Las argumentaciones de los distintos
actores políticos opositores en contra de la posibilidad de convocar una
Constituyente van desde las obvias, “Capriles: los problemas no se solucionan
con una Constituyente”, pasando por las reservadas, “MUD-Barboza: la MUD tiene
reservas con la propuesta de ANC”, y las pesimistas “Falcón: Yo creo que el
camino no es una Asamblea Nacional Constituyente, sería un error”, llegando hasta
las técnicas y fundamentadas “Petit Da Costa: Una Constituyente ahora es un
suicidio”. Todo esto sin contar con las amenazantes del régimen.
Sin descartar ningún argumento,
aquellos que sustentamos la propuesta constituyente debemos explicarla a detalladamente,
desmenuzando el porqué una modificación de la Carta Magna estableciendo una
nueva distribución del poder político, puede cambiar el paradigma de desarrollo
del país. Esto es lo que hemos venido explicando poco a poco desde hace varios
meses-ya años-, y que estamos vaciando en nuestro nuevo blog Proyecto País
Venezuela Reconciliada Vía Constituyente
(http://proyectopaisviaconstituyente.blogspot.com/) el cual recomiendo que
visiten.
Sin embargo, las críticas más
importantes se concentran en el ámbito de lo operacional. Aunque creo
firmemente que esa no es la discusión que tenemos que dar, debemos enfrentar
las principales preguntas y descalificaciones que giran alrededor del cómo
vamos a llegar a esa ANC con un Poder Electoral parcializado y corrompido sobre
el cual pesa una desconfianza bien ganada, luego de los últimos procesos
electorales. Y tienen razón, no se puede realizar una ANC sin tomar en cuenta
ese problema. Entonces mi explicación debe centrarse en como si se puede,
tratando de llegar de la manera más simple y pedagógica posible a la gran
mayoría que tiene ese temor bien fundado.
La mayoría de las personas que leen
estas líneas posiblemente hayan vivido o vivan en un condominio. Esto es,
muchas viviendas-apartamentos-, que comparten un mismo conjunto físico llamado
Edificio. Cuando usted compra un apartamento firma un contrato llamado
Documento de Condominio, que son las reglas que rigen para todos los que
habitan el edificio. Este documento indica cuanto le corresponde pagar a usted
como alícuota para el mantenimiento de las llamadas Áreas Comunes que son de
todos los propietarios, y como se administrará ese dinero de todos los
apartamentos, estableciendo si se asume o se subroga a un
tercero-Administrador-, para que lo haga.
Los propietarios eligen entre ellos
una Junta de Condominio, que se renueva cada cierto tiempo, que decide los
asuntos de importancia por todos ellos. Esta Junta de Condominio compuesta por
propietarios decide, por ejemplo, contratar a un empleado, el Conserje, para
que mantenga las áreas comunes, asignándole una remuneración por ese trabajo y
permanezca en constante comunicación con la Junta a los efectos de la buena
marcha de los asuntos del edificio.
Ahora bien, les pediré un ejercicio de
imaginación. Imaginen que ese Documento de Condominio es la Constitución. Es el
documento que tienen los Propietarios de los apartamentos para llevar en orden
los asuntos en el edificio. Define las reglas de los dueños del edificio,
porque ese documento solo puede ser firmado por los propietarios, por nadie
más. Los dueños del país somos los venezolanos y su titularidad está definida
en el Artículo 347 constitucional que reza así: "El pueblo de Venezuela es
el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder
puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de
transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una
nueva Constitución".
En otras palabras, los dueños del
edificio, esto es sus propietarios, definen las reglas y en ejercicio de ese
poder constituyente pueden cambiarlas, así como, en su condición de
propietarios, podrán contratar y despedir al Conserje, léase a los poderes
Constituidos que administran al Estado, al Presidente y sus Ministros , al CNE,
al TSJ, etc…
Llega un momento en que propietarios
deciden hacer un cambio en las reglas o la transformación de la propiedad- el
edificio-, y para ello deciden nombrar a una nueva Junta de Condominio. Mi
pregunta a quienes leen estas líneas: ¿Quién pone las reglas para elegir esa
nueva Junta de Condominio? ¿El Conserje o los Propietarios? La respuesta que es
obvia para un edificio, al parecer no lo es tanto para un país entero.
