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lunes, 16 de junio de 2014

LUIS MANUEL AGUANA, ¿QUIÉN PONE LAS REGLAS?

Las argumentaciones de los distintos actores políticos opositores en contra de la posibilidad de convocar una Constituyente van desde las obvias, “Capriles: los problemas no se solucionan con una Constituyente”, pasando por las reservadas, “MUD-Barboza: la MUD tiene reservas con la propuesta de ANC”, y las pesimistas “Falcón: Yo creo que el camino no es una Asamblea Nacional Constituyente, sería un error”, llegando hasta las técnicas y fundamentadas “Petit Da Costa: Una Constituyente ahora es un suicidio”. Todo esto sin contar con las amenazantes del régimen.

Sin descartar ningún argumento, aquellos que sustentamos la propuesta constituyente debemos explicarla a detalladamente, desmenuzando el porqué una modificación de la Carta Magna estableciendo una nueva distribución del poder político, puede cambiar el paradigma de desarrollo del país. Esto es lo que hemos venido explicando poco a poco desde hace varios meses-ya años-, y que estamos vaciando en nuestro nuevo blog Proyecto País Venezuela Reconciliada Vía Constituyente (http://proyectopaisviaconstituyente.blogspot.com/) el cual recomiendo que visiten.

Sin embargo, las críticas más importantes se concentran en el ámbito de lo operacional. Aunque creo firmemente que esa no es la discusión que tenemos que dar, debemos enfrentar las principales preguntas y descalificaciones que giran alrededor del cómo vamos a llegar a esa ANC con un Poder Electoral parcializado y corrompido sobre el cual pesa una desconfianza bien ganada, luego de los últimos procesos electorales. Y tienen razón, no se puede realizar una ANC sin tomar en cuenta ese problema. Entonces mi explicación debe centrarse en como si se puede, tratando de llegar de la manera más simple y pedagógica posible a la gran mayoría que tiene ese temor bien fundado.

La mayoría de las personas que leen estas líneas posiblemente hayan vivido o vivan en un condominio. Esto es, muchas viviendas-apartamentos-, que comparten un mismo conjunto físico llamado Edificio. Cuando usted compra un apartamento firma un contrato llamado Documento de Condominio, que son las reglas que rigen para todos los que habitan el edificio. Este documento indica cuanto le corresponde pagar a usted como alícuota para el mantenimiento de las llamadas Áreas Comunes que son de todos los propietarios, y como se administrará ese dinero de todos los apartamentos, estableciendo si se asume o se subroga a un tercero-Administrador-, para que lo haga.

Los propietarios eligen entre ellos una Junta de Condominio, que se renueva cada cierto tiempo, que decide los asuntos de importancia por todos ellos. Esta Junta de Condominio compuesta por propietarios decide, por ejemplo, contratar a un empleado, el Conserje, para que mantenga las áreas comunes, asignándole una remuneración por ese trabajo y permanezca en constante comunicación con la Junta a los efectos de la buena marcha de los asuntos del edificio.

Ahora bien, les pediré un ejercicio de imaginación. Imaginen que ese Documento de Condominio es la Constitución. Es el documento que tienen los Propietarios de los apartamentos para llevar en orden los asuntos en el edificio. Define las reglas de los dueños del edificio, porque ese documento solo puede ser firmado por los propietarios, por nadie más. Los dueños del país somos los venezolanos y su titularidad está definida en el Artículo 347 constitucional que reza así: "El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución".

En otras palabras, los dueños del edificio, esto es sus propietarios, definen las reglas y en ejercicio de ese poder constituyente pueden cambiarlas, así como, en su condición de propietarios, podrán contratar y despedir al Conserje, léase a los poderes Constituidos que administran al Estado, al Presidente y sus Ministros , al CNE, al TSJ, etc…

Llega un momento en que propietarios deciden hacer un cambio en las reglas o la transformación de la propiedad- el edificio-, y para ello deciden nombrar a una nueva Junta de Condominio. Mi pregunta a quienes leen estas líneas: ¿Quién pone las reglas para elegir esa nueva Junta de Condominio? ¿El Conserje o los Propietarios? La respuesta que es obvia para un edificio, al parecer no lo es tanto para un país entero.

