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martes, 30 de octubre de 2012

GISELA KOZAK ROVERO, HENRIQUE CON H,

De aquí en adelante la política en su sentido más trascendente de práctica para transformar el mundo que implica ideas y reflexión se impone como natural consecuencia de la espectacular campaña política del Henrique Capriles Radonski, capaz en tres meses de alinear casi seis millones y medio de votos a pesar del gigantesco ventajismo electoral, económico y político del gobierno. La dimensión épica de este ejercicio es visible no solo en los resultados electorales sino en el hecho de colocar en los ojos de la oposición y del gobierno el mapa de una Venezuela unificada por una sola voluntad de superación del desastre que nos aqueja.

Hasta en el último pueblo del país caló el mensaje. No ganamos, pero somos un movimiento nacional que se afilió a la posibilidad de una mejor gestión pública, fundada en el respeto a las leyes y el juego limpio que puso en el tapete la importancia de la educación y el empleo frente al enorme aparato asistencial, burocrático y clientelar del Estado.

De aquí en adelante la política deberá tener no solo carácter electoral sino vincularse a las discusiones internacionales políticas, sociales, económicas con el fin de hacer un trabajo de base que tome en consideración que la pobreza (sectores D y E) no es homogénea, pues en estos sectores, como en los demás, existe una extraordinaria diversidad susceptible de acciones en torno a temas claves para la superación de la exclusión, desde la equidad y la violencia de género hasta la formación para el trabajo, la diversidad religiosa, regional, cultural y sexual y las aspiraciones de una vida mejor.

Henrique Capriles ha demostrado arrojo y valentía al acercarse a la gente, además de coraje y gran sagacidad política al reconocer su derrota y seguir adelante. Preguntas: ¿Es un líder carismático o uno civil y popular que renovaría un progresismo que se debate entre la socialdemocracia aguada española o el coqueteo con los populismos militaristas? ¿Será capaz de aguantar este fracaso y el riesgo de uno en Miranda y salir fortalecido como ha ocurrido con tantos políticos? ¿Su campaña centrada en problemas básicos fue, de cara a la derrota, una fortaleza u ocultaba la incapacidad de vincularse con discusiones internacionales y colocarlas en lo cotidiano? ¿Su virtud es el trabajo en equipo? ¿Hereda el desprecio del pasado y el antiintelectualismo que ha arruinado la vida civil venezolana con el síndrome de "inventar el agua tibia"? ¿Tiene un discurso propio o está alineado con la dinámica del petro-Estado asistencial que Chávez ha llevado a su exacerbación absoluta? ¿Su religiosidad implica conservadurismo frente a temas difíciles o es un asunto privado? ¿Qué cambió en Henrique Capriles de cara a la experiencia que acaba de vivir? ¿Representó HCR para nosotros un sentido de lo nacional como impulso para grandes cambios colectivos y no como chovinismo o desprecio al otro? Por ahora Henrique se escribe con "H" de hombre y de héroe.

