La generalidad de los que se han dedicado a estudiar el aspecto jurídico del proceso de reorganización política del mundo coincide en que se está a mitad de camino entre el Derecho Internacional y el Derecho Constitucional. Esto porque la organización supranacional, que como ya hemos dicho no es un Estado, ejerce poderes soberanos sobre los miembros que la integran. Esto, se puede encontrar una aproximación a la organización federal.
En cualquier caso se aborda el tema desde diferentes ángulos y si algunos insisten en “federalismo funcional” otros hablan de construcción federal sobre un plano particular, mientras otros niegan al Derecho la posibilidad de construir fórmulas políticas refiriéndose al proceso que describimos como una simple forma de cooperación administrativa.
La bibliografía sobre el tema es muy amplia. Lo que queremos brevemente destacar es que al mundo jurídico no se le ha escapado lo que sucede y que las palabras “supranacional”, “metanacional”, “construcción federal sobre un plano particular” y muchísimas más van construyendo todo el entramado jurídico que habrá de presidir el mundo nuevo que crece ante nuestros ojos. La separación purista entre política y Derecho que algunos autores establecen carece de sentido. Para ello basta referirse a los padres fundadores de los primeros intentos de unidad europea, específicamente a Konrad Adenauer, que siempre fijaron en lo supranacional un antídoto contra los nacionalismos, contra el concepto de soberanía y contra el egotismo, entendiendo esta última palabra “como un sentimiento exagerado de la propia personalidad”. Esto es, en la concepción original de avance hacia lo supranacional había un elemento y un propósito político claro derivado de las causas que llevaron al segundo gran conflicto mundial. Si ese propósito político no hubiese existido obviamente no existiría la discusión jurídica sobre el marco legal para envolver lo que estamos viendo.
Admitamos que la discusión bien puede continuar en el campo de la epistemología jurídica, pero siempre toda forma naciente debe partir del territorio de la ontología, esto es, del campo de la filosofía del Derecho. Las nuevas formas de organización política requieren, ciertamente, de un marco jurídico y ese marco se ha ido construyendo paralelamente a la materialización de las formas políticas. Las formas políticas nacientes han impuesto la necesidad del envoltorio jurídico. Bastaría, pienso, con hablar de Derecho Supranacional. O tal vez recurrir a una expresión del sociólogo e historiador de las Ciencias Sociales Immanuel Wallerstein (“El moderno sistema mundial”), conocido por sus polémicas opiniones sobre el fin del capitalismo y tomarle prestada, de manera provisional, su frase de “inventar nuevas formas de escribir la historia”. O, para mostrar otra cara que, al fin y al cabo nos conduce siempre al territorio de la imaginación creativa como vía de comprender al mundo nuevo, al superoptimista Thomas Friedman y recordar con él que el mundo dejó de ser redondo (“La tierra es plana”)
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