“El miedo llegó a la puerta de mi
casa, tocó, la fe se levantó, abrió la puerta y el miedo no estaba”. Martín Luther King.
Los conflictos carcelarios ocurridos
en el país han puesto en evidencia la corrupción más ruin que existe en uno de los subsistema del Poder Público, evidenciando la ética de
algunos Funcionarios Públicos que
gestión los componentes del Poder
Judicial y en particular los establecimientos Carcelarios que cuestionan el
perfil profesional y la moral de esos
ciudadanos, que son designados Funcionarios Públicos, para cumplir con la
atribución de tutelar derechos y garantías constitucionales de ciudadanos que
purgan los hechos criminales en que incurrieron, que los domiciliaron en esos
recitos tenebrosos. Estos funcionarios
con sus actuaciones e incapacidades,
ignorancia, devastan la majestad de la
Justicia y con sus actuaciones incurren en responsabilidad Penal, Civil y Administrativa
al no garantizarle al ciudadano privado
de su libertad, los derechos Humanos y
en particular el derecho a la vida tal como lo determina la Constitución
Nacional en su artículo Nº (43) El
derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de
muerte, ni autoridad alguna aplicarla. Ahora bien, esto ocurre a pesar
de conocer los funcionarios públicos que gestionan y administran los órganos
jurisdiccionales y los establecimientos carcelarios, que el ciudadano que es privado de su libertad
e internado en un establecimiento carcelario, el ESTADO tutela sus derechos y en particular los derechos humanos
garantizados por la Constitución Nacional que determina en su artículo Nº (19):
El Estado garantizara a toda persona,
conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y
ejercicio irrenunciable, indivisible e independiente de los derechos humanos.
Su respeto y garantía para los órganos del poder público de conformidad con la
constitución y los tratados sobre los derechos humanos suscritos y
ratificados por la Republica y con las leyes que lo
desarrollan. Además, el Legislador Patrio preveo el marco conceptual
Constitucional y legal citado, para que el Funcionario Público designado pueda
realizar la planificación pertinente para la gestión y administración de las
instalaciones carcelarias, recinto donde conciudadanos en oportunidades son víctimas
de este prototipo de funcionario
público del que los condena y el que lo
administra en un establecimiento carcelario el que lo condena a través de un mandato Judicial los depositan
en esos recintos tenebrosos como un objetos o piltrafas humanas, la historia es
aleccionadora en este asunto a nivel Universal. Los funcionarios encargados de
administrar estos establecimientos no tiene lo menor idea sobre el manejo y
administración de estos recursos humanos
y gestionan estos establecimientos carcelarios al boleo y de manera ramplona. El Ministerio
competente en la materia debe ver,
estudiar, analizar y revisar las historias de los sistemas carcelarias a nivel Universal para no repetirla sus nefatas
consecuencias. Complementándola con los estudios de los escritos en relación a los campos de
concentración de ADOLFO HITLER, estos
en virtud de que los establecimientos carcelarios se están asimilando a los campos de concentración de la Alemania
Nazi de los años 1930-1945, y los
Tribunales y Jueces, a los Tribunales del Terror y los jueces del horror. En la
actualidad en este continente se está repitiendo la historia de aquellos
recintos tenebrosos, son depósitos humanos a pesar del tiempo transcurrido de aquella
barbaría humana, hoy, en pleno siglo XXI, todavía causan pánico. La inviolabilidad del derecho a
la vida, La garantía Constitucional de los derechos humanos. El Estado tiene la
responsabilidad de garantizarlo. La ciudadanía
venezolana vive en pánico con lo
que está sucediendo en estos sistemas
infernales, convertidos en paredones con
verdugos llamados PRANES.
