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domingo, 13 de junio de 2010

LAS ESENANZAS DE ROBIN HOOD, JOHN A BENNETT NOVEY

Ojalá no pase inadvertido el tema fundamental de la película Robin Hood: el endiosamiento del Rey, que ve la Constitución como un obstáculo y una ofensa a su divinidad. Por otro lado, vemos a los barones reaccionando ante los excesos del monarca y demandando una carta que limite su poder.
Toda comunidad, familia, persona necesita un clima propicio para vivir y prosperar. Y ese clima sólo lo podemos encontrar en una economía abierta, es decir, una economía sin intervenciones excesivas por parte del Rey; una economía y una sociedad en las que el poder no sea omnipotente ni haya inflación legislativa, sin impuestos abusivos y donde los derechos del individuo sólo estén limitados por los derechos iguales de sus semejantes. Por eso es imprescindible tener claro qué es un derecho y qué no lo es.

El Rey tiene sus funciones, pero éstas jamás deben ser protagónicas, pues aquél no es "el muchacho de la película" sino el celador de los verdaderos protagonistas, que son los ciudadanos; cuando queremos introducir el concepto comunal, abrimos la caja de Pandora.

El Rey tiene que tener muy claro que su rol es el de proteger la producción y no dirigirla, ya que nadie sabe mejor que cada persona o empresa qué le conviene y cómo ha de lograrlo. Cuando el Rey se cree que su divinidad le faculta para redistribuir las riquezas, típicamente termina redistribuyendo entre sus favoritos en detrimento de los demás. El ciudadano productivo sólo pide que le ayuden a defenderse de los pillos... y de los cobradores de impuestos excesivos.

En toda Corte existen las rémoras que se ganan los favores del Rey mediante la adulación. En Robin Hood vemos cómo Ricardo Corazón de León busca afanosamente a un hombre que sea valiente y le diga la verdad que no le complace escuchar. Curiosamente, cuando lo encuentra, le felicita y luego le empicota.

Aunque se ha dicho infinitas veces, la sortija del poder corrompe a modo, y por ello el propósito de una Carta Magna es limitar las facultades de quienes gobiernan.

Cuando el Rey parte y reparte, típicamente es para favorecer a quienes le sirven (grupos de intereses especiales); al resto le espera la picota. El ciudadano productivo, al verse en la necesidad de sortear los interminables escollos que suelen erigir el Rey y sus acólitos, no tiene más que tres opciones: 1) escapar –y, por tanto, dejar de producir–, 2) incumplir o burlas las malas leyes y 3) rebelarse fiscalmente. Precisamente con una rebelión fiscal tuvo que vérselas Juan I de Inglaterra en 1215, el monarca al que se enfrenta Robin Hood.

Si hay algo que es propio de cada persona es el fruto de su trabajo, y cuando el Rey decide que tiene derecho a una parte del mismo comienza el jaleo. Los reyes han inventado toda clase de estratagemas para apropiarse de lo ajeno, como, por ejemplo, los aranceles a la importación y a la exportación y la devaluación de la moneda.

Lo esencial en todo esto es que no tiene sentido castigar la eficiencia y la capacidad productivas, ya que es contraproducente y termina afectando sobre todo a los que menos tienen. Ya buenos personajes de la historia, como Santo Tomás de Aquino y Juan de Mariana, se pronunciaron de forma tajante en contra de los abusos reales; incluso justificaron el derrocamiento y hasta el asesinato de los tiranos. No es para menos, ya que la devaluación de la moneda es un robo y, por ejemplo, se deja a los ancianos en una muy triste situación, lo cual es imperdonable.

Gracias por el envío a Osmel Brito: osmel.brito@iesa.edu.ve

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jueves, 13 de agosto de 2009

*LA ENSEÑANZA RELIGIOSA EN LAS ESCUELAS, ARZOBISPADO DE CARACAS, UN INMENSO BIEN Y UN DERECHO ADQUIRIDO

Jorge Urosa Savino, Cardenal Arzobispo de Caracas, en unión con los Señores Obispos Auxiliares

A los venerables sacerdotes, a los diáconos, religiosos y religiosas, y a todos los fieles católicos de la Arquidiócesis de Caracas: ¡Salud y paz en el Señor!

1. Recientemente ha sido presentada para su discusión en la Asamblea Nacional una nueva propuesta de Ley de Educación, distinta al proyecto aprobado en primera discusión en el año 2001, con planteamientos muy controversiales, y en la que no se contempla la enseñanza religiosa en las escuelas. Ante este hecho, sin entrar en otros aspectos conflictivos de la propuesta, y dado que la dimensión trascendente y religiosa es un elemento fundamental de la persona humana, queremos subrayar algunos puntos de suma importancia.

