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viernes, 29 de febrero de 2008

*EDITORAL DE 2001 DEL 28 DE FEBRERO DE 2008: ¿CONTRALOR?


*EDITORAL DE 2001 DEL 28 DE FEBRERO DE 2008: ¿CONTRALOR?

"El pueblo me silva, pero yo me aplaudo".
Quinto Horacio Flaco (Poeta latino)

Ocasionales las apariciones y declaraciones del contralor general de la República, Clodosbaldo Russián, tan pocas son, que pueden contarse con los dedos de una mano sus actuaciones públicas en el ejercicio del poder desde hace unos cuantos, muchísimos, años.

Días atrás tuvimos la oportunidad de confirmar que el contralor aún seguía en su cargo, que no había sido como una de esas aves migratorias, de paso. Impertérrito, como un zar dictaba ucases, declaraba la inhabilitación de más de 400 personas para optar a cargos de elección popular. Un funcionario público es inhabilitado cuando está incurso de haber causado un daño al patrimonio público.

Por supuesto que la extensa lista del contralor Russián la integran mayormente personas identificadas como opositoras al Gobierno, pero también hay unos cuantos del oficialismo, vaya uno a saber si es para mantener las apariencias, en nombre de una supuesta equidad.

La repentina reaparición del contralor Russián ocurre en un año electoral en el cual habrán de elegirse gobernadores y alcaldes.

Ha negado el Contralor que se trate de retaliaciones políticas contra actores oposicionistas entre los que se encuentran entre otros, el ex gobernador del estado Miranda, Enrique Mendoza DAscoli, y el alcalde de Chacao, Leopoldo López Mendoza. El primero, ha anunciado que se postulará nuevamente como candidato a la gobernación mirandina, y López como candidato a la Alcaldía Mayor del Distrito Capital o la Gran Caracas.

Sin embargo, parece que esas inhabilitaciones por parte del Contralor, quien además conmina al Consejo Nacional Electoral que se hagan cumplir, no se corresponden con la Constitución, según lo estipula el librito mismo y lo afirma igualmente el rector electoral Vicente Díaz. Para éste e igualmente lo establece la Carta Magna, el ejercicio de algunos de los derechos políticos sólo pueden suspenderse mediante sentencia firme de un tribunal. Ni siquiera el CNE puede hacerlo.

La Contraloría según establece el artículo 105 de la Ley Orgánica que la rige, solamente está capacitada para inhabilitar a funcionarios a cargos de designación y no de elección. Tanto Mendoza como López, son candidatos a cargos de elección.

Se observa el celo, válido, del contralor Russián para que se haga cumplir la ley, pero no cuando asume atribuciones que aparentemente no le corresponden, y sorprende al mismo tiempo su silencio ante la escandalosa denuncia del diputado oficialista, Luis Tascón, sobre supuestos actos de corrupción que involucran a altos funcionarios de la Administración Pública.

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