OSWALDO PÁEZ-PUMAR |
El llamado permanente a la vía
electoral por parte de algunos sectores que se identifican como oposición al
régimen, unido a la consideración de esa vía como la única legítima para salir
de este gobierno, me resulta sorprendente. Más sorprendente todavía es que esa
vía sea vista, casi como o sin el casi, excluyente de otras acciones de
oposición distintas a la acción electoral.
Para nadie que haya abordado con
seriedad el tema de la soberanía popular puede resultarle ajena la cuestión del
derecho a la rebelión. Desde Platón y Aristóteles o San Agustín y Santo Tomás
el tema se analiza con pasión entre los académicos y se lo aborrece entre los
dictadores. Tampoco le resultará difícil entender que la elección como tal es
un medio para que se exprese la soberanía y no un mecanismo para canalizarla,
moldearla ni constreñirla.
En el amanecer de esta mal llamada
revolución, la CSJ abrió paso al proceso constituyente invocando que los
mecanismos previstos en la constitución para su modificación, íntegra o parcial,
sujetaban a los poderes constituidos, no al pueblo soberano que podía por vía
de una asamblea constituyente no prevista en la constitución, darse a sí mismo
una nueva constitución.
Nunca se planteó la CSJ como se
manifestaba esa voluntad soberana, como no fuera a través de los poderes
constituidos, como en efecto ocurrió con la participación principalísima del
poder ejecutivo. Pero eso pertenece al pasado y lo único que cuenta es que el
poder soberano, que reside en el pueblo no queda sujeto a la norma constitucional.
Tradicionalmente el texto
constitucional señaló que “la soberanía reside en el pueblo quien la ejerce
mediante el sufragio”, pero la novísima la calificó “reside
intransferiblemente” lo que implica su ejercicio directo, que mediatizó agregando
“en la forma prevista en la Constitución”, lo que obliga a decir con la
doctrina de la CSJ que es el punto de partida del sistema constitucional que
vivimos, que los modos de ejercicio directo previstos en la Constitución, no
pueden limitar el derecho del pueblo a ejercer su soberanía por otros modos.
Esa soberanía primigenia centrada en el
pueblo es la base del derecho a la rebelión. Así lo entendieron los hermanos
Castro en Cuba, los hermanos Ortega en Nicaragua, los hermanos montoneros y los
hermanos tupamaros en Argentina y Uruguay; y desde luego los hermanos chavistas
en Venezuela. Muchos de nuestros hermanos venezolanos insurgieron en la década
del sesenta contra la fresca democracia nacida el 23 de enero y con su
experiencia política ayudan a la oposición a definir estrategias contra la
amenaza totalitaria del chavismo, y sin embargo, no encuentran otro canal de
actividad como no sea la participación
electoral en el diseño del CNE.
Oswaldo Paez Pumar
paezpumar@cantv.net
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