jueves, 10 de enero de 2013

SERGIO FERREIRA SOARES (*),LIBERTAD DE EXPRESIÓN: PILAR DE LA DEMOCRACIA

La libertad de expresión e información se han convertido en los valores más importantes de cualquier sociedad democrática a nivel mundial, motivo por el cual al presidente Chávez se le cuestiona la existencia de un Estado demócrata

La libertad de expresión e información constituye un derecho humano fundamental que asegura el libre intercambio de ideas y opiniones en una sociedad democrática y plural. No son acordes con el sistema democrático las limitaciones o restricciones al derecho de informar e informarse objetivamente.

En la actualidad venezolana, muchos son los actores políticos que aseguran que en el país se está violando la constitución, estableciendo una especie de censura que va en contra del libre intercambio de opiniones e información.

El profesor de la Universidad Católica Andrés Bello, Andrés Guillermo Carvallo, asegura que es necesaria la existencia de un sistema jurídico que garantice la posibilidad de expresarse y comunicarse, en un debate sin fronteras de ideas y opiniones, que además consagre el derecho de las minorías a participar en la toma de decisiones sociales y políticas que sean de interés ciudadano.

La libertad de expresión, es el presupuesto de la libertad del ser humano ya que en ella se asienta el pilar fundamental de donde emanan las demás libertades públicas.  La existencia de la libertad de expresión es incuestionable; sólo debe ser materia de interpretación, el grado y la medida de su ejercicio, teniendo como límites las normas constitucionales y legales encaminadas a no permitir el abuso de esta libertad, quebrantando las libertades individuales.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció en la Opinión Consultiva oc-5/85; del 13 de noviembre de 1985: “La libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública. Es también conditio sine qua non para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre”.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN VENEZUELA

Venezuela siempre se ha comprometido con el respeto y consagración de esta libertad; igualmente, ha estado en sintonía con los pactos internacionales suscritos por la mayoría de los Estados, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, el Pacto Internacional Sobre Derechos Civiles y Políticos de 1.961, y la Convención Interamericana Sobre Derechos Humanos de 1977, conocida  universalmente como el Pacto de San José.

El columnista del diario El Universal, Gerardo Blyde, explica en su artículo Resistencia Pacífica como la defensa de la libertad de expresión tiene vieja data en el país. “A quince días de haber muerto Gómez, López Contreras dio su primera rueda de prensa, el 3 de enero de 1936. En ella prometió completa libertad de expresión: sólo los medios debían imponerse los límites (…) Inexplicablemente, dos días después, cambió de opinión y dictó un decreto de suspensión de garantías constitucionales (entre ellas la libertad de prensa y el derecho a la protesta pacífica) y estableció una Oficina de Censura en donde se ordenaba a las gobernaciones vigilar que no se publique ningún escrito de carácter político, social o económico sin la aprobación de la autoridad”.

Cierres de periódicos, ceses de transmisiones y muchas otras acciones de los diferentes gobiernos sucesivos, despertaron el interés ciudadano originando grandes protestas que quedaron grabadas en las páginas de la historia de nuestro país. Ejemplos de ellos son las persecuciones hechas por la Seguridad Nacional a aquellos que se pronunciaran en contra de la dictadura de Pérez Jiménez; las protestas por la suspensión de garantías y la prohibición a los medios de divulgar lo que estaba ocurriendo en el período de Gallegos; el decreto del Ministerio de Relaciones Interiores del período de Betancourt, en el que se ordenaba a las publicaciones del país abstenerse a dar informaciones relacionadas con el orden público sin consultar previamente a los funcionarios designados; entre otras.

Desde entonces, las relaciones de los medios con el Gobierno se han caracterizado por períodos de tensión: de duras críticas y ataques del Presidente contra determinados medios, sus propietarios e incluso periodistas; de una persistente campaña contra el Presidente y el gobierno de turno por parte de los medios.

Recientemente, el cese de la concesión a Radio Caracas Televisión (RCTV), originó una ola de protestas y debates sobre la existencia de libertad de expresión y otras libertades en el país. Actualmente, cuando ya han pasado dos años del cierre de dicha planta televisiva, el canal de señal abierta Globovisión vive día a día con una amenaza de cierre por parte del Gobierno Nacional. Esto lleva a preguntarnos, ¿existe la pluralidad de ideas? o lo que es peor ¿se esta vulnerando el derecho ciudadano a la libertad de expresión?

Es muy pronto para dar una respuesta a dichas preguntas, pues por el momento la constitución venezolana defiende dicho derecho; lo que si es cierto, es que la libertad de expresión se ha conformado como el principal valor de la sociedad venezolana, en defensa de la democracia, la libertad y los derechos del ser humano.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN VS LIBERTAD DE INFORMACIÓN

La Constituyente de 1.999 recogió la importancia de la libertad de expresión e información y lo plasmó en la Carta Magna elaborada. A pesar de que dichas libertades están íntimamente relacionadas, se separó con tratamientos jurídicos diferentes, el derecho a la libertad de expresión por una parte, del derecho a la libertad de información por la otra.

La Constitución Nacional sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente en 1.999 establece en su artículo 57: “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecer censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa. Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades”.

Por su parte, el artículo 58 referido a la libertad de información dicta lo siguiente: “La comunicación es libre y plural (…) Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura (…) así como el derecho de réplica y rectificación cuando se vean afectados directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral”.

A partir de dichos artículos se desprende le relevancia de la prohibición de la censura previa, como una condición fundamental para la existencia de libertad de expresión; lo que se ratifica en el artículo 13.1 del Pacto de San José, donde se señala que el ejercicio de estos derechos no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores. El Pacto de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 19 reitera la libertad de expresión en términos similares; y la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala en su artículo 29.2: “En el ejercicio de los derechos y en el disfrute de sus libertades toda persona estará sujeta a las limitaciones establecidas por la Ley con el fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden publico y del bienestar general en una sociedad democrática”.

La información debe en principio resguardar la privacidad y la intimidad de las personas, conforme a lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Nacional: “Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación...”. Esto también se encuentra establecido en el Pacto de San José en los artículos 11 y 14.

No cabe duda de que, si bien es cierto de acuerdo a las leyes que toda persona tiene derecho a su privacidad e intimidad, también lo es, que existen ocasiones en que se encuentra involucrado el interés público en contraposición con los derechos individuales. Ante ello, se presenta un grave conflicto de derechos, puesto que debe precisarse cual derecho igualmente humano y fundamental, debe aplicarse con preferencia.

La solución a dicho conflicto, no es otra que la subordinación de los derechos y garantías individuales, en beneficio del derecho a la información que necesitan los ciudadanos para su desenvolvimiento social. Sin embargo, los derechos de libertad de expresión e información conllevan una doble dimensionalidad: informar y ser informado, expresar y recibir ideas de los demás. En ambos casos, resulta fundamental que el periodista no se entrometa en la esfera de los derechos individuales, salvo aquellos casos en los que se encuentre involucrada una verdad pública.

El derecho a informar es posterior al de expresar ideas, hechos y opiniones. Sin posibilidad de emitir información, se anula el derecho del individuo a enfrentar una postura ante ciertos hechos que le interesa conocer. Por ello, la libertad de expresión es participe y complemento de otros derechos igualmente importantes, tales como el derecho a manifestar pacíficamente, a la educación, a la libertad religiosa, entre otros.

(*) Periodista
http://www.ucab.edu.ve/libertad-de-expresion-pilar-de-la-democracia.html

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ENRIQUE NEIRA FERNÁNDEZ, LA DEMOCRACIA LIBERAL REPUBLICANA DE BOLÍVAR

  Bolívar tiene todavía que hacer en América.
Como bien decía Martí en su momento, Bolívar sigue paseándose por el cielo de América, vigilante y ceñudo, calzadas aún las botas de campaña, "porque lo que él no dejó hecho, sin hacer está hoy; porque
Bolívar tiene que hacer en América todavía ! ". 
Bien señala el estudioso venezolano Salcedo Bastardo, en su trabajo "Un Hombre diáfano":
"¿Por qué se recuerda a Simón Bolívar ? Por qué estudiarlo ? Por qué conocerlo ? Para qué seguirlo ? 