gisela.kozak@gmail.com

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OLGA RAMOS, LA RESOLUCION 058 Y EL DERECHO A LA EDUCACION

El pasado 16 de octubre de 2012 se publicó en la Gaceta Oficial número 40.029, mediante decreto ministerial, la resolución 058. Esta crea y regula la organización de las comunidades educativas a través de la figura de los Consejos Educativos y, por tanto, deroga la resolución 751 vigente desde 1986.
Ausencia de un proceso de consulta público y formal
Antes de entrar a precisar algunos elementos de esta resolución y su relación con el derecho a la educación, es importante resaltar que, desde el inicio de este gobierno, se han adelantado varios esfuerzos de modificación de la resolución 751 desde la Dirección Nacional de Comunidades Educativas del MPP para la Educación. Estos esfuerzos fueron, en su mayoría, acompañados de procesos de discusión pública de la propuesta elaborada por el ministerio. En algunos casos la discusión fue producto del conocimiento, por los caminos verdes, de la propuesta que se elaboraba en el ministerio y en otros casos, de la disposición del propio ministerio a debatir en diversos escenarios, el contenido de la misma. Si bien, en uno de los momentos, la Coordinadora Nacional de Comunidades Educativas del MPP para la Educación, en aquel momento, la profesora Xiomara Lucena, recorrió el país participando en foros de discusión y reuniones de trabajo con diversos actores escolares, hasta el momento, no se ha convocado un proceso formal de consulta pública sobre el contenido de esta resolución.
De hecho, dado que se trata de una resolución que dice en su presentación que tiene como propósito la democratización de la gestión educativa, lo lógico es que su elaboración sea producto de un proceso realmente democrático y participativo. Pero más allá del propósito expresado en la presentación de dicha resolución, la naturaleza del cambio que se pretende dar en las escuelas, es de tal magnitud que amerita una consulta pública nacional. En este marco, se considera que un proceso formal de consulta pública, por la naturaleza de la norma que se discute, debe incluir:
La presentación pública y la difusión abierta y masiva del contenido de la propuesta. Esto implica hacer llegar, al menos, a las más de 26.000 escuelas del país, una copia del texto que se somete a consulta.
La creación de una comisión encargada de la consulta. Dada la complejidad del tema y la diversidad de actores participantes en la dinámica de las comunidades educativas, se espera que esta comisión esté conformada por personas de todos los sectores y que mantenga el principio de pluralismo político consagrado en la Constitución Nacional.
El establecimiento de un cronograma de consulta que indique el tiempo para conocer la propuesta; el tiempo para debatirla en el seno de las organizaciones vinculadas al sector educativo; el tiempo para recoger, sistematizar y presentar al país el resultado de la consulta; el tiempo para incorporar las modificaciones producto de la consulta realizada y el momento en el que se espera la promulgación de la resolución definitiva.
El establecimiento de un mecanismo para analizar los aportes y opiniones de los actores vinculados al sector que permita identificar puntos de acuerdo, y divergencia y que permita que las divergencias puedan ser llevadas al debate público para lograr el mayor consenso posible en la redacción final de la resolución.
Las organizaciones vinculadas al sector educativo son: las comunidades educativas de las escuelas, incluyendo sus organizaciones de padres y estudiantes y los consejos de docentes, más las asambleas generales de la comunidad educativa, en el caso que las escuelas lo consideren oportuno; las organizaciones gremiales, tanto las que agrupan a los padres, como las que agrupan a los docentes, trabajadores administrativos y obreros que hacen vida en las organizaciones educativas; las organizaciones gremiales que agrupan a los dueños de planteles educativos; las escuelas de educación de las diversas universidades del país; las organizaciones no gubernamentales, de los ámbitos nacional, regional y local, cuyo propósito central esté relacionado con la educación, las políticas educativas y el funcionamiento de las escuelas; la sub comisión de educación de la Asamblea Nacional; y las Secretarías y Direcciones de Educación de las Alcaldías y Municipios de todo el país.
El propósito: Democratizar la gestión escolar
Democratizar la gestión implica garantizar la participación de las personas que hacen vida en las comunidades educativas en la toma de decisiones que determina la gestión de la escuela. Sin embargo, esta participación puede establecerse mediante varios mecanismos, pero su diseño debe estar precedido por la definición del propósito y el alcance de dicha participación.
Participar para garantizar el derecho a la educación
Cuando se trata del derecho a la educación, es importante tener como premisa que, en términos de derechos humanos, hay tres tipos de titularidad: titularidad de derecho, titularidad de responsabilidades y titularidad de obligaciones.(*)
Titulares de derecho: En el derecho a la educación, las personas, niños, jóvenes y adultos, son, en general, titulares del derecho, esto implica que lo ejercen y demandan su garantía, protección y respeto. (*)
Titulares de responsabilidades: las personas -en tanto miembros de la sociedad- las familias y las organizaciones comunitarias y sociales, en general, son titulares de responsabilidades, lo que implica, en primera instancia, respetar los derechos de los otros ciudadanos y también, velar por la garantía del derecho, exigir su cumplimiento, exigir justicia en caso de violación o de incumplimiento y exigir rendición de cuentas y ajustes de las políticas y presupuestos destinados a la realización del derecho. En este marco, las comunidades y las organizaciones adquieren la responsabilidad de no permitir el trabajo infantil, de promover el empoderamiento de las personas, de asegurar que haya acceso al sistema para todos los niños y jóvenes en edad de cursar la educación obligatoria y de promover y motivar el ejercicio del derecho; y por su parte, las familias, especialmente los padres, tienen la libertad para escoger el tipo de educación para sus hijos, la responsabilidad de incorporar a los niños y jóvenes en la educación obligatoria, de no discriminar por ningún motivo a sus miembros en términos del ejercicio de este derecho, de permitir tiempo para el estudio, así como, de motivar y apoyar a los niños y jóvenes para que ejerzan su derecho. (*)
Titulares de obligaciones: las organizaciones del Estado, en todos sus ámbitos y niveles, son titulares de las obligaciones que permiten el ejercicio y la realización del derecho. Estas obligaciones incluyen la generación de condiciones materiales y legales, la protección y el respeto del derecho. En el cumplimiento de sus obligaciones, el Estado debe asumir como criterios la igualdad de todos los ciudadanos como titulares del derecho que implica la no discriminación de ningún tipo, pero a la vez, el desarrollo de tratos preferentes para los grupos vulnerables y para los que no pueden ejercer el derecho por sí mismos. En el caso de que no exista la realización plena de un derecho, el Estado está en la obligación de demostrar que está utilizando, para su garantía, todos los recursos disponibles y solicitando asistencia internacional, en caso de ser necesario. (*)
Partiendo de esta estructura de titularidad sobre el derecho a la educación, si se considera a la escuela como la unidad más desagregada del Estado, en términos de la estructura del sistema educativo, es a través de ésta que se concreta la responsabilidad del Estado de garantizar el derecho a la educación.
Si las escuelas son de dependencia oficial, es decir, su administración depende una instancia gubernamental, sea esta nacional, estadal o municipal, los trabajadores de la escuela, directivos, docentes, administrativos y obreros, son el brazo ejecutor, los representantes del Estado a través de los que éste ejerce su deber de garantizar el derecho a la educación. Más allá de la escuela como instancia más desagregada del Estado y brazo ejecutor de la política educativa, el Estado tiene como deber garantizar las condiciones que permitan el funcionamiento óptimo de las escuelas bajo su dependencia y que garanticen la calidad de la educación en las escuelas que no lo están.
Por su parte, los padres y representantes actúan como corresponsables del proceso educativo, en primer lugar en el cumplimiento de los deberes establecidos en la Constitución que, de acuerdo a su artículo 76 (**) son responsables de formar y educar a niños y jóvenes, lo que comienza con la responsabilidad directa en la formación que se desarrolla en el seno de la familia, más allá de la escuela, y continúa con su corresponsabilidad en lo que sucede en el ámbito escolar lo que, como titulares de responsabilidades, se traduce en acompañar y promover la motivación para el aprovechamiento del proceso educativo que se desarrolla escuela, por parte de los niños y jóvenes, en la medida de las posibilidades de las familias derivadas de sus competencias y habilidades; y en la exigencia al Estado de las condiciones y calidad de la educación que es desarrollada en la escuela.
También hay otros actores de la vida nacional, con expresión nacional, regional y local que, por su rol de titulares de responsabilidad, tienen corresponsabilidad en la educación, tal como está establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica de Educación, aunque no necesariamente su acción se exprese dentro del ámbito escolar. Sin embargo, y en términos generales, los ciudadanos, tienen el deber de exigir el cumplimiento del derecho a la educación tal como está establecido en las convenciones internacionales suscritas por el país.
Y finalmente, las personas de todas las edades, como estudiantes, son titulares del derecho y por tanto, en la escuela tienen el deber de ejercerlo y la de demandar su garantía, protección y respeto.
Bajo esta estructura de titularidades, es que debe entenderse la participación en la gestión escolar de los diversos actores que hacen vida en las comunidades educativas.
Por otra parte, si se trata de escuelas de dependencia privada, la responsabilidad del Estado está en garantizar, a través de los mecanismos propios de la supervisión educativa, que los procesos educativos se desarrollen con la calidad y pertinencia que garanticen el debido ejercicio del derecho a la educación de los niños y jóvenes cuyas familias optan por esa opción educativa.