La histórica, le recuerda a la
humanidad las gestiones macabras de los TRIBUNALES DEL TERROR Y LOS JUECES DEL
HORROR, en particular, a todo el estamento Judicial por citar uno de los casos más emblemáticos el
del Juez ROLAN FREISLER, este
sanguinario verdugo, letrado en derecho, nació en Alemania el (3) octubre de 1905,
político nazi, presidente del Tribunal Popular de la Alemania, quien al ganar
las elecciones ADOLFO HITLER, dictó
una RESOLUCIÓN en 1942, para expulsar de
la justicia a los funcionarios no afectos al régimen comunista. Algo parecido a
la lista de un trapecista testicular revolucionario ausente.
Este gorila con birrete, al igual que
muchos de su estirpe dejaron de ser jueces, al ser proclamado Presidente de
Alemania el maléfico ADOLFO HITLER,
a excepción de este sanguinario verdugo con toga y birrete corono su carrera de verdugo al ascender a la VOLKERGERICHTSHOF, es decir al Tribunal del Pueblo. Este carnicero con toga y birrete
participó como representante del Ministerio de Justicia en la conferencia de
WANNSSEE, donde con magistral estupor decidió llevar a cabo “el dantesco final del problema judío” en
febrero de 1943, ROLAN FREILER,
decidió dirigir los juicios, contra los jóvenes estudiantes de MIUNICH, quienes conformaban las
organizaciones de disidentes denominada “la
rosa blanca”, donde esta bestia con toga, ordenó con elocuente sevicia la
ejecución sumaria de los hermanos SOPHIE
HANS SEHO, al igual que todos los integrantes de la organización
estudiantil. Esta dantesca decisión fue ejecutada de inmediato en el término de
la distancia, estos jóvenes fueron pasados a la guillotina por exigencia
directa de este miserable letrado. Igualmente se observa que, este verdugo rastrero y utilizó como herramienta
de crueldad, no permitirle a las
víctimas en el ejercicio de su derecho a la defensa que tuvieran contacto con
sus abogados, solamente podía entrevistarse con sus abogados pocas horas antes
del juicio. Evidenciándose así abrumadora sevicia, el rencor y la maestría de FREISLER, con los textos legales, su
agilidad mental y por supuesto su estridente verbo grotesco y ofensivo, estridente y su abrumadora maldad,
que siempre ejecutaba en nombre del DANTE ADOLFO HITLER la cual mantenía en línea directa con el
partido del gobierno, lo cual le permitió mantener a su disposición una herramienta
disuasiva que le permitía amenazar al contrario, basado en que ese factor de
poder lo tenía centralizado el carnicero que gobernaba, ADOLFO HITLER.
El Lobo Sanguinario era el apodo
predilecto de ADOLFO HITLER, quien
era el auténtico intelectual del crimen, cuestión que conocía FREISLER,
este tristemente Gorila con toga y birrete fue bautizado como el letrado de la
sangre de la revolución. Este, chupa cabra, de ese oprobioso régimen, al morir fue
enterrado en el mausoleo familiar de la manera más secreta y anónima, a su
muerte sus familiares renunciaron a sus apellidos por el KALMA MORAL que los afectaba
por la dantesca OBRA que les lego
este sanguinario Lomo Plateado.
Que llevo a esta familia a vivir en
la oscuridad después de la segunda guerra mundial por las barbaridades en que
incurrió este orate de las tinieblas judiciales. Igualmente, este oscuro
periodo recuerda la historia, el coraje que tuvieron alguno de estos lomo
plateados, al perder sus investiduras y privilegios, unos desertaron a otros
países después de haberse forjado monumentales riquezas, negociando con la vida
y la miseria humana a favor de su mentor, pero
cometiendo el error que deja todo Mapurite, el rastro de la raya
amarilla y el perfume por donde se desplaza que delata sus conchas, su madriguera,
donde se domicilian como lo que eran, unos roedores. Hasta esas conchas llegó el brazo de
la justicia y le echó el guante.