El es, sin duda, un modelo confiable para la juventud. La grandeza de Bolívar está en que se mantiene como un erguido ejemplo de fidelidad inconmovible a ideales supremos. Nadie lo ha sobrepasado en su decisión categórica de darse al sacrificio por la Patria, y de morir en el servicio a la libertad, la justicia y la democracia ".
MUNDO POLÍTICO Y CIENCIA POLÍTICA
El mundo de la política, en todas las épocas y latitudes, es algo tan enredado, pastoso y multifasético -en el que se entreveran intereses, pasiones, hombres, conflictos, ideas de todo tipo-, que resulta para la mayoría un mundo no sólo complejo sino enigmático. Por ello, la moderna ciencia que estudia los fenómenos de autoridad en el marco del Estado resulta para muchos una disciplina casi adivinatoria y que requiere una iniciación para entrar en sus santuarios. Stanisiau Andrevski asimila esta nueva ciencia social a una brujería. Y un autor francés tan serio como Georges Burdeau, quien ha publicado en estos
años un Tratado de Politología en ocho volúmenes, tuvo también el humor de editar un pequeño ensayo titulado La ciencia política en el país de las maravillas.
Pero el encantamiento y embrujo  que pueda tener en su complejidad el mundo de la política no excluye el que pueda intentarse válidamente sacar de él aquellas pepitas de oro de inteligibilidad, racionalidad y lucidez que también existen en él. Y aquí se sitúa el lugar epistemológico de la actual Ciencia política y la difícil tarea de los llamados politólogos y analistas políticos.
UN LIBRO ÚTIL
Hay un libro valioso, de difícil consecución, titulado Bolívar y la Democracia Liberal Republicana,  autor el abogado José Félix Restrepo Vélez, publicado por el Fondo Editorial de la Universidad de Manizales (Colombia) para celebrar sus 20 años. No es un estudio cualquiera. Amerita una cuidadosa lectura y un ponderado comentario.
No es el resultado de un aficionado, sino la consagración madura de un verdadero maestro en la arena de lo social, lo jurídico, lo político y lo ideológico. Lo presentamos y lo comentamos. A propósito de Bolívar, el libro se concreta al campo socio-político e ideológico. Consulta, con mente alerta, un enorme volumen de materiales, biografías y ensayos que  existen sobre El Libertador. Los aborda con singular seriedad y objetividad; los digiere  para el lector con orden y claridad. Ello le permite deslindar la verdad de la apología o la diatriba, evitando los apasionamientos que inclinan unas veces a la mitificación o endiosamiento y otras a la mixtificación o reducción del personaje histórico estudiado. Asume para su tarea un enfoque estructural, en el que los hechos y realidades repercuten en las ideas y acciones. Va destacando aspectos de la vida de Bolívar que permiten una mejor aproximación a su obra y pensamiento, asumiendo acertadamente que "cuando consideramos la posición ideológica de cualquier pensador, no podemos desvincularlo déla realidad histórica concreta en que vivió, pues perderíamos la objetividad analítica necesaria para una valoración adecuada"
Debemos subrayar la forma como el autor evita las generalizaciones, precisando el  tema con alguna consideración aclaratoria. O cuando trata de  procesos, señalando bien sus correspondientes fases y períodos. Por ejemplo, cuando aborda el tema de los "realistas" y los "patriotas" en Hispanoamérica, precisa que no eran partidos sino grandes tendencias ideológicas, unos de tendencia tradicionalista (pro monárquica) y otros de tendencia renovadora (pro republicana). Asimismo usa matices que permiten comparar el centralismo democrático de un Nariño y el federalismo aristocrático de un Torres, ambos republicanos. La  precisión de fases y períodos permite entender mejor el Movimiento Juntista americano, así como la independencia de la Nueva Granada.
Son valiosos la lectura comentada y los análisis de  documentos claves de Bolívar, como son:
— el Manifiesto de Cartagena (15 diciembre 1812), que revela su
gran realismo político y acertado sentido pragmático;
— la Carta de Jamaica (6 setiembre 1815);
— el Discurso al Congreso de Angostura (15 febrero 1819);
— la Constitución Republicana de Bolivia (12 mayo 1826), 
 culmen de su pensamiento como estadista y constitucionalista;
— la entrevista entre El Libertador y el Protector sureño José de San
Martín (26 julio 1822).
PERFIL DE BOLÍVAR COMO HOMBRE 
 Los elementos históricos que maneja el libro permiten trazar un perfil de Bolívar como hombre, que resulta variado, rico en matices, desconcertante y que rompe los moldes de los caudillos a los que los pueblos suelen estar acostumbrados.
"Es un hombre de recia personalidad, temperamento expansivo, carácter optimista, con aptitud innata de líder y vocación de mando, voluntad de dominio, cultura variada, magnetismo personal, presencia carismática, facilidad oratoria, brillantez y contenidos literarios, poder de convicción, autodominio, sentido de la realidad, poderosa imaginación, profundidad de pensamiento, gran capacidad de análisis y de síntesis, rapidez de decisión, sentido de la improvisación, arrojo y temeridad, planes con vastas proyecciones, visión futurista, intuición desarrollada, vehemencia en la expresión, inagotable capacidad de acción, memoria sorprendente, talento militar, visión política, capacidad administrativa y de estadista, atracción por la gloria, fe en un destino superior, pasión por la patria, sentido de la justicia y gran humanitarismo, amor por la libertad y la igualdad; y todo lo anterior, respaldado por una excepcional resistencia física y sometido a una inteligencia superior".
COMO IDEÓLOGO POLÍTICO 
 Al intentar evaluar la vida y obra de Bolívar, deben considerarse sus antecedentes ideológicos en el mundo y las etapas fundamentales de la misma. En concreto, se resumen en cuatro, a saber:
1) Su período de formación intelectual e ideológica, en el que se adhiere al republicanismo demoliberal independentista en su lucha contra el absolutismo monárquico colonialista;
2) luégo, su etapa como combatiente y caudillo que alcanza la emancipación, en su doble papel de Libertador y Presidente, o circunstancialmente Dictador;
3) paralelamente su protagonismo como lúcido pensador, pragmático y visionario, al que las circunstancias le exigen actuar como conductor de pueblos y creador de repúblicas y naciones, constituyéndose en vocero de un importante sector en Hispanoamérica y de una comunidad nacional incipiente que aspira a la estabilidad y equilibrio entre las clases sociales;
4) y finalmente como el ideólogo y el hombre que se siente en la obligación moral de defender sus proyectos e ideales sociopolíticos y aun su honor, su reputación y su gloria.
A Bolívar se lo puede catalogar, con justeza, como liberal, progresista y moderado, puesto que se mueve dentro de una ideología liberalprogresista y a la vez  conservadora-moderada. Cuando lo ubicamos como liberal-progresista, nos estamos refiriendo sobre todo a sus principios sociales. Y cuando  lo definimos como moderado o conservador, estamos tomando como referente los sistemas políticos (p. 328). Bien lo expresó el mismo Bolívar en carta a 0'Higgins (29 agosto 1822) cuando le dice: "Chile hará muy bien si constituye un gobierno fuerte por su estructura y liberal por sus principios".
DEMOCRACIA LIBERAL REPUBLICANA
Dichas tres palabras expresan un contenido con significación precisa. Las tres expresan un tipo de régimen político, que es también una forma de vida. Caracteriza un complejo orgánico sociopolítico y vivencial, que trata de realizar tres grandes anhelos, valores o ideales,
bien formulados por Bolívar como son: "Líbertad-Igualdad- Justicia"
(Discurso en Santafé de Bogotá, 13 enero 1815).