En este marco, es decir, en términos de la educación como derecho humano, democratizar la participación de los actores de las comunidades educativas en las escuelas, pasa por establecer espacios de comunicación y participación en la toma de decisiones que les competa, pero no, necesariamente de convertirlos en responsables y co-ejecutores de la gestión, porque, al convertirlos en responsables y co-ejecutores de la gestión en las escuelas, cambia la calidad de su titularidad con respecto al derecho a la educación y por tanto, deberían cambiar las condiciones de gestión para que pudieran, en efecto, cumplir con las responsabilidades que de ella se derivan. Pero también, y en consecuencia, debería cambiar la relación del Estado con la gestión de las escuelas.
De hecho, si lo que se entiende por democratizar la gestión es que las familias y los actores comunitarios formen parte de la gestión, la figura que se debe utilizar es la conversión de las escuelas oficiales en comunitarias, es decir, la transferencia de las escuelas a las comunidades. Pero esto implica no sólo dar espacio para que participen en algunas decisiones, sino transferir competencias, personal y recursos, para que las escuelas se auto administren. Esta es una figura muy diferente a la que se plantea en la resolución 058 y en su esencia implica la privatización de la gestión de las escuelas.
Si no se acompaña la asignación de responsabilidades con una transferencia de recursos y competencias para tomar decisiones, es imposible para las comunidades educativas, organizadas como Consejos Educativos, tal como lo establece la resolución 058, o no, cumplir con el desarrollo de una educación de calidad, tal como establece la Constitución y lo dictan los tratados internacionales sobre derechos humanos en los que se desarrolla el derecho a la educación.
La asignación de responsabilidades propias de la naturaleza del Estado como titular de las obligaciones que permiten el ejercicio y la realización del derecho a la educación, se aprecian a lo largo de todo el texto de la resolución 058 en las funciones que establece tanto al Consejo Educativo en general, como a los diversos comités que lo conforman.
Si dichos comités y el propio Consejo Educativo, estuviera conformados fundamentalmente por los empleados del Estado, es decir, directivos, docentes, trabajadores administrativos y obreros, esta resolución sólo tendría unos problemas de forma que hacen engorrosa su instrumentación y el ministerio tendría que revisar los tiempos de contratación y dedicación de dichos empleados, porque obviamente no serían suficientes para desarrollar todas las actividades allí contempladas y además, cumplir con las funciones que son propias de sus cargos.
Pero como dichos comités están constituidos por los empleados del Estado, más los otros actores que hacen vida en la escuela, incluyendo a las organizaciones de la comunidad que se relacionan con ella, el resultado de la aplicación de la resolución 058 será  la cesión por parte del Estado, de la responsabilidad que le corresponde como garante del derecho a la educación, pero, como se dijo anteriormente, sin la transferencia de competencias, personal y recursos necesaria para que cada escuela organice su gestión y pueda desarrollar una verdadera educación de calidad. Así, cualquier ciudadano, como titular de responsabilidades, puede exigir a la escuela que cumpla con una educación de calidad desarrollada con ciertas condiciones y características, sin que la escuela pueda dar cumplimiento a ello por no tener, por ejemplo, la personalidad jurídica para ejecutar presupuesto, o para contratar personal, o los recursos para comprar materiales de laboratorio o equipos de computación o pagar la luz, a las madres procesadoras, y un largo etcétera.
Más allá de la esencia, los detalles imposibilitan su instrumentación
Antes de señalar algunos ejemplos que nos permitan ilustrar los detalles que imposibilitan la instrumentación inmediata de esta resolución, es interesante resaltar que, hasta ahora, la misma ha sido presentada como un mecanismo para transformar la democracia representativa en las escuelas en democracia participativa y directa. Sin embargo, los comités está  conformados por personas electas con un período de ejercicio de un año y sujetas a remoción por referendo revocatorio. Esta fórmula, permita seleccionar a voceros o a “representantes”, es una fórmula de ejercicio de democracia representativa con un componente de democracia asamblearia, que se expresa en la forma en la que se pueden funcionar los comités y en la presencia de la Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos como la instancia máxima de toma de decisiones para la gestión escolar.
Dicho esto, retomemos los problemas de instrumentación de la resolución 058. Como se dijo anteriormente, los problemas de esta resolución no se restringen a los cambios esenciales en términos de responsabilidades y obligaciones con respecto al derecho a la educación. Esta resolución tiene una redacción bastante confusa que no permite a las escuelas su aplicación directa e inmediata. De hecho, si como país creyéramos que el mejor modelo para administrar el sistema educativo y para garantizar el derecho a la educación, fuese la cesión de responsabilidades a las comunidades condicionada a la ausencia de competencias y discreción del gobierno en la dotación de recursos a las escuelas, – que es el modelo que se expresa en la resolución 058- su instrumentación requeriría una reformulación de su texto en muchos aspectos que resultan confusos, en otros en los que existen vacíos y en otros en los que se plantean contradicciones.
A modo de ilustración, entre los comités que conforman el Consejo Educativo, hay uno de Contraloría Social. Por la naturaleza de las funciones asociadas a la contraloría social, ésta se desarrolla desde fuera de las instancias y tiene como propósito el control de la gestión. Sin embargo, en la resolución 058 se plantea como parte de la gestión de la escuela, lo cual contradice su espíritu y la hace, en efecto inválida o inaplicable.
Otro ejemplo está en el comité de Infraestructura y Hábitat Escolar, al que se le asigna la responsabilidad de “impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean construidas respondan a las normas de accesibilidad y a los criterios de calidad establecidos para la construcción de la planta física escolar”, organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y preservación de la planta física, materiales equipos, etc y jornadas para la seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar. Estas que son funciones propias de las diversas instancias del Estado, como el propio ministerio, FEDE y las policías, pasan a ser responsabilidad de las escuelas sin que ello esté acompañado de transferencia de recursos para realizar las jornadas de mantenimiento, transferencia de capacidades técnicas para poder garantizar que las construcciones respondan a normas y criterios de calidad establecidos o de competencias y recursos, así como la creación de personalidad jurídica que actualmente las escuelas oficiales no tienen, que permita la contratación de vigilantes que garanticen la seguridad de los bienes e instalaciones de las escuelas las 24 horas los 7 días de la semana.
Finalmente, cabe citar una serie de problemas que se derivan del texto de la resolución y que dificultan su instrumentación y están asociados a la naturaleza de una escuela como organización educativa. Hay funciones técnicas en la escuela que requieren que las personas que las ejerzan tengan preparación específica para ello. La supervisión, como acompañamiento y control de la calidad del proceso de enseñanza, debe desarrollarse por profesionales formados y calificados para ello. Esta función en la escuela la realizan naturalmente los directivos, pero en la resolución 058 se extiende su realización a todos los actores de la comunidad educativa a través del Comité Académico. En este caso, hay una obvia confusión de roles, porque si bien cualquier miembro de la comunidad, que participa en el proceso de enseñanza puede tener alguna opinión que expresar sobre como se desarrolla, las opiniones tienen naturaleza diferente y deben ser consideradas de forma distinta. De hecho, un padre o un estudiante, puede expresar abiertamente que el método utilizado por un maestro no está dando resultados en el proceso de aprendizaje, o que se aleja del interés y la pertinencia de la formación que se persigue en la escuela. Estos son parámetros relacionados con la calidad de la educación que se desarrolla en la escuela. Pero sólo otro docente o un directivo en su función supervisora, puede hacerle observaciones técnicas al docente sobre el desarrollo de una estrategia con sus estudiantes. Son acciones de naturaleza diferente y complementaria. En este caso, democratizar la gestión no puede entenderse por promover que todos intervengan de igual manera, porque hay actividades que son propias a unos roles y no a otros, pero todas son necesarias en la escuela.
Del mismo modo, la organización de una escuela responde a unos criterios de funcionamiento que pueden ser compatibles con una gestión participativa y horizontal, en la que el liderazgo lo ejerce un colectivo con competencias para ello. Pero es muy diferente a plantear un esquema en el que se diluye la dirección de la escuela, su liderazgo y la coordinación de la gestión en el colectivo. Un tipo de estructura refiere a una gestión colegiada y la otra a una gestión asamblearia. Los niveles de participación, los mecanismos, los tiempos y la calificación requerida para la toma de decisiones en una organización que funcione con un régimen asambleario, como la planteada en la resolución 058, hacen inoperante la gestión y ponen en riesgo la gobernanza de la escuela.
Lo sano es postergar su aplicación y hacer una consulta pública nacional
Dado los problemas que existen en la resolución 058 que se derivan de la cesión por parte del Estado, de su responsabilidad de garantizar el derecho a la educación y de lo engorroso que resulta su instrumentación inmediata en las escuelas, por una parte, y por la otra que el texto actual es muy diferente al presentado por el ministerio en oportunidades anteriores y a pesar de que en su disposición transitoria segunda se establezca que la resolución está en proceso de revisión, evaluación y modificación en el período de un año, lo sano es postergar la aplicación y hacer un proceso de consulta pública formal con las características que se señalan al inicio de este texto.
Si estás de acuerdo con hacer esa solicitud formalmente al MPP para la Educación, firma esta solicitud en línea. También puedes hacer comentarios en la página de la solicitud, o hacernos llegar tus inquietudes sobre la resolución y tus propuestas al correo oevenezuela@gmail.com
(*) Ramos, O.; Más allá de la escuela… la sociedad educadora. Capítulo VIII. Educación y derechos humanos; en Ugalde, L., et al; Educación Para Transformar el País. Universidad Católica Andrés Bello. Caracas. 2012
(**) El artículo 76 de la Constitución establece que “el padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos e hijas”
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MARIA WALTER, FRAUDE EN LAS ELECCIONES DE VENEZUELA,