2. El artículo 6 de la propuesta dice textualmente: “El Estado mantendrá en toda circunstancia su carácter laico en materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las corrientes y organismos religiosos. Las familias tienen el derecho y la responsabilidad de la educación religiosa de sus hijos e hijas de acuerdo a sus convicciones y en conformidad con la libertad religiosa y de culto, prevista constitucionalmente”

3. La propuesta omite expresamente lo contemplado en el artículo 50 de la actual Ley Orgánica de Educación, el cual permite que se imparta educación religiosa en las escuelas públicas de educación básica a los alumnos cuyos padres así lo soliciten. Además, calificados personeros del Gobierno han manifestado en varias ocasiones su determinación de eliminar la enseñanza religiosa en las escuelas. De todo lo dicho se desprende que la educación religiosa escolar quedaría fuera de todas las escuelas, tanto públicas como privadas, estén dirigidas o no por instituciones vinculadas a la Iglesia católica o a otras instituciones religiosas.

4. Ante este peligro es preciso hacer algunas consideraciones: El hecho de que el Estado venezolano sea “laico”, es decir, no confesional, pues no impone o promueve ninguna religión en particular, es algo positivo, y permite la práctica de la libertad religiosa y la libertad de culto. Pero esto no justifica que el Estado omita su obligación de permitir y posibilitar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, entre otros, los derechos religiosos. El Estado debe permitir y hacer posible la enseñanza religiosa en las escuelas. Esto no va contra la “laicidad del Estado”, y no violenta los derechos de nadie, sino que posibilita el ejercicio del derecho a la enseñanza religiosa escolar a los alumnos de cualquier religión.

5. Por otra parte, el artículo 59 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra ese derecho al establecer que: “El padre y la madre tienen el derecho a que sus hijos o hijas reciban la educación religiosa de acuerdo con sus convicciones”. La posibilidad de ejercer ese derecho queda mermada al omitir lo contemplado acertadamente en el artículo 50 de la Ley Orgánica de educación vigente. Además, la religión ha sido enseñada en las escuelas públicas de Venezuela desde tiempo inmemorial, y forma parte de nuestra identidad nacional. De manera que la enseñanza religiosa escolar es un derecho adquirido, y de acuerdo a la progresividad de los derechos que postula la actual Constitución en su artículo 19, no puede eliminarse.

6. La enseñanza de la religión es muy beneficiosa para la población, pues, fortalece la práctica de una conducta moral fraterna y solidaria. Recordemos la enseñanza del Libertador: “La Moral sin la Religión carece de su fundamento”. Una educación integral, que responda a todas las exigencias del ser humano, no puede excluir el aspecto trascendente y religioso de las personas. La educación religiosa escolar tiene que ver con los derechos de las familias, con la concepción trascendental y religiosa de la gran mayoría de los venezolanos, y con los beneficios de la formación religiosa de los ciudadanos.

7. Por todo lo dicho, pedimos formalmente a la Asamblea Nacional que incluya la posibilidad de impartir la educación religiosa en el currículo y en el horario escolar de acuerdo a las convicciones de los padres o madres de los alumnos de Educación Básica. Así se respetarán los derechos adquiridos de los alumnos a ser educados en la religión de sus padres, y los derechos de la Iglesia a continuar la enseñanza religiosa, impartida desde tiempo inmemorial en las escuelas de educación primaria, tanto públicas como privadas.

8. Igualmente, dada la naturaleza, la gravedad e importancia de la educación para todo el país, pedimos formalmente a la Asamblea Nacional que difiera para la segunda quincena de septiembre la discusión de esa nueva propuesta de ley, a fin de promover la adecuada participación de los diversos actores del hecho educativo, y se pueda lograr el necesario consenso sobre algo tan importante como la educación.

9. Queridos hermanos: Dios es importante para Venezuela. ¡No se puede sacar a Dios de las escuelas! Ante la seria posibilidad de que la educación religiosa sea eliminada del horario escolar en todas las escuelas, tanto públicas como privadas, también las de instituciones de la Iglesia, es preciso que tomemos conciencia de la necesidad e importancia de la enseñanza religiosa en el horario escolar. De manera democrática y pacífica defendamos nuestros derechos religiosos y exijamos que se mantenga la normativa legal que actualmente los protege. El conocimiento y la enseñanza de nuestra fe es una gravísima obligación y un derecho fundamental de los católicos, de cada familia, y de toda la comunidad eclesial. Tomemos conciencia de ello, cumplamos nuestros deberes, y defendamos nuestros derechos.

10. Invocamos sobre todos ustedes la protección maternal de la Stma. Virgen de Coromoto, madre del Divino Maestro, Nuestro Señor Jesucristo. Con nuestra bendición episcopal,

Caracas, 11 de agosto de 2009
Cardenal Jorge Urosa Savino, Arzobispo de Caracas; Mons. Saúl Figueroa Albornoz, Mons Luis Tineo Rivera; Mons. Jesús González de Zárate, Obispos Auxiliares;Mons. Fernando Castro Aguayo, Obispo Auxiliar electo.

Nota- Se pide a todos los sacerdotes leer este mensaje en todas las Iglesias de Caracas este fin de semana 15 y 16 de agosto.

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