Esos LOMBROSIANOS creían que en esas madrigueras no llegaría el brazo de
la justicia y los atraparía; otros no soportaron las sanciones que le dictaban
sus conciencias y aceptaron la pena y realizaron su ejecución forzosa, y
haciendo justicia con sus propias manos tomaron su correspondiente pastillita de cianuro, porque al ser llamados a
rendir cuenta y no tener las evidencias, las pruebas JURIS
TANTUM que justificaran sus macabras gestiones, el dolo de sus actuaciones
los emplazó y los condenó a tener que suicidarse. Estos hechos conformaron un icono
para LA HUMANIDAD, el cual ha sido
objeto de estudio por legiones de generaciones posteriores para no incurrir en
hechos similares.
La biblia, el Libro Sagrado de los católicos, en uno de sus versículos determina
que el ser humano no es Dios para
disponer a su libre arbitrio del derecho a la vida y de la libertad de las
personas de un semejante. Se entiende que el ser humano en algunas
oportunidades si tiene algo de ignorancia e incurre en estas anomalías; sin
embargo, al percatarse de esos errores activa el auto tutela y los corrige. En
ese orden de prelación señala la Santa
Biblia, en el capítulo segundo del evangelio de SIMEON LUCAS, la máxima la cual pone a temblar a los funcionarios
públicos, que desgobierna en estos recintos, por cierto este Libro Sagrado
mantiene estos funcionarios sobre
su escritorio, el cual viven leyendo para ver si el Gran Arquitecto del Universo, los libera de los pecados capitales en los
cuales incurren, ya que, viven violando sus sagrados postulados; en la práctica
al incurrir a diario en sus pecadores capitales de oficio al utilizar la Justicia
como herramienta de exterminio y persecución, a pesar de saber los mismos que
la BIBLIA es infalible y dejó establecida la
lapidaria máxima “CON LA VARA QUE MIDES SERAS
MEDIDO.”
Esta máxima en nuestro país no ha sido
impedimento para que los funcionarios Judiciales vendan su conciencia como JUDAS ICARIOTAS, y utilizan LA
JURIDICTIO de la cual están investido para imponer Sentencia forjadas, Sentencias
sin pruebas, revisan un expediente como
el realizado por el ofidio APONTE,
APONTE con más de (40.000 folios útiles, en tres días para resolver
una apelación en Casación Penal para imponer una Sentencia con la pena máxima).
De igual manera desatiban decisiones judiciales para legitimar hechos punibles tal
como ocurrió con los invasores de tierra en el todo el país y bajo ese modo operandi, imponer un terrorismo judicial aberrante. Que los
sujetos activos de los mismos viven diciendo en los medios de comunicación que
todo estos hechos son en honor a un
DANTE, que vive en una isla del Caribe y bajo ese esquema hacer feliz al Dante. Tal como lo confesó por un medio
de comunicación masiva Internacional el plenipotenciario EX-Magistrado
APONTE, APONTE ELADIO.
En ese espejo deben verse algunos
representantes del Poder Judicial Bolivarista, ya que, las decisiones que han
venido tomando sin cumplir con el juicio previo y el debido proceso, sin ética,
sus repercusiones son inevitables, perturbadoras e indeseables y las mismas han
tenido un parecido muy marcado con los TRIBUNALES
DEL TERROR Y LOS JUECES DEL HORRORDE LA ALEMANIA NAZI; sus efectos y consecuencias
de sus penalidades son demoledores modelos debarbarie y desmesuradas.
Estas gestiones han sido consideradas
por países civilizados, formas de sembrar el odio y el pánico en la población conocida
con el nombre de TERRORISMO JUDICIAL. Estas sanciones en lugar de
corregir conductas, las violentan y erosionan, siembran el odio en las personas
que son condenadas, acaban con su vida útil, son penas de muerte en vida, con estas herramientas y otros mecanismos
tipos de suplicios chinos ocurren en el País, a pesar del postulado Constitucional previsto
en el artículo número (42) ya comentado.