Antes de mis líneas que inician,  te invito amig@ a leer este interesante escrito de Rosa Linda Valenzona ex-profesora de economía en la Universidad de Filipinas, y  presidente de la Coalición Nacional para la Familia y la Vida, a propósito de la elecciones presidenciales en Filipinas 2010 donde participo SMARMATIC,   he llevado a negrillas lo que he considerado prudente resaltar en tanto a analogía con respecto a los procesos electorales de venezolanos.


FRAUDE EN LAS ELECCIONES DE FILIPINAS??

Cuando el gobierno de Filipinas decidió abrazar la votación computarizada para las elecciones  presidenciales de 2010, el Congreso local y la comunidad internacional miraba con gran interés el proceso, asi el  10 de mayo marcará un punto de inflexión en la democracia asiática,   lucharemos  y produciremos, por una vez, los resultados indiscutibles?

Se pensaba que un gobierno autoritario y estable es lo esencial en  la lucha de nuestro país para atraer la inversión extranjera, el desarrollo económico y por ende,  sacar un gran número de ciudadanos de la pobreza, cómo lograrlo??

Por eso se pensó en realizar la  revolución electrónica, se pensó en la necesidad de dar este paso  gigante!   Para una población de 50 millones de electores repartidos en 7.100 islas en las que la comunicación por radio es a menudo poco fiable siendo como lo era, un proceso manual, nos obligaba a ir siempre  a la gran pregunta, cómo resolver esta realidad??  La evaluación de riesgos realizada por Estrategias y Evaluación del Pacífico a fines del año 2010 advirtió que "no hay constancia oficial de cualquier país del mundo  sobre la transición de un un sistema manual puro a un sistema completamente  automatizado de elecciones en un ejercicio electoral".

Eso nos ponía en apuros,  porque nuestro organo electoral abogaba por el cambio del sistema, hablando de las bondaes de un cambio a la automatización, sin embargo, muy por el contrario las noticias que nos llegaban era que,  el voto electrónico ha estado plagado de problemas, incluso en los países más desarrollados del mundo, sin embargo, los filipinos pusieron  sus esperanzas en un nuevo sistema electoral SMARMATIC con la esperanza de que un conteo rápido reduciría al mínimo el fraude que aquejaron  pasadas elecciones, sin embargo, justo una semana antes de las elecciones , el gobierno filipino ante rumores de una falla,  nombró la Comisión de Elecciones, o Comelec  asi se decidió de inmediato y, frenéticamente instalar unas nuevas tarjetas de memoria en cada uno de más de 70.000 máquinas de conteo en los colegios electorales como forma de corregir la rumorada falla,  tres semanas despues del proceso electoral,  no obstante a la euforia por la rapidez de los resultados, no se hizo sorprendente  el estado de negación que se instaló en la poblacion acerca de la posibilidad de la existencia de que se hubiese reaizado un fraude masivo a favor del hijo de la Ex presidenta Cory Aquino,  Noynoy Aquino.   

