EDDY BARRIOS |
El Artículo 233º constitucional vigente reza que
“serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte,
su renuncia (…) así como la revocación popular de su mandato”. La renuncia es el acto voluntario, sin
coacción ni apremio, que un trabajador
toma para rescindir unilateralmente el contrato contraído con su
empleador.
Ahora bien, ¿Puede un empleador pedirle al
trabajador que renuncie? La respuesta es compleja, y habría que considerar las
condiciones de antes y después del decreto de inamovilidad laboral vigente, ad
infinitum, o al menos de manera indefinida, que existe por virtud de la ley
habilitante que lo mantiene como una manera de ganar dadivas con escapulario
ajeno, toda vez que el gobierno no lava ni presta la batea, pues no estimula,
fomenta, ni garantiza, las condiciones para que existan y funcionen a full
capacidad, o a pleno empleo, las empresas, industrias y comercios para el
desarrollo nacional, como tampoco produce los bienes y servicios en las
empresas que confisca o expropia. De igual manera, tampoco puede contratar a
todos los que quedan desempleados. De tal forma que la situación es como una
culebra que se muerde el rabo, un círculo vicioso, como le dicen los expertos.
Los trabajadores quedan desempleados porque las empresas cierran y el estado no
cuenta con empleos para absorberlos. De manera inversa, si el estado botara sus
empleados no habría empresas que los contratara. Por ello, existe ese decreto
de inamovilidad.
Antes del decreto de inamovilidad existían dos
opciones para la terminación de la relación de dependencia entre empleador-trabajador,
el despido justificado y el despido injustificado. Para el primer caso, el
empleador debía acudir a solicitar la calificación de despido y esperar que el
tribunal del trabajo lo aprobara. Para ello, debía acompañar tal solicitud de
calificación de despido con los recaudos necesarios para probar los deméritos
en los que el trabajador habría incurrido, base para que el empleador haya
tomado la decisión de rescindir unilateralmente el contrato de trabajo. La otra forma, la del despido injustificado,
daba lugar a indemnización conocida como el célebre decreto 21 de CAP, o el
“.Págame doble y me voy”.
Luego del decreto de inamovilidad, estas dos posibilidades, a mi juicio, perdieron sentido, primero porque no existe el despido justificado, ya que el tribunal del trabajo siempre se pronunciará en favor del trabajador, como tampoco se da lo del despido injustificado y el pago doble de prestaciones, porque el trabajador sencillamente no saldrá nunca de su empleo, ni que le paguen doble ni triple: pues, nadie deja esa manguangua, mucho menos si no hay empleos en las empresas privadas a donde acudir. En resumen, en la empresa privada es muy difícil salir de un empleado, así éste no sirva. Pareciera que éste fuera el mismo caso en la empresa púbica.
Un detalle para nada de obviar es que los sindicatos
están para defender los derechos y
conquistas de los trabajadores; es decir, para darle fuerza al factor TRABAJO
frente al factor CAPITAL. No obstante, en el presente status quo socialista del
siglo XXI, este estado, que se dice como tal, no discute los contratos
colectivos y es el único que puede despedir trabajadores, porque simplemente,
no existiendo la separación de poderes y el Defensor del Pueblo (Puesto) no
actúa, nadie le gana un juicio al estado.
Dicho lo anterior, cabe preguntar: ¿Puede el pueblo
exigirle al presidente su renuncia?
Obviamos decir que en el caso de las empresas
privadas, se considera inmoral que un jefe presione al trabajador para que éste
pida su renuncia. Incluso si el trabajador puede demostrar que existe tal
presión, allí de inmediato procede lo
del despido injustificado, y el pago doble de prestaciones. Por supuesto, con
el decreto de inmovilidad vigente, no se puede de ninguna manera jurídica ni
práctica salir del trabajador.
En el caso del presidente, como vimos, existe el
referendo revocatorio del mandato, para el cual hay que esperar la mitad del
periodo; o sea, tres años. Ahora bien, ¿Puede y debe un pueblo aguantar tanto?
En sentido moral, no tanto el jurídico, el empleador
del presidente es el pueblo y ser mandatario no significa sino eso, alguien que
recibe un mandato, no que manda y ministro significa servidor; o sea, ese
trabajador elevado que es el presidente está allí para servir y no para ser servido
y su condición de mandatario no es más que para que cumpla un mandato de cierta
naturaleza y durante un periodo establecido.
¿Está sujeto el presidente a alguna condición o
limite a su ministerio o mandato? Pues,
sí que lo está, el Capítulo II, “Del Poder Ejecutivo Nacional”, en su Sección
Primera: “Del Presidente o Presidenta de la República” establece las
condiciones y requisitos para ser elegido y demás consideraciones referidas a
tiempo de su período de gobierno y otras, y
la Sección Segunda nos habla de las“Atribuciones del Presidente o
Presidenta de la República”.
Adicionalmente, Venezuela es signataria de acuerdos y tratados tales
como la Carta Democrática de la OEA, la cual establece que no sólo se requiere
y reconoce una legitimidad de origen o lo que es lo mismo, ser electo por el
pueblo, sino que el presidente debe proceder a ejecutar su gobierno conforme a
condiciones que allí se establecen y que nos hablan de una legitimidad de
ejercicio o desempeño.
De más está decir que el presidente es el primero que
debe cumplir y hacer cumplir la constitución y leyes. Por cierto, el presidente
deberìa cumplir con el programa de
gobierno que cada candidato debe presentar cuando se inscribe, así como con sus promesas de campaña. Es más
que evidente el estrepitoso fracaso del gobierno, por causa del errado modelo
escogido. No se cumple con la constitución y leyes y estamos en grave situación
de crisis económica, insuperable con los
mismos métodos que la causaron.
"He renunciado a ti, no era posible"...Andrés
Eloy Blanco dixit, y el último gobernador de Venezuela para el 19 de abril de
1810, el Capitán General, Vicente Emparam, al serle solicitada su renuncia
...(Que él aceptó) solicitada por un pueblo desesperado, orientado por el dedo
del padre Madariaga…resolvió la cuestión con su célebre frase:
“Bien, si ustedes no quieren mi gobierno, yo tampoco
quiero mando...
Eddy Barrios
eddybarrios@gmail.com
@eddybarrios2
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