DEMOCRACIA 
Para Bolívar la auténtica democracia implica que la autoridad es derivada del Pueblo, de la suprema voluntad popular. Lo afirma con frecuencia y fue siempre su hilo conductor. "La voluntad general del Pueblo será para mí siempre la suprema Ley " (Ante la Municipalidad de Caracas, 2 enero 1814). "Necesitamos ser libres bajo los auspicios de leyes liberales emanadas dé la fuente más sagrada que es la voluntad del Pueblo " (En el Congreso de Angostura, 1º octubre 1818).
Pero esa democracia política tiene que ser también, para Bolívar, una
democracia social. Debe tener un  contenido de equidad y justicia social, que propenda por el mejoramiento de las mayorías, tanto en el
plano material, como en el de la autorrealización personal. El elemento
de progresismo social es inherente a su concepción de democracia, ya
que esta atañe no sólo al plano político, sino también al socioeconómico, pues es una aproximación a la equidad como aspiración de la justicia.
LIBERAL
Bolívar se identifica con la corriente de pensamiento opuesta al absolutismo monárquico, al tradicionalismo, al sistema totalitario. Busca establecer un régimen político respetuoso de un marco Constitucional y Legal, que adopta la división de las Ramas del Poder,
que garantiza los derechos fundamentales y la igualdad legal de los ciudadanos, que se fundamenta legítimamente en la soberanía popular expresada a través de una cierta representación electoral. Pero Bolívar busca un equilibrio entre el liberalismo individualista -tan en boga en su época- y el interés colectivo, el progresismo social.
REPUBLICANA 
 El liberalismo de Bolívar no es el liberalismo idealista y romántico de muchos de sus contemporáneos, sino el atemperado por un realismo político y el contextuado histórica y sociológicamente en nuestras endebles e incipientes repúblicas. Por ello, propone reformas sociales (eliminación de los títulos nobiliarios y sus privilegios, abolición de la esclavitud negra y de la servidumbre indígena); reivindicaciones económicas (como la reforma agraria  con la entrega de tierras a los indígenas y a los integrantes del ejército libertador); regeneración cultural y moral (estimulando la educación popular e impulsando la vigilancia de la moralidad pública y ciudadana); y las transformaciones políticas, con un adecuado mecanismo electoral y sistema de representación. Todo ello lo lleva a formular su permanente reclamo por "unidad-solidez-energía" (Cartagena 1812), como criterio para gobernar nuestros nacientes sistemas políticos. 
Un  gobierno republicano lo entiende Bolívar como un gobierno constitucional, legítimo, justo  y liberal (Jamaica 1815), pero no "perfectamente representativo" (como era el de EUA), ni "república aérea", apta para europeos pero carente de realismo político e inadecuada para nuestra situación. Debería ser un "gobierno paternal",
de tendencia humanitaria y de contenido social. Hoy diríamos, un  Estado social de derecho con un Ejecutivo fuerte y efectiva justicia social. Esta ideología política le acarreó a Bolívar muchas incomprensiones y enemistades, que provenían aun de independentistas que también se llamaban republicanos.
¿CESARISMO BONAPARTISTA?
Es espinoso el tema del supuesto cesarismo democrático o jacobinismo criollo o bonapartismo o monarquía republicana o presidencia imperial que contemporáneos suyos y posteriores autores (como Mitre, Madariaga, Masur) le han querido achacar a Bolívar.
Más que sobre prácticas suyas en las que tuvo que actuar con autoridad y energía o asumir transitoriamente, por fuerza de las circunstancias anárquicas, un papel de Dictador constitucional (según el antiguo modelo romano), los críticos se basan sobre el proyecto político consignado en la Constitución Boliviana y más en concreto sobre la propuesta de una Presidencia vitalicia con cooptación, que ciertamente representaba el riesgo del monopolio del poder por un determinado sector, ya fuera este una corriente política, un grupo alrededor de Bolívar o un estamento determinado.
Bolívar quería era algo nuevo,  algo adaptado a las condiciones particulares de América meridional. Algo que no podía ser ni el retorno al monarquismo depuesto ni un liberalismo ilimitado, siguiendo el modelo del Presidencialismo norteamericano o el del Parlamentarismo británico. Tenía que ser un término medio, algo que se moviera entre las anarquías demagógicas (a las que son proclives nuestros pueblos) y las  tiranías monócratas (a las que tienden los mecanismos de poder en una pendiente maquiavélica). No se trataba de lo mejor idealmente, sino de lo que fuera más asequible y adaptado a nuestra condición. La propuesta era, pues,  la de una democracia temperada, con un gobierno estable, fuerte y permanente, que asegurara el logro de un progresismo social. La profunda perspicacia política de Bolívar, conciliando teoría y praxis libertaria, y escrutando la realidad histórica hispanoamericana, lo indujo a colocar al Ejecutivo como el eje capaz de cohesionar las dispersas fuerzas sociales de nuestros Estados nacionales en formación.
La conclusión de Restrepo Vélez es inobjetable: "No compartimos el sentir de quienes asimilan su autoridad y papel de caudillo con un cesarismo democrático, o un bonapartismo ambicioso, o una tendencia monarquista y autocrítica, o un anticipo de las dictaduras totalitarias modernas, o un preludio del fascismo; estas exageradas interpretaciones parten de una consideración unilateral  e insuficiente sobre la naturaleza del Ejecutivo Bolivariano, con un exceso de simplismo reduccionista que atiende más a la forma externa que al contenido de los principios de las instituciones bolivarianas"
En relación con todo lo anterior, hay quienes como Carlos Lozano y Lozano han tildado equivocadamente a Bolívar de "maquiavélico" por una lectura descontextuada de algunos de sus documentos (por ejemplo su Manifiesto de Cartagena). Bien analizados todos ellos nos muestran a un Bolívar que sigue siendo liberal (en ningún momento un
conservador autoritario con temperamento dictatorial), pero un liberal republicano, que sabe con realismo que una sociedad fraccionada y asediada por enemigos externos e internos no puede dejarse anarquizar, sino que debe consolidarse con una acción enérgica. Se trata de construir democracias fuertes y no democracias blandengues.
Bien lo entendió así Luis López  de Meza en su sinopsis crítica "Bolívar y la cultura Iberoamericana": "Los pueblos deben poseer unidad, solidez, energía, disciplina y táctica; deben  ser duros con el enemigo; nada de filantropía ni de utopías liberales; el valor, la habilidad y la constancia  corrigen la mala fortuna; burocracia, mala moneda y federalismo arruinan los estados débiles; sus conciudadanos, en general, aún no están capacitados para gobernarse; se requiere autoridad enérgica para las horas difíciles: fuera las democracias blandengues!"
PENSAMIENTO INTERNACIONALISTA
Una buena parte del capítulo 8 del libro en mención está dedicado
al pensamiento internacionalista bolivariano. Se consignan allí los
principales lineamientos de Bolívar, identificados a través de sus
actuaciones y concepciones, acerca de:
— el Protectorado de la América Meridional;
— el Demoliberalismo Republicano contra el Absolutismo Monárquico;
— el ideal de la Confederación Hispanoamericana;
— el Congreso Anfictíónico de Panamá; y
— la Federación Andina (Bolivariana).
Todo ello constituye lo que Indalecio Liévano Aguirre calificó
acertadamente como "el Continentalismo Democrático del Libertador
".
Y que bien leído y estudiado hace exclamar a hombres de letras como el venezolano Uslar Pietri, que "el Libertador se anticipó extraordinariamente a su tiempo".

