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domingo, 8 de febrero de 2015

JESÚS ANTONIO PETIT DA COSTA, EN LA SOMBRA SÓLO TRABAJA EL CRIMEN

Lo dijo Bolívar. Hagamos nuestras sus palabras en el caso del ocultamiento del acta de defunción del difunto presidente y de la partida de nacimiento de su sucesor. ¿Porqué han sido ocultadas ambas durante dos años? Desde luego, hay una sola explicación: prueban un crimen. ¿Cuál crimen? Tal vez el cometido contra el difunto. ¿Es imposible? Ya en las tragedias griegas, representada en el teatro, la trama versaba sobre el parricidio cometido por el hijo-heredero contra el rey-padre. Desde entonces fue una constante en la literatura dramática. Léase a Shakespeare, por ejemplo. De allí que toda muerte misteriosa de monarcas y presidentes, estando en ejercicio del cargo, genera sospechas que recaen sobre el heredero o sucesor. 
Todo heredero o sucesor es sospechoso de la muerte de su causante cuando la cubre un misterio: dónde murió, cuándo murió y de qué murió. No vale que lo diga el propio interesado, ni sus cortesanos. El único modo de que el heredero o sucesor se libre de la sospecha es que exhiba públicamente el acta de defunción, junto con el certificado del médico que atendió al difunto. Sólo así prueba que su causante murió de muerte natural, el día y el lugar que se dijo, y no fue que lo mataron o adelantaron su muerte mediante eutanasia, o escondieron su cuerpo a conveniencia.
¿Y porqué ocultar la partida de nacimiento del heredero o sucesor? Sólo podría haber interés si el heredero no es legítimo. En las monarquías de sucesión dinástica era indispensable para probar la legitimidad del heredero por la filiación y el lugar en el orden de suceder. En las repúblicas es absolutamente imprescindible para probar la legitimidad del sucesor por el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Constitución. Todo sucesor es ilegítimo mientras no exhiba la partida de nacimiento que pruebe que cumple con el requisito de la nacionalidad exigido para el ejercicio del cargo.
La partida de nacimiento es la prueba idónea de la nacionalidad por el lugar de nacimiento (jus soli) y/o por la filiación (jus sanguini), sean excluyentes o compatibles.
El ocultamiento del acta de defunción crea la sospecha de un crimen contra el difunto, que se está encubriendo. Pero el ocultamiento de la misma, junto a la partida de nacimiento del sucesor, genera la certeza de que se está encubriendo un crimen aún mayor puesto que es contra la República: el asesinato de la Constitución, consumado por una asociación para delinquir del más alto nivel.
Jesus A. Petitt Da Costa
petitdacosta@gmail.com
@petitdacosta

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