Si bien la ley de 1962 en su momento cumplía
su cometido, visto las modificaciones decretadas, de hecho y de facto, por
quien desde una cama de hospital hoy nos desgobierna, resulta imprescindible la
promulgación de un nuevo instrumento legal que norme el funcionamiento de
nuestro servicio exterior y adecue a los tiempos actuales la carrera
diplomática y sus funcionarios, sustrayendo de sus manos la vulgar manipulación
de los escalafones.
Para justificar la necesidad de un nuevo
marco legal, que no modificaciones a la existente, hagamos primero un poco de
historia.
Desde la grandeza de la diplomacia de Simón
Bolívar en los albores del siglo 17 que ya nos conectaba con el mundo de
entonces ,nunca más se ha diseñado nada parecido a la que diseño nuestro
Libertador.
Los inicios de nuestro servicio diplomático
se remontan al año 1830 en el que se decreta la creación de la Secretaría de
Hacienda y Relaciones Exteriores.
“Entre
las actuaciones y estrategias diplomáticas más notables del servicio exterior
venezolano de esa época, está la del 23 de mayo de 1865 cuando Venezuela busca
acercarse a sus vecinos latinoamericanos para evitar la repetición de episodios
como la ocupación de los puertos. Por ello firma en Lima el Tratado de Unión y
Alianza Defensiva y el Tratado sobre Conservación de la Paz con Bolivia,
Colombia, Chile, Ecuador, Perú, El Salvador y Guatemala”. ( Wikipedia).
Algo inédito para la época y especie de
precursor del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca. Resaltado mío.
Nuestra diplomacia de comienzos del siglo 20
carecía de una cancillería verdaderamente organizada y de funcionarios de
carrera. Y a diferencia de países como El Imperio del Brasil, quien reguló la
carrera diplomática en 1845, siendo en consecuencia el primer país occidental
que lo hace. Venezuela lo hace el 27 de abril de 1946,100 años después.
Venezuela, a partir de la década de los 50 y
hasta 1998 incrementa su actividad en distintas organizaciones internacionales,
en el ámbito regional, continental y mundial. Dentro de ese tiempo Venezuela,
como país, permaneció dentro de un sistema democrático de gobierno en el que la
política exterior buscó obtener para el país condiciones idóneas para su
desenvolvimiento y desarrollo, en el marco de las relaciones internacionales
con diversas Naciones del mundo y para ello fue construyendo un cuerpo
diplomático profesionalizado a través de la adecuación de su ley de servicio
exterior y de un sistema de evaluación y escogencia, que si bien tenía sus
carencias y particularidades, preferenciaba, excepto en una parte de la escala;
Embajadores, Ministros pleni potenciarios, el escalafon de la carrera, primando
en el la antigüedad de los funcionarios de cada una de las categorías*. Y si no
que lo diga Chaderton; echura de Don Aristides Calvani. *(O al menos así era
cuando yo estudie la carrera por allá en los 70).
A partir del año 1999 se inicia un proceso de
desprofesionalización de nuestro servicio exterior con la remoción de todos los
funcionarios de carrera que no estaban cuadrados con el desgobierno actual y en
el que no se tomó en cuenta; ni los superiores intereses de la Nación, ni
cuánto ha cambiado el entorno internacional, especialmente desde la caída del
muro de Berlin. Lo cual implicó que los lineamientos de la política exterior de
Venezuela han experimentado profundas transformaciones, más en función de
proyectos personales, que por el interés Nacional. Por ello, 1972 no es lo
mismo que 2012. Son cuarenta años de una presencia internacional, cristalizada
en dos etapas de nuestra política exterior, con algunas similitudes pero sobre
todo con muchísimas e importantes diferencias.
En este punto es preciso señalar que estas
características que marcaron la política exterior de Venezuela dan una señal
sobre los procesos que la sustentaron durante todos estos años. Pero también
dan una pista sobre las formas intelectuales discursivas, metodológicas y
teóricas que orientarían su análisis, posterior a 1999.
La Constitución Nacional venezolana asigna al
Jefe del Estado la responsabilidad de la conducción de las relaciones
internacionales,. pero esa función no le
ha sido atribuida para ejercerla de manera caprichosa ni arbitraria. La
conducción de las relaciones internacionales debe llevarse a cabo dentro del
marco de una política exterior coherente que contemple una estrategia
debidamente planificada, con objetivos definidos, que al mismo tiempo tenga en
cuenta los intereses superiores del país y los cambios coyunturales que constantemente
se producen en el escenario internacional. Y para ello necesita de un cuerpo
diplomático preparado profesionalmente para ejercer sus funciones, y para
representar, promover y sustentar adecuada y soberanamente las necesidades
diplomáticas de la Nación. Y esto solo es posible dentro de un marco
regulatorio acorde con la globalidad de los tiempos. He allí la necesidad de
una nueva ley para nuestro servicio exterior.
Amanecerá
y veremos.
rlander48@yahoo.com
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