http://webdelprofesor.ula.ve/cjuridicas/neirae/pdf/ensayos/20demobolivar.pdf9



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RUY MAURO MARINI, LIBERALISMO Y DEMOCRACIA: LA REVISIÓN CONSTITUCIONAL EN BRASIL

Fuente: Archivo de Ruy Mauro Marini, con la anotación "1994-Para Instituto Mora, Silvia Dutrenit".
Indice
El constitucionalismo brasileño
El periodo constituyente
La imprompta liberal
Las semillas de la democracia
Desde el año pasado, la sociedad brasileña ingresó en un período de revisión constitucional, destinada a confirmar o modificar aspectos de la carta promulgada en septiembre de 1988. En ese contexto —además del plebiscito convocado para decidir sobre la forma de Estado y el régimen político, que se realizó en abril de 1993 y que confirmó a la república presidencialista— el Congreso Nacional asumió, en 1994, atribuciones constituyentes, a fin de buscar una mayor armonía en la relación existente entre los tres poderes del Estado y examinar disposiciones controvertidas en la Constitución vigente. Entre los temas que se han puesto en el centro de las discusiones está la reforma fiscal, estrechamente vinculada al problema del déficit público y al interés de dar marcha atrás en la descentralización tributaria que se ha hecho en favor de estados y municipios, así como ciertas medidas económicas de corte nacionalista, que algunos sectores políticos objetan, argumentando la necesidad en que se encontraría el país de atraer capitales extranjeros.
En el debate que acompaña el proceso revisionista, son muchos los ataques, provenientes sobre todo del centro y de la derecha, que sufre la actual Constitución, sin que por ello ésta se haya hecho acreedora de una defensa más explícita por parte de la izquierda. De hecho, en la medida en que es expresión de la correlación de fuerzas existente en el período inmediato al término de la dictadura militar y producto de concesiones hechas por las diversas fuerzas políticas en aras de la transición democrática, la Constitución de 1988 ha quedado huérfana de apoyo real y, si la izquierda se opone a su revisión, se debe al temor de que, en las condiciones actuales, los sectores conservadores sean capaces de imponer más claramente sus intereses.
Conviene así dedicarle un momento de análisis y reflexión, con el propósito de conocer qué es al final esa Constitución y estimar la manera y la medida en que el proceso revisionista que está en curso es susceptible de incidir en la consolidación y la profundización de la democracia en Brasil.
EL CONSTITUCIONALISMO BRASILEÑO   
La lucha contra la dictadura militar, tal como se desarrolló a partir de las elecciones de 1974, cuando las distintas corrientes opositoras decidieron hacer uso pleno de los mecanismos electorales, se enmarcó ideológicamente en el binomio autoritarismo-democracia. Desde el punto de vista doctrinario, la fuente de inspiración de ese binomio es la distinción kelseniana entre dos modos de producción jurídica: autónomo y heterónomo, según la ley sea o no el resultado de la acción de aquéllos a quienes se aplica. Desde el punto de vista político, dicho binomio llevó a que se enmascarara el carácter de clase de los combates librados en contra de la dictadura (que se asumían antes abiertamente como enfrentamientos al bloque burgués militar), reduciéndolos a la crítica abstracta del autoritarismo, así como, de manera más concreta, a algunos de sus efectos económicos y sociales.
En efecto, en el seno del movimiento, coexistieron dos líneas ideológicas. La que planteaba la desestatización de la economía como cuestión central, a partir de los intereses de la gran burguesía, y la que, respondiendo al empuje del movimiento popular, entendía a la redemocratización como la reconquista de los derechos ciudadanos y una participación significativa de las masas en la formulación e implementación de las políticas públicas. La convergencia de ambas tendencias y la creciente hegemonía burguesa en el bloque opositor llevan a que este venga a expresar sus objetivos en términos de los principios correspondientes a la democracia liberal.
Aunque no quepa aquí extendernos sobre lo que representa esa doctrina política, conviene tener presente que ella corresponde al resultado, de cierto modo espúreo, de la fusión de dos corrientes del pensamiento burgués. Por un lado, el liberalismo inglés, que tuvo en Locke su mejor exponente y que gira esencialmente en torno a la preocupación de limitar la capacidad de intervención del Estado en la vida económica. Por otro, la concepción radical francesa, ilustrada principalmente por Rousseau, la cual subordina la vida económica al interés general que los ciudadanos realizan a través del Estado, mediante el ejercicio de la democracia directa. Paradójicamente, esta última se acerca a la corriente autoritaria, a que pertenecen Hobbes y Hegel, quienes, por caminos distintos, llegan a establecer la capacidad absoluta del Estado para disponer de la economía.
La tradición constitucional brasileña, gestada en el seno de la teoría política burguesa, presenta como influencias determinantes a la corriente autoritaria, primero, y la liberal, después. La Constitución monárquica (1824) nació del otorgamiento del monarca (resultando por tanto de su poder soberano), el cual fue, a su vez, consagrado en ella como cuarto poder del Estado, preeminente a los tres poderes habitualmente definidos por el liberalismo. Con ello, la separación de poderes se presenta allí tan sólo como un expediente de carácter funcional, a la manera de Hegel.
Los desarrollos posteriores del Estado monárquico y su sistema de gobierno, a partir de 1840, no modificaron esencialmente esa concepción y la misma adopción del parlamentarismo no tuvo otro propósito que permitir el ejercicio más moderno —o, si se prefiere, más europeo— del poder absoluto del monarca. El régimen de trabajo esclavo sobre el cual reposaba la sociedad brasileña no puede ser ignorado como factor determinante para la existencia de ese tipo de Estado.
La primera constitución republicana (1891), aunque expresaba de modo más claro la concepción liberal, no rompió radicalmente con la inspiración autoritaria que presidió a la formación del constitucionalismo brasileño. Su origen muestra su carácter transaccional: aprobada en tiempo récord por una asamblea constituyente restringida (la restricción más importante derivándose de la prohibición de voto a los analfabetas, lo que excluyó a la mayoría del electorado potencial), ella resultó de un proyecto decretado por el gobierno militar provisional.
En esa perspectiva, la adopción del principio liberal de separación entre los poderes del Estado no implicó una ruptura total con el orden anterior, generando el presidencialismo exacerbado (que algunos, significativamente, llaman de "presidencialismo imperial") que pasó a caracterizar a la vida política brasileña. En ese contexto, se fusionaron en la persona del presidente de la República las funciones correspondientes a los poderes moderador y ejecutivo.
Cabe señalar que no faltaron incluso quienes sostuvieron que el poder moderador residía en la prerrogativa presidencial de - en tanto que jefe de las Fuerzas Armadas - encarnar el principio esencial del Estado, lo que llevó a la corriente más reaccionaria del constitucionalismo brasileño a considerar que ese principio corresponde, de hecho, a las propias Fuerzas Armadas. Esta idea se hizo explícita cuando, a principios de los años 70, la dictadura militar buscó su institucionalización y apuntó a la creación de un Estado de cuatro poderes.
Las constituciones otorgadas por la dictadura a fines de los 60 no habían osado romper con la tradición liberal, limitándose a reunir en manos del presidente una enorme suma de atribuciones; fue por la vía indirecta que el principio del cuarto poder se hizo presente en ellas. Eso aparece ya en la misión que ellas atribuían a las Fuerzas Armadas, las cuales, además de ocuparse de la defensa nacional, deberían asegurar también "la garantía de los poderes constituidos, de la ley y del orden". La gran novedad quedó empero reservada al nuevo papel de que fue investido el Consejo de Seguridad Nacional: pese a que era allí definido como órgano de asesoría del presidente de la República, le correspondía tomar decisiones imperativas y, en especial, "establecer los objetivos nacionales y las bases para la política nacional".