Un proceso viciado desde el principio

En enero de 2007 el Congreso aprobó una ley la creación de Comelec con el mandato de establecer un sistema electoral automatizado (AES). Se trataba de la alimentación de la papeleta en una máquina que escanea la votación, contar y luego transmitir los resultados al centro Comelec operaciones en las que la consolidación tiene lugar.

Sin saberlo los votantes ingenuos y confiados  acudieron a votar sin pensar que  el programa presentado por Comelec tenía las características de un fraude electoral masivo.   En base a las lecciones anteriores los ciudadanos de forma voluntaria,  decididos a proteger su voto, se organizaron.   En esta ocasión, Comelec acreditó incluso al Consejo Pastoral de la Parroquia para la Votación Responsable (PPCRV) este quedó bajo el ex embajador del Vaticano Tita de Villa para  que supervisara el proceso, solo que,  el PPCRV funcionaba con eficacia para evitar el fraude bajo el  sistema antiguo,  el fraude automatizado requería de mayores pericias,  habían quedado  desprotegidos y completamente sin preparación para evitar el fraude encubierto que estaba ya desde hacia meses antes de las elecciones instalado.

El contrato para proporcionar el hardware y software para el AES se adjudicó, en circunstancias muy sospechosas, al mejor postor, Smartmatic, empresa venezolana que también manejó la elección de Hugo Chávez cuasi-dictador. Esto no fue un comienzo alentador.

La máquina de conteo (conteo recinto de lectura óptica, o SOP) fue producido en China.

En cuanto al software, el programa para la lectura, el recuento y la transmisión de los datos así como la impresión de resultados de la elección debia estar en una tarjeta de memoria flash extraíble. Para revisar el programa completo Comelec habia contratado a Systest Lab, una empresa de Denver desacreditada por los EE.UU. El  Instituto Nacional de Estándares y Tecnología reportó la realización de pruebas sin estar "debidamente documentados y validados los métodos de prueba".  Systest Lab tiene todavía pendiente para liberar su revisión de los sistemas para el público.

Las oportunidades de hacer trampa

No satisfecho con la revisión de Systest Lab un grupo de profesionales de TI independientes pidió llevar a cabo su propio examen. Por tiempo limitado y restricciones de COMELEC se hacía difícil evaluar completamente los códigos fuente (en el lenguaje humano para diseñar el programa).  Completamente descorazonados, estos profesionales se marcharon, sin embargo dijeron, ante la realidad encontrada, “no podemos descartar la posibilidad de que las máquinas con SOP puedan  ser programadas para, por ejemplo, contar con un voto a favor de Gilberto Teodoro o Manuel Villar como un voto a favor de Aquino”.

En segundo lugar, estaba el hecho de que el programa estaba contenido en tarjetas de memoria flash extraíble. El 03 de mayo 2010 las pruebas de 350 máquinas SOP realizados por Comelec arrojaron que las tarjetas SOP utilizadass resultaron estar dañadas, siendo  esta la justificación, alegaron a que,   pocos días antes de las elecciones, se decidiera que las tarjetas de memoria flash para la totalidad de 76.300 máquinas SOP, ya distribuidas a todos los lugares de votación, se corrompieron y necesitaban ser reemplazadas(1), lo sorprendente era  que al día siguiente de la decisión, estaban las nuevas, disponibles para su entrega a los lugares de votación en las diferentes islas del archipiélago.

Por supuesto, no había tiempo para llevar a cabo un examen independiente para comprobar qué tipo de software habia  sido configurado en las nuevas tarjetas, por lo que todo el proceso quedó abierto a discusión. ¿Era posible que las 350 máquinas a prueba el 3 de mayo fueron dañados intencionalmente para que la sustitución apresurada con tarjetas preconfigurados para hacer trampa, fueran instaladas?   sería eso posible?   No hay manera de responder a estas preguntas, porque Comelec desde entonces había  destruido todas las pruebas. Este tipo de engaño estaba más allá de los poderes de la observación de PPCRV.

Una tercera forma posible de hacer trampa es el acceso remoto que Smartmatic tenía a las máquinas de SOP. 

Estas máquinas deberían haber estado bajo la estrecha supervisión de un organismo de control ciudadano para garantizar que el acceso remoto no se utilizará para poner en peligro la santidad de nuestro voto. Este tipo de trabajo de vigilancia fue, de nuevo, fuera de la obsrvacion de PPCRV.

La debilidad posible decíamos es cuando  se realice el proceso de transmisión de datos.
 Debido a nuestra geografía archipelágica y las altas cordilleras montañosas en varias islas, la comunicación por radio es un problema importante en muchos de los lugares rurales de Filipinas.  La dificultad no es insuperable, sin embargo, se podría establecer un centro en un lugar de gran altitud, como antipolo para el uso de máquinas equipadas con poderosas señales que fácilmente podría interceptar la transmisión de los resultados electorales de las máquinas SOP provinciales con las señales más débiles, sin embargo, esta interceptación podría utilizarse tambien para  propósitos deshonestos. Se supo, por ejemplo, que un adicional de 22.000 máquinas de SOP fueron importados de China por particulares aparte de Comelec. Además, Comelec dictaminó que la firma digital no era necesaria a los inspectores electorales para la dotación de las máquinas con SOP. Esto sentó las bases para la incorporación de máquinas   SOP clandestinas, máquinas de gran altitud para interceptar las señales más débiles de máquinas SOP genuinos de las zonas rurales. Una entrevista grabada en video de un presunto informante, conocido como Koala Bear  -una referencia burlona a su disfraz facial-  parece indicar que el uso de esta cuarta opción para el aparejo de los resultados electorales.

