Como un acto de desesperación
del régimen interpretan algunos la intención de instaurar un bloqueo
institucional a las alcaldías que gano la oposición. Esta interpretación
resulta simplista ante el verdadero propósito que es el desmantelamiento del
Estado Constitucional para imponer el Estado Socialista. Ley Orgánica de las
Comunas, Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Ley Orgánica de Ordenamiento
Territorial y otras leyes que transfieren competencias al poder popular
configuran la estrategia legislativa de la llamada Nueva Geometría del Poder,
Cuarto Motor de la Revolución, que por cierto, fue negada en referéndum de la
reforma constitucional del 2007 junto con el Quinto Motor: la Explosión del
Estado Comunal.
La visión de la estrategia “socialista”
expresa que la participación ciudadana se vuelca en el ejercicio del poder
comunal como instancia de gestión pública, en tanto que, las gobernaciones y alcaldías estarán obligadas a
reproducir los lineamientos del Plan de la Patria como es construir la sociedad
socialista. Se pretende imponer una organización política territorial paralela
a la que esta expresada en la Constitución como son los estados y municipios.
Los nuevos elementos político-territoriales
son: los ejes de desarrollo territorial, los distritos motores de desarrollo, las
regiones funcionales, los sistemas urbanos rurales, las unidades de gestión
territorial político administrativa y las áreas bajo régimen de administración
especial que solapan las competencias y ámbitos constitucionales del poder
estadal y municipal.
El municipio tal como lo
conocemos como instancia de poder más cercana a los ciudadanos va desaparecer por inanición frente al avance
de estas nuevas formas de poder centralizadas
que no son autónomos, ni independientes, sino que son órganos que deben
actuar, según las nuevas leyes, como apéndices del gobierno nacional. Se
pretende eliminar la expresión de la voluntad popular para elegir sus autoridades locales mediante
el voto universal, secreto y directo
para sustituirla por la dedocracia del presidente de republica quien de
manera discrecional nombrara los funcionarios que son dirigidos directamente
por el poder ejecutivo nacional y financiara a los consejos comunales que sean
afines a su proyecto
político-ideológico.
Este proceso de recentralización
aunque esta contenido en leyes como la
ley de la comunas, la ley de los consejos comunales, la ley del consejo federal
de gobierno y la ley de ordenamiento territorial tiene
vicios de inconstitucionalidad,, no están sólo referidos al artículo 185
Constitucional, sino incluso a la previsión del 136 eiusdem, relativo a la
organización del Poder Público, así como los referidos al principio de
legalidad que están estatuidos en los artículos 137 y 138 Constitucionales. De
esta manera se aniquila lo que hasta ahora venía siendo el postulado esencial
para el verdadero acceso del Pueblo, al Poder Regional y Local, la Ley de Descentralización, Delimitación y
Transferencia de Competencias del Poder Público, igualmente se afecta la
Ley Orgánica del Poder Público
Municipal.
La asfixia financiera que sufren hoy
las alcaldías, en manos de los
opositores al socialismo bolivariano se prevé que seguirán y se profundizara
para las nuevas alcaldías ganadas por la MUD.
Este acto de exclusión es cruel e
inconcebible dentro de un Estado Descentralizado y Federal como lo establece la
Constitución Nacional. Los recursos en
las partidas presupuestarias que les corresponden por los situados
constitucionales son asignados con recortes significativos y entregados con
“cuentas gotas” haciendo que la gestión administrativa de las Alcaldías sea
inoportuna e ineficientes, por lo tanto, acrecientan el descontento hacia lo
alcaldes contrarios al proyecto presidencial. Esta estrategia inconstitucional
del Gobierno Nacional es la muestra de lo que significa el centralismo y el
autoritarismo presidencialista del modelo de Estado Socialista.
juancdula@yahoo.es.
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