lunes, 30 de junio de 2014

CARLOS E. AGUILERA A., LIBERTAD DE PRENSA, GARANTIA UNIVERSAL DE LA EXPRESION

El pasado viernes 27 de junio se celebró el DÍA DEL PERIODISTA, y esta nueva efeméride nos compromete aún más a luchar por la libertad de expresión, por cualquier medio, y aún cuando no es tarea de un día; es un afán permanente, ya que  se trata de una causa esencial para recuperar los derechos primigenios de la verdadera libertad de expresión, genuino baluarte y antídoto contra todo abuso de autoridad

La libertad de prensa es garantía universal de la expresión de la cultura. Es el más humano, intelectual y público de todos los derechos del hombre, y sin embargo, el más asediado por la ley. La estética y la dinámica del periodismo están reguladas en todos los países del mundo por un ordenamiento jurídico de ineludible conocimiento para todo periodista. Pero el mismo es divisible, en cuanto a los sujetos de su regulación: general y privativo, según se trate bien sea del columnista o sólo de aquellos que tienen la responsabilidad de la información diaria.

Voltaire decía que la libertad consiste en sólo depender de las leyes, pero se refería a la ley como expresión razonable y justa del ordenamiento colectivo y no a la norma singular que afecta a la libertad y ofende al espíritu, hecho espurio del acto legislador, tal es el caso del oficialismo en la Asamblea Nacional, con la aprobación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, la cual es rotundamente rechazada por el pueblo venezolano, que no ha dudado en calificarla de “Ley Mordaza”, por cuanto con este instrumento legislativo aprobado por una pírrica mayoría, sólo se pretende coartar la libertad de expresión.

Desconocen o mejor dicho ignoran deliberadamente quienes ejercen funciones legislativas,  me refiero a los representantes de la llamada “revolución bolivariana”, que la misión del comunicador social, no puede ser meramente contemplativa y limitada a ser los ojos y oídos del mundo o a  reflejar la vida como espectáculo, o simplemente mirar, escuchar y contar, un suceso, un hecho una noticia, fríamente propensa a la cristalización.

Entendemos la objetividad no como una posición desnuda y fría de la noticia, sino como una actitud interior para verter el mundo en el yo del hombre y a una valoración y estimativa del humano acontecer. Por lo tanto, es indispensable complementar la noticia con su trascendencia humana, pues sin estos elementos necesarios, los acontecimientos serían ininteligibles a las futuras generaciones y perdería la valoración crítica y la interpretación social

Es verdad que la dinámica y la objetividad informativa son condiciones esenciales del estilo del periodismo, pero la distinción es de plano y espacio. En el periodismo se observa una expresión más plana, pero más humana y por esta razón su dinamismo no puede ser escamoteado, a tal punto de reducir el periodismo a una máquina de fabricar noticias. Si se trata de rescatar la calidad estética del periodismo, supuestamente hundida con el peyorativo concepto de que es culpable de todos los males que aquejan al país, no es con esta antidemocrática ley que se puede combatir los presuntos desafueros que hoy por hoy se perpetran contra los medios de comunicación social.

Bien lo refiere y de manera taxativa la mencionada declaración de Chapultepec, cuya premisa fundamental – de acuerdo a sus principios – subraya que “una prensa libre es condición fundamental para que las sociedades resuelvan sus conflictos, promuevan el bienestar y protejan su libertad. No debe existir ninguna ley o acto de poder que coarte la libertad de expresión o de prensa, cualquiera sea el medio de comunicación”.

Y muy claros y expeditos son los siguientes principios:

1)        No hay personas ni sociedades libres, sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades, es un derecho inalienable del pueblo.

2)        Toda persona tiene derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir o negar estos derechos.

3)        Las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público. No podrá obligarse a ningún periodista a revelar sus fuentes de información.

4)        El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas,  la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad.

5)        La censura previa, las restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de información, la obstaculización del libre flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa.

6)        Los medios de comunicación y los periodistas no deben ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que escriban o digan.

7)        Las políticas arancelarias y cambiarias, las licencias para la importación de papel o equipo periodístico, el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión y la concesión o supresión de publicidad estatal, no deben aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas.

8)        El carácter colegiado de periodistas, su incorporación a asociaciones profesionales o gremiales o la afiliación de los medios de comunicación a cámaras empresariales, deben ser estrictamente voluntarios.

9)        La credibilidad de la prensa está ligada al compromiso con la verdad, a la búsqueda de la precisión, imparcialidad y equidad, y a la clara diferenciación entre los mensajes periodísticos y los comerciales. El logro de estos fines y la observancia de los valores éticos y profesionales no deben ser impuestos. Son responsabilidad exclusiva de periodistas y medios. En una sociedad libre, la opinión pública premia o castiga.

10)     Ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público.

Observamos que de acuerdo a los principios anteriormente enunciados, la lucha por la libertad de expresión, por cualquier medio, no es tarea de un día; es un afán permanente, por cuanto se trata de una causa esencial para la democracia , y también un baluarte y antídoto contra todo abuso de autoridad.

No olvidemos jamás, que esta lucha ahora convertida en este régimen en permanente,  es el aliento cívico de una sociedad, que como la venezolana está dispuesta a defenderla, para de esta manera honrar a la historia y la memoria de nuestro Padre de la Patria y Libertador Simón Bolívar, de cuyo genio extrajimos uno de sus pensamientos: “Los estados son esclavos por la naturaleza de su constitución o por el abuso de ella. Luego, un pueblo es esclavo cuando el gobierno, por sus vicios, huella y usurpa los derechos del ciudadano o súbdito”

¡ Es el aliento cívico de una sociedad, dispuesta a dominar su propio destino, el de sus hijos y el de los hijos de sus hijos!


Carlos E. Aguilera  A.
careduagui@yahoo.com  // @_toquedediana
Miembro fundador del Colegio Nacional de Periodistas (CNP-122)


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