Las horas de trabajo obrero no reportan
ninguna ganancia al capitalista. Ni aun en el caso que el empresario decidiera
obligar a sus empleados trabajar las 24 horas del día los 365 días el año,
obtendría ninguna “ganancia” o “lucro” de ese trabajo. Si el producto de dicha
jornada laboral de 8.760 horas fueran -por ejemplo- discos de pasta o de
vinilo, el valor de esas 8760 horas de trabajo dedicadas a estas
"mercancías" sería exactamente igual a cero para el capitalista,
sencillamente porque -hoy en día- no tendría a nadie a quien venderle un
artículo semejante.
En consecuencia, ningún capitalista obtiene ningún
"lucro desmedido” del trabajo obrero. Es más, ni siquiera obtiene “lucro”
alguno. El lucro del capitalista (y también el del obrero) no surge del
trabajo, de ningún trabajo, sino que emana del consumidor, nunca del
trabajador.
Que las leyes laborales reduzcan las horas
laborales no le hace "ganar más" al empleado/obrero, porque las horas
laborales -como vimos arriba- no cuentan para nada en el valor final del
producto o servicio. Lo que da “valor” al trabajo no es su duración ni su
extensión, sino su productividad, pero esta productividad dependerá -a su
turno- de la demanda del respectivo objeto producido (producto). Si el artículo
producido carece de demanda (como en el ejemplo de los discos de pasta o de
vinilo) la productividad laboral será nuevamente igual a cero. Caso este en el
que no gana nadie: ni el empresario, ni el obrero/empleado, ni el consumidor.
Por el contrario: pierden todos ellos.
En definitiva -como vemos- no existe nexo
alguno entre la ganancia del capitalista y el trabajo obrero/empleado. Sin
embargo, si es cierto a la inversa: el obrero/empleado obtiene una ganancia del
capitalista, que de no existir este jamás conseguiría. Si no existiera ningún
capitalista sobre la faz de la tierra, no habría ni obreros ni empleados. Estos
quedarían obligados a ser sus propios “empleadores”. Es decir, se retrotraería
la situación social a la época feudal y pre-feudal, en la que sólo había una
economía de autarquía, o sea, miserable y paupérrima al extremo, en la que cada
uno deberíamos hacer nuestros propios alimentos, zapatos, pantalones, camisas,
casas, muebles, etc. dado que esta era la situación previa de la gente a la
Revolución Industrial. Obreros y empleados deben su misma existencia como tales
al capitalista. El capitalismo rescató, de una vez y para siempre, a aquellas gentes
de la vida miserable. Lástima que luego el mundo dejó de lado el capitalismo.
Volviendo a la falacias laborales populares:
si el trabajador trabaja “mas” horas el empleador no gana “mas” dinero por este
hecho.
Por estos mismos razonamientos, las leyes que
fijan “salarios mínimos” tampoco consiguen que los trabajadores ganen “mas”
dinero, sino que pierdan sus puestos de trabajo. Obtienen el efecto contrario
al deseado por el legislador. A medida que el “salario mínimo” sube el
desempleo crece de modo más que proporcional. Es una ley inexorable de la
economía contra la que el legislador nada puede hacer para cambiarla.
Nuevamente: porque si las ventas finales son
inferiores a la cuantía del total de salarios pagados por el producto invendido
el capitalista incurrirá en pérdidas.
Numéricamente: si por una silla el
capitalista debe pagar (forzado por legislación laboral) un salario mínimo (por
ejemplo) de 100.- al obrero carpintero, pero la silla se termina vendiendo en
el mercado al precio de 50.- (precio supuesto de mercado) al no poder ajustar
el salario a una cifra menor a 50.- la única salida que la ley laboral le deja
al capitalista es despedir al obrero carpintero. Lo que es exactamente igual a
decir que las leyes de “salario mínimo” generan desocupación. En realidad, son
las mismas leyes del trabajo las que originan la llamada precariedad laboral.
Si el empleador quiere subsistir como tal (en el ejemplo de la silla, o
cualquier otro) deberá contratar “en negro” a quien esté dispuesto a trabajar
por el salario de mercado (menor de 50.-). El empleador puede subir el salario
y tomar más empleados “en blanco” sólo en dos casos:
1. Que las ventas de sillas
superaran los 100.- por unidad vendida, más un margen de ganancia razonable
para el empresario.
2. Que se derogue el “salario
minino” para la actividad.
De no darse los supuestos 1 y 2, la única
alternativa que la ley le da al empleador para subsistir como tal es despedir
mano de obra “en blanco” y contratarla “en negro”. Resultado al que las mismas
leyes laborales empujan a los empresarios y empleadores en general,
posiblemente como efecto “no querido” por el legislador laboral, pero las leyes
económicas operan de todos modos, con independencia de los deseos y la voluntad
del legislador humano. A diferencia de las leyes jurídicas, las leyes
económicas son de cumplimento inexorable e irreversible. Jamás pueden ser
violadas impunemente por nadie, ocupe la posición de poder que ocupe.
Otro ejemplo demostrativo de la manera en que
las leyes laborales precarizan la situación del obrero/empleado es el
siguiente: generalmente, estas leyes establecen indemnizaciones por despido que
crecen en cuantía conforme aumenta la antigüedad del empleado en el puesto de
trabajo. Esta legislación tiene dos efectos inmediatos:
1. Por el primero, constituye un
poderoso incentivo a que el obrero/empleado se interese más en acumular años en
el puesto, que a trabajar en sí. “Calentar un asiento" por X cantidad de
años en una oficina o una fábrica, le generará una indemnización suculenta.
2. Del lado del empleador, la
misma norma opera como incentivo para despedir personal con poca antigüedad, lo
que crea una elevada rotación de empleados.
En suma, el resultado de disposiciones de
este tipo origina una altísima inestabilidad en el empleo, hoy llamada
precariedad laboral.
En materia laboral es donde más se verifica
el famoso refrán que dice que “El camino al infierno está sembrado de las
mejores intenciones”. Estas “buenas intenciones” de los legisladores laborales
conducen al obrero/empleado a un verdadero infierno laboral, del cual el único
retorno es volver al pleno empleo del capitalismo.
Gabriel Boragina
gabriel.boragina@gmail.com
@GBoragina
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