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domingo, 24 de mayo de 2015

ALBERTO JIMÉNEZ URE, LA «PLUTOCRACIA CARICATURESCA» DE LA INSTITUCIONALIDAD UNIVERSITARIA AUTÓNOMA DE VENEZUELA

«Si los constituyentes les confirieron potestad para darse sus normas de gobierno, quienes conducen las universidades autónomas de Venezuela deberían entender que no conforman tropas extraterritoriales de ocupación en instalaciones académicas: con humildad y aceptación de la justicia, deben, expeditos, redactar una que promueva y fortalezca la participación, mediante el Voto Universal, de todos los ciudadanos a los cuales concierna la escogencia de autoridades»

En Venezuela, lógicamente presumo que en el curso del Año 2015 todos los claustros académicos de las universidades autónomas están (conforme a las leyes de la naturaleza) bajo la responsabilidad de mujeres y hombres cuyas edades no sobrepasan los sesenta años. Lo cual no significa que los mayores tengan prohibido impartir clases, investigar o no sean aptos para ejercer importantes cargos de conducción institucional porque los provectos siempre dictarán sentencia (excepto que no sean hábiles a causa de interdicciones o enfermedades como la senilidad)
En las casas de estudios superiores son cuatro las autoridades más notorias, empero no han sido abolidas (ni lo serán) las figuras de los «consejos de facultades» y el gran «Consejo Universitario». Pese a lo cual, es indiscutible que en nuestras universidades no se aplica el principio del «Voto Universal» para elegir a quienes reciben mandatos académicos-administrativos. Si los preceptos constitucionales» poseen la cualidad de preminencia sobre las leyes, sin menoscabo de la  «Autonomía Universitaria» (que igual consagrada en la Carta Magna de 1999 en Venezuela), hace años que las autoridades académicas-administrativas debieron permitir que toda la Comunidad Universitaria votase para elegirlas o revocarlas tras reconocer que ello forma parte de nuestros Derechos Humanos. Cierto: el Artículo 109 de la Constitución Nacional destaca que  «[…] las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley […]» Sin embargo, el parágrafo «[…] se darán sus normas de gobierno […]» no significa que sean omniscientes para redactarlas (o no hacerlo) de tal forma que prosigan desconociendo que todos los ciudadanos de la república tenemos los mismos deberes y derechos. Desde hace décadas, lo sucesivos «jefaturales» de las  «universidades autónomas» se impusieron la costumbre (especie de absurdo «derecho adquirido») de permanecer impenitentes en cuanto a la aplicación general de los  «Derechos Humanos», y no sólo en Materia Electoral.
No es «Secreto de Claustro Superior» la importancia principista que tiene «Ver, Oír y Callar» asuntos de indudable trascendencia relacionados con los quehaceres institucionales-universitarios. En las academias sucede lo que en el resto de los organismos del Estado. Eso que suelen calificar «extraterritorialidad» de las «universidades autónomas» es pura estupidez. Nuestra muy venerable Universidad de Los Andes, por ejemplo, «[…] no es una casa de estudios con una ciudad por dentro […]» sino un organismo del Estado Venezolano con más o menos virtudes y defectos que los demás dependientes de situados constitucionales. En ella «Ver, Oír y Callar» establecen la diferencia entre: permanecer o ser execrado, subvalorado, degradado, destituido o excluido. Los conocimientos y las habilidades de un obrero, funcionario administrativo, investigador o profesor están por debajo de la lealtad hacia determinado jerarca. El trato «digno» es reservado a quienes creen formar parte de la «Plutocracia Académica-Administrativa» en funciones de un gobierno «extraterritorial».
Aun cuando sin violencia, el «Poder Académico» que representaron los «clérigos fundacionistas» fue gradualmente sustituido por el actual de «plutócratas y fundamentalistas de imitación o caricaturas», esos que entienden por «Democracia» una forma de gobierno que se instaura fuera de los «claustros universitarios» donde ellos están extraterritorialmente exentos de cumplir y hacer cumplir la Constitución. Los «plutócratas» de la Antigüedad poseían heredadas fortunas, los de nuestro tiempo urden para obtenerla del Erario Público mientras sus comportamientos son ostentosos y soberbios. No intenten recordármelo porque lo sé, es irrefutable y me consta, soy testigo en palco de coliseo: hay admirables excepciones en el ámbito de la Academia Venezolana. 
  
Alberto Jimenez Ure
jimenezure@hotmail.com
@jurescritor 

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