Después de décadas de
guerras e inestabilidad y de las dificultades para estructurar un sistema
internacional más justo, capaz de enfrentar los retos que se planteaban a la
humanidad, se decide la creación de las Naciones Unidas con la adopción, el 24
de octubre de 1945, de la Carta de la Organización, una suerte de Constitución
mundial que regirá desde entonces, aunque no sin dificultades, las relaciones
internacionales.
La sociedad
internacional es hoy otra y algunos parecen todavía no entenderlo. En el
escenario internacional actúan hoy los Estados, la mayoría surgidos de un
proceso de descolonización promovido por las Naciones Unidas después de 1945,
jurídicamente iguales, aunque económica, social y políticamente diversos. Pero
también actúan en este ámbito otras entidades, como las organizaciones
internacionales, el Individuo y la sociedad civil organizada, cada vez más
influyente en un mundo en constante transformación.
Mucho se ha hecho
desde 1945 hasta nuestros días. Avances quizás imperceptibles, objeto de
críticas muchas veces no justificadas y en medio de ello, de ese progreso que
hace surgir nuevas formas de relación, las Naciones Unidas y el sistema
internacional creado entonces.
En 1945 -y ese es uno de los grandes logros de
nuestros tiempos- se proscribe formal y definitivamente el recurso a la fuerza
para resolver las controversias internacionales, se confirman normas y se
establecen principios fundamentales que van a regular las relaciones entre los
Estados con el fin primordial de mantener la paz, promover el pleno respeto de
los derechos humanos y de las libertades fundamentales y acordar mecanismos
para el desarrollo social y económico de los países.
Las Naciones Unidas y
el sistema en general han sido eficientes aunque quizás no eficaz en todos los
casos y en la forma que todos desearíamos. Su eficacia depende, más que de su
eficiencia, de la voluntad política de los Estados que la integran, algunos de
los cuales, lamentablemente, convertidos en objetores permanentes que
obstaculizan los avances del sistema, desconociendo que los intereses
individuales muchas veces perversos, tienen que ser superados por los
colectivos, por aquellos que reflejan los intereses de la comunidad
internacional en su conjunto.
A setenta años de la
creación de la ONU el balance es sin duda positivo. No podría llegarse a una
conclusión distinta. Es cierto que la Organización no ha podido superar todos
los retos. Los avances son sin embargo evidentes en cuanto a la paz y a la
seguridad internacionales, la protección y la promoción de los derechos humanos
y la defensa del medio ambiente.
Es cierto que algunas
crisis y situaciones de conflicto persisten y que incluso se han agravado, pero
también es cierto que sin la presencia y la acción oportuna de las Naciones
Unidas, los conflictos internos e internacionales se habrían desbordado y
hubieran resultado quizás incontrolables con las graves consecuencias que de
ello se deriva.
En materia de
derechos humanos, 1945 marca una nueva etapa en la codificación y la formación
del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Normas y principios
fundamentales, reconocidos por la comunidad internacional, moldean hoy de
alguna manera la conducta de los Estados en favor del respeto de la vida y de
la integridad física de las personas y de su dignidad.
Es cierto que todavía
estamos en un mundo caracterizado por la desigualdad y la pobreza, pero la
comunidad internacional organizada, es decir, las Naciones Unidas y las
instituciones especializadas, insisten
en impulsar políticas y medidas para aliviarlas y superarlas.
No es fácil. Un
aparato burocrático inmenso que depende de los acuerdos y los consensos de los
Estados Miembros. La eficacia de la Organización dependerá de la voluntad
política de los Estados que en definitiva dirigen sus acciones.
No estamos ante un
sistema supranacional. Las recomendaciones de los órganos de las Naciones
Unidas, con algunas excepciones, entre las cuales las de orden administrativo y
funcional, las decisiones adoptadas por el Consejo de Seguridad (Capítulo VII
de la Carta) y las decisiones de los tribunales internacionales, no son
vinculantes jurídicamente. Sin embargo, los Estados deben acatar de buena fe las recomendaciones de los órganos
internacionales y no argumentar, para eludir sus responsabilidades
internacionales, el “respeto de la soberanía”, la “injerencia en los asuntos
internos” y la “independencia”.
El tránsito hacia una
verdadera comunidad de intereses exige una interpretación más flexible del
concepto “soberanía”. Ese es uno de los mayores retos de la sociedad
internacional para garantizar la eficacia de las Naciones Unidas y del sistema
internacional en general, ante la necesidad de consolidar una estructura
internacional que asegure el progreso económico y social justo y equitativo de
todos los países, la paz y al seguridad, el ejercicio pleno de los derechos
humanos y de las libertades fundamentales incluido el derecho a vivir en
democracia, un derecho humano colectivo hoy consolidado y aceptado por todos
como tal.
Victor Rodriguez Cedeño
vitoco98@hotmail.com
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