Más allá del plano estrictamente constitucional, el sistema institucional de facto de la dictadura militar convirtió en elementos del cuarto poder a los órganos corporativos militares, principalmente los estados mayores y los cuerpos de oficiales, así como a su aparato de inteligencia: el Servicio Nacional de Informaciones. Señalemos que, junto a la acentuación del debate sobre el poder moderador y su relación con las Fuerzas Armadas, se asistió, bajo el gobierno del general Médici (1969-1973), a una intensa campaña de revalorización de la monarquía, bajo la obvia influencia del proceso de constitucionalización en España.
EL PERIODO CONSTITUYENTE
La Constitución de 1988 es la expresión del doble movimiento que determinó su elaboración: la capacidad de la burguesía para ejercer su hegemonía y la inmensa energía que animaba al movimiento popular. Hay que tener presente que, tras veinte años de dictadura y una ardua lucha de resistencia democrática, el régimen militar recibió el golpe definitivo a manos de una imponente movilización de masas: la campaña en pro de elecciones directas para la presidencia de la República, que se desarrolló en 1984. Aunque frustrada en su objetivo inmediato, esta logró impedir la permanencia de los militares al frente del gobierno y dio lugar a la formación de un gobierno civil, en 1985, en cuyo contexto se elaboró la nueva constitución.
El gran problema que se planteó, de partida, a la clase dominante brasileña fue como encauzar y someter a un movimiento de masas que demostraba tanta fuerza, en el momento en que se hacía necesario proceder a la institucionalización del nuevo régimen. El modo mediante el cual se procedió a conformar el poder constituyente fue el recurso principal de que se echó mano.
En efecto, la gestación de la nueva Carta no se produjo a partir de una asamblea soberana, elegida ex profeso, sino del otorgamiento del poder constituyente al Congreso Nacional, por decisión de un gobierno de legalidad dudosa. Ello explica, por ejemplo, que algunos constituyentes no se eligieran en tanto que tales, como fue el caso de los senadores dichos "biónicos", quienes, designados por el último general-presidente de la dictadura, resultaron cooptados por la constituyente congresista.
Asimismo el proceso electoral del cual resultó la Asamblea Constituyente cercenó la posibilidad de construir una auténtica representación popular. Ello se debió a que no se contempló la elección de candidatos independientes, a ser propuestos por las organizaciones sociales y de clase y por la ciudadanía en general, en provecho del sistema partidario artificial impuesto por el régimen militar.
Finalmente, la coyuntura en que se realizaron los comicios legislativos de 1986 contribuyó, a su vez, para deformar la configuración de la representación política en la Constituyente. Bajo el signo del Plan Cruzado, que produjo al principio gran entusiasmo y motivó la adhesión de la población al gobierno, el resultado electoral confirió aplastante mayoría al Partido del Movimiento Democrático Brasileño (PMDB), en el poder desde el año anterior mediante las elecciones presidenciales indirectas que habían consagrado la recomposición del bloque burgués militar.
Sin embargo, la Constituyente no pudo cerrarse a la presión que ejercían sobre ella las fuerzas sociales. Ello implicó desechar el proyecto elaborado por una comisión de notables, que designara la presidencia de la República, en provecho de las propuestas originarias de las diversas comisiones de trabajo en que se dividió la asamblea.
La presión social logró ir más lejos: llevó a que las propuestas presentadas por las comisiones resultaran fuertemente influidas por las audiencias públicas a que comparecieron representantes del mundo empresarial, laboral, social e intelectual, para plantear sus puntos de vista y sus reivindicaciones. En este sentido, no es exagerado afirmar que toda la sociedad civil organizada se hizo presente en los trabajos de la Constituyente, bajo la mirada atenta de la ciudadanía.
LA IMPRONTA LIBERAL
La Constitución de 1988 resultó ser, por ello, algo muy heterogéneo, respecto a los principios que la inspiran y los elementos que conforman su arquitectura global. Allí encontramos, junto a resabios autoritarios, dispositivos extremadamente liberales, aunque también, por primera vez en la historia constitucional del país, medidas francamente democráticas. Haciendo a un lado la componente autoritaria, que se expresa principalmente en la mantención de la capacidad de ingerencia de las Fuerzas Armadas en cuestiones de orden interno, consideraremos sobre todo esos dos últimos aspectos, basándonos en la premisa de que no hay cómo confundir liberalismo y democracia.
Las constituciones del régimen militar habían conducido a una monstruosa hipertrofia del poder ejecutivo. La Asamblea Constituyente se había propuesto, desde el comienzo, reducir las atribuciones del ejecutivo y poner al Congreso Nacional como eje del sistema de poderes del Estado. Contribuyó para ello la fuerte tendencia parlamentarista que se manifestó en sus debates, mediante la cual la élite política intentó capitalizar en su provecho la aversión de la sociedad al presidencialismo extremo que la dictadura se había dado como ropaje.
Sin embargo, el presidencialismo acabó por prevalecer, gracias al concurso de intereses dispares: el presidente de la República en ejercicio, José Sarney, temió por la duración de su mandato; las Fuerzas Armadas se empeñaron en la defensa de las prerrogativas del ejecutivo, al que se encuentran adscritas; los partidos de izquierda y organizaciones populares, con raras excepciones, entendieron a la articulación parlamentarista como la cancelación de su aspiración más sentida: las elecciones presidenciales directas; y, finalmente, tras cierta vacilación, la misma burguesía se preocupó con la preservación del bloque burgués militar y prefirió mantener los ventajosos lazos que construiría, bajo el régimen anterior, con la pesada máquina burocrática coronada por el poder ejecutivo.
De todos modos, el resultado de los trabajos de la Constituyente fue un compromiso. El sistema presidencialista se mantuvo, pero en un contexto en que gran parte de sus atribuciones se desplazó hacia el legislativo. Paralelamente, tras discusiones bizantinas y sofismas de redacción, las Fuerzas Armadas mantuvieron su capacidad para "garantizar la ley y el orden", cediendo empero terreno respecto al Consejo de Seguridad Nacional: en su lugar, se creó el Consejo de Defensa Nacional como órgano de consulta del ejecutivo, transfiriéndose a él las atribuciones más significativas en el área de la seguridad nacional, aunque con carácter propositivo.
Paralelamente a ese modo de organización de los poderes del Estado, la nueva carta amplió considerablemente la garantía a los derechos individuales e introdujo incluso nuevas figuras jurídicas. Entre estas últimas, destaca el habeas data, o sea el derecho del ciudadano de conocer la información recabada sobre él por el Estado, lo que revestía gran interés, dada la ingente labor de inteligencia que llevara a cabo la dictadura.
En la misma línea, se inscribe el llamado mandato de injunção, que obliga a que los dispositivos constitucionales sean aplicados, aunque no estén reglamentados. Esto vino a corregir situaciones creadas en el marco de las constituciones anteriores, que contenían a veces medidas socialmente avanzadas que nunca se aplicaron, por falta de reglamentación.
Cabe aún mencionar, en lo que respecta a la ampliación de los derechos ciudadanos, el que las acciones jurídicas impetradas en su defensa en contra del Estado hayan dejado de tener carácter exclusivamente individual. Así, por ejemplo, el mandado de seguridad, que suspende una acción estatal que lesiona el interés de un grupo de individuos, puede ser planteado por partidos políticos, sindicatos o asociaciones de clase, lo mismo que las acciones populares. Estas, además, dejan de estar referidas tan sólo a la defensa del patrimonio público para alcanzar también a la moralidad administrativa, el medio ambiente y el patrimonio histórico y cultural de la nación.
LAS SEMILLAS DE LA DEMOCRACIA
Si, tanto en lo que concierne a la organización del Estado como en lo referente a los derechos y garantías de los ciudadanos, la Constitución de 1988 se caracteriza por acentuar rasgos liberales ya presentes en cartas anteriores, ella se distingue de éstas por introducir elementos nuevos, de corte claramente democrático, que innovan la tradición jurídica brasileña. Ello se observa ya en la concepción colectiva que asumen los mecanismos de vigilancia ciudadana arriba mencionados, a los que se podrían añadir otros, así como en la ampliación del sufragio, que asume hoy carácter realmente universal, al conceder el derecho de voto a los analfabetas y mayores de 16 años.
