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viernes, 5 de junio de 2015

PEDRO A. PALMA, MAGNA CARTA, CASO INGLATERRA, JUAN SIN TIERRA,

Se están cumpliendo 800 años de la sanción de la Magna Carta por parte del rey Juan de Inglaterra, también conocido como “Juan Sin Tierra”, quien el 15 de junio de 1215 se vio forzado a aceptar un pliego de 63 condiciones que le presentaron los nobles de su corte. 

En este se listaba una serie de derechos de las personas que tenían que ser respetados, así como algunas limitaciones a los poderes del rey, quien ya no podría seguir reinando despóticamente, como hasta ese momento lo había hecho, teniendo que subordinarse a la ley del reino, y en algunos casos a las decisiones y aprobaciones previas de un conglomerado de 25 nobles especialmente elegidos, que tendrían la responsabilidad de velar por el cumplimiento de las normas y mandatos contenidos en el documento sancionado.

Cansados todos del despotismo y de las arbitrariedades del rey, además de los cuantiosos impuestos que tuvieron que pagar los nobles para financiar una desastrosa guerra con Francia que implicó la pérdida de vastos territorios para el imperio inglés, los miembros de la corte insistieron en plantearle al rey la necesidad de un cambio  de rumbo, planteamiento que fue rechazado de plano por el monarca, quien sostenía que su autoridad era absoluta y de origen divino, no debiéndole obediencia o subordinación a nadie. 
Ante tal prepotencia, los nobles decidieron rebelarse, tomando la ciudad de Londres y el tesoro del reino, lo cual obligó al rey a negociar y a aceptar el pliego presentado. Sin embargo, este se negó a acatarlo, máxime cuando el papa Inocencio III, el más poderoso pontífice en la historia del cristianismo, había ordenado su anulación. Eso hizo que el enfrentamiento de los nobles con el monarca continuara hasta la muerte de este al año siguiente.
Ulteriormente se introdujeron una serie de cambios al documento, hasta su adopción a fines del siglo XIII, habiéndose instalado el primer Parlamento en 1265, durante el reinado de Enrique III. A pesar  de los cambios introducidos, el documento final mantuvo los principios esenciales de la Magna Carta, es decir, la limitación a la autoridad del monarca, la necesaria aprobación previa del Parlamento de ciertas decisiones, como la imposición de nuevos impuestos, y la preservación de los derechos individuales fundamentales, tales como el derecho a la vida, a la libertad y al disfrute y disposición de la propiedad, así como el derecho de cada hombre libre a la justicia y a contar con juicios imparciales. En otras palabras, se establecían los principios del Estado de Derecho.
La Magna Carta ha servido de base a documentos fundamentales como la Declaración de Derechos de los Estados Unidos de 1791, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y las constituciones de múltiples naciones, la nuestra entre ellas. Sin embargo, a lo largo de la historia han proliferado las violaciones a tan importantes normas. En el caso de Inglaterra, fueron notorios los reinados despóticos de muchos monarcas, como el sanguinario Enrique VIII, o la rebeldía de otros como Carlos I a mediados del siglo XVII, que llevó a una guerra civil entre los partidarios de la monarquía y del Parlamento, hasta la destitución del rey, su enjuiciamiento y ejecución en enero de 1649, dando origen al establecimiento de un breve gobierno republicano encabezado por Oliver Cromwell.
En el caso de Venezuela, al igual que en el de muchos otros países latinoamericanos, las violaciones a sus constituciones han sido frecuentes, siendo comunes los casos donde cínicamente se violan sus mandatos aduciéndose que las decisiones violatorias se toman en línea con los preceptos que estas establecen, usándose para ello frases como “dentro de la Constitución todo, fuera de ella nada”. 
El importante aniversario de la Magna Carta que se está celebrando hace propicia la oportunidad para levantar nuevamente la voz de rechazo a las flagrantes violaciones de la Constitución y a las leyes, que con tanta frecuencia aquí se producen.

Pedro A. Palma
palma.pa1@gmail.com
@palmapedroa

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