Cuando
hablamos de democracia del siglo XXI estamos refiriéndonos a democracias
avanzadas que interpretan la complejidad de la sociedad de estos tiempos, sobre
todo, de sistemas parlamentarios con mucha pluralidad y representatividad del pueblo soberano, con
grandes capacidades, competencias y madurez para el seguimiento y control de
los otros poderes del Estado, con parlamentarios muy formados y con gran
compromiso histórico para el desarrollo de un marco legal con equidad,
respetuoso y adecuado a los intereses de todos los sectores de la sociedad, sin
caer en la tentación de legislar en forma particular para favorecer o
perjudicar a una porción de la sociedad. Legislando siempre en consenso, con
respeto y defensa de la pluralidad y la voz disidente en la sociedad.
En el marco de esta idea afirmamos que una de
las características de los sistemas de democracia republicana es la
progresiva independencia y autonomía de
los poderes públicos. El poder legislativo no solo se establece mediante la
comunidad de parlamentarios reunidos en sesiones para debatir la agenda del día
sino que están configurados por un conjunto de competencias, obligaciones,
aptitudes en la dirección de mantener el equilibrio del poder estatal, con
participación de equipos de trabajo e investigación legislativa muy
responsables y equitativos que buscan
interpretar la sociedad desde la libertad de su conciencia y su relación con
las competencias del parlamento que por definición es la representación de la diversidad
política y social de la Nación.
Las
Constituciones contemporáneas, sobre todo, en democracias republicanas, -
entendido el parlamento como la representación del pueblo soberano expresado en
las diversas y plurales facciones de la opinión nacional -, han profundizado
aún más la autonomía del poder legislativo frente al poder ejecutivo,
sustentando todos los actos de gobierno en leyes con significativo consenso y
pertinencia que sirven de marco referencial al poder legislativo para el
seguimiento, control y evaluación de los
actos de gobierno de los demás órganos
del Estado.
En
los sistemas totalitarios que son sistemas rezagados de mediados del siglo XX
existen aún parlamentos muy frágiles a las presiones del poder del autócrata
cuya aspiración es desligarse del poder legislativo para gobernar vía decretos
obviando la obligación constitucional de que todos los actos de gobierno deben
estar sustentados en una ley emanada del poder legislativo y no del capricho de
un gobernante. Cuba, Vietnam, Bielorusia, Corea del Norte, entre otros, son
casos muy peculiares donde el parlamento tiene un escaso control sobre
el poder ejecutivo, solo es una institución simbólica, para aparentar una
supuesta democracia y representación del pueblo, los proyectos de leyes y
decretos lo presenta el dictador y los diputados sumisamente los aprueban para
dar fe de lealtad a la revolución.
La
Constitución Nacional de la República de
Venezuela tiene rezagos de esas viejas Constituciones del Siglo XX cuando
establece la posibilidad de una ley habilitante para legislar en emergencias nacionales transfiriendo al poder
ejecutivo competencias legislativas que
constitucionalmente son propias de la Asamblea Nacional: “La Ley Habilitante es
una herramienta jurídica de rango constitucional que faculta al Ciudadano
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela a dictar Decretos con
Rango, Valor y Fuerza de Ley sobre las materias que estime pertinentes de
acuerdo a las necesidades y/o emergencia del país. “ . Aquí deja claro que esta
transferencia de competencias del parlamento al Presidente de la República solo
puede hacerse en situaciones de emergencia nacional previo debate acerca de la
magnitud de tal emergencia o necesidad. Esta transferencia de competencias se
interpreta, seguidamente a la definición de la ley, es que la Asamblea Nacional se declara
incompetente para legislar sobre el asunto.
Ósea, en buen castellano, la Ley Habilitante inhabilita a la Asamblea
Nacional para atender emergencias nacionales..
