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martes, 18 de agosto de 2015

ERNESTO GARCÍA MAC GREGOR, LA PENA DE MUERTE

Cada vez que los malandros asesinan a un personaje importante, renace en el país, la ya traqueada discusión sobre la bendita pena de muerte. Tal cual loros reverberantes, los defensores profesionales de estos transgresores, repiten sus argumentos en contra, una y otra vez: que si las raíces son profundas; que si es culpa de la sociedad trabajadora y honrada, que si son recuperables. Siempre se recurre a los derechos humanos de las bestias pero nunca se hace mención de los de las víctimas quienes, por su condición de finados llevan todas las de perder.

Por otra parte, Pinochet, Fujimori y los generales argentinos matan a unos cuantos guerrilleros asesinos, y les cae todo el peso de los susodichos derechos, pero Fidel, masacra a miles de compatriotas en el paredón en un país donde aún se aplica legalmente la pena de muerte, y hasta lo visita el Papa, y para colmo, en dos ocasiones. ¡Bendito sea Dios¡
Se alega hasta la saciedad que en los países donde se aplica la pena máxima, la tasa de criminalidad se mantiene alta, y en realidad, eso ocurre porque no se eliminan suficientes escorias. La pena de muerte, más que un efecto disuasivo lo que busca es extirpar el miembro gangrenado para que no siga haciendo daño. Después de todo, lo dice la Biblia, todos tenemos que morir, sólo es cuestión de tiempo. Sería como adelantar una muerte diferida. Digo yo.
Pero en Venezuela, la pena de muerte, aunque abolida en 1864, se sigue aplicando mediante el sicariato, el linchamiento y el ajusticiamiento. La semana pasada el Gobierno reportó la baja de 52 personas abatidas en la operación OLP en un mes, mientras que tres reclusos murieron en la cárcel de Cabimas (en 2014 un total de 309 reclusos fueron asesinados), todo lo cual coloca a Venezuela en el segundo país con más muertes violentas en el mundo.
Relata el maracaibero y criminalista Elio Gómez Grillo, que estando en Andalucía, España, preguntó por el promedio de homicidios entre los reclusos de la prisión local, pero nadie le entendía la pregunta porque en 38 años había habido tan solo dos muertes naturales.¡Qué rayón!  Que oiga quien tiene oídos…
Ernesto Garcia Macgregor
garciamacgregor@gmail.com
@garciamacgregor

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sábado, 31 de enero de 2015

GERMÁN GIL RICO, RESTABLECIDA LA PENA DE MUERTE

Hace un poco más de 151 años, el 16 de Agosto de 1863 el, general Juan Crisóstomo Falcón, Presidente de la República,  emitió el Decreto Sobre los Derechos Individuales que en el Artículo 1 reza a la letra: Se garantiza a los venezolanos: 1º. La vida: queda abolida la pena de muerte y derogadas las leyes que la impongan.
En Venezuela, desde fecha tan remota ningún funcionario gubernamental, de los incontables regímenes tiránicos  padecidos, tuvo la propensión criminal, acompañada de inocultable desfachatez, de proponer la restitución de la PENA DE MUERTE y mucho menos darle apariencia jurídica, mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL de alguno de los despachos. Por supuesto que, durante ese espacio-tiempo, se produjeron ejecuciones extrajudiciales, con o sin la aquiescencia de los altos cargos gubernamentales; pero una Resolución o Decreto de tan nauseabundo contenido… Ni en tiempos de Cipriano Castro y Juan Vicente Gómez o de Marcos Pérez Jiménez.
Por supuesto que no sorprende, salvo a desprevenidos, una acción colindante con la criminalidad proveniente de un régimen gubernamental inspirado en el castro-comunismo y el accionar de sus líderes, a su vez copia de la troica soviética: Lenin-Trotski-Stalin en los de la Revolución Soviética. Criminales por partida doble. Ambos comandos ejecutaron primero al sector productivo y, como consecuencia de semejante aberración, a sus pueblos víctimas de las hambrunas provocadas por la irracionalidad del fanatismo. 
De tal manera que, con la RESOLUCIÓN de marras, el régimen castro-chavista se termina de quitar la careta como en la “octavita de carnaval”. Ha dado el paso que le faltaba para dejar de ser una falsa democracia y absolutista, para plantar la bota del tirano. Y así lo registrará la historia aun cuando José Vicente Rangel le “enmendara la plana” y los hiciera recoger velas, porque la aclaratoria será la confirmación de la aviesa intención.
German Gil Rico
gergilrico@yahoo.com
@gergilrico

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domingo, 3 de agosto de 2014

RAFAEL MUCI-MENDOZA, ELOGIO DE LA ALEVOSÍA…

¨enfermarse en socialismo equivale a una pena de muerte…¨

La RAE la define: ¨Cautela para asegurar la comisión de un delito contra persona sin riesgo para el delincuente. Es circunstancia agravante de la responsabilidad criminal. ‖ 2. Traición, perfidia. ‖ Con ~ a traición y sobre seguro¨.