En este orden de ideas, para nadie es
un secreto el estado de descomposición en que operan las cárceles en el País, lo
que sí es un secreto y que no se le informa al País es de quien es la
responsabilidad que ha permitido que los establecimientos carcelarios funcionen
en las condición dantescas en que operan. Resulta insólito, grotesco buscar los
culpables del colapso carcelario en la población carcelaria o en los familiares de las víctimas o en
medios de comunicación, cuando los culpables los que se lucran con el Negocio
carcelario están en despachos Públicos. Las ciudadanías se preguntan cómo entra
a un establecimiento carcelario un
fusil, una ametralladora, una granada. Ante esa, pregunta no hay repuesta.
Los diferentes niveles del Poder
judicial saben que los presos venezolanos tienen derechos y deben ser tratados
como tal; éstos deben velar porque los derechos del privado de libertad se le
respeten y no se haga demagogia con sus
derechos humanos. A tales efectos, la historia devela y registra el
derecho Humanitario y el derecho Carcelario, disciplinas que magistralmente
recoge “La Convención Americana sobre Derechos Humanos”, estos principios a
través del tiempo han evolucionado, promocionando los derechos humanos del ciudadano
y las gestiones que deben realizar los gobiernos para reinsertar en la Sociedad
a esas personas que purgan su penas en
esos infiernos como ciudadanos útiles y
no como agentes del crimen, tal como se ha
instaurado y está ocurriendo en estos establecimientos y en la Sociedad
Venezolana.
Los derechos del preso, se instituyeron hace muchos años, desde
el mismo momento en que apareció el sistema carcelario, que se inició con el modelo carcelario celular, dejando
atrás la macabra Ley del Talión
hasta llegar al sistema de régimen
abierto. Sin embargo, en la actualidad en Venezuela la realidad muestra que
el país ha involucionado en su
incipiente modelo carcelario, en su defecto se ha instaurado un sistema
infrahumano y dantesco, único en el mundo digno de un premio de la academia del
arte.
En la conciencia colectiva venezolana
retumba todavía los macabros hechos del RETEN
DE CATIA, para luego los gobernantes de turno los medrosos de la cosa
pública gestionar estas escuelas del crimen y tratar de borrar de la mente del
colectivo y llevarnos a los modelos carcelarios del RODEO l, RODEO II, La Planta YARE, URIBANA, con todo una innovación carcelaria de SUJETOS activos
nuevos denominados PRANES, estas
innovaciones en la historia del crimen organizado. Los venezolanos hemos venido
observando con preocupación las actuaciones del Poder Público y de los
funcionarios públicos competente en esta materia quienes se han develado como auténticos OCLOCRATAS DE LO ABSURDOS,
actúan a mansalva por descuido de los
integrantes de la sociedad que no reclamamos sus derechos.
El Sistema Carcelario Venezolano es
un icono a las Inmoralidades Públicas que tiene que enfrentar el Poder Judicial, a pesar de que las
cárceles del País había estado adscritas al Poder Ejecutivo a través del Ministerio del Poder Popular para
Interior y Justicia y en la actualidad se creó un Ministerio para que atiende y
gestione este problema, cuya fuente de origen es la negligencia, apatía del Poder Judicial. El pueblo se pregunta
qué se esconde tras la fachada del problema carcelario, qué buena intención
impera en no atender este conflicto social de las personas sin voces. Que no
escuchan los maulas que gobiernan estos recintos tenebrosos.
El conflicto carcelario tiene su fuente
de origen en el poder Judicial y se
desarrolla bajo el control del Poder Ejecutivo, donde subyacen de manera
lapidaria los ciudadanos penalizados por funcionarios Judiciales adscritos a
este Poder Judicial, quienes sin el más elemental conocimiento gerencial
gestionan el Sistema Judicial del país en nombre de la República y Autoridad de
la Ley. Además, con singular particularidad actúan como verdaderos verdugos de
la injusticia, acatando los designios semanales del Caporal, tal como lo
confesó el MALEFICO, APONTE, APONTE
ELADIO. Sin embargo, se observa al presentarse los dramas carcelarios que
estos funcionarios permanecen mudos, inmutables desvinculados como si los mismos
no tuvieran nada que ver con los conflictos.
