la necesidad del envoltorio jurídico. Bastaría, pienso, con  hablar de Derecho Supranacional. O tal vez recurrir a una expresión del sociólogo e historiador de las Ciencias Sociales Immanuel Wallerstein (“El moderno sistema mundial”), conocido por sus polémicas opiniones sobre el fin del capitalismo y tomarle prestada, de manera provisional, su frase de “inventar nuevas formas de escribir la historia”. O, para mostrar otra cara que, al fin y al cabo nos conduce siempre al territorio de la imaginación creativa como vía de comprender al mundo nuevo, al superoptimista Thomas Friedman y recordar con él que el mundo dejó de ser redondo (“La tierra es plana”)
teodulolopezm@yahoo.com

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jueves, 23 de diciembre de 2010

COMUNICADO DE PROFESORES DE DERECHO. ENVIADO A NUESTROS CORREOS POR CARLOS EDUARDO SOSA NÚÑEZ

Diversos estudios e investigaciones preparados por Profesores de Derecho Público en Venezuela, han demostrado la ausencia de Estado de Derecho y de separación e independencia de los poderes del Estado que opaca la vigencia de los derechos humanos y hace ineficaz la Constitución. En Venezuela, el llamado Socialismo del Siglo XXI se presenta como una razón de estado absoluto que permite al Presidente de la República actuar sin limitaciones jurídicas ciertas y efectivas.

Los profesores de Derecho Público de las Universidades venezolanas, abajo firmantes, rechazamos y denunciamos el desconocimiento por el actual gobierno, en todos los niveles, de los valores y derechos previstos en la Constitución, que configuran a Venezuela como un Estado democrático y social de Derecho, en el cual ha de regir la institucionalidad, el ordenamiento jurídico, el pluralismo y en el que los funcionarios públicos han de estar siempre al servicio de los ciudadanos, no de parcialidad alguna, y, en tal sentido, deben actuar sujetos a las limitaciones jurídicas derivadas de la libertad e igualdad de las personas, de manera que los derechos humanos, que se erigen como los valores y fines superiores, sean respetados y garantizados a todos por igual.

El respeto de la Constitución, como enseñamos en las aulas, garantiza también la seguridad, estabilidad, convivencia y paz de la sociedad, necesaria para el progreso y la prosperidad. No obstante, en Venezuela las normas han dejado de ser las que habilitan y determinan el actuar de los funcionarios públicos, para convertirse en meros instrumentos para la imposición de la voluntad caprichosa desde las altas esferas del poder.Vivimos en un Estado donde los jueces o tribunales independientes son la excepción. En la actualidad la regla es que toda decisión del Presidente de la República o sus agentes reciba el aval del Tribunal Supremo de Justicia, responsable principal de esta situación intolerable, y del resto del Poder Judicial. Al contrario, los fallos judiciales tienen la vocación el intentar legitimarles cualquier arbitrariedad, ocurrencia o retaliación. Éste es el mayor peligro para nuestros derechos y para la democracia. Síntoma de lo anterior es el cada vez más elevado número de personas perseguidas o privadas de su libertad por motivos políticos y no jurídicos, así como la ya común y para nada encubierta práctica de sancionar con remoción o destitución a jueces que han enfrentado concretos intereses de altos funcionarios o del gobierno, llegando incluso a la detención arbitraria, con múltiples violaciones de derechos humanos, de alguno de ellos.Vivimos, asimismo, la negación reiterada a los derechos humanos reconocidos en la Constitución. Los derechos constitucionales son indivisibles e interdependientes. Los derechos constitucionales son todos y para todos. No se puede lograr la satisfacción de los derechos civiles y políticos sin los derechos sociales, económicos y culturales, ni viceversa.Las muertes violentas de personas que ocurren a diario, y que nos han convertido en uno de los países más violentos del mundo, son una violación del derecho a la vida; los secuestros son una violación de los derechos a la libertad y seguridad personal; el lenguaje excluyente utilizado por el Presidente de la República y otros funcionarios contra los venezolanos que no comparten su proyecto político particular son agresiones al derecho de igualdad y pluralismo político; la ausencia de un trabajo digno para todos es una violación del derecho al trabajo; la falta de una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales, es una violación del derecho a la vivienda; las expropiaciones arbitrarias y despojos a las propiedades que viene ejecutando el gobierno menoscaban el derecho a la propiedad; los ataques y ocupaciones arbitrarias a las empresas e industrias lesionan los derechos a la libertad económica y a la iniciativa privada; los juicios iniciados contra manifestantes, periodistas y demás personas por sus opiniones, así como el cierre arbitrario de medios de comunicación, son una violación del derecho a la libertad de expresión; la ausencia de disponibilidad suficiente y estable de alimentos y las limitaciones para su acceso oportuno y permanente al público consumidor menoscaban el derecho a la alimentación; las medidas que planifican y restringen la oferta de bienes y servicios son una violación a los derechos de los consumidores y usuarios. Éstos son apenas unos ejemplos de la falta de vigencia de nuestros derechos fundamentales.

