Inmediatamente después de haber sido dictada
la inicua y antijurídica sentencia del Laudo de Paris de 1899, varios estudiosos y la prensa española de la época
emitieron las primeras consideraciones sobre la misma que si bien no involucró
de manera directa al gobierno de España, sí lo hizo a la opinión pública.
Correspondía tal hecho en razón de haber fundado, sostenido y defendido la
Guayana Española, así como por los inestimables y perpetuos vínculos con
Venezuela luego de más de cuatro siglos de historia.
Don Leopoldo Pedreira en su obra: "Las
Causas Geográficas de la Decadencia Actual de España" publicada en la:
"Revista Contemporánea" (Madrid, 10/1899 N 116, Pág. 610, Noviembre
de 1899) indicaba que: "...si en lo
que se refiere al orden político, no se ha cumplido totalmente la doctrina
Monroe, "América para los americanos", es innegable que se ha
realizado en el orden económico; y es indudable también que las naciones
europeas nada tienen que esperar de América, como no sea humillaciones
semejantes a la que sufrió Inglaterra recientemente (en la cuestión de límites
de la Guayana británica con la Guayana venezolana)...".
España conocía las injustificadas y
desproporcionadas ambiciones inglesas en aquella región a las cuales se opuso
durante varios siglos, enfrentando sus repetidas incursiones e infructuosos
intentos colonizadores en varios territorios del Caribe y en América del Sur.
La forma como fueron alcanzados los
despropósitos británicos a través del Laudo de París fue comentada en: "El
Correo Militar" de Madrid, en fecha
04 de octubre de 1899. "Ayer -refería el periódico- fue publicada
en Paris la sentencia del Tribunal de arbitraje entre Inglaterra y Venezuela,
que venía celebrando sesión desde el mes de Junio para fijar la línea fronteriza
entre la República de Venezuela y la Guayana Británica, o sea región que riegan
el Orinoco y el Esequibo. Dicha sentencia viene a ser una transacción entre las
pretensiones de de lord Granville y del presidente Rojas".
Al considerar las indebidas ventajas que
Inglaterra obtuvo en los territorios del margen izquierdo del río Esequibo,
advertía que la decisión arbitral: "... aleja esta potencia de la
desembocadura del Orinoco. También rechaza las pretensiones de Inglaterra al
territorio aurífero del Yuruari objeto del litigio entablado ya en 1648 entre
España y Holanda, y sostenido luego entre Venezuela independiente e Inglaterra
como sucesora de Holanda por derecho de conquista", como debía hacerlo al
no evidenciar derecho alguno.
Los ingleses no disponían de títulos ni de
autoridad sobre el Orinoco, ni en sus territorios, y cuando lo pretendieron
fueron constantemente rechazados por España. De igual forma tampoco podían
explotar aquellas minas, pretensiones que al menos la decisión no permitió.
"Sabido es que esa cuestión
-refería "El Correo Militar"- estuvo á punto de provocar la
guerra hace cuatro años entre Venezuela
y la Gran Bretaña... Entonces intervino el Gobierno de los Estados Unidos, que
se atribuyó el papel de árbitro invocando la doctrina de Monroe y gestionó la
formación del Tribunal de arbitraje que ha estado funcionando en París".
La integración del Tribunal, sus reales objetivos, el carácter y los
antecedentes de los jueces y la condición particular del quinto designado, a
quien correspondía dirimir posibles desacuerdos, evidenciaba su parcialidad
contraviniendo la naturaleza y las reglas propias de ese mecanismo. Al respecto
el periódico indicó: "Han formado parte de él Lord Russell, juez supremo de
Inglaterra, y Mr. Collins; por parte de los Estados Unidos Mr. Fuller y Mr.
Brewer, presidente y magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. Estos cuatro
jefes eligieron como quinto árbitro al gran jurisconsulto ruso señor
Martens".
La insólita sentencia que despojó a Venezuela
una parte significativa de su territorio había sido elaborada utilizando
inusuales criterios, tal y como indicaba la publicación: "El Tribunal así
formado ha sido el primero en aplicar el procedimiento adoptado en la
Conferencia de la paz celebrada en La Haya. Es de notar además que la sentencia
ha sido dictada por unanimidad y sin reservas de ninguna especie, contra lo que
los precedentes han dejado sentado en la mayoría de los casos análogos á
éste".
El Laudo suscitó muchas dudas sobre sus
condiciones de forma y de fondo, así como también sobre sus resultados ya que:
"También es curioso, y no ha dejado de hacerlo notar el Sr. Martens, que
este Tribunal arbitral ha zanjado el asunto que le estaba encomendado sin
Intervención del principal interesado, o sea Venezuela".
La sentencia produjo desconfianza en España y
causó un grave daño a Venezuela. La justicia que no garantice la corrección de
las sentencias y la rectitud de los magistrados no es justicia.
Jose Felix Diaz Bermudez
jfd599@gmail.com
@jfdiazbermudez
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