Pero el espíritu democrático de la nueva Carta se expresa principalmente en la institución de mecanismos referidos a la democracia directa y en el fortalecimiento de los instrumentos de participación popular. Respecto al primer punto, la Constitución brasileña creó tres nuevas formas de intervención de la ciudadanía en el plano de las decisiones políticas: el plebiscito, adoptado normalmente para modificaciones en la organización político-territorial a nivel estatal y municipal y, con carácter excepcional y en fecha prefijada, para decidir sobre la forma de Estado y de gobierno; el referéndum, a aplicarse en situaciones no especificadas; y la iniciativa popular en materia de legislación complementaria y ordinaria, en la esfera federal y municipal.
Cabe observar que el recurso a la democracia directa ha sido bastante limitado en lo que se refiere a cuestiones constitucionales, ya que, aunque la carta de 1988 previó su revisión global por el Congreso en un plazo de cinco años, sólo llamó la población a opinar sobre la forma de Estado y gobierno (mediante el plebiscito de abril de 1993). Por otra parte, se mantuvo el principio de la inelegibilidad de los analfabetas y la prohibición a los conscriptos de votar y ser votados, además de ampliarse las restricciones a la elegibilidad de los militares.
Respecto a la participación popular, señalamos ya que la gran cuestión que la Constitución debió resolver fue el encauzamiento de la energía del movimiento popular. Las luchas sociales de los últimos quince años no tienen paralelo en la historia moderna de Brasil y superan sin duda todos los auges de masas anteriores, en materia de amplitud y grado de organización de los sectores en ellas implicados.
Allí se incluyen desde las grandes huelgas metalúrgicas de fines de los 70 hasta el amplio y complejo movimiento de presión sobre la Asamblea Constituyente, a lo largo de sus trabajos, pasando por la campaña en pro de las elecciones directas, a mediados de los 80, y las movilizaciones provocadas por el Plan Cruzado. En la raíz de esos procesos, se encuentra la reorganización del movimiento obrero; la regimentación para la lucha del proletariado rural, del campesinado sin tierra y de los pequeños y medios productores del campo; la combatividad de las clases medias asalariadas; la actuación de la Iglesia católica y de las entidades profesionales y de clase; y las batallas libradas por los movimientos vecinales, de jóvenes, mujeres, indios, negros y ecologistas.
Enfrentada a esa situación, la clase dominante brasileña se ha visto forzada a ir más allá de los principios meramente liberales que había enarbolado contra la dictadura militar y abrió espacio a los elementos propiamente democráticos que se encuentran en la Constitución de 1988. Pero, al hacerlo, se preocupó de encauzar la participación popular y someterla al sistema de relaciones internas que rige la dinámica del Estado.
Tal como quedaron las cosas en la Constitución de 1988, esa participación pasó a ser mediada por la intrincada red de relaciones existentes entre los poderes del Estado y está determinada en sus resultados por el juego de sutilezas y complicidades que entre ellos se desenvuelve. La capacidad del pueblo para influir directamente en la formulación e implementación de las políticas públicas, a través de mecanismos que garanticen su presencia en el plano de la toma de decisiones y en el de su ejecución, es extremadamente precaria, como precaria es también su posibilidad de fiscalización en materia presupuestaria y financiera.
Ello es particularmente claro en lo que se refiere al control ordinario de la utilización de los recursos públicos (sin considerar el instrumento de la acción popular, de por sí excepcional), el cual quedó circunscrito al propio aparato estatal: la preeminencia cabe allí al Congreso Nacional, con el auxilio del Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU), línea que da la pauta a ser seguida por estados y municipios. La iniciativa popular en materia de fiscalización es reconocida a los ciudadanos, sindicatos, partidos y asociaciones, pero se encuentra limitada a la facultad de denunciar las irregularidades detectadas ante el TCU.
En relación al orden social, la Constitución es más generosa. En este sentido plantea el principio de la participación de los trabajadores y empleados en los órganos públicos "en que sus intereses profesionales o de seguridad social sean objeto de discusión y deliberación". El asunto es retomado en función de la seguridad social, donde se prescribió la participación de la comunidad en la gestión, principalmente trabajadores, empresarios y jubilados, aunque, al legislar sobre sus partes integrantes (salud, asistencia y previsión social), esa prescripción sólo se hace explícita en relación a las dos primeras. Respecto a la educación, el texto evoca vagamente la "colaboración de la sociedad", así como la "gestión democrática" de la enseñanza pública. En los demás capítulos relativos al orden social, no se hace alusión alguna a la participación ciudadana, ni siquiera en una cuestión tan sensible para los ciudadanos, por su inmediatez, como la del medio ambiente.
Confrontada con ese parámetro laxamente corporativo adoptado para el orden social, la orientación constitucional en relación al orden económico es errática y contradictoria. Por un lado, determina que la política agrícola sea "planeada y ejecutada en la forma de la ley, con la participación de trabajadores y productores rurales", así como de los demás sectores. Sin insistir en la imprecisión del término "productores" —que no parece referirse a los productores independientes, o por lo menos no sólo a ellos, sino, en la tradición semántica de la clase dominante brasileña, a los propietarios— el artículo en cuestión generaliza tanto y adopta un concepto tan amplio de participantes que se vuelve de difícil aplicación. En el otro extremo, está todo lo referente a la política industrial y de desarrollo urbano, respecto a lo cual el texto constitucional no menciona ni por descuido la participación popular.
Sin embargo, lo más grave en relación al orden económico —además de la interdicción al Estado de realizar actividad económica directa, lo que abrió la puerta a la privatización de las empresas públicas— es lo que se introdujo, discretamente, en el capítulo relativo a los derechos sociales. Tras reiterar allí el derecho a la participación de los trabajadores en las ganancias de la empresa, la Constitución prácticamente les cerró la posibilidad de participar en la gestión, al reservar esa hipótesis a situaciones excepcionales, a ser definidas en ley.
Como quiera que sea, la flexibilización a que estas nuevas o renovadas figuras jurídicas someten el Estado brasileño, volviéndolo más permeable a la iniciativa popular, no tiene precedentes en la historia constitucional del país. Su importancia es doble. Primero, al poner en evidencia la contradicción existente entre liberalismo y democracia, en la medida en que coarta esta última en provecho de la prevalencia del Estado y de una cierta concepción respecto al modo cómo este debe organizarse, de lo que resultan inevitablemente divergencias y tensiones. Segundo, al abrir espacios nuevos a la participación efectiva de los ciudadanos y las clases en la formulación e implementación de las políticas públicas, acercando con ello la dinámica del Estado a la vida política de la sociedad real.    
Al proceder así, la Constitución brasileña de 1988 creó la posibilidad de que cambien los usos del Estado, hasta entonces establecidos en función de los intereses y presiones de la clase dominante. Desde luego, ello no podrá ocurrir sin que las masas vayan ocupando los espacios que les ha abierto el marco jurídico-institucional, hasta posesionarse del arsenal relativamente amplio que este puso en sus manos, al tiempo que se preocupen de ampliarlo y perfeccionarlo. En otras palabras, para que la dimensión democrática de la Constitución se afirme y se ensanche, las masas deberán llevar a cabo un proceso de aprendizaje que se figura difícil y que será necesariamente lento, pero que no puede tener otro escenario sino la lucha política cotidiana.
Bibliografía
Cerqueira, Marcello: A Constituição na História: origem y reforma, Río de Janeiro, Revan, 1993.
"Constituição da República Federativa do Brasil", Brasilia, Diario Oficial, 25 de enero de 1967.
Constituição da República Federativa do Brasil, São Paulo, Vox Legis, 1974.
Constituição da Republica Federativa do Brasil, Brasilia, Senado Federal, 1988.
Las Constituciones de los Estados Unidos del Brasil, recopilación y estudio preliminar de T. B. Cavalcanti, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1958.

