*LA LEY DE POLICIA NACIONAL ELIMINA LA GUARDIA NACIONAL
¡¡¡…LOS GUARDIAS NACIONALES DEBEN DE ESTAR EN ESTADO DE ALERTA…!!!!. El 2 de diciembre fue derrotada la reforma constitucional en donde se proponía entre otras cosas la eliminación de la Guardia Nacional de Venezuela. Ahora se pretende, con el uso de la Ley habilitante, y mediante la proclamación y aprobación de la Ley Orgánica de Policía Nacional, eliminar de un plumazo la Guardia Nacional. En efecto mediante los artículos 41 y 42 de la mencionada Ley se eliminan los servicios que presta la Guardia Nacional. Como evidencia de lo planteado anteriormente se transcriben dichos artículos en donde le eliminan a la Guardia Nacional de Venezuela todos los servicios que presta actualmente:
Artículo 41. El Cuerpo de Policía Nacional tiene carácter civil, público, permanente, profesional y organizado. Estará desplegado en todo el territorio nacional para garantizar el ejercicio de los derechos individuales y colectivos y el cumplimiento de la ley.
Artículo 42. El Cuerpo de Policía Nacional tiene competencia en todo el territorio nacional en las siguientes áreas del servicio de policía: ORDEN PÚBLICO, TRÁNSITO, ADUANAS, CUSTODIA DIPLOMÁTICA, PENITENCIARIA, MIGRACIÓN, MARÍTIMA, ANTICORRUPCIÓN, SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, AMBIENTAL, DELINCUENCIA ORGANIZADA y aquellas que la Constitución y las leyes otorguen al Poder Público Nacional, y cualquier otra vinculada a la prevención del delito.
¡¡¡¡¡¡¡ALERTA GUARDIA NACIONAL NO PODEMOS PERMITIR QUE ELIMINEN DE UN PLUMAZO NUESTRA INSTITUCION EL 2 DE DICIEMBRE SE DIJO NO A LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN DONDE SE PRETENDIA LO MISMO Y ESE NO CONTINUA VIGENTE. NO A LA ELIMINACION DE LA GUARDIA NACIONAL!!!
Caracas, 10-04-2008
¡¡¡…LOS GUARDIAS NACIONALES DEBEN DE ESTAR EN ESTADO DE ALERTA…!!!!. El 2 de diciembre fue derrotada la reforma constitucional en donde se proponía entre otras cosas la eliminación de la Guardia Nacional de Venezuela. Ahora se pretende, con el uso de la Ley habilitante, y mediante la proclamación y aprobación de la Ley Orgánica de Policía Nacional, eliminar de un plumazo la Guardia Nacional. En efecto mediante los artículos 41 y 42 de la mencionada Ley se eliminan los servicios que presta la Guardia Nacional. Como evidencia de lo planteado anteriormente se transcriben dichos artículos en donde le eliminan a la Guardia Nacional de Venezuela todos los servicios que presta actualmente:
Artículo 41. El Cuerpo de Policía Nacional tiene carácter civil, público, permanente, profesional y organizado. Estará desplegado en todo el territorio nacional para garantizar el ejercicio de los derechos individuales y colectivos y el cumplimiento de la ley.
Artículo 42. El Cuerpo de Policía Nacional tiene competencia en todo el territorio nacional en las siguientes áreas del servicio de policía: ORDEN PÚBLICO, TRÁNSITO, ADUANAS, CUSTODIA DIPLOMÁTICA, PENITENCIARIA, MIGRACIÓN, MARÍTIMA, ANTICORRUPCIÓN, SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, AMBIENTAL, DELINCUENCIA ORGANIZADA y aquellas que la Constitución y las leyes otorguen al Poder Público Nacional, y cualquier otra vinculada a la prevención del delito.
¡¡¡¡¡¡¡ALERTA GUARDIA NACIONAL NO PODEMOS PERMITIR QUE ELIMINEN DE UN PLUMAZO NUESTRA INSTITUCION EL 2 DE DICIEMBRE SE DIJO NO A LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN DONDE SE PRETENDIA LO MISMO Y ESE NO CONTINUA VIGENTE. NO A LA ELIMINACION DE LA GUARDIA NACIONAL!!!
Caracas, 10-04-2008
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