¿Qué sucederá en el futuro con la independencia
de los jueces?, ¿Cómo se agilizaran los proceso con la incorporación de Cámaras
de Casación, como una nueva instancia en la prosecución de los procesos?, ¿Qué
garantías tenemos los ciudadanos de que estos se abreviaran?
En mi nota anterior “LA ENCRUCIJADA DE LA
REPÚBLICA” creo haber dejado bien en claro bajo que concepto debemos tomar la
distinción de “Democracia”, obviamente lo que hemos visto estos pasados días en
el debate parlamentario con relación a la mentada “Democratización
(Politización) de la Justicia” pone de manifiesto que para el oficialismo el
concepto de República no es el que la Constitución establece, por lo menos en
cuanto a lo que implica la división de Poderes y su interdependencia.
¿Qué sucederá en el futuro con la
independencia de los jueces?, ¿Cómo se agilizaran los proceso con la
incorporación de Cámaras de Casación, como una nueva instancia en la
prosecución de los procesos?, ¿Qué garantías tenemos los ciudadanos de que
estos se abreviaran?
Si nos atenemos a lo que ocurre en la Cámara
de Casación Penal, vemos que los procesos acceden a ella luego de años de
terminados los juicios en las Cámaras Penales, debido a la acumulación de
causas en las mismas. Por lo tanto el establecimiento de estas nuevas
instancias poco tienen que ver con la agilización en la administración de la
justicia y terminan siendo un instrumento del Ejecutivo para dilatar o licuar
las causas que deban ser sometidos a esta nueva instancia jurisdiccional y,
alejar a los litigantes de la determinación de la Corte Suprema de los
litigios. Es casi una derogación de hecho del art 48 que habilita la apelación
de los conflictos a la máxima instancia del Poder Judicial.
No con la creación de nuevos fueros que se
aceleraran los procesos o se mejorara la jurisprudencia, basta solo con la
revisión y modificación de los Códigos Procesales, para evitar el chicaneo
jurídico que hoy dilata procesos y, por supuesto modernizando la información
sobre los litigios, debiendo recordar aquí que, para el año en curso el Poder
Ejecutivo efectuó un fuerte corte presupuestario a la Corte Suprema,
casualmente en los ítems que se referían a estos tópicos de inversión en
informática y digitalización de los procesos.
Si sumamos a esto las restricciones o
prácticamente a la eliminación de las medidas cautelares, también tuteladas en
la Constitución Nacional y los pactos internacionales que fueron incorporados a
ella en la reforma de 1994, estamos colocando en estado de indefensión a los
litigantes y generando un poder sobre el Estado que implica lisa y llanamente
la perdida de igualdad ante la ley que, también consagra la Constitución
Nacional.
Esto ocurre casualmente cuando se interpreta
que el número de votos obtenidos en las elecciones, habilitan cualquier
dislate, incluso modificar por ley cualquier norma aunque la misma tenga su
correlato en la constitución.
Ni que decir en el cambio de las mayorías en
el Consejo de la Magistratura para la elección y remoción de los jueces y la
ridícula pretensión de que sus integrantes estén conformados por individuos
elegidos por el pueblo, estos es llevar la interpretación de democracia hasta
un extremo que excede los preceptos Constitucionales.
La República
en nuestro país, está en terapia intensiva, si esta legislación
prospera, sea en el Congreso o, no es declarada inconstitucional en los
Tribunales, habremos desconectados los pocos elementos que la mantienen con
vida y, deberemos olvidarnos de la Seguridad Jurídica, la igualdad ante la ley
y se habrán perdido los derechos más elementales de una sociedad civilizada y
habremos retrocedido a periodos pre civilizados del mundo cuando, en el mundo
la tendencia es la protección de las libertades individuales solo denegada por
los terrorismos hoy vigentes en el mundo, al que nos habremos incorporado, con
pompas y circunstancias.
La sociedad debe salir de su apatía y ya que
nuestros representantes no pueden o no quieren parar esta demolición
republicana, en defensa de los derechos deberá ser ella –la sociedad- la que se
ponga al frente de la defensa de esos intereses que están plasmados en la
Constitución Nacional y que son, para cualquier espacio político, la plataforma
política de su oferta de gobierno.
El acuerdo es indispensable, si la
Constitución es el límite verdadero y Constitución es República los partidos no pueden o deben exigir limites
en su capacidad de acuerdo, que no requiere de mucha imaginación para su
construcción, donde la honestidad y austeridad publica deben ser entre los
valores Constitucionales los únicos limites a ser considerados.
Fuente:
http://egm-consultores.blogspot.com.ar
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