No en vano el Estado venezolano se encuentra hoy día en una situación de grave incumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, en perjuicio directo de las víctimas, con ocasión del desconocimiento de las decisiones dictadas por los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de la Organización de las Naciones Unidas, que han sido la última esperanza de obtener justicia para las víctimas, especialmente los más pobres.Todo lo anterior ha sido ejecutado abiertamente bajo un denominado “Estado Global”, que se basa en una supuesta actuación mancomunada de los poderes y en la primacía absoluta de un contradictorio y confuso interés general, que concuerda plenamente con los intereses e ideas unilaterales del Gobierno Nacional.Utilizar el poder público sin obstáculos ni límites con la excusa de favorecer a muchos, aunque suponga la violación de los derechos de otros pocos, no hace otra cosa que desnudar la apetencia de poder de los actuales gobernantes. 

Con ello se encubre una gravísima contradicción, porque el despotismo y la autocracia han mostrado, una y otra vez, su incapacidad de solventar los problemas de todos. La actuación de los funcionarios públicos sin atenerse estrictamente al Derecho y a los derechos tiene un costo alto en lo humano, económico y social que pagan todos los miembros de la sociedad. Con ocasión de los acontecimientos que presenciamos actualmente en el país, convocamos a la sociedad venezolana a tomar conciencia de las consecuencias negativas que conlleva el modelo jurídico, económico y social que se pretende imponer a los venezolanos sin su aprobación expresa y, más aún, en contra de su voluntad, como es el caso del Estado Socialista y Comunal rechazado por el pueblo en la reforma constitucional propuesta en el año 2007. 

Apremiamos a todos, y en particular al gremio de abogados, a luchar en el marco del Derecho por la vigencia de toda la Constitución, con sus derechos y sus normas que limitan y responsabilizan a los funcionarios que ejercen el poder. Solo asumiendo y defendiendo todos los principios y derechos reconocidos en la Constitución e instrumentos internacionales y sus consecuencias para el Estado y la sociedad, como hemos decidido hacerlo en las aulas universitarias, podremos los venezolanos forjar nuestro futuro como personas libres y dignas, como seres iguales empoderados de derechos inviolables y, por tanto, no sometidos a la voluntad y capricho de otros. Solo andando según estos principios lograremos la felicidad, el progreso como sociedad democrática y convertiremos a Venezuela en el país próspero que todos merecemos.

En Caracas, el 16 de diciembre de 2010.