2010: ¿sólo una elección cuestionable?
Es cierto, los filipinos al inicio estaban eufóricos por la rápidez con que los votos fueron contados, solo que, tambien comenzó a resultar evidente a los filipinos que las elecciones estuvieron abiertas a la trampa,   lo que está surgiendo claramente es la mente del pueblo filipino es que el recuento oficial es el producto de un proceso viciado y los datos son irremediablemente manchados con la posibilidad de fraude.

Desde que Comelec decidiera destruir las tarjetas de memoria flash, los errores sólo pueden ser descubiertos a través de la comparación de un recuento manual de los votos emitidos con los datos cifrados en las máquinas con SOP. En este momento, el único documento que estaría libre de error es el voto emitido por los electores. En las anteriores elecciones no automatizadas  guardianes cívicos hicieron un gran alboroto para garantizar el carácter sagrado de la caja de boletas de votacion,  las guardaban  con sus vidas si fuera necesario.  No sabemos si esto fue hecho en estas elecciones porque se llevaron todo por la borda con la rápidez del escrutinio.

La sabiduría en retrospectiva nos dice que mientras el PPCRV fue eficaz para el conteo manual de estilo antiguo, haciendo el trabajo de supervisión de la AES estaba simplemente fuera de su posibilidad, la vigilancia del voto de los ciudadanos debería haber estado bajo la responsabilidad de  un sólido equipo de profesionales de TI  de manera de estar en condiciones reales de  auditar todo el proceso electoral y garantizar la integridad del recuento de nuestros votos.

Grupos de ciudadanos en los lugares de votación deberían haber sido equipados con los medios necesarios para garantizar que las tarjetas de SOP Flash  ubicadas en los distintos recintos  hubiesen  sido configuradas correctamente,  de otra manera como garantizarlo?,  esto no habría sido una tarea difícil.  Filipinas tiene una fuerte industria de TI y el normal civismo filipino  nos hubiese  permitido reunir un equipo moralmente fuerte. Muchos de los que  podían leer y escribir TI se han ofrecido para este tipo de trabajo a nivel de distrito.

El hecho del asunto es que la integridad de los resultados de las elecciones 2010 siempre será cuestionado, en ausencia de una tercera parte independiente para la labor de supervisión antes, durante y después del proceso electoral, a pesar de Comelec y Smartmatic  hicieron suficientes auditorias que se expresan en sentido contrario.

El grupo bicameral encargado del escrutinio  de los resultados de las elecciones ha estado trabajando durante las últimas dos semanas, una tarea que en el pasado solía ser completada en cuestión de días. Las denuncias de irregularidades que retrasan el proceso ha dado la respuesta estándar  -las quejas deben ser presentadas ante el Tribunal Electoral Presidencial, no pueden ser simple quejas, deben ser presentadas, ser pruebas comprobables-.

¿Habría alguna manera de obtener un conteo preciso en este punto?    Suponiendo que las boletas que fueron analizados por las 77.600 máquinas de SOP en todo el país estaban protegidos frente a la manipulación, una posible solución es equipar las máquinas con SOP con tarjetas certificadas para ser configuradas con el programa y volver a examinar las papeletas contenidas en estas máquinas. Un ejército de ordenadores no deberían hacer esto difícil de lograr. Pero si los ganadores de las elecciones están autorizados a prestar juramento antes de que este proceso de validación sea realizado, no es probable que el gobierno tenga la voluntad política para llevar a cabo esta validación.

Si realmente quiere Aquino 'poder del pueblo' ...
Aquino prometió un "Poder Popular" en  levantamiento si habia "trampa" en la elección.  Muchos de nosotros creemos que el pueblo ha sido engañado, pero provocar un malestar cívico y de protesta en contra de esta elección altamente sospechosa no es ni deseable en este momento, ni es probable que ocurra. Muchos de nuestro pueblo no lo sabe leer y escribir lo suficiente para apreciar la profundidad y la amplitud de lo que ha ocurrido. Hemos visto los disturbios civiles presentes en Tailandia y no quisiéramos que suceda en nuestro país.

El fallo reside en nuestras instituciones gubernamentales. Si el fraude electoral de esta magnitud ocurrió.  sólo podía haber ocurrido con la colaboración de Comelec y las autoridades de la actual administración. Pero lo que es igualmente decepcionante es la aquiescencia desmesurada de los ganadores de las elecciones, a pesar de la creciente evidencia de fraude. Si no se hace nada para investigar estos asuntos a fondo de la nube de la duda se cierne sobre el gobierno de Aquino será un gran obstáculo a sus esfuerzos por lograr la buena gobernanza.

Existe el rumor que los EE.UU. han metido la mano en este fiasco. No querían que Teodoro ganara, porque no podía ser manipulado. Por supuesto Estrada, con su historial de corrupción y saqueo, fue un no-no. La única opción era Aquino, se rumorea que tiene un registro de patología psicológica, por tanto, más fácilmente maleable. Pero, por supuesto, no hay absolutamente ninguna manera de verificar estos rumores.

A pesar de las graves consecuencias de la apertura de esta elección-lata de gusanos, para mantener la boca cerrada y todo tranquilo, es necesario correr el riesgo de institucionalizar el fraude electoral. Los Filipinos se encuentran una vez más entre la espada y el profundo mar azul.


