sábado, 26 de mayo de 2012

EDISON CHIRINOS CHIRINOS, LA CRISIS DEL SISTEMA DE JUSTICIA Y ESTABLECIMIENTOS CARCELARIOS DEL PAÍS. ANTE LA CONFESIÓN DEL SICARIO JUDICIAL APONTE, APONTE, ELADIO MAGISTRADO REVOLUCIONARIO BANANERO DEL SIGLO XXI. (TERCERA PARTE DE CUATRO)

Estos LOMBROSIANOS creían que en las  madrigueras donde buscaron concha  no llegaría el brazo de la justicia y los atraparía; otros no soportaron las sanciones que le dictaban sus conciencias y aceptaron la pena que esta les dictó y haciendo justicia con sus propias manos tomaron su correspondiente pastillita de cianuro, porque al ser llamados a rendir cuenta y no tener las evidencias, las pruebas JURIS TANTUM que justificaran sus macabras gestiones, el dolo de sus actuaciones los emplazó y los condenó a tener que suicidarse. 

Estos hechos han conformado un icono para LA HUMANIDAD, el cual ha sido objeto de estudio por legiones de generaciones posteriores. Para no repetir esta DANTESCA Y MACABRA OBRA.

La Biblia, el libro sagrado de los católicos un uno de sus versículos determina que el ser humano no es Dios para disponer a su libre arbitrio del derecho a la vida y de la libertad de las personas de un semejante. Se entiende que el ser humano en algunas oportunidades o actos  tiene algo de bestial e incurre en estas anomalías; en ese orden de prelación señala la Santa Biblia, en el capítulo segundo del evangelio de SIMEON LUCAS, la máxima la cual pone a temblar a los funcionarios públicos con toga, violadores o pecadores capitales de oficio que utilizan la Justicia como herramienta de exterminio y de persecución política de hermanos inocentes  que piensan diferente,  al saber que la BIBLIA es infalible y sentencia: “CON LA VARA QUE MIDES SERAS MEDIDO.”

