domingo, 25 de enero de 2015

FROILAN ALEJANDRO BARRIOS NIEVES, AGRESIÓN DEL TSJ CONTRA LA LIBERTAD SINDICAL EN SIDOR

Si ha habido un movimiento que ha dictado pautas a lo largo de su historia en materia de autonomía sindical ha sido el movimiento siderúrgico en Guayana, ha enfrentado intervenciones desde el Estado en cualquier época, a tal punto que en las últimas elecciones generales del sindicalismo en Venezuela en 2001, no aceptó la intromisión del CNE y realizó sus elecciones renovando su comité directivo.

En esa misma dirección aún cuando el CNE prácticamente suspendió  la elección de los directores laborales para las empresas del Estado desde el 2000, y a pesar de que está normativa está vigente incluso como disposición transitoria del decreto LOTTT 2012, los sidoristas han sido uno de los pocos sectores laborales que continúan eligiendo los representantes de los trabajadores en el directorio de SIDOR,  realizándolas efectivamente en 2011, donde se eligieron 2 directores laborales principales y 2 suplentes.

¿Cual es el origen de la reciente decisión de la Sala Electoral del TSJ al suspender las elecciones del sindicato SUTISS?. Culminar la operación iniciada por el Ejecutivo Nacional desplegada durante el proceso de movilizaciones y huelga desarrollada por los trabajadores, cuyo desenlace fue en agosto 2014, en procura de un contrato colectivo justo y por el rescate de la principal empresa estatal del país luego de PDVSA.

Hoy SIDOR está dirigida por un General y 19 coroneles, es decir la militarización de la empresa insignia de la siderurgia en nuestro país y otrora en el mercado andino, hoy en ruinas, por otro lado 3 trabajadores están presos acusados de terrorismo por participar en las protestas de agosto y decenas de sidoristas continúan con procesos judiciales abiertos desde el anterior conflicto en 2008.

El Gobierno Nacional necesita acallar "el mal ejemplo" de los sidoristas en el reclamo de sus derechos laborales, de allí su estrategia de recurrir a la represión, el miedo, el aislamiento y mediante la fuerza imponer un contrato colectivo que no ha sido homologado, ni aprobado en asamblea de trabajadores sino caprichosamente impuesto por el Ministerio del Trabajo y la empresa.

A sabiendas que el resultado del conflicto de agosto dejó muy mal parado a la actual directiva de SUTISS ante los trabajadores, y ante el deseo de éstos de renovar su directiva en un proceso electoral donde concurren 12 planchas supuestamente simpatizantes del oficialismo, prefiere no correr el riesgo de que se legitime un nuevo SUTISS y le salte la liebre con directivos no controlables por los poderes públicos oficiales.

De allí recurre a   su as bajo la manga, desde la Sala Electoral TSJ se fabrica una decisión con la celeridad expresa del Poder Ejecutivo, y en 48 horas define  suspender las elecciones de SUTISS fijadas para esta semana. Excelsa capacidad de respuesta que no se compadece con la solicitud hecha por la Unidad de Acción Sindical en diciembre 2013, de nulidad de 15 artículos del DLOTTT violatorios de la libertad sindical, hoy  seguramente engavetada en algún rincón del máximo tribunal de la nación.

Froilan Barrios
fbarriosnieves@gmail.com
@froilanbarrios

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