No más antier me comentaba un paciente, ¨enfermarse en socialismo equivale a una pena de muerte…¨ El cierre del Instituto de Hematología y Oncología de la UCV no es más que el estado criminal
mostrándose al desnudo: el ciudadano, no importando su estrato social es crónicamente maltratado, victimizado y asesinado a mansalva mientras las corruptelas gozan de muy buena salud.

La proliferación de ¨Estados Mayores¨ y su incompetencia manifiesta, denota la pobreza catastrófica de sus propulsores, pues están ayunos de compromiso y pletóricos de vileza, indiferencia e ignorancia. Así, el régimen que nos sojuzga es tóxico, mendoso, contaminante de efluvios malignos despendidos de sus almas, materia corrupta.

El pueblo no importa mientras ¨haiga¨ plata para regalar a Cuba, tan menesterosa como siempre y ¿el Ministerio de Salud? Siempre celestino y encubridor.

Caracas es un lugar donde morir de forma violenta es morir de muerte natural; pero no sólo eso, morir de mengua por la ruindad y el desamor no expresado en cómputos ni estadísticas; ello, en medio de la riqueza de un gobierno indigno y botarate y traidor.

El Banco Municipal de Sangre en larga agonía, aún se mantiene por una mística insuflada en su insigne personal por sus creadores, hombres y mujeres de corazón lleno; sus pacientes, también hemato-oncológicos deslucen en su frente sentencias de muerte lenta y dolorosa.

Pero paséense ustedes por el Country Club y La Lagunita para que vean las mansiones que con dineros robados del corazón del pueblo se construyen allí exhibiendo la mayor desfachatez.

Addendum

La noticia no me tomó por sorpresa… Una llamada telefónica el viernes 1° de agosto: un revisor de El Universal me informa que publicarían mi artículo – el que acaban de leer- solo si estaba dispuesto a modificarlo quitando o variando algunas palabras y adjetivos; es decir, que yo, transformado en otra persona, lo reescribiera.

Es vulgar y desconsiderado que te digan cómo tienes que escribir y que términos no puedes usar.  Mi respuesta no se hizo esperar, ¡Primero la muerte que la deshonra…!

¨Poderoso caballero es don Dinero¨ (Francisco de Quevedo), que cree poder comprar a todos todo.

A menos que se esté de acuerdo con este estado de cosas, no debe ser oficio fácil pasar de facilitador a ser sensor…, pero son tiempos de ignominia y cuando se vende un periódico, se venden con él también viejos afectos y viejos compromisos del corazón.

Debo no obstante, agradecer al periódico, a su jefe de redacción y a mi amigo Andrés Mata, hasta hace pocas semanas propietario del diario, por publicar mis artículos desde marzo de 2001 cuando dirigí mi carta abierta al embajador cubano (va en minúscula, como se lee), inicialmente cualquier día de la semana, últimamente en inmerecido y destacado sitial de día domingo, y sin censura ni reparos de ninguna especie, sin condiciones ni coerción alguna fueron regularmente publicados. En 13 años ininterrumpidos nadie me habló de censura ni de autocensura, palabras extrañas al diccionario de mi integridad democrática y ciudadana. Mi preocupación y compromiso con la medicina venezolana fue tema principal y recurrente: me corroe el alma ver el campo raso en que ha devenido la atención pública y hospitalaria y como a sus anchas corretean sin contención endemias y epidemias, médicos comunitarios: muecas iatrógenas de reciente cuño, dolor y tristeza, miasmas que nuestro pueblo humilde no merece.

Muchos me anticiparon cárcel; algunos se comprometieron a llevarme
cocossetes a mi reclusorio, otros me acusaron de agorero y paranoide.