A la convocatoria de una ANC resulta
obvio que los depositarios del poder constituyente-léase propietarios-, deben
definir las reglas de cómo debe ser elegida esa nueva Junta de Condominio. Esto
es lo que llamamos las Bases Comiciales. Esas Bases definirán como deben ser
electos aquellos propietarios que tendrán la responsabilidad de administrar la
transformación de lo que es de todos.
Este fue el principio sobre el cual la
famosa sentencia de la antigua Corte Suprema de Justicia (CSJ) le permitió a
Hugo Chávez pasarle por encima a la Constitución de 1961 y convocar a una
Asamblea Constituyente en 1999: El Poder Constituyente Originario ESTA POR
ENCIMA de los Poderes Constituidos. Este es el verdadero principio y poder del
Articulo 347 de la Constitución, y que puede ser aplicado aun cuando no se
sigan las pautas que reglan la misma Constitución, como ocurrió con la que
teníamos hasta 1999.
Por eso cuando veo los argumentos que
se esgrimen de que si el CNE o el TSJ harán esto o aquello con nuestra voluntad
soberana de cambiar la Constitución y los Poderes Constituidos, es como si
alguien me dijera que en mi edificio el Conserje decide las reglas de cómo se
elige la Junta de Condominio. Ignoran, deliberadamente o no, lo que pasó en
1999 de una manera aterradora, siguiendo una visión lineal e ingenua del
problema olvidando que Chávez nos aplico esa misma medicina exitosamente en el
pasado.
Se establecerían unas Bases Comiciales
donde los propietarios ordenan la manera en cómo se realizará el proceso al
Poder Constituido (CNE), como por ejemplo, escrutinios manuales de todos los
sufragios constituyentes en estricto apego y respeto a la Representación
Proporcional de las Minorías, con la especificación técnica de cuantos
Constituyentes serán electos y en que regiones del país y las normas de
funcionamiento de esa Asamblea, así como toda normativa que nos garantice la
transparencia de ese proceso. En otras palabras Elecciones Auténticas de esos
Constituyentes.
Esas Bases deben acompañarse con al
menos el 15% de las firmas del Registro Electoral, como lo indica el Artículo
348, estableciendo así la pauta de los dueños o depositarios del Poder
Constituyente Originario acerca de cómo debe procederse con su propiedad,
poniendo las cosas en su debida perspectiva. De hecho esas Bases Comiciales
tienen que acompañar la planilla de recolección de firmas para que los
propietarios conozcan que poder están dando y sus términos respectivos.
Algunos me dirán que el Conserje-el
Ilegítimo-, también puede convocar a una Constituyente. Y yo les digo ¡que lo
haga! Podrá convocarla como establece el Artículo 348, pero sigue siendo el
Conserje. Y los propietarios seguimos siendo nosotros y como tales definimos
las Bases Comiciales del proceso. Ni Chávez se pudo escapar de eso al tener que
convocar a un Referéndum Consultivo para que aprobáramos sus reglas tramposas
que lo llevaron a tener 125 constituyentes de 131, con solo el 52% de los
votos.
Cualquier Base debe ser aprobada por
los dueños y debe abrirse una discusión nacional e internacional alrededor de
eso, incluyendo la metodología del conteo de los sufragios de ese Consultivo.
El régimen a lo único que le teme es
al Poder Constituyente y más aun a que nos organicemos para ponerlo en
funcionamiento. Ni los militares con todos sus cubanos juntos tienen metralla
para eso.
Saben que esa sería la manera de salir
de ellos en paz, reencontrándonos como venezolanos. También saben que no tienen
los votos si se cuentan de manera transparente. Chávez lo demostró muchas veces
al punto que quiso cambiar el Articulo 348 elevando al 30% la convocatoria de
una ANC en su proyecto de reforma del 2007. Entonces, mal podríamos nosotros
temerle ahora a la democracia si entendemos quien es el Propietario y quien es
el Conserje en este edificio llamado Venezuela, poniendo las reglas y ejerciendo
nuestro Poder Constituyente como ciudadanos.
Luis Manuel Aguana
Email: luismanuel.aguana@gmail.com
Twitter:@laguana
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