La situación expuesta ha creado un
colapso en los establecimientos carcelarios abarrotadas por ciudadanos
procesados y condenados en un porcentaje del 60% por un 40% aproximadamente,
luchando el día a día por sobrevivir. Surge la pregunta ¿Por orden de quien se encuentran estos ciudadanos Condenados o
Procesados en estos establecimientos? Dese usted mismo la respuesta, ante esta realidad apocalíptica el
preso se ve emplazado a tener que adaptarse a esa realidad e iniciar el proceso
de formación educativa en el crimen, ya que, al estar en ese recinto donde
reina la oscuridad, la violencia, la droga y el tráfico de armas de todo
calibre no le queda otra decisión que adaptarse al medio para tratar de sobre
vivir y si logra sobre vivir y logra su libertad sale graduado como un delincuente
nato más.
En el momento cuando ese ciudadano
logra traspasar la barrera de ese infierno se pregunta ¿Dónde están los funcionarios de instrucción que investigan
y acusan y los que administran Justicia en nombre de la República y Autoridad
de la Ley y los que dirigen las cárceles del país ? Que acabaron con su
vida útil y con sus actuaciones se convirtieron en un fraude Jurisdiccional para el ESTADO y para la Sociedad. Quienes con su omisión y
actuaciones incurren en el delito de denegar
justicia. Las personas que están detenidas es porque tienen una orden de
detención dictada por un juez, este funcionario que ordena su detención deben garantizarle el mandato constitucional
establecido en el artículo (43) Ya comentado.
ESTABLECIMIENTOS
CARCELARIOS El RODEO I Y RODEO II, LA PLANTA, URIBANA, DEPOSITOS
DE VENEZOLANOS.
Los motines
perpetrados en los establecimientos carcelarios del Rodeo I, Rodeo II;
La Planta, Yare, URIBANA, constituyen un nuevo episodio de la violencia del
conflicto de baja intensidad urbana que se ha venido cultivando en el país. La
violencia que se ha estructurado sin
espavientos ni controles gubernamentales han ocasionado angustia en los ciudadanos, en la sociedad en general estén implicados en estas acciones o no estén
y el proceso de escalamiento del mismo ante la parálisis del Poder Público han
creado incertidumbre sobre su posibles soluciones, por la apatía asumida y la
corrupción imperante por los organismos
responsables de su solución. En este orden de ideas se observa, la violencia
como una variable inherente a la naturaleza humana desde el punto de vista de
la competencia por la vida. Este proceso va escalando y minando el estamento
social de un país hasta dejar instaurado en el ámbito social la cultura del
crimen.
La infraestructura criminal está conformada
por una serie de eventos que van siendo articulados por los sujetos activos del
crimen, conformando así unas organizaciones
criminales tal como las señaló el Criminólogo Ingles SUTHERLAND, en su teoría del delincuente de cuello blanco en
concordancia con la teoría del
delincuente nato del ilustre doctrinario LOMBROSO, Y otros aspectos de la delincuencia organizada. Estos hechos
y organizaciones no han sido estudiados en Venezuela y
analizados por expertos en la materia, todo lo contrario se han activados
operativos como forma de dar la apariencia de que se está actuando, de que se
está atendiendo el asunto, cuando en realidad lo que se está aplicado es la
típica acción retardatriz para ganar tiempo a cambio de instaurar la cultura del crimen.
Para poder enfrentar la industria criminal se debe tener voluntad
política, la cual en nuestro país ha brillado por su ausencia, lo que no ha
permitido estructurar una organización con capacidad, medios y recursos que
estudie y analice, diagnostique las
causas de la inseguridad Pública y asuma la planificación de las
acciones de las potenciales soluciones
que pueden dar al traste con esta pandemia que azota a las sociedades.