Fui leal, aún en tiempo vacacional no dejé una sola semana sin escribir algo más 1800 caracteres –con espacios- acerca de los lacerantes sucesos que embargaban mi espíritu, el espíritu de todos; no fui pagado por ello, sólo fui un crudo comentarista de lo repugnante que se desplegaba en forma chocante ante mi campo de visión. Pero debemos prepararnos para tiempos más tristes sin bajar la cerviz ni arrodillarnos ante nadie.

Otros mejores momentos vendrán, sanarán nuestras heridas y entre tanto, con coraje continuaremos nuestra oración semanal en pro de la democracia, los derechos humanos y el trato justo y humanitario a los pacientes, presos políticos, y la legión de engañados fraudulentamente y desheredados de la justicia.

Como el encabezamiento ya no podrá ser EL UNIVERSAL, de hoy en adelante será el UNI-PERSONAL, pues solamente a mí competerá lo que sienta, lo que calle o lo que diga…

El cambio es la única constante en la vida y debemos acostumbrarnos a él. La vida es una continua apertura y cierre de ciclos; hay que despedir al que se va, hacer luto maduro por él si fuera necesario y darle la bienvenida al que se inicia.

Aunque no dejan de ser dolorosas las pérdidas, cada vez que se
nos cierra una puerta, se abre una ventana de más esperanza, una oportunidad de continuar nuestro proceso de crecimiento.

A todos mis asiduos lectores, esos que me alentaron mediante correos
electrónicos con comentarios, los más de aliento y acuerdo; aquellos otros que nunca respondieron porque en estos tiempos la educación no abunda, y a quienes –escasas excepciones- de los que recibí amenazas y vulgaridades, a unos y otros les quedo profundamente reconocido...

Rafael Muci-Mendoza
rafaelmuci@gmail.com
@MuciMendoza

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sábado, 14 de julio de 2012

GUSTAVO MARTÍNEZ CLARUS, ¿PENA DE MUERTE O ASESINATO LEGAL?


 La pena capital, o pena de muerte, consiste en que el Estado decide la muerte de un condenado, como castigo por haber cometido un delito definido legalmente como de gravedad máxima. Es la sanción más severa y antigua de la historia. En el Imperio Romano, cuna del Código Legal Moderno, el primer delito castigado con la pena de muerte fue el de traición a la patria. 

El método de quitar la vida al condenado ha variado con el tiempo y el país, pero hasta hace un par de siglos buscaba infligirle el mayor sufrimiento posible, para que la pena fuese retributiva al daño ocasionado por el delito. En América, la pena capital ha sido aplicada por todos los países en algún momento de su historia. Para 1899 sólo Costa Rica, San Marino y Venezuela habían abolido de forma permanente la pena de muerte para todo tipo de delitos. Con los años se les han sumado otros países, y muchos que sí la contemplan legalmente no la ejercen o la aplican de manera selectiva. Al presente en América Latina y el Caribe, la pena máxima sigue teniendo vigencia legal en Bahamas, Cuba, Guyana, Jamaica, Trinidad y Tobago y algunas Antillas Menores. En los últimos años, una media mundial de dos países al año elimina la pena de muerte de su legislación.  China encabeza la lista de países con más ajusticiados, asumo que por su cantidad de habitantes más que por destacar en rigor justiciero o en maldad ciudadana.

La autocracia siempre tuvo la potestad de quitar la vida a un súbdito, sobre todo si el regente contaba con el derecho divino otorgado por la iglesia católica. Esta rechazó la pena de muerte desde el siglo I hasta el siglo XI, cuando también comenzó a utilizarla -junto con la tortura- contra los enemigos de su fe. El poder eclesial para privar de la vida a sus condenados fue mermando junto con el oscurantismo, conforme aumentaba la secularización y los creyentes pasaban a una relación más personal con la divinidad y con su voluntad. Sólo al llegar el siglo XVIII la Humanidad comienza a cuestionarse la verdadera utilidad de la pena de muerte para la sociedad. Al presente, continúa el debate entre los que están a favor y los que se oponen a que la pena capital se aplique en algunos o en todos los casos de delito mayor. El Principio de Legalidad establece que la pena capital solamente puede hacerse efectiva si está incluida dentro de la ley para ese caso en particular, si el condenado goza de salud mental, y si no hay otra manera de explicar el delito del que se le acusa. Según el país, sus leyes y creencias, la pena de muerte se usa para castigar crímenes de asesinato, espionaje, traición, desobediencia militar o civil, apostasía, delitos sexuales como el adulterio y la sodomía, corrupción grave o el comercio ilegal de personas, entre otros casos. Generalmente el punto de vista del Gobierno respecto a aplicar o no la máxima pena a un condenado -si el caso está contemplado dentro de la ley-  encuentra poca oposición local por parte de los políticos y de los medios de comunicación, y mucha aceptación popular, movida por el deleite morboso que también la empuja a leer las crónicas de accidentes y desgracias, o a presenciar las peleas de animales, el boxeo, las películas de desastres o las corridas de toros. El mismo pueblo que tiende a pensar desde su ingenua ignorancia que todo condenado a muerte es malo, a pesar de que conoce innumerables casos de personas libres y hasta honradas socialmente, que merecen más el calificativo.