A la convocatoria de una ANC resulta obvio que los depositarios del poder constituyente-léase propietarios-, deben definir las reglas de cómo debe ser elegida esa nueva Junta de Condominio. Esto es lo que llamamos las Bases Comiciales. Esas Bases definirán como deben ser electos aquellos propietarios que tendrán la responsabilidad de administrar la transformación de lo que es de todos.

Este fue el principio sobre el cual la famosa sentencia de la antigua Corte Suprema de Justicia (CSJ) le permitió a Hugo Chávez pasarle por encima a la Constitución de 1961 y convocar a una Asamblea Constituyente en 1999: El Poder Constituyente Originario ESTA POR ENCIMA de los Poderes Constituidos. Este es el verdadero principio y poder del Articulo 347 de la Constitución, y que puede ser aplicado aun cuando no se sigan las pautas que reglan la misma Constitución, como ocurrió con la que teníamos hasta 1999.

Por eso cuando veo los argumentos que se esgrimen de que si el CNE o el TSJ harán esto o aquello con nuestra voluntad soberana de cambiar la Constitución y los Poderes Constituidos, es como si alguien me dijera que en mi edificio el Conserje decide las reglas de cómo se elige la Junta de Condominio. Ignoran, deliberadamente o no, lo que pasó en 1999 de una manera aterradora, siguiendo una visión lineal e ingenua del problema olvidando que Chávez nos aplico esa misma medicina exitosamente en el pasado.

Se establecerían unas Bases Comiciales donde los propietarios ordenan la manera en cómo se realizará el proceso al Poder Constituido (CNE), como por ejemplo, escrutinios manuales de todos los sufragios constituyentes en estricto apego y respeto a la Representación Proporcional de las Minorías, con la especificación técnica de cuantos Constituyentes serán electos y en que regiones del país y las normas de funcionamiento de esa Asamblea, así como toda normativa que nos garantice la transparencia de ese proceso. En otras palabras Elecciones Auténticas de esos Constituyentes.

Esas Bases deben acompañarse con al menos el 15% de las firmas del Registro Electoral, como lo indica el Artículo 348, estableciendo así la pauta de los dueños o depositarios del Poder Constituyente Originario acerca de cómo debe procederse con su propiedad, poniendo las cosas en su debida perspectiva. De hecho esas Bases Comiciales tienen que acompañar la planilla de recolección de firmas para que los propietarios conozcan que poder están dando y sus términos respectivos.

Algunos me dirán que el Conserje-el Ilegítimo-, también puede convocar a una Constituyente. Y yo les digo ¡que lo haga! Podrá convocarla como establece el Artículo 348, pero sigue siendo el Conserje. Y los propietarios seguimos siendo nosotros y como tales definimos las Bases Comiciales del proceso. Ni Chávez se pudo escapar de eso al tener que convocar a un Referéndum Consultivo para que aprobáramos sus reglas tramposas que lo llevaron a tener 125 constituyentes de 131, con solo el 52% de los votos.

Cualquier Base debe ser aprobada por los dueños y debe abrirse una discusión nacional e internacional alrededor de eso, incluyendo la metodología del conteo de los sufragios de ese Consultivo.

El régimen a lo único que le teme es al Poder Constituyente y más aun a que nos organicemos para ponerlo en funcionamiento. Ni los militares con todos sus cubanos juntos tienen metralla para eso.

Saben que esa sería la manera de salir de ellos en paz, reencontrándonos como venezolanos. También saben que no tienen los votos si se cuentan de manera transparente. Chávez lo demostró muchas veces al punto que quiso cambiar el Articulo 348 elevando al 30% la convocatoria de una ANC en su proyecto de reforma del 2007. Entonces, mal podríamos nosotros temerle ahora a la democracia si entendemos quien es el Propietario y quien es el Conserje en este edificio llamado Venezuela, poniendo las reglas y ejerciendo nuestro Poder Constituyente como ciudadanos.

Luis Manuel Aguana
Email: luismanuel.aguana@gmail.com
Twitter:@laguana

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