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domingo, 3 de mayo de 2015

GERSON REVANALES, FELIPE GONZÁLEZ (ISIDORO)

Al ser tema de las relaciones internacionales una cuestión de políticas públicas, llama profundamente la atención, las atribuciones que se asumió la Asamblea Nacional, al declarar “persona no grata” al ex presidente Felipe González, lo cual en un Estado de Derecho con separación real de poderes, se podría considerar como una extralimitación y usurpación de las funciones del Poder Ejecutivo.

Constitución en mano, para evitar tergiversaciones, se ve y lee que de las 24 atribuciones del poder legislativo en materia de relaciones internacionales, contenidas en el Art 187, estas se limita a: Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país; Autorizar a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros; Autorizar el nombramiento de los Jefes o Jefas de Misiones Diplomáticas Permanentes; Autorizar la salida del Presidente de la República del territorio nacional; y aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional. En consecuencia la declaración de ”persona no grata”, sea quien sea, no está dentro de las atribuciones del legislativo, como si son la de servir de órgano de control y supervisión de los otros poderes nacionales.

Zapatero a sus zapatos. Es al poder Ejecutivo a quien le corresponde (Artículo 236) Ord-4, Dirigir las relaciones exteriores de la República; por lo cual una declaración de este tenor, además de injerencista, hubiera sido motivo para un incidente diplomático.

Según todos los diccionarios de DIP entre ellos el del Embajador y Dr V. Rodríguez, define a la Persona no Grata como una figura por medio de la cual un Estado (receptor) declara su no conformidad con algún miembro del cuerpo diplomático o consular (léase bien) de otro Estado (acreditante) dentro de su territorio. Agrega el Emb. Rodríguez en su diccionario: el término de “persona no grata” se utiliza solamente en relación con los funcionarios de rango diplomático y consular del Estado acreditante.

La Corte Internacional de Justicia, en el caso del personal diplomático de los EE.UU en Teheran, explico que la figura de “persona no grata” constituye el medio normal y eficaz a la disposición del Estado receptor para lidiar con actos ilícitos por parte de diplomáticos en el Estado receptor.

La Convención de Viena Diplomática sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 establece en su Art 9:  El Estado receptor podrá, en cualquier momento y sin tener que exponer los motivos de su decisión, comunicar al Estado acreditante que el jefe u otro miembro del personal diplomático de la misión es persona non grata.

Como se desprende de lo antes expresado al Sr Felipe González no le es aplicable dicha calificación al no ser ni diplomático ni funcionario ni representante del Estado Español, por lo que la declaración en cuestión, solo nos deja como ignaros ante los firmantes de la Convención de Viena para las relaciones diplomáticas de 1961 y el resto de miembros de la comunidad internacional.

Felipe González durante la dictadura franquista, con el seudónimo de “Isidoro” ejercía como abogado en Sevilla; pero en lugar de venir a defender a los presos políticos, debería más bien asesorar a la Asamblea Nacional, a fin de que no incurra en bodrios como declararlo “persona no grata”.

Nota: Según el DRAE una de las acepciones de bodrio es: cosa mal hecha, desordenada o de mal gusto.

Jose Gerson Revanales
grevanales@gmail.com
@grevanales

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jueves, 26 de junio de 2014

MILOS ALCALAY, DIOSDADO QUIERE SER CANCILLER, BRÚJULA DIPLOMÁTICA

No es la primera vez que el Capitán Diosdado Cabello asume funciones que la Constitución le reserva de manera exclusiva al Jefe de Estado, como fue el caso cuando estando de visita en la frontera -acompañado por una silenciosa  Ministro de Defensa- anunció el traslado inmediato de todos los Generales, sin ninguna potestad para hacerlo, ya que se trata de una competencia que le corresponde al Jefe del Poder Ejecutivo.

Esta semana, el Presidente de la Asamblea Nacional incurrió en una extralimitación de funciones similar, al tratar de imponerle la agenda de encuentros al Embajador de Colombia, lo que nuevamente constituye no solo una inaceptable interferencia en las funciones diplomáticas, sino también un desafío al Jefe de Estado que no se diferencia de la actitud asumida por Giordani al denunciar un vacío de poder en su crítica a Maduro, ya que se puede pecar por exceso o por defecto.

El Jefe de la Diplomacia del Estado es el Presidente Maduro. En uso de esas atribuciones, se  expresó favorablemente en relación al reciente triunfo electoral de su colega Santos, por lo que es inoportuno que Diosdado Cabello  lo contradiga al criticar las actuaciones del Plenipotenciario del país vecino  por reunirse con dirigentes de oposición. Además, Colombia es uno de los tres países de UNASUR invitados por el Gobierno para facilitar el dialogo. Los Embajadores de la Troika acreditados en Caracas (y Colombia es uno) deben tener libertad para poder asesorar  bien a sus Cancilleres en sus funciones de acompañantes, y para ello deben tener todas las facilidades para hacer sus contactos con quien consideren indicado. De no poder hacerlo, seria demostrar que el “dialogo” es un "monologo"

Las funciones de un Embajador y la potestad que tienen de poder reunirse con representantes políticos o de la sociedad civil, está establecido por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de la cual Venezuela es parte, por lo que el Gobierno debe garantizarle el ejercicio de sus funciones sin amenazas ni indicaciones que expongan a los funcionarios internacionales a una especie de “auto censura”
 
 La amonestación hecha por el Presidente del Poder Legislativo, ameritaría que la Cancillería del país  afectado, convocara al Embajador de Venezuela para exponer su malestar ante este tipo de amenazas. Claro que eso depende exclusivamente de Colombia. Esta inusual advertencia ameritaría también que el Decano del Cuerpo Diplomático (que también forma parte del dialogo con la oposición),  convocara a un grupo de Embajadores para elevar su preocupación por este atropello. Claro que eso depende del Decano y de los diplomáticos.

Pero como parte afectada, tanto la MUD  como los dirigentes políticos, sociales, y culturales del país deben rechazar este tipo de limitaciones y exclusiones que se han venido generalizando dando muestras de una diplomacia primitiva, a menos que el Presidente decida sustituir al Canciller Jaua por su amigo Diosdado.

Milos Alcalay M
milosalcalay@yahoo.com 
@MilosAlcalaym

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