Los que están a favor de aplicar la pena de muerte se apoyan en argumentos que tienen que ver con la razón de justicia; la utilidad social; el ejercicio de legítima defensa por parte de la sociedad; el poder extinguir al delincuente irredimible y castigar su memoria con la infamia; el temor a la fuga o a la reincidencia; la prevención y disuasión del delito; el conocido fracaso de las cárceles para reeducar al delincuente y volver a insertarlo en la sociedad; y un menor costo procedimental para el Estado. Los que  adversan la aplicación de la pena máxima también mencionan varias razones para apoyar su punto de vista: el derecho inalienable a la vida; la discriminación al condenar (los tribunales seleccionan esta pena por razones de poder estatal o económico, por intereses privados o por motivos raciales); la condena a muerte genera una espiral de violencia en lugar de prevenir el delito; el acusado con pocos recursos generalmente no cuenta con una buena defensa en el juicio; la pena de muerte contribuye a un mundo brutal donde tanto los delincuentes como los defensores de la ley tienen potestad para quitar la vida; si la muerte es debida a un juicio previo, el homicidio oficial es más cruel, premeditado y prolongado que el delito que pretende castigar; el condenado que espera ser ejecutado sufre un dolor psíquico superior al daño físico mortal, pues sabe que ya no cuenta como persona; existe la irreparabilidad del error judicial si se condena a un inocente, y si se le libera sufre daños a veces permanentes a consecuencia del trauma; está también el punto de los elevados costos judiciales y procesales asociados con una condena a muerte. Ambas partes esgrimen otros argumentos a favor de su respectiva posición, según el caso en particular, pero éstos son los que emplean con más frecuencia.



Yo nunca he participado en un juicio con posibilidad de pena capital, así que solo puedo elucubrar acerca de qué me haría favorecer la condena a muerte de otra persona. Estoy claro que, en ningún caso, la apoyaría buscando castigar un crimen contra el Estado ni por defender territorialidad, bienes materiales, ideología o creencia religiosa alguna. Tal vez me empujaría al asesinato el instinto de supervivencia. De poder vengar legalmente el daño grave o el asesinato de un ser querido, considero que el autor del hecho penaría más con una estancia prolongada en una cárcel, que por recibir una inyección letal. 


Definitivamente, aunque jamás he idealizado la existencia humana como un don u oportunidad (y si existe la posibilidad de renacer voluntariamente en este mundo, no me planteo volver a visitarlo), mientras esté aquí de paso defenderé el derecho a la vida de todo ser –humano o no- un derecho que para mí no pierde ni siquiera el asesino de su semejante y del que sólo puede disponer su portador. Adicionalmente, la corrupción y medianía que campean entre los defensores de la justicia (políticos, religiosos, jueces, gobernantes, policías, militares, abogados) me impiden confiarles la tarea de decidir si aplica o no una condena a muerte. Por otra parte, hay crímenes ecológicos que superan en daño social el crimen de uno o más individuos, y otras situaciones como el asesinato en serie que relativiza de alguna manera el aplicar la pena de muerte al homicida de una sola persona, si la base que la legitima es la cantidad y gravedad del daño causado. Según esto, ¿quién puede arrogarse el rol legal de ejecutor o asesino de otro sino un enfermo, sea que lo esté por insania mental, por resentimiento, por aprendizajes fallidos, por historia personal de maltrato y delincuencia, por ideologías religiosas o políticas, por propia conveniencia egoísta, por obediencia ciega y estúpida a la autoridad, por detentar el poder legal de hacerlo o por la razón que sea? Definitivamente, estoy en contra de la pena de muerte, y sería interesante saber qué opinan los lectores y comentaristas del blog sobre este tema.


soyotuel@hotmail.com


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