 Esta máxima en nuestro país no ha sido impedimento para que los Jueces vendan su conciencia como JUDAS ICARIOTAS, utilizan LA JURIDICTIO de la cual están investido para imponer Sentencias forjadas, Sentencias sin pruebas, revisan un expediente con más de (40.000 folios útiles en tres días para resolver una apelación en Casación Penal  para imponer una Sentencia con la pena máxima y complacer a su mentor y mantener satisfecho la utilidad marginal, sus apetencias macabras). De igual manera desatiban decisiones judiciales para legitimar hechos punibles tal como ocurrió con los invasores de tierra en el Estado Guárico y bajo ese modo operandi, imponer un esquema de terrorismo judicial aberrante y llenan así sus alforjas con divisas verdes  Capitalista con inusitado frenesí.
En ese espejo deben verse los representantes del poder Judicial Bolivarista, ya que, las decisiones que han venido tomando sin cumplir con el juicio previo y el debido proceso, sin ética, sus repercusiones son inevitables, perturbadoras e indeseables y las mismas han tenido un parecido muy marcado con los TRIBUNALES DEL TERROR Y LOS JUECES DEL HORROR DE LA ALEMANIA NAZI; sus efectos y consecuencias de sus penalidades son demoledores modelos de barbarie y desmesuradas.
Estas gestiones han sido consideradas por países civilizados, formas de  sembrar el odio y el pánico en la población conocida con el nombre de TERRORISMO JUDICIAL. Estas sanciones en lugar de corregir conductas, las violenta y erosionan, siembran el odio en las personas que son condenadas, acaban con su vida útil, son penas de muerte en vida, con estas herramientas y otros mecanismos tipos de suplicios chinos. Esto ocurre en nuestro país y así lo confirman los partes de guerra que publican las Morgues semanalmente, a pesar de que la Constitución Nacional determina en su artículo número (42) lo siguiente: El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privados de su libertad.
En este orden de ideas, para nadie es un secreto el estado de descomposición en que operan las cárceles en el País, lo que sí es un secreto y que no se le informa al País es de quien es la responsabilidad que ha permitido que los establecimientos carcelarios funcionen en las condiciones dantescas en que se encuentran. Resulta insólito, grotesco buscar los culpables del colapso carcelario en la población penal o en los familiares de las víctimas o en los  medios de comunicación, cuando los culpables los que se lucran con el Negocio carcelario están en Despachos Públicos.
Los diferentes niveles del Poder judicial saben que los presos venezolanos tienen derechos y deben ser tratados como tal; éstos deben velar porque los derechos del privado de libertad se le respeten y no se haga demagogia con sus derechos humanos. A tales efectos, la historia devela y registra el derecho Humanitario y el derecho Carcelario, disciplinas que magistralmente recoge “La Convención Americana sobre Derechos Humanos”, estos principios a través del tiempo han evolucionado, promocionando los derechos humanos del ciudadano y las gestiones que deben realizar los gobiernos para reinsertar en la Sociedad a esas personas que purgan su penas en esos infiernos como ciudadanos útiles y no como agentes del crimen, tal como se ha instaurado y está ocurriendo en estos establecimientos.
Los derechos del preso, se instituyeron hace muchos años, desde el mismo momento en que apareció el sistema carcelario, que se inició con el modelo carcelario celular, dejando atrás la macabra Ley del Talión hasta llegar al sistema de régimen abierto. Sin embargo, en la actualidad en Venezuela la realidad muestra que el país ha involucionado en su incipiente modelo carcelario, en su defecto se ha instaurado un sistema infrahumano y dantesco, único en el mundo digno de un premio de la academia del arte. En la conciencia colectiva venezolana retumba todavía los macabros hechos del RETEN DE CATIA, para luego los gobernantes de turno, los medrosos de la cosa pública llevarnos a los modelos carcelarios del RODEO l, RODEO II, una innovación carcelaria con actores nuevos denominados PRANES.
El Sistema Carcelario Venezolano es un icono a la Inmoralidades Públicas que tiene que enfrentar el Poder Judicial, a pesar de que las cárceles del País que estaban adscritas al Poder Ejecutivo a través del Ministerio del Poder Popular para Interior y Justicia y en la actualidad se creó un Ministerio para que atiende y gestione este problema, cuya fuente de origen es la negligencia, apatía del Poder Judicial.
El conflicto carcelario tiene su fuente de origen en el poder Judicial y se desarrolla bajo el control del Poder Ejecutivo, donde subyacen de manera lapidaria los ciudadanos penalizados por funcionarios Judiciales adscritos a este Poder Judicial (Jueces), quienes sin el más elemental conocimiento gerencial y ética gestionan el Sistema Judicial del País en nombre de la República y Autoridad de la Ley. Además, con singular particularidad actúan como verdaderos SICARIOS JUDICIALES de la injusticia, acatando y cumplen los designios del Caporal, según declaraciones del Magistrado APONTE, APONTE, ELADIO, Ver caso de la juez AFIUNI.  Sin embargo, se observa al presentarse los dramas carcelarios que estos funcionarios permanecen mudos, inmutables desvinculados como si los mismos no tuvieran nada que ver con estos  conflictos siendo ellos  la fuente de su atribución.
La situación expuesta a creado un colapso en los establecimientos carcelarios abarrotados por ciudadanos procesados y condenados en un porcentaje del 60% por un 40% aproximadamente, luchando el día a día por sobrevivir. Surge la pregunta ¿Por orden de quien se encuentran estos ciudadanos Condenados o Procesados en estos establecimientos? Dese usted mismo la respuesta, ante esta realidad apocalíptica el preso se ve emplazado a tener que adaptarse a esa realidad e iniciar el proceso de formación educativa en el crimen, ya que, al estar en ese recinto donde reina la oscuridad, la violencia, la droga y el tráfico de armas de todo calibre no le queda otra decisión que adaptarse al medio para tratar de sobre vivir y si logra sobre vivir y logra su libertad sale graduado como un delincuente nato más.

            En el momento cuando ese ciudadano traspasa la barrera de ese infierno y logra su libertad se pregunta ¿Dónde están los funcionarios de instrucción que investigan, instruyen y acusan y los que administran Justicia? Que acabaron con su vida útil y con sus actuaciones se convirtieron en un fraude Jurisdiccional para el ESTADO y para la Sociedad. Quienes con su omisión y actuaciones incurrieron en el delito de denegar justicia. Las personas que están detenidas es porque tienen una orden de detención dictada por un Juez, este funcionario que ordena su detención, debe garantizarle el mandato constitucional establecido en el artículo (43) Ya comentado ante tal omisión surge la pregunta: ¿Qué es administrar?  Define el DRA. Acrecentar el patrimonio, de quien del preso o del funcionario encargado de velar por  los derechos del preso.


Doctor Edison chirinos chirinos
Magister en Casación Penal.

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