Sin falsas pretensiones, creo que este noveno Eje del Proyecto País Venezuela es de OBLIGATORIA lectura para cualquier candidato a Alcalde en Venezuela.
No existe nada más apreciado para un ciudadano que tener un lugar hermoso, tranquilo y seguro para vivir y levantar a una familia. Vivir dignamente en una ciudad que pueda proveerle de una vivienda y calidad de vida, sin importar la condición social de la persona. Eso es esencialmente un Derecho Humano. Pero es también una esperanza sumamente difícil de alcanzar en cualquier ciudad de la Venezuela actual, así como en algunas ciudades de Latinoamérica, donde la violencia, la pobreza y la desigualdad hacen estragos, tornando imposible alcanzar ese sueño.
Los niveles de violencia y pobreza, independientemente de las razones históricas, han hecho de Caracas y las principales ciudades de nuestro país un teatro macabro de guerra y violencia, siendo ésta casi que la principal excusa que se esgrime para que las familias emigren de Venezuela. Es un problema al que los venezolanos no le vemos solución. ¿Cómo tener calidad de vida si no se garantiza una ciudad sin que la violencia de la delincuencia te destierre y mucho menos alcanzar una vivienda digna?
Este es el tipo de cosas que nos preguntan cuando se discute el tema Constituyente: ¿y qué tiene que ver cambiar la Constitución con mejorar ese estado deplorable dentro de nuestras ciudades? Pues tiene muchísimo que ver. Veamos por qué.
Deben darse dos condiciones fundamentales para conseguir este objetivo: a) Que los Municipios manejen sus propios recursos a discreción y b) Una administración eficiente y honesta de los recursos ciudadanos. ¿Qué esto es posible? Si es posible y lo demostró Sergio Fajardo en la ciudad de Medellín, Colombia durante su período de Alcalde 2004-2007. Analicemos esto con detalle.
La primera condición la dio la Asamblea Nacional Constituyente Colombiana de 1991 cuando estableció en su Constitución lo siguiente:
“Art. 286: Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas. La ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley.
Art. 287: Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos:
1. Gobernarse por autoridades propias.
2. Ejercer las competencias que les correspondan.
3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
4. Participar en las rentas nacionales.” (Subrayado nuestro). (Ver Constitución Política de Colombia, 1991 (con Reforma de 1997) en
Un estudio pormenorizado de la descentralización en el proceso Constituyente colombiano realizado por las especialistas Emilia Girón Reguera y
Liliana Estupiñán Achury (El modelo de descentralización territorial en la Constitución Colombiana de 1991 a la luz de la Jurisprudencia Constitucional en http://www.idpc.es/archivo/ 1213706177FCI9AEGRLEA.pdf) concluye en lo siguiente:“…Por último, la importancia de disponer de autonomía financiera para gozar de una real autonomía tampoco ha sido obviada por la doctrina constitucional, al resaltar que un rasgo característico del derecho a la autonomía lo constituye la atribución que tienen las entidades territoriales para establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Lo que justifica con el siguiente razonamiento “no basta con diseñar una autonomía bajo la idea de que las entidades territoriales pueden designar sus propias autoridades, ejercer poderes, atribuciones o competencias específicas que les pertenecen, con cierta libertad e independencia, si al mismo tiempo aquella no comprende lo económico y financiero, es decir, el derecho de contar con recursos, a través de la participación de las rentas nacionales y el establecimiento de impuestos y de administrarlos, según convenga a la gestión de los intereses regionales y locales” (negritas y subrayado nuestro).
Esto último es lo fundamental en todo el caso de la municipalización colombiana en la actualidad y es el que pretendemos para Venezuela. No es suficiente la autonomía política (elegir Alcaldes y Gobernadores) si no se le da la independencia financiera para operar la gestión pública en las ciudades venezolanas, como lo estamos solicitando en el Proyecto País Venezuela.
De esa forma es que podremos garantizar el noveno Eje del Proyecto País Venezuela, que “El Estado garantice a la familia venezolana viviendas apropiadas y los urbanismos respectivos, que constituyan la base de ciudades humanizadas y hogares dignos, que le ofrezca calidad de vida y sostenibilidad a la Institución Familiar” (ver Proyecto País Venezuela – Reconstrucción y Reconciliación Nacional - MID Táchira/AVERU en https://docs.google.com/file/ d/ 0B6yI0gUROWzDUmhEbXFZMGR0bEU/ edit?usp=sharing).
No ahondaremos en cada uno de los objetivos específicos de este Eje, esbozados en la presentación del Proyecto País, ya que estos corresponden a la seguridad que debe darle el Estado a los ciudadanos, habida cuenta que estos objetivos apuntan a garantizar esa calidad de vida como Derecho Humano para los habitantes del territorio venezolano, llámese éste Municipio, Estado o País.