Serviliano Abache Carmen Alguindigue Jesús María Alvarado Andrade Miguel Alvarado Néstor Luis Álvarez Martínez Tulio Alberto Álvarez Ricardo Antela Garrido Karina Anzola Spadaro Ana Elvira Araujo García José  Araujo Juárez Tomás Arias Castillo Alfredo Arismendi Aguana Carlos Guillermo Arocha Roque Félix Arvelo Villamizar Flor Ávila Marcos Avilio Trejo Carlos Ayala Corao Alberto Blanco Uribe Alberto Baumeister Toledo Irma Beherens de Bunimov José  Rafael Belisario Rincón Carlos Simón Bello Rengifo Juan A. Berríos O. Elías Bitar Escalona Erick Boscán Arrieta Allan R. Brewer-Carías Gustavo Briceño Vivas Josefina Calcaño de Temeltas Pedro Pablo Calvani Alejandro Canónico Sarabia Antonio Canova González Ruth Capriles Carlos Luis Carrillo Artiles Marcos Carrillo Perera Jesús María Casal Alma Chacón Hanson Rafael Chavero Gazdik María de los Ángeles Delfino Rafael Díaz Blanco Hernando Díaz Candia Román J. Duque Corredor Néstor Ecarri Angola Leopoldo Escobar Margarita Escudero León Ronald Evans Márquez Luis Henrique Farías Mata Liliana Fasciani M. Héctor Faúndez Ledezma Andreyna Febres-Cordero Willet Juan Carlos Fermín Fernández Fernando M. Fernández Gerardo Fernández Alejandra Figueiras R. Argenis Flores Jenniffer Gaggia Catherina Gallardo Oscar Ghersi Simón Gómez Fortunato González Cruz Gustavo Grau Fortoul Angelina Jaffe León Jurado Laurentin Andrés L. Halvorssen Villegas José  Vicente Haro José  Ignacio Hernández González Luis Alfonso Herrera Orellana Gonzalo Himiob Santomé Jorge Kiriakidis Gustavo Linares Benzo Laura Louza Luis Alberto Marín Rengifo Alfredo José Martínez García Juan Miguel Matheus Fernández Luis Molina Juan Pablo Molina Berrizbeitia José  Enrique Molina Vega Miguel Mónaco Alicia Monagas José  Antonio Muci Borjas Bárbara Nava Claudia Nikken Humberto Njaim Edgar Núñez Pino Gilda Núñez Jesús Ollarves Irazábal Freddy J. Orlando Alejandro E. Otero Méndez Paciano Padrón Alfredo Parés Salas José Peña Solís Rogelio Pérez Perdomo Flavia Pesci Feltri Pedro Alfonso del Pino Rodolfo Plaz Abreu Francisco Paz Yanastacio Manuel Rachadell Juan Manuel Rafalli Jacqueline RichterCarmen Luisa Roche Miriam Rodríguez Ninoska Rodríguez Laverde Manuel Rojas Pérez Manuel Román Ramírez Andrea Rondón GarcíaAna María Ruggeri Gabriel Ruan Santos Leonel Salazar Reyes-Zumeta Enrique Sánchez Falcón Abdón Sánchez Noguera Luis Pompilio Sánchez S. Antonio Silva Aranguren Cecilia Sosa Gómez José  Gregorio Torrealba R. Diana Trías Bertorelli Héctor Turuhpial Carlos Urbina Gustavo Urdaneta Daniela Urosa Maggi Judith Useche Juancarlos E. Vargas A. Alfredo Enrique Vázquez Loureda Adriana Vigilanza Isaac Villamizar Carlos E. Weffe H. Corina Yoris.

Carlos Eduardo Sosa Núñez
carlossosa68639@yahoo.es
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domingo, 23 de agosto de 2009

*HONDURAS DICTA CATEDRA EN DERECHO CONSTITUCIONAL, ÁLVARO F. ALBORNOZ P.,

Los acontecimientos ocurridos en HONDURAS marcan el inicio de una nueva doctrina constitucional. Los Presidentes electos por el pueblo no tienen licencia para delinquir ni para violar la Constitución de su país. Un Presidente debe respetar el ordenamiento jurídico y someterse a él. Eso significa que debe sujetarse al principio de legalidad y al principio de separación de las funciones de los órganos del Poder Público.

Es decir, que un Presidente no puede realizar actividades que no estén expresamente establecidas como sus competencias en las normas jurídicas de una nación. Asimismo, debe acatar y someterse tanto a las leyes que dicte el Congreso o Poder Legislativo como a las sentencias que dicte el Tribunal Supremo de Justicia o el Poder Judicial.

En el momento que el Presidente no cumpla con estos principios fundamentales incurre en arbitrariedad y se coloca al margen de la Constitución, quebrantando el Estado de Derecho. Cuando esto ocurre, los otros poderes del Estado (Legislativo y Judicial) tienen el legítimo derecho, y más aún, la obligación constitucional de hacer reestablecer el orden resquebrajado para retomar la normalidad institucional del país.

Se trata del derecho a la “legítima defensa constitucional”, que trasladamos del derecho penal al derecho constitucional. En este orden de ideas, podemos definir a la “legítima defensa” como la reacción necesaria contra una agresión ilegítima, actual o inminente, y no provocada por la persona que invoca esta causa de justificación. (Grisanti Aveledo, Hernando).