En Venezuela se ha venido incubado un
antagonismo social de tal irracionalidad que ha afectado a las Instituciones Republicanas que tienen la misión de garantizar
la seguridad pública y ciudadana. La violencia ha venido escalando posiciones
recalcitrantes que ha emplazado a los organismos responsables del orden a tener
que reaccionar para tratar de detener al crimen organizado desbordado, sin
embargo, las acciones emprendidas por el gobierno han sido ramplonas y desarticuladas
y disminuido han permitido que la agenda
en esta actividad pública la imponga el
hampa, que han transformando el
territorio pacifico de la República en un teatro de operaciones de la violencia
criminal.
La
situación delictiva en el país es
dramática, los entes públicos encargados de velar por esta garantía
constitucional han permanecidos apacibles e inmutables, sin capacidad ante la
ocurrencia de esta barbarie revolucionaria. El crecimiento de este flagelo
criminógeno de la delincuencia y la violencia ha sido colosal, su crecimiento exponencial es abierto, una muestra
son los hechos ocurridos en el rodeo y en la calce de URIBANA evidencian la potencialidad de la
ocurrencia de hechos de igual naturaleza de mayor gravedad pueden seguir
ocurriendo en cualquier momento en el resto de las cárceles. Resulta aberrante,
insólito lo que ocurre semana tras semana en los diferente Estados del país los
partes de guerra que presenten las Morgues de los venezolanos muertos a manos
del crimen. Ante esta realidad los organismo competentes siguen inmutables sin
dar respuesta a esta barbarie, a sabiendas estos funcionarios públicos, que estas
garantías constitucionales no son dadivas que están bajo la discrecionalidad del
príncipe, son mandatos constitucionales que tienen que cumplir los funcionarios
públicos que tengan asignadas esta competencia, sin embargo, el populismo
reinante ha permitido que la criminalidad se acreciente dramáticamente.
Los
niveles de pobreza y la reducción de la actividad laboral, ha minimizado las
oportunidades del bienestar social de un sector bastante importante de la
sociedad. A tales efectos, el populismo rentista reinante ha sido utilizado por
el gobierno para imponer su agenda política a través de unos servicios públicos
deficitarios. El estamento público y la sociedad como un todo, tiene que reaccionar
ante el caos reinante y someter la situación a un proceso de reingeniería para adecuarlo a
la realidad y no sustituirlo por una rosario de mentiras demagógica éticamente
inhumana que derivan de la irresponsabilidad asumida por los gobernantes de
turno, a sabiendas de que estos hechos no prescriben según el Estatuto de Roma de
la Corte Penal Internacional, recinto donde
más temprano que tarde todo estos caballeros tendrán que justificar sus cuentas
de sus omisiones, dolos y barbaridades. Espejo donde deben verse estos funcionarios que hoy reinan, porque la
máxima establece que “Verdugo es verdugo
y verdugo no pide clemencia.” Muere
con la carroña en el buche.
El autor de este escrito se fundamenta en la declaración
Universal de los derechos humanos que determina: “Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión,
este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, y el de
difundirla sin limitaciones de fronteras por cualquier medio de expresión.
Artículo número (19) de la declaración Universal de los derechos Humanos.
Abogado:
Edison Chirinos
Casación Penal Especialista en Derecho
Humanitario.
EN HONOR, A “LOS PRESOS
POLITICOS EN ESPECIAL AL COMISARIO SOVONOVIS, LA SOLEDAD APRIETA, LA FE ILUMINA
EL CAMINO, CUANDO SE PASA EL MAR CONFUNDIDO CON EL CIELO, EL HORIZONTE INFINITO
LLEGARA CON EL BALSAMO DEL TIEMPO
PERFECTO DE DIOS”
edison2015@hotmail.com
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