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martes, 22 de septiembre de 2015

JOSÉ FÉLIX DÍAZ BERMÚDEZ, ESPAÑA Y EL LAUDO DE PARÍS

Inmediatamente después de haber sido dictada la inicua y antijurídica sentencia del Laudo de Paris de 1899, varios  estudiosos y la prensa española de la época emitieron las primeras consideraciones sobre la misma que si bien no involucró de manera directa al gobierno de España, sí lo hizo a la opinión pública. Correspondía tal hecho en razón de haber fundado, sostenido y defendido la Guayana Española, así como por los inestimables y perpetuos vínculos con Venezuela luego de más de cuatro siglos de historia.

Don Leopoldo Pedreira en su obra: "Las Causas Geográficas de la Decadencia Actual de España" publicada en la: "Revista Contemporánea" (Madrid, 10/1899 N 116, Pág. 610, Noviembre de 1899)  indicaba que: "...si en lo que se refiere al orden político, no se ha cumplido totalmente la doctrina Monroe, "América para los americanos", es innegable que se ha realizado en el orden económico; y es indudable también que las naciones europeas nada tienen que esperar de América, como no sea humillaciones semejantes a la que sufrió Inglaterra recientemente (en la cuestión de límites de la Guayana británica con la Guayana venezolana)...".

España conocía las injustificadas y desproporcionadas ambiciones inglesas en aquella región a las cuales se opuso durante varios siglos, enfrentando sus repetidas incursiones e infructuosos intentos colonizadores en varios territorios del Caribe y en América del Sur.

La forma como fueron alcanzados los despropósitos británicos a través del Laudo de París fue comentada en: "El Correo Militar" de Madrid, en fecha  04 de octubre de 1899. "Ayer -refería el periódico- fue publicada en Paris la sentencia del Tribunal de arbitraje entre Inglaterra y Venezuela, que venía celebrando sesión desde el mes de Junio para fijar la línea fronteriza entre la República de Venezuela y la Guayana Británica, o sea región que riegan el Orinoco y el Esequibo. Dicha sentencia viene a ser una transacción entre las pretensiones de de lord Granville y del presidente Rojas".

Al considerar las indebidas ventajas que Inglaterra obtuvo en los territorios del margen izquierdo del río Esequibo, advertía que la decisión arbitral: "... aleja esta potencia de la desembocadura del Orinoco. También rechaza las pretensiones de Inglaterra al territorio aurífero del Yuruari objeto del litigio entablado ya en 1648 entre España y Holanda, y sostenido luego entre Venezuela independiente e Inglaterra como sucesora de Holanda por derecho de conquista", como debía hacerlo al no evidenciar derecho alguno.

Los ingleses no disponían de títulos ni de autoridad sobre el Orinoco, ni en sus territorios, y cuando lo pretendieron fueron constantemente rechazados por España. De igual forma tampoco podían explotar aquellas minas, pretensiones que al menos la decisión no permitió. "Sabido es que esa cuestión  -refería "El Correo Militar"- estuvo á punto de provocar la guerra hace cuatro años entre  Venezuela y la Gran Bretaña... Entonces intervino el Gobierno de los Estados Unidos, que se atribuyó el papel de árbitro invocando la doctrina de Monroe y gestionó la formación del Tribunal de arbitraje que ha estado funcionando en París".

La integración del Tribunal, sus  reales objetivos, el carácter y los antecedentes de los jueces y la condición particular del quinto designado, a quien correspondía dirimir posibles desacuerdos, evidenciaba su parcialidad contraviniendo la naturaleza y las reglas propias de ese mecanismo. Al respecto el periódico indicó: "Han formado parte de él Lord Russell, juez supremo de Inglaterra, y Mr. Collins; por parte de los Estados Unidos Mr. Fuller y Mr. Brewer, presidente y magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. Estos cuatro jefes eligieron como quinto árbitro al gran jurisconsulto ruso señor Martens".

La insólita sentencia que despojó a Venezuela una parte significativa de su territorio había sido elaborada utilizando inusuales criterios, tal y como indicaba la publicación: "El Tribunal así formado ha sido el primero en aplicar el procedimiento adoptado en la Conferencia de la paz celebrada en La Haya. Es de notar además que la sentencia ha sido dictada por unanimidad y sin reservas de ninguna especie, contra lo que los precedentes han dejado sentado en la mayoría de los casos análogos á éste".