Leido lo anterior, vale señalar que: 
1.   Las ultimas encuestras realizadas antes del proceso electoral  de Mayo 2010,  otorgaban al candidato Aquino el 37% de la intencionalidad del voto,  mientras  al candidato oficialista Gilberto Teodoro apenas le concedían  8%.   
2.   Una de las características de los procesos electorales filipinos  es  el alto nivel de violencia politica, de hecho,  mediante decreto se propicióla creación de grupos militarizados que en las elecciones legislativas  2007 llegaron a ser 117 particpando activante en hechos sangrientos al punto de producir  durante los 3 meses de campana  126 muertos,    13 de los fallecimientos  ocurrieron el propio dia de la eleccion,  pese a ello, el propio Aquino  - ya en ejercicio del poder-   consideró  que   lejos de pensar en suprimir estos colectivos  armados “multiplicadores de fuerza” heredados del anterior  gobierno,  lo que había que hacer era,  profesionalizarlos, así de los 117 grupos militarizados,   la policía y las fuerzas armadas solo desmantelaron  35, asi, colectivos en armas tales como las Organizaciones Civiles Voluntarias, las Unidades Geográficas de las Fuerzas Armadas Ciudadanas y las unidades policiales auxiliares siguen activos, 
3.   El Congreso de Filipinas sancionó en el año 2007 la ley RA 9369 que hacía obligatoria la automatización de las elecciones de mayo de 2010, así,  "SMARTMATIC ganó en Filipinas el mayor contrato en la historia mundial de los servicios electorales electrónicos, cuando COMELEC descalificó a SEQUOIA (Voting Systems), empresa que habría sido propiedad de SMARTMATIC durante 2005-2006.  El contrato cubria 76.350 unidades y 5000 de reserva para la total automatización de las elecciones del 10 de Mayo de 2010" (2). 
4.   Tras las elecciones de Mayo 2010  la ex presidente Gloria Macapagal Arroyo (2001-2010)  hija deL tambien ex presidente  Diosdado Macapagal  fue denunciada por  la Comision Electoral  por el delito de fraude electoral en los comicios legislativos celebrados en 2007  y, a decir del propio presidente Aquino, ella y su esposo,  arreglaron las elecciones no solo en 2007 sino tambien en el 2004.  En 2010 el fraude al parecer estaba montado...
5.   Pese a que el  fraude electoral que es un acto lesa soberania no se pudo probar por falta de soportes, la ex presidenta estuvo 8 meses cautiva en una clínica por esa causa  y en la actualidad  esta siendo  enjuiciada  por la supuesta malversación de 365 millones de pesos (7,18 millones de euros) de las arcas de la lotería estatal así como por el delito de tráfico de influencias para la adjudicacion de un contrato estatal para la instalación de una red nacional de internet de alta velocidad  a la empresa china ZTE (3) donde incluso participó su esposo Jose Miguel Arroyo con intermediación   del propio  Jefe de la Comision Electoral 2007.   Lo interesante del caso es que apenas circularon rumores sobre tales irregularidades, la expresidente anuló el contrato con ZTE que había firmado en uno de sus viajes a China, mientras  Benjamin Abalos, su Jefe Electoral renunció al cargo;  en nuestro país un escandalo de corrupcion sucede al otro y sin embargo,  los involucrados ni renuncian ni los renuncian, por lo contrario se les defiende e incluso premia con mejores oportunidades de continuar ubicados donde hay...

La gran pregunta es de que manera se pueden corromper las tarjetas de memoria flash de las  máquinas de votacion??   En Filipinas 2010  un total de 22.000 máquinas de conteo recinto de lectura óptica (SOP) aparte de Comelec fueron importadas de China por particulares, a estas maquinas se les llamó máquinas  clandestinas...   

Una de las debilidades reportadas en el proceso venezolano del 7 de octubre 2012  es que hubo 1584 máquinas de votacion averiadas.   En anteriores procesos cada centro electoral contaba con una o dos máquinas adicionales con la finalidad de que ante cualquier eventualidad se tuviera el reemplazo, en esta oportunidad NO SUCEDIO ASI,   lo que impedia el libre desenvolvimiento del proceso de votacion mientras se esperaban las máquinas que segun decian,  enviaba el CNE...   Acaso tambien hubo en Venezuela máquinas  clandestinas?

El pueblo venezolano es un pueblo noble y paciente, solo que tambien es un pueblo al cual,  aun le falta  manejo de la realidad politica que vive  y esto lo digo porque en asuntos de politca no se puede ser ingenuos y eso si que no son ni los que aqui ejercen autoritariamente el poder, ni quienes  intervienen desde la hermana isla cubana...  

 Jamás de un regimen militarista como el  que actualmente existe  en  Venezuela se puede esperar  la pulcritud de sus procesos electorales,  creerlo es jugar a perdedores,  ello porque este regimen lo que quiere es eternizarse, para lo cual necesita no solo manipular  a su convenciencia la constitucion(4) y  la votación libre,  sino  además,  favorecer en el ánimo de  la ciudadania  y en especial,  en los tecnicos en informática venezolanos,  se acreciente la idea de que  el proceso electoral nuestro  es el mejor del mundo, cuando en la realidad  de manera consuetudinaria  -aunque se niegue, ni existan aun pruebas-   se produce el fraude     El cerebro de las computadoras lo programa el Hombre y si este carece de etica,  el procesador  pese a auditorias y bla, bla, bla cumplirá sus ordenes,  de alli que pensar que no es posible que dentro de una misma transferencia de datos puedan ser existir varias  combinaciones de formato de lectura escritura,  es  creer que la mente humana es estática.  Me pregunto si el sistema electoral SMARMATIC  efectivamente realiza la integracion de la autenticacion de los programas mediante algoritmos criptograficos,  ya que si no se tiene "control" sobre el origen de la data,  la autenticacion de la misma esta en entredicho, ya que "la solucion electoral " se realiza a traves de un  micro controlador  principal que gestiona a su vez otros micro controladores (sistema embebido), el asunto es que, alguno de estos micro controladores a su vez puede estar emcademado a otro micro controlador esclavo, razon por la que, una cosa es votar y otra distinta,  ejercer el control sobre el voto,  ya que el voto en un proceso  automatizado adquiere notacion logaritmica por lo que,  es indispensabilisimo,  a los fines de que el voto sea interpretado a exactitud  y precision, que  el micro controlador principal  este constituido  de manera tal  que,  en tiempo real "detecte"  colisiones y arbitre en favor de conservar la integralidad de los datos,  por lo que el control no solo consiste en  cerrar  oportunidades a  puertos externos (máquinas clandestinas)  sino  tambien a la manipulacion logaritmica de la data,  incluso un sistema electoral cerrado a manipulaciones atendiendo el deber ser habria deestablecer mecanimos de bloqueo/deteccion de informacion basura a los fines del propio registro electoral (REP), esa base de datos que en anteriores oportunidades tanto hemos criticado, pero que, pasan y pasan elecciones y nada se hace por su depuracion, ubicando la gravedad del hecho en que los propios representantes ante el CNE de la MUD (igual en el pasado la Coordinadora Democratica) han actuado de manera docil y complaciente ante el organo electoral cual si,  hacer exigencies que garanticen de manera eficaz la pulcritud del proceso implicara perdida de cualidad politica o vulnerara los niveles de aceptacion del electorado.  Una nueva eleccion no puede ser realizada sin la debida depuracion del REP  y  que no vengan con el cuento de que el porcentaje de incidencia en error es minimo, ya que, por minimo que sea NO PUEDE ACEPTARSE!!!    Esas listas del REP deben depurarse porque si,  ya que de no hacerse aun cuando se realicen los  procesos electorales manualmente, habra  pulcritud.   Una de las tesis que sostienen muchos venezolanos,  mas incluso del sector oficial es que en pleno Siglo XXI  lo logico es realizer las elecciones de forma automatizada, se rien cuando alguien habla de desechar las máquinas.   Cualquiera que sea el metodo,  sino hay honestidad,  la trampa puede ser montada.  

