jueves, 22 de octubre de 2015

VÍCTOR RODRÍGUEZ CEDEÑO, UN SISTEMA INTERNACIONAL EN CONSTANTE CAMBIO,

Después de décadas de guerras e inestabilidad y de las dificultades para estructurar un sistema internacional más justo, capaz de enfrentar los retos que se planteaban a la humanidad, se decide la creación de las Naciones Unidas con la adopción, el 24 de octubre de 1945, de la Carta de la Organización, una suerte de Constitución mundial que regirá desde entonces, aunque no sin dificultades, las relaciones internacionales.

La sociedad internacional es hoy otra y algunos parecen todavía no entenderlo. En el escenario internacional actúan hoy los Estados, la mayoría surgidos de un proceso de descolonización promovido por las Naciones Unidas después de 1945, jurídicamente iguales, aunque económica, social y políticamente diversos. Pero también actúan en este ámbito otras entidades, como las organizaciones internacionales, el Individuo y la sociedad civil organizada, cada vez más influyente en un mundo en constante transformación.
Mucho se ha hecho desde 1945 hasta nuestros días. Avances quizás imperceptibles, objeto de críticas muchas veces no justificadas y en medio de ello, de ese progreso que hace surgir nuevas formas de relación, las Naciones Unidas y el sistema internacional creado entonces.
 En 1945 -y ese es uno de los grandes logros de nuestros tiempos- se proscribe formal y definitivamente el recurso a la fuerza para resolver las controversias internacionales, se confirman normas y se establecen principios fundamentales que van a regular las relaciones entre los Estados con el fin primordial de mantener la paz, promover el pleno respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y acordar mecanismos para el desarrollo social y económico de los países.
Las Naciones Unidas y el sistema en general han sido eficientes aunque quizás no eficaz en todos los casos y en la forma que todos desearíamos. Su eficacia depende, más que de su eficiencia, de la voluntad política de los Estados que la integran, algunos de los cuales, lamentablemente, convertidos en objetores permanentes que obstaculizan los avances del sistema, desconociendo que los intereses individuales muchas veces perversos, tienen que ser superados por los colectivos, por aquellos que reflejan los intereses de la comunidad internacional en su conjunto.
A setenta años de la creación de la ONU el balance es sin duda positivo. No podría llegarse a una conclusión distinta. Es cierto que la Organización no ha podido superar todos los retos. Los avances son sin embargo evidentes en cuanto a la paz y a la seguridad internacionales, la protección y la promoción de los derechos humanos y la defensa del medio ambiente.
Es cierto que algunas crisis y situaciones de conflicto persisten y que incluso se han agravado, pero también es cierto que sin la presencia y la acción oportuna de las Naciones Unidas, los conflictos internos e internacionales se habrían desbordado y hubieran resultado quizás incontrolables con las graves consecuencias que de ello se deriva.
En materia de derechos humanos, 1945 marca una nueva etapa en la codificación y la formación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Normas y principios fundamentales, reconocidos por la comunidad internacional, moldean hoy de alguna manera la conducta de los Estados en favor del respeto de la vida y de la integridad física de las personas y de su dignidad.
Es cierto que todavía estamos en un mundo caracterizado por la desigualdad y la pobreza, pero la comunidad internacional organizada, es decir, las Naciones Unidas y las instituciones especializadas,  insisten en impulsar políticas y medidas para aliviarlas y superarlas.
No es fácil. Un aparato burocrático inmenso que depende de los acuerdos y los consensos de los Estados Miembros. La eficacia de la Organización dependerá de la voluntad política de los Estados que en definitiva dirigen sus acciones.
No estamos ante un sistema supranacional. Las recomendaciones de los órganos de las Naciones Unidas, con algunas excepciones, entre las cuales las de orden administrativo y funcional, las decisiones adoptadas por el Consejo de Seguridad (Capítulo VII de la Carta) y las decisiones de los tribunales internacionales, no son vinculantes jurídicamente. Sin embargo, los Estados deben acatar de buena fe  las recomendaciones de los órganos internacionales y no argumentar, para eludir sus responsabilidades internacionales, el “respeto de la soberanía”, la “injerencia en los asuntos internos” y  la “independencia”.
El tránsito hacia una verdadera comunidad de intereses exige una interpretación más flexible del concepto “soberanía”. Ese es uno de los mayores retos de la sociedad internacional para garantizar la eficacia de las Naciones Unidas y del sistema internacional en general, ante la necesidad de consolidar una estructura internacional que asegure el progreso económico y social justo y equitativo de todos los países, la paz y al seguridad, el ejercicio pleno de los derechos humanos y de las libertades fundamentales incluido el derecho a vivir en democracia, un derecho humano colectivo hoy consolidado y aceptado por todos como tal.
Victor Rodriguez Cedeño
vitoco98@hotmail.com
@vitoco98

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