El Laudo suscitó muchas dudas sobre sus condiciones de forma y de fondo, así como también sobre sus resultados ya que: "También es curioso, y no ha dejado de hacerlo notar el Sr. Martens, que este Tribunal arbitral ha zanjado el asunto que le estaba encomendado sin Intervención del principal interesado, o sea Venezuela".

La sentencia produjo desconfianza en España y causó un grave daño a Venezuela. La justicia que no garantice la corrección de las sentencias y la rectitud de los magistrados no es justicia.

Jose Felix Diaz Bermudez
jfd599@gmail.com
@jfdiazbermudez

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miércoles, 30 de julio de 2014

MANIFIESTO A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL ANTE LA GRAVE SITUACIÓN IMPERANTE, EN DETRIMENTO DE LA JUSTA RECLAMACIÓN DE VENEZUELA DE SU TERRITORIO ESEQUIBO, BIRLADO POR EL COLONIALISMO IMPERIAL EN EL NULO E ÍRRITO LAUDO DE PARÍS DE 1899.

El Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (1). El Frente Pro Defensa del Petróleo (2). El Frente Pro Defensa de la Integridad Territorial de Venezuela (3). El Movimiento Nacional III Factor y la Fundación ORION (4).La Fundación la Guayana Esequiba (5). La Academia de Ciencias Económicas del Edo. Zulia (6). La Academia de la Historia del Edo. Zulia (7). La Fundación Amigos del Esequibo (8). La ONG  Mi Mapa Venezuela incluye nuestro Esequibo (9). El Congreso Federal (10). El Foro de Caracas (11). El Centro de Escritores Zulianos (12) y La ONG Formación Líderes Comunitarios (13) La Fundación Zulia para todos (14), Manifestamos:

