El
femicidio de Liana Hergueta es una muestra de cuan deteriorada se encuentra
nuestra sociedad. Una joven mujer quien fue estafada, violada, asesinada y
posteriormente descuartizada, es una manifestación preocupante de ello, y
resulta aún mas alarmante la respuesta de Nicolás Maduro y demás altos
funcionarios del gobierno venezolano, quienes se han limitado a hacer un show
político de un cruel asesinato. Este terrible delito nos motiva a profundizar
sobre el femicidio con el propósito de contribuir a crear conciencia dentro de
los sociedad venezolana sobre hechos que han dejado de ser aislados y que
empiezan a proliferar ante la carencia de políticas preventivas eficientes por
parte del Estado.
El
delito de femicidio es un tipo penal autónomo con características y
especificaciones distintas al homicidio. Su tipificación como tal, es
consecuencia del creciente aumento del número de asesinatos de mujeres a nivel
mundial por razón de género, relaciones desiguales entre hombres y mujeres y
altos índices de impunidad, así como la crueldad que presentan estas muertes.
Los
derechos de las mujeres se encuentran dentro del ámbito de protección del
derecho de los derechos humanos, y por ende conforme al principio de
progresividad de los derechos humanos, los Estados tienen la obligación de
adecuar sus legislaciones a las obligaciones que contraen al suscribir y
ratificar tratados internacionales sobre la materia como la Convención sobre la
Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará.
En
noviembre del año 2014 se realizó la reforma a la Ley orgánica sobre el derecho
de las mujeres a una vida libre de violencia, a fin de adecuar el derecho
interno venezolano a los estándares internacionales, específicamente, tipificar
en nuestra legislación el delito de femicidio. En la exposición de motivos de
la reforma parcial de esta ley, se indica que “el tipo de femicidio no solo
abarque el homicidio de una mujer como su resultado material, sino que
comprenda entre otros contextos que también suponen un atentado contra el
derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, y que desencadena, por
vía de consecuencia, en la muerte de la mujer (entiéndase: secuestros,
torturas, mutilaciones, violaciones y explotación sexual)”.
En
nuestra legislación se establece que el que cometiere delito de femicidio será
condenado entre 20 y 25 años de prisión y por ser considerado un delito contra
los derechos humanos no tendrá derecho a gozar de los beneficios procesales ni
a la aplicación de medidas alternativas del cumplimiento de la pena, asimismo
contempla el femicidio agravado con
penas entre 28 y 30 años.
Volviendo
al femicidio de Hergueta, este horrible crimen, cometido por jóvenes venezolanos
quienes sin haber cumplido los 30 años de edad son todos unos delincuentes
confesos y con amplio prontuario, primero la estafaron, luego la citaron a un
lugar donde ellos tenían control para neutralizarla con una pistola de
electricidad, la violaron, mataron y descuartizaron. ¿La razón? Uno de los
agresores consideró que Hergueta se había excedido por haberlo denunciando
públicamente por la red social twitter y su imagen se estaba afectando porque
ya se comenzaba a difundir que el joven político era un delincuente.
¡Liana
Hergueta merece justicia, en todos los casos de mujeres asesinadas se debe
hacer justicia. Hay que acabar con la
impunidad!
En
una sociedad que está carente de valores, donde prevalece la impunidad,
corrupción, la mentira y el irrespeto hacia el ser humano, donde existe un
gobierno incapaz de promover el respeto por los derechos humanos, sino más bien
odio y división, se hace imperante y necesario exigir justicia. La justicia es
un derecho, la justicia no se negocia. Eso debemos tenerlo claro para
sobrellevar los momentos que están por venir.
Zulmaire
González
zulmairegonzalez@gmail.com
@zulmaire
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