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NICOLAS MORAS, CARTA A UN MARXISTA

Marx desvirtúa ideas y conceptos de otros autores para que encajen en la utopìa de la historia lineal, toma la dialèctica hegeliana, la lucha de clases del liberal De Tracy , la utopia igualitaria de Saint Simon y Owen, la teorìa de estado del liberal Constant, el materialismo de Feuerbach, la teorìa del valor del liberal Ricardo, la teorìa de la propiedad de Locke como base de la propia, la visiòn sobre las religiones pràcticamente idèntica a la de Claud Frederic Bastiat, la ley del rendimiento decreciente elaborada por Say si no me falla la memoria, etc…esta mezcla me inspirò el primer “algo anda mal”…
Marx no tiene definiciones claras sobre propiedad privada, dado que habla de concentraciones de riqueza ( trabajo muerto o plusvalìa acumulada) que datan de tiempos inmemoriales para luego contar como es un invento burguès del siglo XVI. Entonces es debilitada la independencia del “trabajo”, porque demarca la esclavitud de la gleba y del salario, cuando la nociòn de explotaciòn para èl es pràcticamente sine tempore.
La ciencia para Marx es interpretativa, (“Las cosas no se presentan como son, si se presentaran como son…”) y la otra cara es desestimar el sentido comùn y el apriori kantiano /que llevan a entender inductivamente la naturaleza del egoìsmo humano/. Pese a que es interpretativa, su enfoque de la historia (cual benedetto croce) es determinista. ¿Entonces como puede haber interpretaciones si la historia està regida por absolutos que la llevan a un destino fijo? de hecho, para què sirve?…podrìa ser una tautologìa circular “interpreto cual es la evolucion supuesta y deduzco a partir de ella el resto de lo que va a debe pasar” ¿¿Eso es interpretaciòn?? eso es videncia!
‎Por lo anterior y por la fuerte marca positivista de ingenierìa social su desarrollo de la revolucion, la dictadura y el mundo de iguales es totalmente idealizado y mecànico, en otras palabras una planificaciòn que Marx hace como si los hombres fueran peones de ajedrez y no atiende a su propia reflexion sobre la revolucion francesa y napoleon. Ese esquema es pseudo-cientifico por varios motivos, pero ademas es invàlido…de ahì Stalin, de ahì la “explotaciòn” de estado y el fracaso de la URSS como comunismo jerárquico.
La plusvalìa a mi juicio es innegable, pero si se comprende como parte de un contrato entre propietario y trabajador, pierde el “mote de explotaciòn”. El trabajador vende su fuerza productiva, el capitalista sin fuerza productiva se funde (a menos que haya un estado autoritario, occidental u oriental para ponerle una pistola en la cabeza a los trabajadores o regalarle dinero o darle privilegios a los pseudo-empresarios, lamentablemente muy frecuente pero no es culpa del mercado).
‎Llegamos al afamado punto del valor y el precio, el precio es resultado la necesidad del oferente a (como mìnimo) recuperar lo invertido (en materia prima+capital+trabajo “comprado”). Pero el valor es el promedio de la utilidad que el juicio de valor (valga la redundancia, dìgase juicio subjetivo o juicio sobre satisfacciòn personal) de la mayorìa de los demandantes asigna al producto. Generalmente (y con frecuencia casi total en el sistema de mercado regulado del estatismo actual) estàn asociados, pero el emblemàtico “regateo” es el ùltimo bastiòn en que se observa la clara diferencia entre precio y valor.
Quiero aclarar que ningun liberal que se precie niega el poder actual de las corporaciones que realmente oprime al pueblo, sus oligopolios y la oferta restringida permiten vender basura a precios altos pero ese es el estigma de tener un estado que dice regular precios o “cuidar” al pueblo, y solo tira gravàmentes contra los nuevos competidores hasta sepultarlos y dejar a Sony, McDonalds, Carrefour, Siemens o General Motors como señores del imperio. Fordismo lobbysta a full, causante directo de la crisis deflacionaria (sobre-productiva) del 30.
Cito a Josè Ignacio Castillo para darle un condimento objetivo a mi crìtica: “Para investigar ese “algo común” característico del valor de cambio, Marx repasa las diversas cualidades que poseen los objetos equiparados por medio del cambio. Eliminando y excluyendo aquellas que no resisten la prueba, se queda sólo con una que, según él, sí pasa el examen: “ser productos del trabajo”.
Sin embargo, Marx hace trampa y Böhm-Bawerk lo evidencia. En primer lugar, es falso que todos los bienes intercambiados sean productos del trabajo. Por ejemplo, los recursos naturales tienen valor y son intercambiados, pero no son producto de ningún trabajo los metales de las joyas, por escasos apreciados, son ovios determinantes de su alto valor tambièn” “Certeramente objeta Knies a Marx: “Dentro de la exposición de Marx no se ve absolutamente ninguna razón para que la igualdad expresada en la fórmula: 1 libra de trigo= x quintales de madera producidos en el bosque no sea sustituida con igual derecho por esta otra: 1 libra de trigo = x quintales de madera silvestre = y yugadas de tierra virgen = z yugadas de pastos naturales”.
Pero no sólo eso. Es falso que esa sea la única característica común que pueda encontrarse en los bienes que son objeto de intercambio. “¿De veras estos bienes no tienen otras cualidades comunes como su rareza en proporción a la demanda?”, es decir, la cualidad de presentarse en cantidades insuficientes para satisfacer todas las necesidades que de ellas tiene el ser humano, o “la de haber sido apropiadas por el hombre” precisamente por esa causa, o “la de ser objeto de oferta y demanda?”, se pregunta Böhm-Bawerk.” “Marx incide en el error: “si los bienes que son intercambiados sólo tienen en común la cualidad de ser productos del trabajo, entonces el valor de cambio vendrá determinado por la cantidad de trabajo incorporado en la mercancía”. Marx descarta las “excepciones” como algo insignificante.
Böhm-Bawek examina esas “pocas excepciones sin importancia”. Al final vemos que éstas predominan de tal modo que apenas dejan margen a la “regla”. Se incluirían, por ejemplo, los bienes que no pueden reproducirse a voluntad como obras de arte y antigüedades, toda la propiedad inmueble (¿cómo explica Marx que un piso de 150 metros cuadrados, construido por los mismos obreros con los mismos materiales, en la calle Serrano de Madrid valga veinte veces más que el mismo piso en una pedanía de la provincia de Teruel?), los productos protegidos por patente o derechos de autor o los vinos de calidad (las horas de trabajo empleadas para producir el vino Vega Sicilia son más o menos las mismas que se emplean en producir un vino peleón cien veces más barato). ¿Y qué decir de los productos objeto de trabajo cualificado, provenga esta cualificación de la preparación profesional o de las dotes innatas? Aunque Marx sostenga que ésta última no es una excepción, sino una variante pues según él, “el trabajo complejo es trabajo simple potenciado o multiplicado”, Böhm-Bawerk advierte que para explicar la realidad no interesa lo que los hombres puedan fingir que es, sino lo que real y verdaderamente es. ¿Puede alguien en su sano juicio afirmar con toda seriedad que dos horas de trabajo de un cantante de opera tienen idéntica esencia que sesenta horas de trabajo de un enfermero?
Anyway, no es objetivo pero es analitico. Algo mas, es evidente que cuando se compra mercancía no se paga salario y que tampoco se cobra cuando se vende…el comercio que es la actividad econòmica integrativa number one no explota a nadie, sino que demuestra que el costo productivo esta disociado al valor.
Los austriacos màs reconocidos son Menger, Bohm Bawerk, Hayek (no merece ser leido porque alterna ciencia con panfleto), Mises, DeJasay, Rothbard y contemporaneamente Jesùs Huerta de Soto. Los que tenemos cultura econòmica liberal sabemos que esta premisa de “explicar las cosas con palabras y no con nùmeros” “la lògica antes que la matemàtica”, el individualismo metodologico y el subjetivismo del valor son heredadas de esta riquìsima intelectualidad “continental” dedicada a los estudios de la praxeologìa (acciòn humana), las sociedades, la polìtica y la ètica. Tambien estan los manchesterianos. Bueno, contra cualquier prejuicio progre te voy avisando desde ya que Bastiat, Molinari, George y Say (que son los economistas de los cuales podes encontrar varios textos gratis y en castellano) y Paine (filosofo “politico” e historiador que inspira a los manchesterianos) son anti-imperialistas, anti-clericales y todos vegan por una sociedad mas justa y a traves del mercado realmente libre y la competencia una menor brecha entre ricos y pobres, como pensadores independientes recomiendo con ènfasis a Lysander Spooner (padre de la primera generaciòn libertaria, liberal anarquista y abolicionista americano, anti-gobierno americano) en “Los Vicios no son Delitos”, “Sin Traicion: La historia de la constituciòn sin autoridad” y algo contemporaneo y excelente es Anatomìa del Estado de Murray Rothbard y ya lo que es a mi juicio un deleite (excepto por algunas indicaciones personalistas muy truchas al mundo exclusivamente libertario) que leì en una noche y me cambiò la vida: Manifiesto Libertario del mismo autor. Son gente culta, radical, moral, consistente…no te dejes llevar por los no saben que atacan (generalmente reivindicadores de Keynes, Friedman, en menor medida Hayek y una tal Rand). Un saludo cordial desde Argentina.
P.D.: Me quedo con esta frase de Marx:
El Capitalismo a llevado a cabo la màs aventurada empresa de la humanidad, obligando a todos a intercambiar por la ganancia, ha sabido coptar la suma de los egoìsmos y sobre esa base construir ciencias, tecnologìa y extender la esperanza de vida, ordenar el crecimiento poblacional, llenar de pan la boca de los niños y hacer dependientes a los ricos de los pobres; Enemigo difìcil de derrotar si los hay. Manifiesto Comunista, 1848.
En estos dìas me voy a enganchar para dialogar con un leninista sobre El Imperialismo, fase superior del capitalismo y despuès a darle la lata con Gramsci a algun posmo de “comunicaciòn social”.

