martes, 22 de mayo de 2012

VICTOR RODRIGUEZ CEDEÑO, ENTREGA REITERADA

El régimen venezolano ha causado enormes daños a las intituciones, a la economía y a la sociedad venezolana, pero particularmente, a la soberanía e integridad territorial, a pesar de que se vende como un defensor a ultranzas de ella, recurriendo a interpretaciones sesgadas, en particular, cuando desprecia a los órganos internacionales de derechos humanos.

La entrega de nuestra soberanía  a Cuba es muy grave, pero mas lo es entregar el territorio en reclamación, por las omisones y acciones torpes de un régimen irrespetuoso, al que solamente su permanencia en el poder le interesa. Si la primera se recupera, cuando ocurra el cambio de rumbo  el próximo 7 de octubre, y los venezolanos retomen el manejo de sus intituciones; la segunda se presenta mas difícil de recuperar porque el Derecho Internacional es mas rígido que las posturas políticas circunstanciales.

El régimen ha venido abandonando nuestra pretensión en relación con el territorio Esequibo mediante inacciones expresadas por el silencio que se podría convertir en aquiescencia, pudiendo dar lugar, en determinadas circunstancias, a la aplicación, por Guyana, del estoppel  por el cual Venezuela estaría impedida de desconocer la situación representada por sus declaraciones, acciones u omisiones (silencio) que habrían creado expectativas en Guyana.

Le defensa del territorio Esequibo (mas de 150.000 kms, parte de la Capitanía General de Venezuela), una constante en los gobiernos democráticos desde 1958, no parece ser la prioridad del régimen bolivariano. La ignorancia y la desidia, su desorganización interna e incluso las manipulaciones políticas a las que recurre, contrarias a los intereses del Estado, hacen que el régimen bolivariano cometa errores de forma y de fondo muy graves, lo que le asocia a Guyana en su intención de pretender considerar terminada la controversia jurídica planteada por la consideración de “nulo e írrito”, por Venezuela, del laudo arbitral del 3 de octubre de 1899, después de conocerse los valiosos documentos de Mallet Prevost en los que se fundamenta la posición venezolana.

Venezuela rechaza el laudo desde siempre, mas desde 1962 cuando plantea la situación a la comunidad internacional y de 1966 con la firma del Acuerdo de Ginebra para que conozca la controversia, reconocida en el artículo 1 de ese texto y que hoy sigue pendiente, en manos de los buenos oficios del Secretario General de las Naciones Unidas.

Los guyaneses, apoyados por los “amigos” y “beneficiarios” del ALBA, pretenden que  no hay mas controversia entre los dos paises, lo que se podría deducir,segun ellos, de las actos y comportamientos de Venezuela. Pero, la controversia persiste. La definición y la precisión de conceptos se impone. La Corte Permanente de Justicia Internacional (CPJI), en su Decisión (1924) en el Caso Mavrommatis (Serie A, No.2,p.11) define la controversia jurídica como “el desacuerdo sobre un punto de derecho o de hecho, una contradiccón de tesis jurídicas o de interses entre dos personas...” Su sucesora, la Corte Inernacional de Justicia (CIJ), precisa años mas tarde, en 1950, en su Opinión Consultiva sobre la Interpretación de los tratados de Paz (p.74) que “la existencia de una controversia debe ser establecida objetivamente. El simple rechazo (de una de las partes) no significa que la controversia no exista”.

La controversia está planteada a pesar del silencio del régimen bolivariano y de las torpezas que persisten. La representación de Venezuela en las negociaciones que se llevan a cabo bajo los buenos oficios del Secretario General está en manos de comodines osados e incapaces que ignoran el Derecho Internacional.

En cuanto al fondo, Venezuela tendrá que desmontar los efectos del silencio y de la acquiescencia que se hubiera podido derivar de ese silencio. Los comportamientos, las acciones o inacciones, y las declaraciones unilaterales de los representantes del Estado tienen consecuencias jurídicas importantes, como quedó reflejado en los Principios Rectores adoptados por la Comisión de Derecho Inernacional, en 2006, elaborado en base a los Informes que presente como Relator Especial, lo que fue un gran honor para mi. (Documento de la ONU, A/61/10, p.407 y ss).

La entrega del del pais, mas del territoiro, es responsabilidad de quienes actuan en nombre del regimen y sobre ello deberán responder ante la historia, también ante la justicia cuando los órganos judiciales nacionales funcionen adecuadamente. La traición a la patria está presente en éstas y otras actuaciones del régimen.

vitoco98@hotmail.com

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