 Una evaluacion objetiva del proceso electoral venezolano debe ser realizada, sin ella,  todos los procesos seguirán arrojando un tinte fraudulento.   Todas las etapas del proceso deben tener mecanismos de control, pero no a los fines de favorecer hechos fraudulentos,  como se sospecha ocurrio en esta oportunidad que al conocerse mediante captahuella que fulanito, inscrito en la Mision Vivienda no se habia presentado a votar, habia  que buscarlo, NO!  Los mecanismos de control en un proceso limpio han de implementarse para garantizar exista correspondencia entre el voto emitido y el voto reflejado en la papeleta,  que la persona que vota efectivamente sea la que dice ser y no,  un falso cedulado.  Si el REP debe ser depurado, tambien lo debe ser el Registro de Identificacion pues de alli parte el problema!!!   Por cierto, en manos de quienes esta nuestro Registro de Identificacion???     Cuba es quien maneja nuestros datos de identificacion y migraciones, tamaña accion lesa soberania fue cometida por el actual gobierno y con ese REP fue que fuimos a elecciones,  habia posibilidades de triunfo???   Si como nie…

Hago especial enfasis en lo siguiente,  el sistema automatizado es "tan sensible"  que incluso  el reflejo tactil de la expresion del voto en pantalla esta asociado a la anulacion del voto,  lo que implica que  la escasa presion tactil sobre pantalla adquiere notacion logaritmica, cuando precisamente por  lo altamente sensible que es el producto SMARMATIC,   la empresa venezolana de soluciones electorales, ha debido incorporar un sensor de alta intensidad de manera de que independientemente de la presion ejercida por el votante sobre  pantalla,  el voto al ser emitido, no se anulara, ya que,  los innumerables casos de anulacion de votos por falta de presion sobre pantalla que se registraron el 7/10 constituyen un "error"  imputable al sistema mismo y no al elector,  en consecuencia,  tal  irregularidad  no es otra cosa que un acto de irrespeto a la intencionalidad del elector y por tanto,  unaaccion que restringe la condicion de soberania y, dado que, siendo un  "error tecnicamente previsible",  ha debido ser tecnicamente solucionado,    por tanto,  sin que quepa la menor duda, constituye delito electoral por negligencia del organo regulador que no actuo debidamente y por supuesto que, la empresa SMARMATIC tiene responsabilidad directa en tanto, el producto ofertado ofrece debiilidades tecnicas significativas.   A las largas colas de votantes en espera, se acercaban  ciudadanos que venian de perder su voto, frustrados, alertaban acerca de la novedad de la "anulacion del voto" por falta de presion sobre pantalla ,    es por esta razon que cuesta aceptar  la cifra de votos nulos  haya sido solo   1,90%  (282.865  "contabilizados"  como nulos)  cuando era alarmante la cantidad  de  personas que  mostraban su molestia e indignacion porque su voto habia sido "leido"  por la maquina como nulo.

Sera un absurdo preguntar si parte de los votos nulos fueron  logaritmicamente "contabilizados" a favor de HCH??   La absurda pregunta tiene sustento en virtud de que,  el voto nulo como tal,   adquiere valor logaritmico  y,  se me ocurre pensar que habiendo podido ser  tecnicame evitado "ese registro"  de escasa presion tactil sobre pantalla como voto nulo,  dicha "lectura" bien pudiera estar asociada  a alguna estrategia de manipulacion de la data como los triple cedulados...   Si el sistema SMARMATIC  fue probado y "aprobado en sus modificaciones por el CNE"  no se por que razon el sistema SMARMATIC no incorporo un sensor de alta resolucion con la finalidad de "impedir"  se generara un registro de voto nulo, cuando en realidad, la intencionalidad del elector era expresar mediante sufragio escogencia del  candidato de su preferencia, de tal manera que,  el hecho de que no se haya corregido tecnicamente el "suceso " implica en la practica, que el error no es imputable al elector sino al sistema mismo, en tanto, el sistema de votacion SMARMATIC  no refleja con exactitud y precision la intencionalidad de voto de la totalidad de los sufragantes que asistieron a votar el pasado 7 de octubre 2012 y por lo tanto,  la omision o negligencia expuesta ante los electores en el pasado proceso electoral no es  otra cosas que, manifestacion cierta de vulneracion al derecho del elector a expresar de  manera libre su preferencia y como tal,  dicha omision o negligencia es per se una afrenta al derecho politico individual consagrado en la constitucion nacional y,  por lo tanto, una accion de indiscutible afectacion al principio de soberania. 

Amig@  lector@, tome Ud. la palabra!

Maria Walter

Una  de las caracteristicas de los regimenes autoritarios es  aparentar que  se  transita el camino democratico,  mientras en la practica  realmente  se realiza
la intimidacion y el abuso.



(1)    Se reconfiguraron  las tarjetas de memoria de  76.000 máquinas de recuento distribuidas por el  archipiélago. 
 (2)   LARES SÁNCHEZ. Romulo: Filipinas y Venezuela: Smartmatic y el Centro Carter pero sin la MUD. 10/12/2011
(3) ZTE empresa que  precisamente  suministro  las tarjetas de memoria flash que apresuradamente  fueron cambiadas a las maquinas electorales  antes de las elecciones del 2010.
(4) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999): Artículo 330:  “Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar  a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político”.
mariawalter@hotmail.com

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