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JOSÉ BENEGAS, DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS INDIVIDUALES

Derechos humanos se llama a los que se originan en el derecho internacional a través de tratados. El apelativo “humanos” tiene la pretensión de darle universalidad a esas declaraciones, de beneficiar a cualquier persona bajo cualquier bandera sin importar el tipo de régimen político al que están sometidas.

Se trata de una universalidad sólo política por pertenecer a un orden multilateral que traspasa las fronteras. A diferencia de la universalidad conceptual que solo pueden alcanzar los derechos individuales, aquellos históricos que protegen de la arbitrariedad y que al pertenecer al ámbito interno de los países, intervienen en la relación entre el poder y las personas quiénes a su vez tienen todas el mismo status jurídico de individuos libres.

Los derechos humanos nacen con la Carta de las Naciones Unidas, por iniciativa de los vencedores de la Segunda Guerra Mundial, un país totalitario y el resto con una tradición genérica de libertad. Los derechos humanos los igualaban sin que los contratantes exigieran desarmar el totalitarismo ni a la Unión Soviética ni a ninguno de los países que formaron las Naciones Unidas o los que se incorporaron después. Los derechos humanos por lo tanto, la Carta y todos los tratados que firmaron esos países tuvieron el primer efecto de legitimar las situaciones existentes de ausencia absoluta de libertad.

El segundo fue que las declaraciones tenían que conformar a todos los estados, pero son los estados los que atentan contra la libertad. Confiar en ese derecho internacional es como esperar que las cámaras empresarias manejen la libertad de comercio. Los derechos individuales son relaciones entre los estados y las personas beneficiarias. Los derechos humanos produjeron una ruptura en la legitimidad de los límites al poder, ya no los ponen o no se manifiestan frente a quienes padecen la arbitrariedad, sino los pares, el conjunto de los abusadores quienes paternalmente se dedican a la declamación poética sin intervención de los supuestos protegidos.

Con ese punto de partida el desarrollo histórico de los derechos humanos fue bastante previsible. Los estados totalitarios y sus grupos afines aplicaron la fórmula con la que el legitimismo monárquico desafió a la idea de la libertad individual: “Reclamo de vosotros y en nombre de vuestros principios, la libertad que os niego en nombre de los que me son propios”, frase atribuida a Luis Veuilliot que expresa a la perfección lo que la izquierda autoritaria ha venido realizando con los derechos humanos.

Los derechos humanos no quedaron en manos de esa izquierda revolucionaria porque haya algo en ellos que esté cerca de su pensamiento. Todo lo contrario, mientras para los antiliberales es un gran negocio invocar principios que no cumplirán, para los liberales es un pésimo negocio invocar fórmulas genéricas, declaraciones huecas o derechos colectivizados cuando no directas habilitaciones al poder sin límites en nombre de los “derechos de la humanidad”, frente a los cuales encima la libertad de las personas en concreto debe ceder. Miremos lo que ocurrió en la Argentina en el año 1994, los tratados internacionales de derechos humanos fueron incorporados como derecho interno en un país mucho más libre en su constitución que cualquier tratado y sobre todo que cualquier autoridad internacional operada por los antiliberales, y las declaraciones, derechos y garantías quedaron convertidos en legra muerta. Hoy los jueces se dedican a aplicar el castigo de los dioses a los avaros que no ceden sus bienes y trabajo a cualquier necesidad en nombre de la bondad colectivista universalizada. Iniciativa de Elisa Carrió como convencional, dicho sea de paso.

Pasadas unas décadas estamos en que los derechos se definen en el nivel internacional y los ciudadanos ya no existen, no tienen injerencia alguna en esa materia. Los estados se dedican a inaugurar cuotas de poder para organismos en favor de las masas, se supone, a costa de minorías poco generosas, muy individualistas en sus formas de elegir, discriminatorias.

Los derechos humanos poseen una forma de legitimidad antiliberal. Por más que muchas veces digan cosas como que se prohíbe la tortura, lo cual está más que bien, el origen de esta declaración proviene de los aparatos políticos que están en condiciones de ejercer la tortura y han decidido apiadarse de nosotros, por ahora, mientras puedan usar la misma vía de legitimidad para esquilmarnos. Al lado de la prohibición de la tortura, que ya estaba prohibida en cualquier constitución liberal, nos imponen definiciones de la propiedad con las cuales la propiedad no existe (el tratado de San José de Costa Rica define propiedad con las mismas palabras con que lo hacía la constitución soviética, como el derecho al mero uso de los bienes), fórmulas para definir la libertad de expresión como “derecho a la información” que supondrá el control que ejercerá el enemigo de la información libre, el estado, sobre empresas que puedan competir con su poder.

Esta es la gran trampa que el siglo XX le deja al siglo XXI. Por más que los derechohumanistas antiliberales estén ahora en el poder y podamos usar nosotros de manera oportunista la frase de Veuilliot porque tampoco respetan, como nunca pensaron hacerlo, los derechos que invocaban en nombre de nuestros principios, la libertad que expresaban nuestras constituciones son un recuerdo del pasado.

El trabajo es liberarse de los sindicatos de gobiernos que son más peligrosos que los gobiernos solitos limitados a su espacio.

Es el momento en el que está claro que las personas en particular no tenemos nada entre las manos, como si no fuéramos humanos. Por eso pese a todo me planteo un cálculo optimista y sospecho que en diez años podemos juntar diez millones de personas en el mundo que digan: les devuelvo sus derechos humanos, devuélvanme mis derechos individuales.

@josebenegas

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