domingo, 24 de enero de 2010

CANDIDATOS POR INICIATIVA PROPIA DEBEN ACUDIR AL CNE, NOTICIA REDACTADA POR E.MARTINEZ EN EL UNIVERSAL, 23-01-10

CNE difiere discusión sobre obligación de inscribir candidaturas paritarias

Los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) ratificaron en el Reglamento Electoral N°1 que los candidatos a la Asamblea Nacional por iniciativa propia deben presentar firmas equivalentes a 5% de los electores inscritos en la circunscripción por la que se están postulando.

Además, ratificaron que es indispensable que los aspirantes se presenten personalmente ante la Junta Electoral respectiva para formalizar su aspiración. Este requisito no es aplicable a los postulados por los partidos políticos.

En el Reglamento Electoral se detalla -como ha ocurrido en otras elecciones- que las organizaciones políticas deben designar a una persona autorizada para presentar las candidaturas. Corresponderá a esa persona presentar -en nombre de los aspirantes- los requisitos respectivos para que sean inscritas las candidaturas.

La inscripción personal es un tema que preocupa a los grupos de electores que promueven la candidatura de los comisarios Lázaro Forero e Iván Simonovis a la Asamblea Nacional, porque consideran que el Ejecutivo nacional intentará bloquear sus intenciones al exigir que deben inscribir personalmente sus candidaturas.

Lista impugnación al RE Los rectores ratificaron que el Registro Electoral Preliminar podrá ser impugnado. Aunque esta es una garantía que tradicionalmente concede el organismo comicial, los partidos de oposición exigieron que se incluyera taxativamente esta posibilidad en la redacción definitiva del documento.

Primarias no son obligatorias Los candidatos avalados por los partidos políticos deben acompañar su postulación con una comunicación, emitida por la dirección nacional de la organización que los respalda, en donde se detalle que el aspirante fue electo según métodos democráticos de consulta a la militancia del partido. Esta disposición no puede interpretarse como la obligación de realizar primarias, porque los métodos de consulta a las bases dependen de cada organización política.

En los artículos aprobados por los rectores no se incluye ninguna disposición que sugiera que serán rechazados los candidatos de los partidos que no sean seleccionados mediante primarias internas.

Paridad fue pospuesta Entre los puntos diferidos para la próxima sesión de rectores destaca el tema de la paridad de géneros en las listas de candidatos. En el proyecto de borrador entregado a los partidos políticos se incluye la obligación a presentar listas cerradas que estén integradas por 50% hombres y 50% mujeres. No obstante, tanto los partidos de oposición como los técnicos del PSUV han expresado su preocupación por esta disposición porque consideran que complica la confección de las listas de aspirantes a la Asamblea Nacional.

Hasta el 3 de marzo El Reglamento Electoral N°1 que discutieron ayer los rectores electorales por espacio de 10 horas sólo desarrolla los aspectos relativos a la convocatoria de los procesos electorales, administración del Registro Electoral, postulaciones de candidatos y escogencia de posición en el tarjetón. Según la nueva Ley Electoral corresponde al CNE normar, aproximadamente, 18 temas clave antes de cada elección. Según el cronograma preelectoral los rectores tienen plazo hasta el 3 de marzo para aprobar todas las normas para las elecciones parlamentarias.

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