En este sentido, se dice que la agresión ilegítima es una negación del derecho, porque la persona que perpetra una agresión ilegítima niega normas consagradas en el ordenamiento jurídico; en cambio la legítima defensa es la afirmación del derecho.

Siguiendo a Grisanti Aveledo, la legítima defensa es una causa de justificación, con lo que se quiere decir que el acto realizado en legítima defensa es un acto perfecta e intrínsecamente justificado, un acto secundum jus; es decir, perfectamente adecuado al ordenamiento jurídico.

Aplicando estas nociones de derecho penal a los sucesos de HONDURAS, podemos afirmar que el Poder Legislativo, el Poder Judicial y todas las Instituciones hondureñas, se defendieron legítimamente ante las agresiones ilegítimas del ex Presidente Zelaya, quien venía violando en forma reiterada la Constitución Nacional y desacatando las decisiones de los otros poderes. Al defenderse de esta manera las instituciones señaladas, no solamente se defendían a sí mismas, sino que estaban defendiendo también a toda la colectividad, en el sentido de que estaban impidiendo que un ser peligroso para la nación lograra el cometido que se propuso.

Por lo que, las actuaciones realizadas por el Congreso y por el Tribunal Supremo de Justicia de HONDURAS, fueron absolutamente legítimas y apegadas a derecho, actuando en ejercicio de la “legítima defensa constitucional” frente a las innumerables agresiones al orden jurídico que venía desarrollando el ex Presidente Zelaya y que son del conocimiento del mundo entero.

De esta manera, el Derecho Constitucional debe desarrollar, profundizar y consolidar esta Teoría del derecho a la legítima defensa constitucional, para así adaptarse a las nuevas circunstancias sociopolíticas que está viviendo el planeta ante la existencia de Presidentes que se creen estar por encima de la Constitución y que pueden gobernar arbitrariamente y violando los derechos humanos y el ordenamiento jurídico, sin que nadie pueda poner coto a sus desmanes.

El ex Presidente Zelaya actuaba de una manera perniciosa y sin límites, no sometiéndose a derecho ni respetando las legítimas decisiones de los demás poderes. Su arbitrariedad era tan extrema que ni siquiera presentó el presupuesto nacional ante el Congreso, como lo ordena la Constitución, sino que gobernaba sin control alguno y sin rendirle cuentas a nadie, como si HONDURAS fuera su bodega personal. Ante tantas barbaridades y agresiones al orden constitucional, los otros poderes ejercieron su derecho a la legítima defensa y lo sacaron de la presidencia a fin de reestablecer el Estado de Derecho, aplicando los procedimientos constitucionales y si se llegó a cometer algún error, está plenamente justificado de acuerdo a esta Teoría del Derecho Constitucional que aquí explicamos.

En consecuencia, el nuevo Presidente hondureño es absolutamente legítimo y constitucional. Legítimo, porque Don Roberto Micheletti es un Diputado que fue electo por votación popular y además designado Presidente por unanimidad de los Diputados presentes en la sesión histórica; es decir, por todos los representantes del pueblo a nivel nacional, por lo que indirectamente su mandato deviene del pueblo. Constitucional, porque fue designado de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 242 de la Constitución hondureña vigente.

Por otra parte, las Fuerzas Armadas hondureñas están monolíticamente apoyando la sucesión constitucional del Presidente y no forman parte del nuevo gobierno ni tomaron el poder para sí. Los otros Poderes permanecen incólumes y funcionando con completa normalidad. La sociedad civil y las Iglesias están conformes con lo ocurrido. Así las cosas, no se entiende cómo la comunidad internacional ha sido tan ciega en darse cuenta de algo que está tan claro como el agua de manantial. Pero el pueblo catracho y sus Instituciones deben mantenerse firmes y seguir defendiendo su Constitución y su democracia, porque están apegados a la legalidad y nadie tiene el derecho a exigirles que violen su ordenamiento jurídico ni que se retracten en lo que fue una decisión absolutamente legítima, justificada y constitucional.

Por: Dr. Álvaro F. Albornoz P.
Doctor en Derecho Constitucional
Abogado Summa Cum Laude
dr.alvaroalbornoz@gmail.com

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