Sin embargo, sí deseo precisar la experiencia de Medellín, cuando bajo el control de las manos correctas es la prueba viviente de que si se puede llevar a cabo un proceso de transformación desde una ciudad sumida en la violencia y la pobreza a una ciudad progresista y con calidad de vida. Pueden conocer del propio Sergio Fajardo Ex Alcalde de Medellín (2004-2007) este extraordinario tránsito en una conferencia dictada en el TEC de Monterrey, México (ver Conferencia de Sergio Fajardo, Ex Alcalde de Medellín-Colombia, en el TEC de Monterrey “Medellín: Del Miedo a la Esperanza”
Al conocer la experiencia de Medellín se pueden llegar a algunas conclusiones: a) es necesario, pero no suficiente, que la ciudad tenga la posibilidad legal de obtener y administrar los recursos necesarios para su recuperación; b) que exista una cabal comprensión del problema que se debe enfrentar para resolverlo; y c) que la sociedad civil se empodere del problema y tome las acciones para demostrar efectivamente que si se puede hacer un gobierno honesto en beneficio de las mayorías.
En efecto, Fajardo como buen matemático de formación que es, se planteó la siguiente interrogante: ¿Qué problemas vamos a resolver en Medellín? Y según sus propias palabras la respuesta salió inmediata: 1) Desigualdades sociales y una gran deuda social histórica acumulada; y 2) Violencia con raíces profundas, muy profundas…que incluyen la generada por el narcotráfico. Cualquier semejanza con nosotros NO es pura coincidencia…
Fajardo y su equipo dividieron la ciudad en zonas de acuerdo al Índice de Desarrollo Humano-IDH. No me extrañó esto proviniendo de una persona de una sólida formación técnica pero con una altísima conciencia social. Al usar este criterio para enfocar la solución de los problemas, se identifican las principales áreas de atención de un gobierno que realmente desee hacer algo por los más necesitados, ya que el IDH es una composición técnica que mide varios factores que muestran esperanza de vida, educación e ingreso. Aquellos interesados en profundizar este aspecto fundamental pueden revisar el concepto en un trabajo que publique en el 2007: IDH Compuesto: Un ejemplo de aplicación para Venezuela (Dic. 2007) (ver
http://es.scribd.com/doc/ 21268009/IDH-Compuesto-Un- ejemplo-de-aplicacion-para- Venezuela) donde además de estas variables incluyo otras relativas a las Libertades Políticas de los venezolanos en el período 1998-2005.
Esta aproximación conceptual, basada en criterios alejados del populismo, de entrada hace diferente el enfoque de aplicación de los recursos del tradicional utilizado por la dirigencia política. Eso diferencia a Fajardo del resto de sus pares. Un enfoque técnico aplicado a los problemas reales de las personas, que traduce a la EDUCACION como un componente fundamental para la mejora de la calidad de vida.
De allí que Fajardo indica que es condición necesaria TRANSFORMAR LA POLITICA. Esto sale como la resultante de personas provenientes de la sociedad civil que sabían cómo se podría realizar un cambio, y al no verlo reflejado en las decisiones de la clase dirigente no les quedo más remedio que participar en el juego político, ganar elecciones y realizar ese cambio por ellos mismos, incidiendo en la manera de administrar la cosa pública. A la pregunta de dónde habían salido los recursos para acometer la transformación de Medellín, la respuesta de Fajardo se resume en lo siguiente: no nos robamos los reales. Ese es en realidad el milagro que operó en Medellín.
No voy a relatarles el cuento completo de Fajardo que ya está muy bien contado desde su propia perspectiva en los videos de su conferencia en el TEC de Monterrey. Es un proceso de transformación único en Latinoamérica pero que pasa por un cambio de principio: una Constitución que lo permita y unos ciudadanos resteados a provocar un cambio. Y como bien indica Sergio Fajardo al finalizar, los llamaron locos, les dijeron que no se podía, y ellos fueron adelante. Así nos llaman ahora a nosotros al desear un cambio profundo en Venezuela de la mano de un Proyecto País y una Constituyente. Pues bien, ya somos muchos. Lo que falta ahora es que esa locura la hagamos realidad.
Caracas, 11 de Octubre de 2013
Email: luismanuel.aguana@gmail.com
Twitter:@laguanaEL ENVÍO A NUESTROS CORREOS AUTORIZA PUBLICACIÓN, ACTUALIDAD, VENEZUELA, OPINIÓN, NOTICIA, REPUBLICANO LIBERAL, DEMOCRACIA, LIBERAL, LIBERALISMO, LIBERTARIO, POLÍTICA, INTERNACIONAL, ELECCIONES,UNIDAD, ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA,CONTENIDO NOTICIOSO,
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