El régimen venezolano ha causado enormes daños a las intituciones,
a la economía y a la sociedad venezolana, pero particularmente, a la soberanía
e integridad territorial, a pesar de que se vende como un defensor a ultranzas
de ella, recurriendo a interpretaciones sesgadas, en particular, cuando
desprecia a los órganos internacionales de derechos humanos.
La entrega de nuestra soberanía a Cuba es muy grave, pero mas lo es entregar
el territorio en reclamación, por las omisones y acciones torpes de un régimen
irrespetuoso, al que solamente su permanencia en el poder le interesa. Si la
primera se recupera, cuando ocurra el cambio de rumbo el próximo 7 de octubre, y los venezolanos
retomen el manejo de sus intituciones; la segunda se presenta mas difícil de
recuperar porque el Derecho Internacional es mas rígido que las posturas
políticas circunstanciales.
El régimen ha venido abandonando nuestra pretensión en
relación con el territorio Esequibo mediante inacciones expresadas por el
silencio que se podría convertir en aquiescencia, pudiendo dar lugar, en
determinadas circunstancias, a la aplicación, por Guyana, del estoppel por el cual Venezuela estaría impedida de
desconocer la situación representada por sus declaraciones, acciones u
omisiones (silencio) que habrían creado expectativas en Guyana.
Le defensa del territorio Esequibo (mas de 150.000 kms, parte
de la Capitanía General de Venezuela), una constante en los gobiernos
democráticos desde 1958, no parece ser la prioridad del régimen bolivariano. La
ignorancia y la desidia, su desorganización interna e incluso las
manipulaciones políticas a las que recurre, contrarias a los intereses del
Estado, hacen que el régimen bolivariano cometa errores de forma y de fondo muy
graves, lo que le asocia a Guyana en su intención de pretender considerar
terminada la controversia jurídica planteada por la consideración de “nulo e
írrito”, por Venezuela, del laudo arbitral del 3 de octubre de 1899, después de
conocerse los valiosos documentos de Mallet Prevost en los que se fundamenta la
posición venezolana.
Venezuela rechaza el laudo desde siempre, mas desde 1962 cuando
plantea la situación a la comunidad internacional y de 1966 con la firma del
Acuerdo de Ginebra para que conozca la controversia, reconocida en el artículo
1 de ese texto y que hoy sigue pendiente, en manos de los buenos oficios del
Secretario General de las Naciones Unidas.
Los guyaneses, apoyados por los “amigos” y “beneficiarios”
del ALBA, pretenden que no hay mas
controversia entre los dos paises, lo que se podría deducir,segun ellos, de las
actos y comportamientos de Venezuela. Pero, la controversia persiste. La
definición y la precisión de conceptos se impone. La Corte Permanente de
Justicia Internacional (CPJI), en su Decisión (1924) en el Caso Mavrommatis
(Serie A, No.2,p.11) define la controversia jurídica como “el desacuerdo sobre
un punto de derecho o de hecho, una contradiccón de tesis jurídicas o de
interses entre dos personas...” Su sucesora, la Corte Inernacional de Justicia
(CIJ), precisa años mas tarde, en 1950, en su Opinión Consultiva sobre la
Interpretación de los tratados de Paz (p.74) que “la existencia de una
controversia debe ser establecida objetivamente. El simple rechazo (de una de
las partes) no significa que la controversia no exista”.
La controversia está planteada a pesar del silencio del
régimen bolivariano y de las torpezas que persisten. La representación de
Venezuela en las negociaciones que se llevan a cabo bajo los buenos oficios del
Secretario General está en manos de comodines osados e incapaces que ignoran el
Derecho Internacional.
En cuanto al fondo, Venezuela tendrá que desmontar los
efectos del silencio y de la acquiescencia que se hubiera podido derivar de ese
silencio. Los comportamientos, las acciones o inacciones, y las declaraciones
unilaterales de los representantes del Estado tienen consecuencias jurídicas
importantes, como quedó reflejado en los Principios Rectores adoptados por la
Comisión de Derecho Inernacional, en 2006, elaborado en base a los Informes que
presente como Relator Especial, lo que fue un gran honor para mi. (Documento de
la ONU, A/61/10, p.407 y ss).
La entrega del del pais, mas del territoiro, es
responsabilidad de quienes actuan en nombre del regimen y sobre ello deberán
responder ante la historia, también ante la justicia cuando los órganos
judiciales nacionales funcionen adecuadamente. La traición a la patria está
presente en éstas y otras actuaciones del régimen.
vitoco98@hotmail.com
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