ROMÁN DUQUE CORREDOR |
La
elección de los Magistrados del TSJ no fue transparente ni objetiva y su designación por el solo voto del PSUV ,
y la abstención de la oposición, de la casi totalidad de postulados vinculados a este partido o a
dirigentes de PSUV, no es garantía de
independencia y de imparcialidad del TSJ, ni que estas garantías vayan a mejorar.
1. La
Comisión de Postulaciones Judiciales debió ser representativo de la Sociedad
Civil, que es garantía de la legitimidad
democrática de su elección (Arts. 264 y 270 CN)
y no lo fue puesto que sus integrantes
fueron mayormente personas vinculadas al partido de gobierno a sus
organizaciones satélites.
2. La preselección por esta Comisión no
se llevó a cabo dentro de un esquema que garantizara su independencia, y funcionalidad para
proveer como Magistrados del TSJ, sin
ningún género de dudas, al
sistema de administración de justicia, de profesionales con los más altos perfiles académicos,
profesionales, sociales y éticos, que objetivamente justificaran su reputación
como juristas reconocidos como probos, independientes e imparciales.
3. No se conoció el Baremo que se
siguió para definir los elementos del
perfil profesional y cualidades
que deben tener los aspirantes para poder ser incluidos en los listados
respectivos como juristas de reputada competencia, como lo exige la Constitución y que
debió aprobar y hacer público la
Comisión antes de la preselección y posteriormente para la selección de las listas definitivas por el Poder
Ciudadano
4. El proceso de selección careció de la
publicidad y de las amplitudes requeridas para su transparencia, puesto que se
siguió u un sistema cerrado, que, por ejemplo, impidió seguir por los medios
radiales o audiovisuales de la AN, las entrevistas a los postulados como se
hace en los países democráticos.
5. No se sabe cuál fue la calificación que
la Comisión de Postulaciones Judiciales otorgó a cada uno de sus postulados
sobre sus Méritos humanos y
éticos, académicos y profesionales para seleccionar a unos y para no seleccionar
a otros, algunos de ellos juristas reputados,
por lo que se desconoció el
derecho a la información ciudadana.
6. La elección de Magistrados del
Tribunal Supremo de cualquier país
por mayorías políticas y de personas con vínculos estrechos
partidistas, no da una buena imagen para el Estado de Derecho ni para el Poder
Judicial.
7. El pluralismo, que como valor superior
del ordenamiento jurídico consagra el artículo 2°, de la Constitución,
obligaba a la Asamblea Nacional a procurar el mayor apoyo parlamentario para
la designación de los Magistrados del TSJ,
como garantía de su condición de jueces independientes, imparciales y no
comprometidos, como se señala en la
propia Constitución y en los estándares internacionales sobre la independencia
del Poder Judicial que el Estado venezolano se ha comprometido a respetar.
Román
J. Duque Corredor
academiadecienciaspoliticas@gmail.com
@romanjoseduque
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