ESEQUIBO TRICOLOR
1º - Rechazamos de manera enfática y categórica, todo arreglo con Guyana que no contemple la recuperación integra a Venezuela de la Guayana Esequiba ( la totalidad del territorio que se encuentra al oeste de la vaguada del río Esequibo); ello debe ser impugnado y condenado. El Territorio Esequibo no es un despojo sujeto a reparto, es parte integral del Territorio Nacional según el Uti Possideti Juris del año 1810. De tomarse decisiones contrarias, serán  acciones graves,  traidoras  e inconvenientes en la lucha del pueblo venezolano por la justa recuperación de su Territorio Esequibo y  además se violarán de manera flagrante, los Arts. Nº 01, 04,11, 12, 13, 14, 15 de la Carta Magna vigente.                                                  
2ª – Demandamos al Gobierno Nacional asumir las actitudes  más firmes, responsables y coherentes, en defensa de los más altos intereses del país, ante las pretensiones expansionistas de Guyana. El silencio y el stoppel ante tan  inamistoso y desagradecido vecino, han permitido el saqueo, la contaminación ambiental y la explotación salvaje y desaforada de nuestro Territorio Esequibo, en ilegítimos acuerdos con empresas trasnacionales en tierra y en exploraciones de hidrocarburos en nuestra Zona Económica  Exclusiva en el Atlántico Venezolano; hechos que constituyen una grosera afrenta a nuestra soberanía nacional y una trasgresión a jurisprudencias  vigentes.  Así mismo, denunciemos de manera firme, ante las instancias  internacionales todos los hechos de violaciones por Guyana, del  Acuerdo de Ginebra de 1966, desde su inicio.
3º- Rechazamos y repudiamos la actitud hostil de Guyana, cuando afirmó reiteradamente, que: “No existe ninguna controversia territorial con Venezuela y solo debe proceder la delimitación marítima entre ambos países”, expresado por la Cancillería de Guyana, en la pasada reunión de Cancilleres el 17-10-2013  en Puerto España, con la timorata actitud de la Cancillería de Venezuela. Esta solicitud de Guyana, de  aceptarse, implica delitos de traición a la Patria y viola descaradamente decisiones jurídicas internacionales por cuanto : ”La tierra domina  al mar, por lo tanto los mecanismos de delimitación marítima quedan en suspenso, hasta que se haya resuelto el impase sobre la atribución en tierra”... según decisión de la Corte Internacional de Justicia, en su fallo por la controversia de la plataforma continental entre Alemania Federal y los Reinos de Holanda y Dinamarca, de fecha 20-02-1969 (Párrafo 96). Iguales consideraciones rezan en la Convención del Mar de 1982, (Art.298) y en  el Reglamento de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de la  O.N.U.
4º - Exigimos a quienes hoy están al frente del Ejecutivo Nacional, analizar, revisar y modificar en conjunto, las dádivas y apoyos que Venezuela otorga a Guyana, a los países del CARICOM y a otros países a través de PETROCARIBE, UNASUR, CELAC , por sus acciones inamistosas, desagradecidas y cómplices, en ese complot contra  Venezuela y su legítimo derecho, en la recuperación  de nuestro Territorio Esequibo. De igual forma, ante lo improductivo que  ha significado la figura del Buen Oficiante de la O.N.U  en 26 años de gestión, por facilitar la búsqueda de soluciones prácticas a la actual controversia territorial, tiempo aprovechado por Guyana  en contra de Venezuela; se analice y se escoja otro, que sea un verdadero Buen Oficiante en la controversia, pero que no sea ciudadano del COMMONWEALTH ó de los países antes aludidos. Aunado a lo anterior, exigimos una metodología de eventos concretos, progresivos y coordinados, para evitar que la búsqueda de las “soluciones prácticas” sea un camino sin fin.
5º - Exigimos al Gobierno Nacional, que a través  de su Cancillería, se advierta a los medios internacionales de prensa y a las principales empresas mundiales de hidrocarburos, que Venezuela bajo ninguna circunstancia permitirá, mientras esté pendiente la reclamación del territorio nacional, al oeste del río Esequibo y la delimitación de sus fronteras marítimas con Guyana, aceptar se efectúen exploraciones, prospecciones mineras, petroleras ó investigaciones sobre los recursos vivos del mar, del subsuelo ó suelo marino en los 175.300 kms2 de su fachada atlántica y del espacio terrestre, en justa reclamación.
6º - Exhortamos al Ejecutivo Nacional implementar de manera constante, intensa y coherente una verdadera política fronteriza nacional, en este caso, reconocer oficialmente la ciudadanía venezolana a los que han nacido  en el Territorio Esequibo y previa comprobación, dotarlos de los documentos de identificación. De igual manera desarrollar en forma continua, las infraestructuras  de comunicación, de educación, de salud, de apoyo técnico y de seguridad a lo largo de la zona en reclamación, en virtud de favorecer las acciones geopolíticas que en un futuro se deberá implementar, para integrar ese espacio geográfico al resto del Territorio Nacional. Por lo antes expuesto, es ineludible la creación del Estado Esequibo y sus dependencias, como nueva unidad política de Venezuela y mantener así la vigencia y determinación de nuestra legítima reclamación.
7º- Exhortamos a todas las Instituciones: Educativas, Religiosas, Sociales, Políticas, Económicas, de Comunicación y a todos los venezolanos sin distingo social y político, asumir con verdadera fervor nacionalista el patriótico esfuerzo, por lograr la recuperación de nuestro Territorio Esequibo  que histórico,  jurídico y legítimo es  SUELO VENEZOLANO.
8º- Exhortamos y exigimos  a los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, a quienes tienen el Comando y Control de la Institución Armada, y en especial a nuestra Marina de Guerra, no escatimar esfuerzos, voluntades y riesgos al cumplir su juramento, razón principal de vuestra existencia, en resguardar la integridad territorial, marítima, fluvial y aérea, en todos los espacios que involucre la soberanía nacional de Venezuela, pues ella está por encima de cualquier interés ideológico, político o económico subalterno y su existencia como Nación Soberana, será la herencia de las nuevas generaciones de venezolanos, que nacerán bajo el glorioso tricolor nacional.
Caracas, 05 de Julio del 2014.

En defensa de la INTEGRIDAD Y SOBERANIA NACIONAL:

(1) G/D. Oswaldo Sujú Raffo.                       (8) C/N. Pablo Cohén Celis.
(2) Ing. Aníbal R. Martínez.                           (9) Lic. Jorge Luis Fuguett  N.        
(3) Dr. Eduardo Hernández Carstens.         (10)  Dr. José M. Zaá.
(4) C/A. Elías Buchszer  Cabriles.                (11)  Lic. Vasco Da Costa.
(5) Dr. Oscar J. Márquez.                             (12)  Dr. Edixón  Ochoa.
(6) Dr. Rafael Piña Pérez.                             (13)  Lic. Salvadora Guaraco
(7) Dr. Jorge Sánchez Meleán.                     (14)  Br. Gustavo González.

Ruben Dario Bustillos Ravago
frentemil2@gmail.com
@frentemil1

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