La última
Ley Habilitante que la Asamblea Nacional aprobó fue solicitada y formulada por el Presidente
Chávez el 17 de diciembre de 2010, otorgándole la Asamblea Nacional poderes
especiales por 18 meses, ante la necesidad de atender las emergencias
suscitadas en casi todo el país por las fuertes lluvias (emergencia nacional)
que dejaron pérdidas millonarias y miles de damnificados. Sin embargo, en el
marco de esa habilitante se aprobaron
reformas de leyes que no tenían ninguna relación con las emergencias que
dieron origen a la solicitud: Fueron
aprobados 54 Decretos-Ley.
Destacan
la Ley de Instituciones del Sector
Bancario, Ley de Reforma de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales
Bolivarianas; Ley Contribuciones derivados de la alza de los Precios de los
Hidrocarburos, Ley de Reforma a la Ley
Orgánica del Trabajo, entre otras, ver total de decretos –leyes
http://www.pgr.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=3109
,
no
menos importantes.
Aquí
el Presidente, en primer lugar, legisló en materias referidas a las emergencias
pero, en segundo lugar, aprovecho para hacer reformas profundas en la
estructura del Estado y sus instituciones, así como en el sistema económico, en
materias no contempladas en la solicitud para la Ley Habilitante. Este abuso de
poder, abiertamente inconstitucional, no fue protestado por la Asamblea
Nacional, todo lo contrario, fue aplaudido como una muestra de lealtad a la
revolución.
Hoy,
Nicolás Maduro imbuido en un arrebato de autoritarismo solicita una Ley
Habilitante para gobernar por decretos sustentada tal solicitud en la
existencia de una emergencia nacional derivada de la corrupción y de una
supuesta “guerra económica”. Emergencias que como dice el adagio popular “es
como escupir para arriba”, especialmente si se declara que la corrupción ha
alcanzado niveles tan escandalosos, por tanto, hay que declarar una emergencia
nacional.
Para
nadie es un secreto que en cualquier país del mundo la corrupción
administrativa, ósea dentro de las instituciones del Estado, corresponde al 93% de la corrupción global. En un país
que ocupa el primer lugar como Nación más corrupta de America y además, todos los poderes del Estado están
controlados por los mal llamados revolucionarios realmente esta declaración de
emergencia nacional es muy grave ya que involucra al “proceso” mismo. Entonces,
lo que procede es declarar tal emergencia, pero la emergencia del mismo Estado,
del mismo gobierno, del parlamento, de la justicia, del PSUV como soporte partidista del
gobierno. Para ello debemos cambiar
urgentemente a los gobernantes, a los diputados, a los jueces y a los policías. Un giro de 180 grados para limpiar
al país de corrupción.
En
consecuencia, no es necesaria una Ley
Habilitante para combatir la corrupción, es necesario voluntad política,
aplicar las leyes vigentes contra la corrupción, hay suficientes instrumentos
jurídicos e institucionales para evitar, combatir y condenar ese flagelo en Venezuela, es necesario nombrar el contralor general de la república
y reorganizar el Poder Moral, en si, sanear la justicia y la administración
publica de la corruptela, de la ineficiencia, de la impunidad y de la
complicidad automática. Porque si no es así todo conduce a pensar que es una
manera de colocar un trapo rojo para desviar la atención y transferir la culpa
a la oposición de la terrible corrupción que se lleva por delante a la
misma revolución. La habilitante no
pasaría de ser solo un tinglado siguiendo los consejos de los propagandistas fascistas: “échale la culpa de
tus males y errores al adversario y así los bloqueas haciendo que se dediquen a
defenderse”.
La
Asamblea Nacional hace tiempo que dejo que la corrupción se comiera a su propia
revolución, ya son decenas de casos escandalosos de corrupción, de narcotráfico
y de ineficiencia de la administración pública
que se han denunciado en ese
parlamento e igual numero de posiciones negativas para investigarlos. Hoy lucen
contradictorios, se declaran los paladines en la lucha contra la corrupción y,
al mismo tiempo, se declaran
incompetentes para legislar, investigar y solicitar sanciones a este delito
contra la cosa publica, entregando sumisamente sus competencias legislativas y
de controlaría a Nicolás Maduro para que lo haga por ellos.
juancdula@yahoo.es
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